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miércoles, 16 de octubre de 2019

subvenciones a asociaciones juveniles y a federaciones y confederaciones de estudiantes cuyo ámbito de actuación sea la universidad

Resultado de imagen de subvenciones a asociaciones juveniles y a federaciones y confederaciones de estudiantes cuyo ámbito de actuación sea la universidadMINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES Extracto de la Resolución de 10 de octubre de 2019 de la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación, del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades por la que se convocan subvenciones a asociaciones juveniles y a federaciones y confederaciones de estudiantes cuyo ámbito de actuación sea la universidad 
BDNS(Identif.):476926
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)
Primero.- Beneficiarios:
Asociaciones juveniles y Federaciones y Confederaciones de estudiantes de ámbito nacional cuya implantación y campo de actuación sea el Sistema Universitario y por tanto, el ámbito territorial de más de una Comunidad Autónoma, que tengan como finalidad participar en la vida universitaria, respetando las normas democráticas explicitadas en la Constitución y en la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Segundo.- Objeto:
Financiar los gastos derivados de la organización de actividades dirigidas a fomentar la participación estudiantil en las universidades, el desarrollo del asociacionismo relacionado directamente con la educación universitaria, el intercambio entre organizaciones estudiantiles de carácter universitario dentro del Espacio Europeo de Educación Superior, así como, de actividades de carácter científico, solidario y formativo en el ámbito universitario o de promoción y desarrollo de los proyectos Campus de Excelencia Internacional, llevadas a cabo por Asociaciones juveniles y Federaciones y Confederaciones de estudiantes en el ámbito universitario.
Tercero.- Bases reguladoras:
Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril (Boletín Oficial del Estado número 113, de 12 de mayo de 2005), de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.
Cuarto.- Cuantía:
Importe total a subvencionar: 20.000,00€.
Cuantía máxima de la subvención por solicitud: hasta un máximo de 2.000,00€.
Número máximo de actividades subvencionables por solicitud: 2
Cuantía máxima de la subvención por actividad: hasta un máximo de 1.000 €.
Quinto.- Plazo y presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el B.O.E. {del 17 al 28 de octubre de 2019}
Las solicitudes se cumplimentarán en los formularios que el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades hará accesibles en su sede electrónica https://sede.educacion.gob.es/sede/login/Inicio.jjsp.

miércoles, 12 de julio de 2017

35 Becas para Estudiantes Universitarios, con carácter de internado durante el Curso 2017/2018, en la Residencia de Estudiantes Becarios Universitarios, establecida en el Hogar Provincial de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.

BDNS(Identif.):354091
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la Sede Electrónica de la página web de la Diputación de Alicante (www.diputacionalicante.es):
Primero.- Beneficiarios: Para poder beneficiarse de las Becas será preciso reunir las siguientes condiciones: 
a) Estar empadronado en un municipio de la Provincia de Alicante. 
b) No haber cumplido los 28 años de edad en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. 
c) Iniciar o estar cursando los siguientes estudios en la Universidad de Alicante o la Universidad Miguel Hernández: Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster. Enseñanzas universitarias conducentes a los títulos oficiales de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico.
Segundo.- Finalidad: Se convocan 35 Becas para Estudiantes Universitarios, con carácter de internado durante el Curso 2017/2018, en la Residencia de Estudiantes Becarios Universitarios, establecida en el Hogar Provincial de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
Tercero.- Bases Reguladoras: Las Bases específicas de la Convocatoria aprobadas mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación de Alicante, de fecha 5 de julio de 2017.
Cuarto.- Cuantía: Abono de hasta 550 euros por Beca, para gastos de matriculación del curso académico, contra documento justificativo de la previa realización del gasto correspondiente. El importe de las ayudas quedará condicionado a la existencia de crédito presupuestario suficiente y adecuado para atenderlas, en el Presupuesto de la Excma. Diputación de Alicante para el ejercicio 2018
Quinto.- Plazo de presentación de las solicitudes: En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el plazo de presentación de solicitudes será de UN MES, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia [Alacant Nº 132 de 12/07/2017] por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante esta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación. {del 13 de Julio al 14* de Agosto de 2017, a.i.}
El Hogar Provincial pondrá a disposición de los interesados las Bases íntegras de la Convocatoria, junto con el modelo de instancia en la sede electrónica de la página web de la Diputación Provincial de Alicante (www.diputacionalicante.es)

viernes, 2 de mayo de 2014

Programa la Dipu te Beca (Prácticas Formativas). Convocatoria y bases. Excelentísima Diputación Provincial de Valencia.

Aprobadas por la Junta de Gobierno de la Diputación de Valencia, celebrada el 15 de abril de 2014, la convocatoria y bases para la concesión de subvenciones destinadas a municipios y entidades locales menores para la concesión de becas de prácticas de formación en el marco del programa "La Dipu Te Beca", se abre un período de información y apertura de plazo de presentación de solicitudes, a partir del día siguiente al de la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, que se transcriben a continuación:
BASES PARA LA CONCESIÓN DE BECAS DE FORMACIÓN EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE PRÁCTICAS FORMATIVAS DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA "LA DIPU TE BECA"
BASE PRIMERA. OBJETO Y FINALIDAD. 
El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones a los municipios y entidades locales menores de la provincia de Valencia que expresamente se adhieran al programa para la realización de prácticas formativas por estudiantes en municipios y entidades locales menores de la provincia de Valencia. Todos los municipios y entidades locales menores solicitantes que cumplan lo establecido en las presentes bases, serán beneficiarios de la presente convocatoria.
La finalidad de la presente subvención es financiar parcialmente el coste de la concesión de becas de prácticas formativas de los estudiantes en aquellas especialidades de interés para el municipio o entidad local menor beneficiario. La duración máxima de las becas será de 2 meses y deberán abarcar necesariamente los meses de julio y agosto. No obstante, los municipios y entidades locales menores podrán adjudicar las becas por plazo inferior y, en su caso renovarlas, siempre que en conjunto no superen el plazo anteriormente indicado de dos meses y siempre que la duración mínima sea de 15 días. 
La dedicación de los destinatarios de las becas será, como mínimo, de 20 horas semanales, que deberán ser realizadas siguiendo las instrucciones del tutor, debiendo indicarse en las correspondientes bases del ayuntamiento si éste decide un mayor número de horas de dedicación.
Estas becas se adjudicarán por los ayuntamientos adheridos que resolverán la concesión de conformidad con el régimen jurídico de las subvenciones aplicable a las entidades locales.
La dotación bruta mensual para el beneficiario contemplada para el cálculo de las presentes bases asciende a 500 €. Sobre dicho importe habrá de practicarse, en su caso, la retención correspondiente a la cotización a la Seguridad Social en los términos establecidos en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.(BOE núm 259, de 27 de octubre de 2011) , en relación con el Real Decret 1707/2011, de 18 de noviembre, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios (BOE Núm 297, de 10 de diciembre de 2011) y las demás que pudieran corresponder.
BASE SEGUNDA .BENEFICIARIOS Y DESTINATARIOS
1. Beneficiarios. 
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los municipios y entidades locales menores de la provincia de Valencia. 
2. Destinatarios. Son destinatarios de las becas los estudiantes mayores de 18 años que cursen alguno de los estudios oficiales que se indican en la base tercera.
BASE TERCERA. REQUISITOS
1. De los beneficiarios. 
Los municipios y entidades locales menores de la provincia de Valencia que deseen participar en este programa deberán remitir a la Diputación solicitud de adhesión acompañada de la resolución de Alcaldía en la que conste la declaración de adhesión y el compromiso de la entidad local de financiación de las becas en los términos de las presentes bases.
2. De los destinatarios. Los estudiantes que, poseyendo la vecindad administrativa en algún municipio de la provincia de Valencia antes de la fecha de la publicación de las presentes bases, aspiren a ser destinatarios de las becas que se concedan por aplicación de la presente subvención, para la realización de prácticas formativas, deberán presentar la solicitud de inscripción en el o los municipios de la provincia de Valencia en el que deseen realizar la práctica y deberán reunir, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, salvo el indicado en el punto 1, los siguientes requisitos:
1.- Poseer vecindad administrativa en algún municipio de la provincia de Valencia; requisito éste que debe de cumplirse con anterioridad a la fecha de publicación de las presentes bases
2.- Tener 18 años cumplidos.
3.- Encontrarse cursando alguna de las siguientes enseñanzas oficiales: Ciclos Formativos de Formación Profesional, correspondientes a las familias que se relacionan en el Anexo II o Enseñanzas Universitarias Oficiales de Grado, Diplomatura o Licenciatura , o equivalente de conformidad con la normativa vigente, en Enseñanzas Artísticas Superiores o master oficial impartido por las Universidades.
4.- No estar disfrutando de otra beca o ayuda de la misma o análoga finalidad, así como no desarrollar una actividad laboral durante el periodo de disfrute de la beca.
Cada estudiante solo podrá disfrutar de una beca en un municipio simultáneamente.
BASE CUARTA. DOTACIÓN ECONÓMICA
1. Importe y número de becas. 
La subvención que se concede por la Diputación tiene como fin sufragar el 80 % del la dotación mensual bruta de la beca a percibir por el becario que se considera, a efectos de la presente convocatoria, por importe de 500 € por beca y mes concedida.
El número máximo de becas que corresponde a cada municipio es el que se define en el anexo I de las presentes bases. La asignación se realiza atendiendo a la población de cada ayuntamiento a tenor de los datos del censo a fecha 1 de enero de 2013 Real Decreto 1016/2013, de 28 de diciembre, por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del padrón municipal referidas al 1 de enero de 2013. en base a los siguientes criterios:
- municipios de menos 3.000 habitantes: 4 becas
- municipios entre 3.000 y 5.000 habitantes: 7 becas
- municipios de entre 5.001 y 50.000 habitantes: A razón de 1 beca por cada intervalo de población mayor de 600 y menor de 700 habitantes, según anexo I.
- Municipios desde 50.001 habitantes: Según anexo I 
2. Dotación presupuestaria. La dotación máxima presupuestaria del presente programa asciende a 3.000.000 Euros ... del presupuesto de Gastos de la Diputación para el ejercicio 2014.
El importe consignado se corresponde con una subvención de un 80 % de la dotación económica a percibir por cada estudiante destinatario por el número de becas máximo a conceder. La cantidad restante hasta el total abonado por las becas será cofinanciado por la entidad local beneficiaria de esta subvención.
La dotación de la subvención concreta a cada ayuntamiento adherido se corresponde con el porcentaje que financia la Diputación, 80 % del importe básico bruto mensual por beca a percibir por el beneficiario de la misma: quinientos euros brutos mensuales (500 €), por el número de becas que ha adjudicado cada ayuntamiento con el límite máximo que según población le corresponde. 
3. Anticipo de fondos a los ayuntamientos. La Diputación, dictada la resolución de concesión, anticipará a cada ayuntamiento hasta un 70% de la subvención máxima otorgada, siempre y cuando se cumplan los plazos indicados en las siguientes bases, estando exonerados de presentación de garantía de conformidad con la normativa vigente.
BASE QUINTA. PROCEDIMIENTO
1. Convocatoria de la Diputación. 
La publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia de las presentes bases abre un plazo de 20 días naturales para que las entidades locales de la provincia de Valencia, presenten la solicitud digital de adhesión a esta convocatoria a través de la carpeta ayuntamiento a la que se accede desde www.dival.es con el correspondiente certificado digital, acompañada de la resolución de Alcaldía en la que conste la declaración de adhesión y el compromiso de la entidad local de financiación de las becas en los términos de las presentes bases.{del 3 al 22 de mayo de 2014, a.i.}
2. Procedimiento para la concesión de las becas. Realizada la solicitud de adhesión por parte de la entidad local, el órgano competente de la entidad local iniciará los trámites para la concesión de las becas, siendo las propias entidades locales las que realicen la distribución de la concesión por tipo de enseñanza, por área de actividad, garantizando en el procedimiento el cumplimiento de los principios de publicidad y concurrencia.
2.1 Solicitud de los estudiantes. Estas becas se adjudicarán entre los estudiantes que lo soliciten, que presentarán solicitud de inscripción en el correspondiente ayuntamiento a la que acompañaran, como mínimo, la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI o documentación acreditativa equivalente.
- Documentación acreditativa de estar cursando las enseñanzas oficiales que alega en la que conste el tipo de enseñanza, curso, centro educativo (matricula, certificado emitido por el centro, ...).
- Acreditación de no incurrir en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones, realizada mediante declaración responsable o a través de cualquier de los medios establecidos en el artículo 13.7 de dicha Ley y artículos concordantes de su Reglamento.
El plazo de presentación de solicitudes garantizará la posibilidad de concurrencia y en ningún caso podrá exceder del 10 de junio.
2.2 Selección de estudiantes. Las entidades locales adheridas realizarán la selección de los destinatarios de las becas de entre aquellos inscritos y en función de sus características y necesidades concretas, una vez finalizado el plazo de presentación de inscripciones. La concesión podrá realizarse por áreas de actividad y conocimiento y nivel de estudios y deberá respetar los principios de objetividad, transparencia, concurrencia y neutralidad.
Las entidades locales valorarán con carácter preferente aquellos casos en los que el solicitante acredite situación de discapacidad así como el hecho de que no hubiesen disfrutado de beca en el marco de este programa en las ediciones anteriores. La entidad local podrá tomar en consideración la situación socioeconómica de la unidad familiar del solicitante, así como el hecho de no haber disfrutado el estudiante una beca al estudio durante el último curso académico.
La relación de becas concedidas será remitida por las entidades locales a la Diputación, mediante certificado debidamente firmado por el Secretario General según modelo normalizado que dispondrá en la carpeta ayuntamiento a la que se accede desde www.dival.es con el correspondiente certificado digital. 
Junto con esto certificado deberá remitir certificados acreditativas del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad social o, en su caso, declaración responsable.
Esta documentación deberá remitirse con anterioridad al 24 de junio.
... ANEXO I
Becas por municipio según población
...
ANEXO II. ENSEÑANZAS OBJETO DE LAS BECAS
ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES. TODOS LOS ESTUDIOS
MASTERES UNIVERSITARIOS RECONOCIDOS OFICIALMENTE
CICLOS FORMATIVOS FAMILIAS QUE SE INDICAN A CONTINUACIÓN:
ACTIVIDADES FÍSICAS Y DEPORTIVAS
ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN
AGRARIA
ARTES GRÁFICAS
COMERCIO Y MARKETING
ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA
FABRICACIÓN MECÁNICA
HOSTELERÍA Y TURISMO
IMAGEN Y SONIDO
INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES
INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO
MADERA, MUEBLE y CORCHO
MARÍTIMO PESQUERA
SANIDAD
SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD
TRANSPORTE Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS
ENERGÍA Y AGUA

miércoles, 17 de julio de 2013

100 ayudas para participar en el Aula de Verano «Ortega y Gasset» de 2013. UIMP.

1. Objeto y destinatarios de las ayudas. El objeto de esta resolución es la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de 100 ayudas para participar en el Aula de Verano «Ortega y Gasset» (en adelante, el Aula), organizada en colaboración con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Este programa se dirige a los alumnos que hayan concluido sus estudios de bachillerato o ciclo formativo de grado superior de formación profesional en 2013 y tiene como finalidad introducir a los estudios universitarios. Para lograr este objetivo y con un enfoque multidisciplinar, se han previsto diversas actividades académicas dirigidas por profesores universitarios, investigadores y personalidades de la cultura y el arte. Las sesiones se desarrollarán de acuerdo con un programa estructurado para cada día lectivo, que incluirá actividades y propuestas culturales fuera del horario académico.
A efectos organizativos, los beneficiarios de las ayudas serán distribuidos en dos grupos de 50 alumnos.
2. Lugar y fecha de celebración. El Aula se organizará en la sede de Santander de la UIMP del 17 al 23 de agosto de 2013.
3. Requisitos de los solicitantes. Podrán solicitar las ayudas objeto de esta convocatoria los estudiantes que:
a)
Hayan finalizado el último curso del bachillerato o del ciclo formativo de grado superior de formación profesional en el año 2013; y
b) acrediten una nota media igual o superior a 9,60 puntos sobre 10 en los dos cursos del bachillerato o del correspondiente ciclo formativo de grado superior de formación profesional.
4. Contenido de las ayudas. A los estudiantes seleccionados la UIMP les cubrirán los siguientes gastos:
a)
Alojamiento y manutención, en régimen de pensión completa durante las fechas de celebración del Aula.
b) Desplazamiento de los asistentes desde su punto de origen hasta Santander y regreso, con un máximo de 200 euros para los desplazamientos dentro de la península y de 250 euros para los alumnos procedentes de las Comunidades Autónomas de las Illes Balears y de Canarias y de las Ciudades de Ceuta y Melilla. El pago de los gastos de desplazamiento se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente que cada alumno facilitará en el momento de su incorporación al Aula en Santander. A tales efectos, y como condición indispensable, el beneficiario deberá aportar los justificantes originales de todos los gastos de desplazamiento para que la UIMP pueda proceder a su abono.
c) Traslados, entradas a monumentos, etc., derivados de las actividades culturales previstas en el programa.
6. Formalización de solicitudes, plazo y lugar de presentación. 1. Las solicitudes se ajustarán al modelo normalizado, que estará disponible en la Secretaría de Alumnos y en la dirección web de la UIMP. [www.uimp.es] Las solicitudes podrán presentarse en el Registro de la Universidad (Isaac Peral, 23, 28040 Madrid, y Palacio de la Magdalena, 39005 Santander), así como por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
A la instancia firmada deberá adjuntarse la siguiente documentación:
a) ...
2. Además de formalizar la solicitud del modo descrito en el número anterior, también será admisible su presentación telemática a través de la página web de la UIMP. En este caso, la solicitud se cumplimentará en el formulario accesible en la dirección http://www.uimp.es/estudiantes/beca-aula-verano-ortega-gasset.html. Junto con el formulario de solicitud, deberán cargarse en soporte electrónico los mismos documentos exigidos en el número anterior.
Para la presentación de los originales de estos documentos y del formulario de solicitud, se estará a lo dispuesto en el apartado 12 de la convocatoria.
3. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».{del 18 al27 de julio de 2013, a.i.}

viernes, 31 de mayo de 2013

34 becas de formación. Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas».

1. Objeto de la convocatoria La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de 34 becas de formación destinadas a personas que se encuentren en posesión del título de Graduado, Licenciado, Ingeniero, Ingeniero Técnico o equivalentes, siempre que hayan terminado sus estudios con posterioridad al 30 de julio de 2009.
Las titulaciones exigidas para cada una de las becas convocadas son las que se señalan en el anexo I de la presente convocatoria.
4. Requisitos de los solicitantes. Podrán ser beneficiarios de las becas previstas en esta Resolución aquellas personas físicas que, teniendo plena capacidad de obrar y no estando inhabilitadas para la obtención de ayudas o subvenciones públicas, reúnan las siguientes condiciones:
a)
Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o extranjero residente en España en el momento de solicitar la beca.
b) Estar en posesión del título exigido en el apartado 1 de esta Resolución, o acreditar el abono de los derechos para la expedición del título a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
c) Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos en el momento de presentar la solicitud, o acreditarse documentalmente que la homologación se encuentra en tramitación. En este último supuesto, el becario estará obligado a notificar al INTA, con carácter inmediato, la resolución que recaiga en el procedimiento.
Se exceptúa de lo dispuesto en el párrafo anterior en el caso de que el solicitante haya sido admitido por una Universidad española para la realización de un master oficial.
d) No estar incapacitado físicamente o padecer enfermedad que pueda impedir el desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la beca.
e) No habérsele concedido con anterioridad una beca del INTA ni haber tenido relación laboral o administrativa con el Instituto de contenido similar al propuesto en la beca.
f) No encontrarse incurso en alguno de los supuestos previstos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
5. Condiciones de disfrute
a)
El desarrollo de las becas tendrá lugar en las dependencias del INTA de Torrejón de Ardoz (Madrid) o en las instalaciones de El Arenosillo en Mazagón (Huelva) con una dedicación acorde con las actividades propuestas en su Plan de Formación.
k) Las becas serán compatibles con bolsas de viaje destinadas a sufragar gastos de desplazamiento o estancias que el beneficiario haya de realizar debido a las necesidades del proyecto en el que desarrolle su actividad formativa, siempre que sea por tiempo limitado y previa la correspondiente autorización del INTA. Para estas ayudas el INTA dispondrá de un fondo de 42.000 euros.
9. Dotación de las becas. La cuantía individual de la beca será de 12.360 euros anuales para los graduados, licenciados e ingenieros y 11.640 euros anuales para los ingenieros técnicos. Los importes se abonarán por mensualidades vencidas, a razón de 1.030 ó 970 euros mensuales brutos respectivamente.
10. Duración de las becas
a)
La duración de las becas será de dos años, pudiendo ser prorrogadas por el INTA por un año más siempre que el plan formativo lo contemple y previa solicitud del beneficiario formulada con dos meses de antelación a la fecha de finalización de la beca.
b) La concesión de la prórroga estará supeditada a las disponibilidades presupuestarias y a la valoración de los informes recogidos en la letra siguiente.
c) El beneficiario formalizará su solicitud de prórroga en el impreso normalizado establecido al efecto, acompañado de la siguiente documentación:
1. Memoria de la tarea realizada.
2. Informe del tutor en el que incluirá el plan de actuaciones en caso de prórroga.
3. Currículum vítae actualizado.
11. Solicitudes
a)
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado.»{del 1 al 20 de junio de 2013, a.i.}
b) Las solicitudes se formalizarán en el impreso contenido en el Anexo II de la presente convocatoria, estando a disposición de los interesados en la secretaría de la Unidad de Formación del INTA o en la dirección de Internet: http://www.inta.es. y en la Sede Electrónica Central del Ministerio de Defensa.
c) La cumplimentación y presentación de las solicitudes se realizará preferentemente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la Sede Electrónica Central del Ministerio de Defensa en la dirección http://sede.defensa.gob.es/acceda/ en el enlace «Procedimientos». También podrán presentarse en el Registro General del INTA sito en carretera de Torrejón-Ajalvir, kilómetro 4, 28850 Torrejón de Ardoz (Madrid), o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que los solicitantes presenten su solicitud en una oficina de Correos de España, lo harán en sobre abierto para que el impreso de solicitud sea fechado y sellado por el personal de Correos antes de ser certificada.
d) Los aspirantes podrán presentar solicitud en dos becas como máximo de las que se señalan en el Anexo I de esta convocatoria.   ...

martes, 23 de abril de 2013

concurso para la adjudicación de 392 plazas en los apartamentos «Cardenal Mendoza» para estudiantes de la Universidad de Valladolid durante el curso académico 2013-2014.

Primera. El objeto de la presente convocatoria,dentro de la política dirigida a que los estudiantes puedan acceder a la Universidad en condiciones de igualdad, es facilitar el alojamiento de aquellos estudiantes universitarios con bajo nivel de renta, desplazados del lugar de residencia familiar por razón de sus estudios en la Universidad de Valladolid. Todo ello en cumplimiento de las previsiones contenidas en el Convenio antes referido, con el fin de poner a disposición de los estudiantes alojamientos idóneos y hacer posible la adjudicación, por concurso, de las plazas en los apartamentos «Cardenal Mendoza» de Valladolid.
En este sentido, dando inicio de oficio al procedimiento, se convocan a concurso público de méritos 392 plazas de residentes en los apartamentos «Cardenal Mendoza» para el curso académico 2013-2014, destinadas a estudiantes de la Universidad de Valladolid, que se otorgarán de conformidad con las presentes bases.
Segunda.- Son posibles beneficiarios de una plaza de residente las siguientes personas:
a)
Estudiantes que cursen o vayan a cursar estudios universitarios de primero y segundo ciclo, estudios de grado y másteres oficiales, en cualquiera de los Centros de la Universidad de Valladolid.
b) Estudiantes de tercer ciclo en algún programa de doctorado de la Universidad de Valladolid y jóvenes que desarrollen labores investigadoras y docentes en esta Universidad, así como antiguos alumnos doctorados, licenciados o diplomados de la misma que acrediten preparar una oposición pública. Para este colectivo se reservarán 32 de las plazas ofertadas. La Comisión de adjudicación podrá aumentar este número de plazas con la finalidad de satisfacer la ocupación total de las plazas; en este caso, el acuerdo de la Comisión será objeto de publicidad en los tablones de anuncios de la Universidad.
En cualquiera de los casos establecidos en los párrafos anteriores, los adjudicatarios de las plazas serán menores de treinta años con bajo nivel de renta.
c) En caso de quedar plazas disponibles después de su adjudicación a las personas incluidas en los apartados a) y b), la Universidad podrá destinarlas para su uso por los diferentes sectores integrados en la

comunidad universitaria, en los términos más convenientes para el servicio público.
Sexta. El disfrute de una plaza de residente es por un período que abarcará desde el inicio del curso académico 2013-2014 hasta el 27 de julio del 2014.
Séptima. Cualquier interesado en solicitar plaza para los apartamentos deberá dirigirse a la Sección de Servicios Universitarios de la Universidad de Valladolid (calle Real de Burgos, s/n. Casa del Estudiante - Valladolid) y cumplimentar la solicitud que les facilitará la citada sección. Las solicitudes deberán presentarse en horario de 9 a 14 horas en la Sección de Servicio Universitarios de la Universidad, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el plazo de presentación será desde el día 10 de junio hasta el día 2 de julio de 2013, ambos incluidos. También se publicará, de acuerdo con lo estipulado en el convenio, en el Boletín Oficial de Castilla y León.
La Comisión de adjudicación podrá ampliar el plazo de presentación de solicitudes atendiend
o a las circunstancias que concurran, acuerdo que será objeto de publicidad en los tablones de anuncios de la Universidad.

viernes, 5 de abril de 2013

V edició del premi Jo També Concilie per a projectes universitaris que tinguen com a fi la conciliació de la vida personal, familiar i laboral, en el marc de les polítiques d’igualtat d’oportunitats del Consell. || V edición del premio Yo También Concilio para proyectos universitarios que tengan como fin la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, en el marco de las políticas de igualdad de oportunidades del Consell.

ORDE 2/2013, de 21 de març, de la Conselleria de Benestar Social, per la qual es convoca la V edició del premi Jo També Concilie per a projectes universitaris que tinguen com a fi la conciliació de la vida personal, familiar i laboral, en el marc de les polítiques d’igualtat d’oportunitats del Consell. [2013/3252] (pdf 437KB)
ORDEN 2/2013, de 21 de marzo, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se convoca la V edición del premio Yo También Concilio para proyectos universitarios que tengan como fin la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, en el marco de las políticas de igualdad de oportunidades del Consell. [2013/3252] (pdf 437KB)
1. Objeto. Constituye el objeto de la presente orden la convocatoria de la V edición del premio Yo También Concilio, dirigido a reconocer proyectos realizados por el alumnado de las universidades de la Comunitat Valenciana, y la aprobación de las bases por las que se regirá dicha convocatoria, que figuran como anexo I.
2. Premios. Se concederá un primer premio y dos accésit consistiendo los galardones en una placa y/o
diplomas acreditativos.
ANEXO I
Bases
Primera. Objeto. Constituye el objeto de la presente orden la aprobación de las normas reguladoras que regirán la convocatoria de la V edición del premio Yo También Concilio, para reconocer aquellos proyectos del alumnado de las distintas universidades de la Comunitat Valenciana que promuevan medidas innovadoras para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, destacando los beneficios que su adopción reporta en la empresa.
Segunda. Participantes. Podrá participar cualquier persona, de forma individual o en equipo, que esté realizando estudios universitarios y esté matriculada en el curso académico 2012-2013 o 2013-2014 en alguna universidad de la Comunitat Valenciana o centros públicos o privados adscritos.

Quinta. Plazo de presentación. 1. El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana y finalizará el día 21 de octubre de 2013. El incumplimiento de este plazo determinará la inadmisión de la solicitud.
2. Los proyectos podrán presentarse en el registro de la Dirección General de Familia y Mujer o en cualquiera de sus sedes en las direcciones territoriales de Alicante, Castellón y Valencia, o en cualquiera de los lugares que, con carácter general, establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

viernes, 1 de febrero de 2013

5 becas de formación práctica en materia de ordenación pesquera para titulados universitarios.[3 economía pesquera, 1 política estructural pesquera, 1 control e inspección pesquera]

1. Objeto, finalidad y características de las becas. El objeto de esta Orden es convocar, en régimen de concurrencia competitiva, 5 becas de formación y perfeccionamiento técnico-profesional en el ámbito de las competencias que ejerce la Dirección General de Ordenación Pesquera, de la Secretaría General de Pesca, para titulados universitarios, en las siguientes áreas de conocimiento:
a) Tres becas en el área de conocimiento de la economía pesquera.
b) Una beca en el área de conocimiento de la política estructural pesquera.
c) Una beca en el área de conocimiento de control e inspección pesquera.

La finalidad y características de las becas son las que se recogen en los artículos 2 y 3 de la Orden AAA/2386/2012, de 24 de octubre, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 266, de 5 de noviembre.
3. Requisitos de los candidatos. Los requisitos que deberán reunir los solicitantes son los señalados en el artículo 5 de la Orden que establece las bases reguladoras.
5. Presentación de solicitudes. Las solicitudes deberán dirigirse al Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de la presente convocatoria, según establece el artículo 6 de la Orden AAA/2386/2012, de 24 de octubre, de bases reguladoras.{del 2 al 13 de febrero de 2013, a.i.}

jueves, 3 de mayo de 2012

INAP: 1 beca a titulados superiores universitarios en Ciencias Políticas o Administración Pública, para formarse y llevar a cabo tareas de apoyo relativas al banco de buenas prácticas y aquellas otras que se realicen en el organismo.

Objeto. La presente Resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, una beca destinada a titulados superiores universitarios en Ciencias Políticas o Administración Pública, para formarse y llevar a cabo tareas de apoyo relativas al banco de buenas prácticas y aquellas otras que se realicen en el organismo.
Dotación de la beca. 1. La beca, se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 15.102.921O.480 del INAP para los ejercicios 2012 y 2013. La posible prórroga se hará a reserva de que en los presupuestos de los años correspondientes exista dotación presupuestaria suficiente y adecuada.
2. La cuantía individual de la beca será de 1.300,00 euros mensuales. Se abonarán por mensualidades vencidas y en todos los pagos se efectuará la correspondiente retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Requisitos de la persona beneficiaria. 1. Podrá ser beneficiario de la beca cualquier persona de nacionalidad española o nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea que haya obtenido el título de Grado (de acuerdo al Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales) o Licenciado, en Ciencias Políticas o Administración Pública, en el curso académico 2006-2007 o posterior, en Universidades españolas o extranjeras, en este caso, siempre y cuando haya obtenido la homologación de su título por resolución definitiva.
Duración de la beca. El periodo máximo de disfrute de la beca será de un año, prorrogable por otro año más. La concesión de prórroga estará supeditada a las disponibilidades presupuestarias.
Formalización de solicitudes.
1. Las solicitudes se formalizarán en el modelo que figura como anexo I, se dirigirán al Director del INAP y podrán presentarse:
a) De forma electrónica a través de la sede electrónica del INAP, disponible en la dirección http://sede.inap.gob.es/, para lo que será necesario disponer del DNI electrónico o cualquier otro certificado electrónico reconocido admitido por las Administraciones Públicas;
b) de forma presencial en el Registro General del INAP, calle Atocha 106, 28012 Madrid;
c) por cualquiera de las vías previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 4 al 21 de Mayo de 2012,a.i.}
3. El INAP facilitará información sobre la convocatoria en el Departamento de Publicaciones, Estudios y Documentación, en el teléfono 91 273 91 62, por correo electrónico en: becas@inap.es y a través de la página web: www.inap.es.

sábado, 24 de marzo de 2012

2.500 becas de Prácticas Profesionales Santander CRUE – CEPYME

Prácticas Profesionales Santander CRUE – CEPYME
Plazo: hasta el 31 de marzo de 2012

Programa dirigido a complementar la formación de los estudiantes, acercándoles la realidad del ámbito profesional, ampliando sus conocimientos y favoreciendo su contacto con empresas que podrían facilitarles su inserción laboral.

PDFInscripción Abierta PDF
Ver resumen de la convocatoria
Naturaleza: 2.500 becas de prácticas profesionales en Pymes y autónomos
Duración: Mínimo tres meses, ampliable a 6 a instancia de la empresa de acogida, no pudiendo llevarse a cabo la realización de las mismas de manera fraccionada.
Plazo inscripción:15 diciembre 2011-31 marzo 2012
Plazo realización de la práctica: Máximo hasta el 30 de septiembre 2012
Horario: Jornada completa.
Importe de la beca:600 euros/mes brutos. Puede ser complementada con cualquier otra ayuda que la empresa de destino quiera ofrecer al becario.
Recepción de solicitudes: Se realizará únicamente a través de esta web:
www.becas-santander.com
INFORMACIÓN PARA ESTUDIANTES
Requisitos de participación:
- Estar matriculado en una Universidad española o centros adscritos a la misma.
- Estudiantes de grado y master (oficiales y propios)
- Haber superado el 50 por ciento de los créditos o estar en los dos últimos cursos o realizando el proyecto fin de carrera.
- No mantener relación contractual con la universidad o empresa donde realizará la práctica.
Selección de estudiantes: A cargo de los servicios especializados de cada universidad.
INFORMACIÓN PARA EMPRESAS
Requisitos de participación (obligatorios para participar en la convocatoria):
- Ser una PYME o un autónomo, entendiéndose las primeras como aquellas empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros
- Asegurar los mecanismos y procedimientos necesarios para la realización de la practica: asignación de un tutor al becario y diseño de una plan de formación y desarrollo de competencias profesionales
Criterios para la selección (opcionales, a tener en cuenta en la asignación de becarios):
- Ofertas recibidas de spin-offs universitarias.
- Empresas que mantengan colaboración con la universidad y que todavía no
- hayan suscrito Convenio de Cooperación Educativa.
- Empresas vinculadas por relación comercial con el Banco Santander.
- Las ofertas de empresas vinculadas a las Cátedras de Empresa Familiar.
- Las ofertas especialmente adecuadas a estudiantes con discapacidad.
- Empresas que se comprometan a ampliar los tres meses de duración inicial de
- las prácticas, asumiendo el pago de la bolsa o ayuda al estudio
- correspondiente a dicha ampliación.

miércoles, 14 de septiembre de 2011

7 becas de formación para titulados superiores universitarios en: Biblioteconomia y Docum., Infomática y Telecomunicaciones,Dº, CC.PP. o Adm.Pública

Objeto. La presente Resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, dos becas destinadas a titulados superiores universitarios en Biblioteconomía y Documentación, para formarse y llevar a cabo tareas de apoyo a las que se realicen en el organismo.
Requisitos de los beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios de las becas todas aquellas personas de nacionalidad española o nacionales de algún estado miembro de la Unión Europea que hayan obtenido el título de Doctor, Licenciado, Grado o Máster Universitario (de acuerdo al Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales) en Biblioteconomía y Documentación en el curso académico 2005-2006 o posterior, en Universidades españolas o extranjeras, en este caso siempre y cuando hayan obtenido la homologación de sus títulos por resolución definitiva.
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Resolución de 1 de septiembre de 2011, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se publica la convocatoria de becas de formación para titulados superiores universitarios en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Objeto. La presente Resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, dos becas destinadas a titulados superiores universitarios en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, para formarse y llevar a cabo tareas de apoyo a las que se realicen en el organismo.
Requisitos de los beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios de las becas todas aquellas personas de nacionalidad española o nacionales de algún estado miembro de la Unión Europea que hayan obtenido el título de Ingeniero, Doctor, Licenciado, Grado o Máster Universitario (de acuerdo al Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales) en Informática o Telecomunicaciones en el curso académico 2005-2006 o posterior, en Universidades españolas o extranjeras, en este caso siempre y cuando hayan obtenido la homologación de sus títulos por resolución definitiva.
______________________________
Resolución de 1 de septiembre de 2011, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se publica la convocatoria de becas de formación para titulados superiores universitarios en Derecho, Ciencias Políticas o Administración Pública.
Objeto. La presente Resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, tres becas destinadas a titulados superiores universitarios en Derecho, Ciencias Políticas o Administración Pública, para formarse y llevar a cabo tareas de apoyo a las que se realicen en el organismo.
Requisitos de los beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios de las becas todas aquellas personas de nacionalidad española o nacionales de algún estado miembro de la Unión Europea que hayan obtenido el título de Doctor, Licenciado, Grado o Máster Universitario (de acuerdo al Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales) en Derecho, Ciencias Políticas o Administración Pública en el curso académico 2005-2006 o posterior, en Universidades españolas o extranjeras, en este caso siempre y cuando hayan obtenido la homologación de sus títulos por resolución definitiva.
_____________________________
DISPOSICIONES COMUNES:
Dotación de las becas. 2. La cuantía individual de las becas será de 1.300,00 euros mensuales.
Duración de las becas. El periodo máximo de disfrute de las becas será de un año, prorrogable por otro año más. La concesión de prórroga estará supeditada a las disponibilidades presupuestarias.
Formalización de solicitudes. 1. Las solicitudes se formalizarán en el modelo que figura como anexo I, se dirigirán al Director del INAP y podrán presentarse:
a) De forma electrónica a través de la Sede Electrónica del INAP, disponible en la dirección http://sede.inap.gob.es/, para lo que será necesario disponer del DNI electrónico o cualquier otro certificado electrónico reconocido admitido por las Administraciones públicas.
b) De forma presencial en el Registro General del INAP, calle Atocha 106, 28012, Madrid;
c) Por cualquiera de las vías previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 15 de Septiembre al 1 de Octubre de 2011, a.i.}
El INAP facilitará información sobre la convocatoria en el Departamento de Publicaciones, Estudios y Documentación, en los teléfonos 91.273.92.11/91.62, por correo electrónico en becas@inap.es y a través de la página web www.inap.es.

jueves, 7 de julio de 2011

subvenciones a Asociaciones Juveniles y a Federaciones y Confederaciones de estudiantes universitarios.

Subvenciones
Orden EDU/1878/2011, de 27 de junio, por la que se convoca subvenciones a Asociaciones Juveniles y a Federaciones y Confederaciones de estudiantes universitarios.
PDF (BOE-A-2011-11673 - 15 págs. - 304 KB)
Otros formatos
1.- Objeto de las subvenciones. 1.1 El objeto del presente procedimiento es financiar los gastos derivados de las actividades de participación y representación nacional o internacional, del desarrollo de actividades formativas, culturales y científicas, y de los programas y actividades de comunicación a la comunidad estudiantil en el ámbito de la adaptación de los estudios al Espacio Europeo de Educación Superior, llevadas a cabo por Asociaciones juveniles y Federaciones y Confederaciones de estudiantes en el ámbito universitario, así como de fomento de la participación de dichas entidades en la vida universitaria.
1.2 El procedimiento de concesión de las subvenciones se efectúa en régimen de concurrencia competitiva.
3.- Requisitos que deben reunir los beneficiarios. 3.1 Los beneficiarios de las presentes subvenciones serán Asociaciones juveniles y Federaciones y Confederaciones de estudiantes de ámbito nacional cuya implantación y campo de actuación sea el Sistema Universitario y por tanto el ámbito territorial de más de una Comunidad Autónoma; y que su finalidad sea participar en la vida universitaria respetando las normas democráticas explicitadas en la Constitución y en la LOMLOU.
3.2 No podrán presentar solicitud aquellas entidades que no hayan justificado o reintegrado, en su caso, el importe percibido en cualquier convocatoria anterior procedente de este Departamento.
3.3 Los beneficiarios deberán cumplir con los requisitos y las obligaciones previstos en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4.- Solicitud, plazo, lugar de presentación y documentación a adjuntar con las solicitudes.
4.1 Solicitudes: Las solicitudes de las subvenciones se formularán conforme al modelo que figura como anexo I de la presente resolución, al que se incorporará el anexo II, III, o IV según se trate respectivamente de asociaciones, federaciones o confederaciones de asociaciones, y se dirigirán al Secretario General de Universidades.
4.2 Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes finalizará el treinta de septiembre del año en curso.{hasta el 30 Septiembre 2011}
4.3 Lugar de presentación: En el Registro del Ministerio de Educación situado en la calle Torrelaguna, 58, 28071 Madrid, o bien en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

lunes, 27 de junio de 2011

Becas Residenciales en el Hogar Provincial de Alicante para: ( 31 ) Estudiantes Universitarios, y ( 12 becas) Deportistas de Equipos alicantinos ...

DIPUTACIÓN PROVINCIAL ALICANTE.
-BASES CONVOCATORIA BECAS RESIDENCIALES HOGAR PROVINCIAL PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS CURSO 2011/2012 página 4
-BASES CONVOCATORIA BECAS RESIDENCIALES EN EL HOGAR PROVINCIAL PARA DEPORTISTAS DE EQUIPOS ALICANTINOS, TEMPORADA 2011/2012 página 7
«BASES DE CONVOCATORIA DE ( 31 ) BECAS RESIDENCIALES EN EL HOGAR PROVINCIAL DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE, PARA ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS CURSO 2011/2012.
Como complemento de la labor socio-asistencial que realiza la Excma. Diputación Provincial de Alicante, y dentro de los fines que se siguen en cuanto a promoción, fomento y reutilización de las instalaciones del Hogar Provincial, viene funcionando en dicho centro el Servicio de Residencia de Estudiantes Becarios Universitarios y de Deportistas en Equipos Alicantinos. En consecuencia se convocan 31 Becas Residenciales para Estudiantes Universitarios, durante el curso académico 2011/2012.
Esta Convocatoria está destinada a todos aquellos jóvenes con perspectiva de cursar estudios universitarios y que tienen impedimentos de tipo económico o familiar para ello, intentándose además un objetivo prioritario propio de la Excma. Diputación como es la ayuda a jóvenes estudiantes de municipios de la provincia de Alicante, que acrediten un buen aprovechamiento académico y que, bien por su lejanía o por su situación socio-familiar, pierden la motivación para intentar matricularse y cursar estudios en la Universidad de Alicante o la Universidad Miguel Hernández, limitando su futura formación profesional.
BASES
PRIMERA. Objeto de la Convocatoria. Se convocan 31 Becas para Estudiantes Universitarios, con carácter de internado durante el Curso 2011/2012, en la Residencia de Estudiantes Becarios Universitarios y de Deportistas en Equipos Alicantinos, establecida en el Hogar Provincial de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
Dichas Becas quedan excluidas del ámbito de aplicación de la Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Alicante según lo establecido en su artículo 3.1 apartado d), aprobada en sesión plenaria de 14 de abril de 2005 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 118 de fecha 27 de mayo de 2005.
SEGUNDA. Requisitos. Para poder beneficiarse de las Becas será preciso reunir las siguientes condiciones:
a) Estar empadronado en un municipio de la Provincia de Alicante.
b) No haber cumplido los 26 años de edad en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
c) Iniciar o estar cursando los siguientes estudios en la Universidad de Alicante o la Universidad Miguel Hernández:
1.- Los conducentes a la obtención del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico, así como de las nuevas titulaciones que resulten de la aplicación de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
2.- Los cursos de adaptación y complementos de formación que puedan existir para titulados de primer ciclo universitario que deseen proseguir estudios superiores.
No se incluyen en esta convocatoria las becas para la realización de estudios correspondientes al tercer ciclo o doctorado ni para la realización de estudios de especialización o títulos propios de las universidades.
TERCERA. Prestaciones. La concesión de las Becas llevará consigo las siguientes prestaciones:
a) Alojamiento y manutención gratuitos en la Residencia de Estudiantes Becarios Universitarios y de Deportistas en Equipos Alicantinos, ubicada en el Hogar Provincial de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, hasta la finalización del curso académico 2011/2012, y en todo caso hasta el 17 de julio de 2012.
b) Abono de hasta 550 euros por Beca, para gastos de matriculación del curso académico, contra documento justificativo de la previa realización del gasto correspondiente. Se excluyen otros gastos derivados de cursos, seminarios, jornadas y análogos a éstos, no incluidos en la matrícula, incluso aunque reconozcan créditos de libre elección para el expediente académico del alumno.
c) Abono de hasta 250 euros por alumno becado y, previo justificante debidamente detallado, para la compra de libros y material técnico (que tengan la consideración de bienes corrientes no inventariables, de acuerdo con los criterios de Diputación) relacionado con los estudios cursados por los becarios.
d) El disfrute de la Beca permitirá al estudiante la asistencia a las clases en los cursos en que esté matriculado de acuerdo con los horarios oficiales de los centros docentes.
El abono de las prestaciones a que se refieren los apartados b) y c) anteriores, se realizará en dos plazos. A tal efecto los justificantes, con los requisitos legales previstos acreditativos del gasto correspondiente, deberán ser presentados antes del día 7 de noviembre de 2011 para el primer plazo y del día 9 de mayo de 2012 para el segundo.
SÉPTIMA. Solicitudes y plazo de presentación. Los solicitantes de las Becas elevarán sus solicitudes al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, según modelo que se facilitará en la Diputación con la correspondiente documentación, presentándose todo ello en el Registro General de esta Corporación Provincial, sito en C/ Tucumán, 8 de Alicante. El plazo de presentación será de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.{del 28 de junio al 27 de julio de 2011, a.i.} Los modelos de solicitud estarán disponibles asimismo en la web ladipu.com (@Oficina Virtual/Ayudas).
Las solicitudes podrán ser presentadas por los propios interesados, bien directamente o a través de alguno de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
*-*-*-*
Convocatoria de Becas Residenciales en el Hogar Provincial para Deportistas en Equipos Alicantinos, Temporada 2011/2012, así como las Bases que han de regir la misma, con arreglo al siguiente texto:
«BASES DE CONVOCATORIA DE ( 12 ) BECAS RESIDENCIALES EN EL HOGAR PROVINCIAL DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE, PARA DEPORTISTAS DE EQUIPOS ALICANTINOS, TEMPORADA 2011/2012.
El deporte dentro de sus varias manifestaciones, se considera hoy día como una de las actividades sociales que más está calando en nuestra sociedad, configurándose como un elemento fundamental de nuestro entorno y además considerándose su práctica como medio esencial para el mantenimiento de la salud, creando en las personas que lo practican hábitos favorecedores de la inserción social y de fomento de la solidaridad.
Lo anterior supone que se considere como uno de los fines primordiales de la Excma. Diputación la adopción de medidas encaminadas al fomento de las prácticas deportivas y a prestar ayudas a aquellas personas que habitualmente las realizan.
Por ello y dentro de los fines que se persiguen en relación con la promoción, el fomento y reutilización de las instalaciones del Hogar Provincial, se ha establecido en dicho Centro el Servicio de Residencia de Estudiantes Becarios Universitarios y de Deportistas en Equipos Alicantinos.
En consecuencia se convocan 12 Becas Residenciales en el Hogar Provincial de la Excma. Diputación para Deportistas de Equipos Alicantinos, Temporada 2011/2012.
BASES
PRIMERA.- Objeto de la Convocatoria. Se convocan 12 Becas para Deportistas en Equipos Alicantinos, con carácter de internado, durante el período de la temporada deportiva correspondiente 2011/2012, en la Residencia de Estudiantes Becarios Universitarios y de Deportistas en Equipos Alicantinos, establecida en el Hogar Provincial de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
Dichas Becas quedan excluidas del ámbito de aplicación de la Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Alicante según lo establecido en su artículo 3.1 apartado d), aprobada en sesión plenaria de 14 de abril de 2005 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 118 de fecha 27 de mayo de 2005.
SEGUNDA.- Requisitos. Para poder beneficiarse de las Becas será preciso reunir las siguientes condiciones:
Ser español.
No obstante, podrán solicitar asimismo estas Becas, deportistas de nacionalidad extranjera que pertenezcan a clubes deportivos de la Provincia de Alicante.
Tener 18 años de edad y no haber cumplido los 30 años de edad en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
En casos excepcionales, que serán debidamente valorados por la Comisión de Selección a que se refiere la base octava de esta Convocatoria, se podrán admitir solicitudes de deportistas con una edad superior a 30 años siempre que practiquen un deporte olímpico cuya plenitud de rendimiento deportivo se alcance en una edad superior o inferior a la fijada.
Practicar un deporte olímpico y tener la condición de deportista federado en dicho deporte, así como pertenecer a un club deportivo de la Provincia de Alicante.
TERCERA.- Prestaciones. La concesión de las Becas llevará consigo en favor de los beneficiarios el alojamiento y manutención gratuita en la Residencia de Estudiantes Becarios Universitarios y de Deportistas en Equipos Alicantinos, ubicada en el Hogar Provincial, durante el período de la temporada deportiva correspondiente 2011/2012, y en todo caso hasta el 30 de septiembre de 2012.
SEXTA.- Solicitudes y plazo de presentación. Los solicitantes de las Becas, elevarán sus solicitudes al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, según modelo que se facilitará en la Excma. Diputación (Registro General), con la correspondiente documentación, presentándose todo ello en el referido Registro General de esta Corporación Provincial, sito en la C/ Tucumán nº 8 de Alicante. El plazo de presentación será de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.{del 28 de junio al 27 de julio de 2011, a.i.}
Las solicitudes podrán ser presentadas por los propios interesados, o por las Federaciones Deportivas o Clubes Deportivos a los que pertenezca, bien directamente o a través de alguno de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
www.ladipu.com