Mostrando entradas con la etiqueta residencias juveniles. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta residencias juveniles. Mostrar todas las entradas

martes, 25 de junio de 2013

places a les residències juvenils de l’IVAJ.GVA JOVE per al curs 2013-2014, per a jóvens estudiants. // plazas en las residencias juveniles del IVAJ.GVA JOVE para el curso 2013-2014, para jóvenes estudiantes.

Institut Valencià de la Joventut.Generalitat Jove
RESOLUCIÓ de 10 de juny de 2013, del director general de la Joventut i de l’Institut Valencià de la Joventut.Generalitat Jove, per la qual es convoquen places a les residències juvenils de l’IVAJ.GVA JOVE per al curs 2013-2014, per a jóvens estudiants. [2013/6547]  (pdf 573KB)  
RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2013, del director general de la Juventud y del Institut Valencià de la Joventut. Generalitat Jove, por la que se convocan plazas en las residencias juveniles del IVAJ.GVA JOVE para el curso 2013-2014, para jóvenes estudiantes. [2013/6547]  (pdf 573KB) 
Primero.- Convocar plazas en las residencias juveniles del Institut Valencià de la Joventut.Generalitat Jove, para el curso académico 2013-2014, para jóvenes estudiantes.
Segundo.- Aprobar las bases que han de regir la convocatoria, que se incluyen como anexo I de esta resolución.
Tercero.- Aprobar el correspondiente modelo normalizado de solicitud (anexo II).
ANEXO I
Bases
Primera. Objeto de la convocatoria. Se convocan plazas de residentes para jóvenes estudiantes en las residencias juveniles del Institut Valencià de la Joventut.Generalitat Jove para el curso académico 2013-2014, de acuerdo con las condiciones siguientes:
1.1. El programa ofertado consistirá en alojamiento y pensión alimenticia completa. La pensión alimenticia completa consistirá en desayuno, comida y cena. El alojamiento se realizará de acuerdo con las condiciones particulares de cada residencia.
1.2. A los efectos de la presente convocatoria, tanto para los estudios universitarios como para los no universitarios, se considerará curso académico lectivo el que en su momento fijen la universidad correspondiente y la Consellería de Educación.
1.3. La plaza que se obtenga se extenderá hasta la finalización de los estudios oficiales.
1.4. A los efectos de esta convocatoria, se considerará «fin de semana» desde la tarde del viernes hasta la tarde del domingo.
1.5. Durante los fines de semana, las residencias juveniles Mare de Déu del Lledó y Sant Crist del Mar prestarán el servicio de alojamiento, pero no el de alimentación, hasta el desayuno del lunes.
1.6. La residencia juvenil Mare de Déu del Lledó permanecerá cerrada durante la semana de fiestas locales de La Magdalena, de Castellón de la Plana, y no prestará ningún servicio de alojamiento ni de alimentación.
1.7. Las residencias juveniles permanecerán cerradas durante las vacaciones escolares de Navidad y de Semana Santa; no obstante, en la residencia La Florida, la dirección podrá autorizar la permanencia a los residentes que lo soliciten y si los motivos se consideran suficientemente justificados.
1.8. El número de plazas convocadas para el curso académico 2013-2014 en las residencias juveniles de la Generalitat son las siguientes:
–  Residencia Juvenil Mare de Déu del Lledó, 55 plazas
10 plazas en habitaciones individuales
45 plazas en habitaciones dobles
– Residencia Juvenil Universitaria La Florida, 129 plazas, en habitaciones individuales
Residencia Juvenil Sant Crist del Mar, 24 plazas
16 plazas en habitaciones dobles
8 plazas en habitaciones cuádruples
Las plazas vacantes que se puedan producir por renuncia de los residentes que han renovado la plaza para el curso 2013-2014, o por otros motivos, se incorporarán a las plazas convocadas.
Segunda. Beneficiarios y requisitos. 2.1. Podrán ser beneficiarios de estas plazas, los estudiantes que cursen estudios conducentes a títulos oficiales impartidos por las universidades de la Comunitat Valenciana; los estudiantes que cursen ciclos formativos y enseñanzas artísticas, enseñanza secundaria, bachillerato, estudios universitarios y los estudiantes extranjeros que participen en acciones de programas europeos u otros programas de cooperación internacional.
2.2. Las personas que soliciten una plaza en alguna de las residencias juveniles objeto de esta convocatoria deberán tener una edad comprendida entre los 14 y 30 años, ambos incluidos, en el momento de realizar la solicitud.  ... 
Cuarta. Solicitudes y plazo de presentación. 4.1. Cada solicitante deberá presentar, debidamente cumplimentado, un impreso de solicitud, según el modelo que figura en el anexo II.
4.3. Los modelos de solicitudes se facilitarán en los servicios centrales del IVAJ.GVA JOVE en Valencia, en sus unidades territoriales en Alicante y Castellón, en las propias residencias juveniles y en el web del IVAJ.GVA JOVE (www.gvajove.es).
4.4. Las solicitudes podrán presentarse en el Registro del Institut Valencià de la Joventut.Generalitat Jove (calle Hospital, 11, Valencia, 46001), en los de las unidades territoriales del IVAJ.GVA JOVE de Alicante (Rambla de Méndez Núñez, 41, 03002 Alicante) o Castellón (calle Orfebres Santalínea, 2, 12005 Castellón de la Plana), en las propias residencias juveniles o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4.6. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.{del 25 de junio al 17 de julio de 2013, a.i.}

jueves, 23 de agosto de 2012

Tarifes, preus i procediment de contractació per a la reserva i la utilització de les instal·lacions juvenils pròpies. Institut Valencià de la Joventut.Generalitat Jove.

Primer.- Determinar el procediment de reserves de places als campaments, als albergs i a les residències juvenils –en este cas, quan presten serveis d’alberg– que es detallen en l’annex I d’esta resolució, i també les condicions generals d’ús de les dites instal·lacions.
Segon.- Establir els serveis que es prestaran a les instal·lacions juvenils, els quals es detallen en l’annex II d’esta resolució, i també les tarifes i els preus que percebrà l’Institut Valencià de la Joventut.Generalitat Jove pels serveis esmentats.
Tercer.- Els nous preus a aplicar en serveis bàsics i en serveis complementaris, en relació a tarifes, preus i procediment, tindran efectivitat en les reserves per a estades a partir de l’1 de setembre de 2012.
ANEXO I
1. Los albergues juveniles y las residencias juveniles, cuando presten servicios de albergue juvenil, son instalaciones que proporcionan alojamiento y manutención a los alberguistas de forma individual o en grupo. Son lugares idóneos para el desarrollo de actividades culturales, deportivas o simplemente recreativas. Asimismo, por sus particulares características permiten el encuentro de personas de diferentes nacionalidades y culturas.
2. Los campamentos juveniles son instalaciones al aire libre cuya función es facilitar, a las organizaciones, entidades e instituciones, equipamientos básicos para la realización de sus programas de actividades, en un clima de convivencia y respeto.
3. Derechos y deberes de los usuarios. 3.1. La utilización de las instalaciones juveniles supone la aceptación, por parte del usuario, de las bases que la regulan, así como de la normativa interna de cada instalación respecto de los horarios de comida, silencio nocturno y otros aspectos, a fin de favorecer la convivencia y calidad del servicio.
3.2. Los responsables de los grupos tienen la total responsabilidad económica y jurídica de los mismos, así como por lo que respecta a la conducta de sus integrantes.
3.3. El usuario autoriza al Institut Valencià de la Joventut.Generalitat Jove a tratar, incorporar y conservar los datos personales que le facilite. El usuario tiene derecho a la información contenida en estos ficheros pudiendo cancelarla o rectificarla cuando lo desee. En caso de que no quiera autorizar el tratamiento de sus datos, deberá comunicarlo por escrito.
4. Reservas. 4.1. El IVAJ.GVA Jove ofrece la posibilidad de alojamiento y otros servicios en albergues juveniles y campamentos juveniles, a través de la Central de Reservas del IVAJ.GVA Jove. (c/ del Hospital, nº 11, 1ª, Valencia).
4.2. Se puede realizar las reservas en persona, en la dirección arriba indicada, por teléfono, al 902 225 552, por fax, al 963 869 681, por correo electrónico, en la dirección creserves_ivaj@gva.es, o por Internet, a través del web del IVAJ.GVA Jove (en este último caso, con dos meses de antelación y sólo para las reservas individuales y de familias). También se pueden hacer el mismo día en la instalación escogida.
4.3. En los albergues juveniles del IVAJ.GVA Jove se reservan camas y no habitaciones.
5. Utilización de las instalaciones juveniles. 5.1. Antelación para realizar las reservas
a) Los grupos podrán realizar la reserva con una antelación máxima de cinco meses.
b) Las reservas individuales y familiares se podrán realizar con tres meses de antelación.
5.2. Permanencia
a) La permanencia en la instalación para los grupos es de 15 noches como máximo.
b) La permanencia en la instalación para las reservas individuales y familiares es de cinco noches como máximo.
No obstante, si hay disponibilidad, la dirección de la instalación podrá aumentar dichos períodos.
El IVAJ.GVA Jove, en base a las plazas libres existentes, podrá autorizar estancias prolongadas, para el desarrollo de determinados programas.
5.3. Requisitos
a) Para poder utilizar los albergues juveniles, todos los usuarios tendrán que estar en posesión del carné de alberguista, en alguna de sus modalidades.
b) La edad mínima para poder hacer una reserva individual es de 14 años. No obstante, los menores de edad, deberán llevar una autorización firmada por el padre/la madre, tutor/a.
6. Procedimiento de pago. 6.1. Precio de las reservas. Los precios y las tarifas que se apliquen son los establecidos en el anexo II de esta resolución. Dichos precios se ajustarán en la instalación, aplicando los descuentos y gratuidades que, en su caso, proceda.
ANEXO II
1. Servicios básicos en instalaciones juveniles

1.1. En los albergues y residencias juveniles cuando presten servicios de albergue juvenil
Los precios y tarifas de los albergues se establecerán en función de los siguientes criterios:
a) Según período anual de ocupación.
Temporada alta: desde el 16 de mayo hasta el 15 de septiembre.
Temporada baja: el resto del año.
b) Según edades de los usuarios.  ...
c) Según el albergue
Se establecen unas tarifas y precios generales para todos los albergues del IVAJ.GVA Jove, excepto para el albergue Argentina, en Benicàssim, y para el albergue La Marina, en Moraira-Teulada, que tendrán precios especiales.
d) Según el tipo de reserva.
En el precio de todas las modalidades incluye el alquiler de un juego de sábanas por cama.
Los precios y las tarifas detalladas en el presente anexo incluyen el IVA correspondiente.
2. Descuentos en los precios y las tarifas de los albergues y campamentos juveniles
a) Carnet Jove: descuento del 10% del total de la estancia.
b) Bonificación por número de plazas: por cada 25 plazas, una gratuidad.
Los descuentos ofrecidos por el Institut Valencià de la Joventut. Generalitat Jove no son acumulables. Para utilizarlos hay que presentar, en su caso, la documentación que da derecho a los mismos.
3. Promociones. En determinadas fechas, el Institut Valencià de la Joventut.Generalitat Jove podrá ofrecer promociones en algunas instalaciones, que también se reservarán a través de la central de reservas del IVAJ.GVA Jove.
4. Servicios complementarios en los albergues y campamentos.
a) Los servicios complementarios de cada instalación dependen de su disponibilidad.
b) El uso de las zonas comunes (sala de estar y TV, pistas polideportivas, aulas, piscina, etc.) se regirá –en cuanto al precio, horario de utilización y tipología– por lo que establezca cada instalación.

lunes, 24 de mayo de 2010

es convoquen places a les residències juvenils de l'IVAJ per al curs 2010/2011.

Objeto de la convocatoria.- Se convocan plazas de residentes para jóvenes estudiantes en las residencias juveniles del Institut Valencià de la Joventut para el curso académico 2010/2011 de acuerdo con las condiciones siguientes:
1.1. El programa ofertado consistirá en alojamiento y pensión alimenticia completa. La pensión alimenticia completa consistirá en desayuno, comida y cena. El alojamiento se realizará de acuerdo con las condiciones particulares de cada residencia.
1.2. A los efectos de la presente convocatoria, tanto para los estudios universitarios como para los no universitarios, se considerará curso académico lectivo el que en su momento fijen la universidad correspondiente y la Conselleria de Educación.
1.3. La plaza que se obtenga se extenderá hasta la finalización de los estudios oficiales.
1.4. A los efectos de esta convocatoria, se considerará fin de semana desde la tarde del viernes hasta la tarde del domingo.
1.5. Durante los fines de semana, la residencia juvenil Mare de Déu del Lledó prestará el servicio de alojamiento, pero no el de alimentación, hasta el desayuno del lunes.
1.6. La residencia juvenil Mare de Déu del Lledó permanecerá cerrada durante la semana de fiestas locales de La Magdalena de Castellón de la Plana y no prestará ningún servicio de alojamiento ni de alimentación.
1.7. La residencia juvenil Sant Crist del Mar permanecerá cerrada los fines de semana y no prestará ningún servicio de alimentación hasta el desayuno del lunes.
1.8. Todas las residencias juveniles permanecerán cerradas, a los efectos de servicio de residencia, durante las vacaciones escolares de Navidad y de Semana Santa.
1.9. Las residencias acogerán estudiantes de los niveles educativos universitarios y no universitarios.
1.10. El número de plazas convocadas para el curso académico 2010/2011 en las residencias juveniles de la Generalitat son las siguientes:
· Residencia Juvenil Mare de Déu del Lledó: 56 plazas .
· Residencia Juvenil Universitaria La Florida
(Alacant - imatges de la dreta): 63 plazas.
· Residencia Juvenil Sant Crist del Mar:
64 plazas.
Las plazas vacantes que se puedan producir por renuncia de los residentes que han renovado la plaza para el curso 2010-2011, o por otros motivos, se incorporarán a las plazas convocadas.
Requisitos de los solicitantes.- Las personas que soliciten una plaza en alguna de las residencias juveniles objeto de esta convocatoria deberán ser estudiantes de estudios reglados y tener una edad comprendida entre 15 y 26 años en el momento de realizar la solicitud.
Adjudicación de las plazas y lista de espera.- 3.1. Adjudicación de las plazas a) A los efectos de adjudicación de plazas se aplicará la prioridad siguiente:
– En las residencias Mare de Déu del Lledó y Sant Crist del Mar (Castelló i Vinaròs)tendrán prioridad los solicitantes residentes en la Comunitat Valenciana.
– En la residencia La Florida (Alacant) tendrán prioridad en primer lugar los estudios universitarios y en segundo lugar los estudios no universitarios.
En cada nivel de estudios tendrán prioridad los solicitantes residentes en la Comunitat Valenciana.
b) Si, en alguna residencia, el número de solicitantes excede el número de las plazas ofertadas, se hará una selección de acuerdo con el baremo previsto en la presente convocatoria.
3.2. Lista de espera. Estará formada por las solicitudes, presentadas en plazo, que reúnan los requisitos y que no hayan obtenido plaza en la primera adjudicación.
Solicitudes y plazo de presentación.- 4.1. Cada solicitante deberá presentar, debidamente cumplimentado, un impreso de solicitud, según el modelo que figura en el anexo II.
4.2. Los modelos de solicitudes se facilitarán en los servicios centrales del IVAJ en Valencia, en sus unidades territoriales en Alicante y Castellón, en las propias residencias juveniles y en el web del IVAJ < www.ivaj.es >.
4.3. Las solicitudes podrán presentarse en el Registro del Institut Valencià de la Joventut (calle Hospital, núm. 11, Valencia, 46001), en los de las unidades territoriales del IVAJ de Alicante (Rambla de Méndez Núñez, núm. 41, 03002 Alicante) o Castellón (calle Orfebres Santalínea, núm. 2, 12005 Castellón de la Plana).
4.4. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. [del 25 de Mayo al 10 de Junio de 2010, a.i.]