Mostrando entradas con la etiqueta ong. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta ong. Mostrar todas las entradas

martes, 21 de agosto de 2018

subvenciones para la realización de actividades de interés general con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

BDNS(Identif.):412245
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios. Cruz Roja Española y las entidades u organizaciones no gubernamentales del Tercer Sector de Acción Social.
No se entenderán incluidas dentro de la tipología de entidades del Tercer Sector de Acción Social los organismos o entidades públicas adscritos o vinculados a una Administración Pública, las universidades, los partidos políticos, los colegios profesionales, las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación, las sociedades civiles, las organizaciones empresariales y los sindicatos, y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente.
Segundo. Objeto. La financiación de actividades de interés general consideradas de interés social con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, siempre que se refieran a los ejes establecidos en el artículo 2.1 del Real Decreto-ley 7/2013, de 28 de junio, en el ámbito propio del Estado, y las actividades, que en el ámbito de las competencias del Estado, sean consideradas de interés social, de conformidad con los artículos 3.2 y 6.1 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado.
Serán subvencionables en esta convocatoria, los programas cuya definición, prioridades y requisitos específicos para su cumplimiento, figuran en el Anexo A de la Resolución.
Tercero. Bases reguladoras. Real Decreto 729/2017, de 21 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de actividades de interés general con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondientes a la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, publicada en el BOE de 22 de julio de 2017.
Cuarto. Importe. El importe de la convocatoria asciende a 49.282.767,39 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el "Boletín Oficial del Estado". {del 22 de agosto al 21 de septiembre de 2018, a.i.}
Sexto. Otros datos. El texto de la convocatoria y sus anexos están disponibles en la página web cuya dirección es www.msssi.gob.es.

sábado, 19 de julio de 2014

subvenciones a entidades del tercer sector u organizaciones no gubernamentales que desarrollen actividades de interés general consideradas de interés social en la protección del medio ambiente.

Primero. Objeto. El objeto de esta orden es convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas destinadas a entidades del tercer sector así como a organizaciones no gubernamentales de ámbito estatal para el desarrollo de actividades de interés general consideradas de interés social en la protección de medio ambiente.
A los efectos de los fines de interés social en la protección del medio ambiente, se entenderá por actividades de interés general las derivadas de la colaboración con la Administración General del Estado, en el ámbito de competencias que la Constitución Española atribuye al Estado, así como las de investigación científica, en relación con la protección del medio ambiente, según lo establecido en el artículo 1 del Real Decreto 699/2013, de 20 de septiembre (BOE de 21 de septiembre), por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades del tercer sector u organizaciones no gubernamentales que desarrollen actividades de interés general consideradas de interés social en la protección del medio ambiente.
Quinto. Presentación de solicitudes y documentación. Las solicitudes se dirigirán en un único modelo al titular del Departamento, acompañadas de una memoria explicativa conforme a los modelos normalizados de solicitud y memoria que figuran respectivamente en los Anexos I y II de la presente Orden. 
Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de veinte días hábiles, contado a partir de la entrada en vigor de la presente orden, en el Registro General del Departamento o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimientos Administrativo Común.{del 20 de julio al 11 de agosto de 2014, a.i.}
Los modelos de solicitud y memoria podrán obtenerse a través de la sede electrónica del Departamento: https://sede.magrama.gob.es

jueves, 17 de octubre de 2013

subvenciones a entidades del tercer sector u organizaciones no gubernamentales que desarrollen actividades de interés general consideradas de interés social en la protección del medio ambiente para el año 2013.

Objeto. El objeto de esta orden es convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas destinadas a entidades del tercer sector así como a organizaciones no gubernamentales de ámbito estatal para el desarrollo de actividades de interés general consideradas de interés social en la protección de medio ambiente.
A los efectos de los fines de interés social en la protección del medio ambiente, se entenderá por actividades de interés general las derivadas de la colaboración con la Administración General del Estado, en el ámbito de competencias que la Constitución Española atribuye al Estado, así como las de investigación científica, en relación con la protección del medio ambiente, según lo establecido en el artículo 1 del Real Decreto 669/2013, de 20 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades del tercer sector u organizaciones no gubernamentales que desarrollen actividades de interés general consideradas de interés social en la protección del medio ambiente. 
Financiación. La financiación de las subvenciones previstas en esta orden ..., en una cuantía total máxima de tres millones ochocientos sesenta y dos mil doscientos cuarenta (3.862.240,00 €).
Requisitos de los programas a financiar. Las ayudas para el desarrollo de actividades de interés general consideradas de interés social en la protección del medio ambiente, objeto de esta convocatoria, sólo podrán concederse para la realización de programas de interés general en los que concurra alguno de los requisitos que se establece en el artículo 3 del Real Decreto 669/2013, de 20 de septiembre.
Beneficiarios y requisitos para solicitar la subvención. Tendrán la consideración de beneficiarios las entidades previstas en el artículo 2.1 del Real Decreto 669/2013, de 20 de septiembre.
Dichas entidades deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 2.2 del Real Decreto 669/2013, de 20 de septiembre.
Presentación de solicitudes y documentación. Las solicitudes se dirigirán en un único modelo al titular del Departamento, acompañadas de una memoria explicativa conforme a los modelos normalizados de solicitud y memoria que figuran respectivamente en los Anexos I y II de la presente Orden. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de veinte días hábiles, contado a partir de la entrada en vigor de la presente orden, en el Registro General del Departamento o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimientos Administrativo Común.
Los modelos de solicitud y memoria podrán obtenerse a través de la sede electrónica del Departamento: https://sede.magrama.gob.es. Asimismo a través de la sede electrónica del Departamento se podrá realizar la solicitud por medios electrónicos, sin perjuicio de la obligación de presentar presencialmente aquella documentación justificativa que deba aportarse mediante originales o copias compulsadas.
En el supuesto de no reunir las solicitudes o la restante documentación requerida, los requisitos establecidos en la presente Orden, se aplicará lo previsto en el artículo 7.3. del Real Decreto 669/2013, de 20 de septiembre.
Con la solicitud y memoria explicativa, deberá adjuntarse la siguiente documentación:
a)
Poder o documento bastante en derecho para actuar en nombre y representación de la persona jurídica solicitante, en original, copia autentificada o fotocopia compulsada.
b) Fotocopia compulsada de la tarjeta de identificación fiscal.
c) Original, copia autentificada o fotocopia compulsada de los estatutos vigentes, debidamente legalizados.
d) Certificación expedida en el año de la publicación de esta convocatoria por el Registro en el que se haya inscrita la entidad, referida a los siguientes aspectos:
...

domingo, 13 de junio de 2010

subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta

MINISTERIO DE SANIDAD Y POLÍTICA SOCIAL
Subvenciones
Orden SAS/1536/2010, de 10 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
PDF (BOE-A-2010-9328 - 83 págs. - 1647 KB)
Otros formatos
Convocatoria y objeto.- El Ministerio de Sanidad y Política Social, con una cantidad total asignada de 204.934.103,90 euros, convoca la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, 17 de noviembre, para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales, de interés general, encaminados a atender situaciones de necesidad y/o marginación de personas mayores de sesenta y cinco años, personas con discapacidad, mujeres, familia, infancia y juventud, personas afectadas por problemas de drogodependencia, pueblo gitano, población reclusa y ex reclusa, refugiados y asilados, migrantes, víctimas del terrorismo, personas afectadas por el VIH/SIDA, así como actuaciones integrales contra la exclusión social y para la erradicación de la pobreza y demás actuaciones de solidaridad social para cubrir necesidades de interés general.
Programas para la atención de necesidades sociales de interés general que se consideran de carácter prioritario.- De acuerdo con lo previsto en el artículo 2 del Real Decreto 825/1988, de 15 de julio, modificado por el Real Decreto 599/2007, de 4 de mayo, se definen como de interés general a los efectos previstos en dicha norma y se consideran de carácter prioritario los programas que se enumeran a continuación, cuya definición y requisitos específicos para su cumplimiento figuran recogidos en el anexo A de la presente orden:
1. Programas para la infancia y la familia.
1.1 Programas de apoyo a familias en las que convivan personas en situación de dependencia.
1.2 Programas dirigidos a facilitar la conciliación entre la vida laboral, familiar y personal.
1.3 Programas de promoción de la calidad de vida infantil y protección de los derechos de la infancia.
1.4 Programas de equipamientos residenciales para menores en situación de dificultad y/o conflicto social y programas para la ejecución de medidas en medio abierto.
1.5 Programas de fomento de la acogida familiar de menores y de promoción de la adopción de niños/as con necesidades especiales.
1.6 Programas para la prevención y atención del maltrato y explotación infantil.
1.7 Programas de intervención en familias que se encuentran en situaciones de especial dificultad.
1.8 Programas de orientación y/o mediación familiar y Puntos de Encuentro Familiar.
1.9 Programas de educación familiar y parentalidad positiva.

2. Programas para jóvenes.
2.1 Actuaciones integrales que ayuden a conseguir la emancipación de los y las jóvenes, aumentando su grado de autonomía personal y su integración social.
2.2 Actuaciones que promuevan la convivencia y la igualdad entre los y las jóvenes a través de la educación en valores.
2.3 Actuaciones que contribuyan a la promoción de la participación social de los y las jóvenes y al desarrollo de actividades de ocio y tiempo libre.
2.4 Actuaciones que fomenten la adquisición de hábitos de vida saludable y de educación medioambiental.
3. Programas para mujeres.
3.1 Programas dirigidos a conseguir la inserción social de las mujeres que se encuentran en situación o en riesgo de exclusión social.
3.2 Programas dirigidos a favorecer la incorporación de las mujeres al mundo laboral.
3.3 Programas dirigidos a prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres, en todas sus manifestaciones: violencia de género, tráfico con fines de explotación sexual (prostitución) y delitos contra la libertad sexual.
4. Programas para personas mayores.
4.1 Programas de atención personal, atención nocturna, servicios de respìro y apoyo a familias y adaptación de la vivienda.
4.2 Programas de promoción y adecuación de plazas para personas mayores con dependencia en residencias de personas mayores.
4.3 Programas de atención diurna y nocturna.

5. Programas para personas con discapacidad.
5.1 Programas para la promoción de la autonomía personal, la adaptación de viviendas y la integración social de las personas con discapacidad.
5.2 Centros de atención diurna, centros residenciales y viviendas tuteladas o de convivencia.
5.3 Programas de atención nocturna, servicios de respiro y apoyo a familias que tienen a su cargo personas con discapacidad.

6. Programas para personas con problemas de drogodependencia.
6.1 Programas de apoyo al mantenimiento de los recursos asistenciales y de reinserción sociolaboral.
6.2 Programas de prevención en entornos vulnerables al consumo de drogas, especialmente de alcohol en los menores, que precisen de intervenciones específicas dirigidas a la promoción de estilos de vida saludable.
7. Programas para el pueblo gitano.
7.1 Programas de inserción laboral.
7.2 Programas de inserción social.
8. Programas para personas migrantes, solicitantes de asilo y otras personas con protección internacional.
8.1 Programas de orientación, información y acogida integral.
8.2 Programas de reagrupación familiar y retorno voluntario.
8.3 Programas de movilidad geográfica.
8.4 Programas de asistencia a emigrantes españoles retornados.
9. Programas para personas afectadas por el VIH/SIDA.
9.1
Programas de apoyo a personas afectadas por el VIH/SIDA.
9.2 Programas de creación y mantenimiento de alojamientos de acogida y/o de inserción social.
10. Programas para las personas reclusas, exreclusas y sometidas a medidas alternativas.
10.1 Programas de atención sanitaria y rehabilitación de internos drogodependientes, enfermos de sida y de otras enfermedades y con discapacidad.
10.2 Programas para la inserción social de los internos en el medio abierto y los liberados condicionales.
10.3 Programas para la integración social y la inserción laboral de internos en régimen cerrado.
10.4 Programas para la colaboración en el cumplimiento de penas y medidas alternativas a la prisión.
10.5 Programas para la atención de colectivos específicos.
11. Programas para la inclusión social.
11.1
Programas integrales dirigidos a las personas en situación o en riesgo de exclusión social.
11.2 Programas integrales destinados a la incorporación social de personas sin hogar y sin alojamiento digno.
11.3 Programas integrales dirigidos a la población rural desfavorecida.
11.4 Programas de acceso al empleo para personas en situación o en riesgo de exclusión.
11.5 Programas destinados a facilitar el acceso a las tecnologías de la información y comunicación a las personas excluidas o en riesgo de exclusión.
12. Programas para la promoción del voluntariado.
12.1
Programas de sensibilización.
12.2 Programas de apoyo al voluntariado.
13. Fondo destinado a paliar situaciones de emergencia social.
Todos los programas citados anteriormente tendrán carácter anual.
Solicitud.- 1. Solicitud. 1.1 Modelo y presentación de solicitudes: Las solicitudes de subvención se formalizarán en el impreso normalizado que figura como anexo I a la presente Orden, debiendo relacionarse en el mismo todos los programas para los que la entidad solicita subvención.
Las entidades interesadas en participar en la realización de programas destinados a paliar situaciones de emergencia social deberán manifestarlo en la solicitud.
Los modelos de impresos podrán ser recogidos en la sede central del Ministerio de Sanidad y Política Social, Paseo del Prado números 18-20, 28071 Madrid, así como en las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno.
Asimismo, existe una aplicación informática para la cumplimentación de la solicitud de subvención, a la que se podrá acceder en la página web cuya dirección es www.msps.es .
Las solicitudes, dirigidas a la persona titular de la Secretaría General de Política Social y Consumo, podrán ser presentadas en las sedes y direcciones señaladas en el párrafo tercero de este apartado, así como en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
También podrá realizarse la solicitud por medios electrónicos, de conformidad con la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.
Cualquier información sobre esta convocatoria podrá ser obtenida en la Subdirección General de ONG y Voluntariado a través de los siguientes medios:
Teléfono: 91 363 74 34.
Fax: 91 363 74 35.
Correo Electrónico: ongv@msps.es
1.2 Plazo de presentación: El plazo de presentación será de cuarenta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 13 de Junio al 22 de Julio de 2010, a.i.}

martes, 5 de enero de 2010

25 Ayudas a asociaciones, ONG y entidades sociales que participen en la 54 sesión de la Comisión sobre Condición Jurídica y Social de la Mujer.

MINISTERIO DE IGUALDAD . 242 . Orden IGD/3601/2009, de 23 de diciembre, por la que se convocan ayudas públicas destinadas a que las asociaciones, organizaciones no gubernamentales y entidades sociales participen en la 54 Sesión de la Comisión sobre la Condición Jurídica y Social de la Mujer, que se celebrará en Nueva York en el mes de marzo de 2010.
Objeto, finalidad y régimen jurídico.– Por la presente Orden se convoca para el año 2010 la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a promover la representación y participación de Asociaciones, Organizaciones no Gubernamentales y otras Entidades Sociales, en la 54 Sesión de la Comisión sobre la Condición Jurídica y Social de la Mujer de Naciones Unidas para la «Revisión de la Declaración y Plataforma para la Acción de Beijing y el Documento de Resultados de la 23 Sesión Especial de la Asamblea General de Naciones Unidas», que se celebrará en Nueva York en el mes de Marzo de 2010.
Financiación. 1. Cuantía total de la subvención.-1.2. La cuantía total de las ayudas convocadas es de 50.000 Euros, destinados a la concesión de un total de veinticinco ayudas, una por cada entidad beneficiaria, por un importe de 2.000 Euros cada una, destinados a cubrir los gastos de desplazamiento a y desde Nueva York, así como de estancia y manutención de la persona designada por la entidad solicitante.
Entidades beneficiarias.- 1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas Asociaciones, Organizaciones no gubernamentales y Entidades Sociales sin ánimo de lucro, dedicadas, con carácter prioritario y de forma habitual, a la realización de actividades dirigidas a la promoción de la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres y cuando así haya quedado establecido en sus estatutos.
Presentación de solicitudes.- 1. Presentación de solicitudes. La solicitud de subvención deberá ser presentada por el/la representante legal de la entidad a la que esté adscrita la persona física para la cual se solicita la subvención y deberá estar firmada tanto por su representante legal, como por la persona física que se beneficiará de la subvención.
Las solicitud, dirigida a la Oficina de Relaciones Internacionales del Ministerio de Igualdad, se formalizará en el modelo de instancia que figura en el Anexo I de la presente Orden y deberá ser presentada en el Registro del Ministerio de Igualdad (Calle Alcalá, 37) o en cualquiera de los registros y oficinas a las que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, tal y como establece el artículo 5.1 de la Orden IGD/3723/2008, de 10 de diciembre.
Teniendo en cuenta las características de las entidades a las que se dirige esta convocatoria y la necesidad de realizar el pago de las subvenciones con anterioridad a la realización del viaje, se aplica la excepción establecida en el párrafo 2º del artículo 5.2 de la Orden IGD/3723/2008 y se fija el plazo de presentación de las solicitudes en diez días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.[del 6 al 15 de Enero de 2010, a.i.]

sábado, 12 de septiembre de 2009

ayudas a entidades y organizaciones no gubernamentales de ámbito estatal para la realización de actividades privadas relacionadas con los principios..

MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO. Resolución de 31 de agosto de 2009, de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal, por la que convoca la concesión de ayudas a entidades y organizaciones no gubernamentales de ámbito estatal para la realización de actividades privadas relacionadas con los principios inspiradores de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y con las finalidades de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.
Convocar la concesión de subvenciones en el área de competencias de esta Dirección General, en régimen de concurrencia competitiva, que se regirán por lo dispuesto en la Orden ARM/1935/2009, de 8 de julio, publicada en el BOE número 174, del 20 de julio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades y organizaciones no gubernamentales para la realización de actividades privadas relacionadas con los principios inspiradores de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y con las finalidades de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y por lo establecido en la presente Resolución.
Las solicitudes para participar en esta convocatoria deberán presentarse en impreso normalizado, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado.[del 8 al 27 de septiembre, a.i.]