Objeto. La presente Resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, una beca destinada a titulados superiores universitarios en Ciencias Políticas o Administración Pública, para formarse y llevar a cabo tareas de apoyo relativas al banco de buenas prácticas y aquellas otras que se realicen en el organismo.
Dotación de la beca. 1. La beca, se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 15.102.921O.480 del INAP para los ejercicios 2012 y 2013. La posible prórroga se hará a reserva de que en los presupuestos de los años correspondientes exista dotación presupuestaria suficiente y adecuada.
2. La cuantía individual de la beca será de 1.300,00 euros mensuales. Se abonarán por mensualidades vencidas y en todos los pagos se efectuará la correspondiente retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Dotación de la beca. 1. La beca, se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 15.102.921O.480 del INAP para los ejercicios 2012 y 2013. La posible prórroga se hará a reserva de que en los presupuestos de los años correspondientes exista dotación presupuestaria suficiente y adecuada.
2. La cuantía individual de la beca será de 1.300,00 euros mensuales. Se abonarán por mensualidades vencidas y en todos los pagos se efectuará la correspondiente retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Requisitos de la persona beneficiaria. 1. Podrá ser beneficiario de la beca cualquier persona de nacionalidad española o nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea que haya obtenido el título de Grado (de acuerdo al Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales) o Licenciado, en Ciencias Políticas o Administración Pública, en el curso académico 2006-2007 o posterior, en Universidades españolas o extranjeras, en este caso, siempre y cuando haya obtenido la homologación de su título por resolución definitiva.
Duración de la beca. El periodo máximo de disfrute de la beca será de un año, prorrogable por otro año más. La concesión de prórroga estará supeditada a las disponibilidades presupuestarias.
Formalización de solicitudes.
1. Las solicitudes se formalizarán en el modelo que figura como anexo I, se dirigirán al Director del INAP y podrán presentarse:
a) De forma electrónica a través de la sede electrónica del INAP, disponible en la dirección http://sede.inap.gob.es/, para lo que será necesario disponer del DNI electrónico o cualquier otro certificado electrónico reconocido admitido por las Administraciones Públicas;
b) de forma presencial en el Registro General del INAP, calle Atocha 106, 28012 Madrid;
c) por cualquiera de las vías previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 4 al 21 de Mayo de 2012,a.i.}
3. El INAP facilitará información sobre la convocatoria en el Departamento de Publicaciones, Estudios y Documentación, en el teléfono 91 273 91 62, por correo electrónico en: becas@inap.es y a través de la página web: www.inap.es.
1. Las solicitudes se formalizarán en el modelo que figura como anexo I, se dirigirán al Director del INAP y podrán presentarse:
a) De forma electrónica a través de la sede electrónica del INAP, disponible en la dirección http://sede.inap.gob.es/, para lo que será necesario disponer del DNI electrónico o cualquier otro certificado electrónico reconocido admitido por las Administraciones Públicas;
b) de forma presencial en el Registro General del INAP, calle Atocha 106, 28012 Madrid;
c) por cualquiera de las vías previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 4 al 21 de Mayo de 2012,a.i.}
3. El INAP facilitará información sobre la convocatoria en el Departamento de Publicaciones, Estudios y Documentación, en el teléfono 91 273 91 62, por correo electrónico en: becas@inap.es y a través de la página web: www.inap.es.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia