BASES DE LA CONVOCATORIA
Normas Generales.
1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de concurso-oposición 25 plazas vacantes del Grupo III de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para ser cubiertas por el turno general de acceso libre en la Categoría de Técnico de Educación Infantil.
2. Las bases de la presente convocatoria, así como todos sus Anexos, se podrán consultar a través de internet en la dirección http://sede.juntaex.es además, a efectos informativos, se hará público, en la misma dirección de internet, la relación de aspirantes admitidos y excluidos, provisional y definitiva, la relación de aprobados y la puntuación de la fase de concurso.
Normas Generales.
1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de concurso-oposición 25 plazas vacantes del Grupo III de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para ser cubiertas por el turno general de acceso libre en la Categoría de Técnico de Educación Infantil.
2. Las bases de la presente convocatoria, así como todos sus Anexos, se podrán consultar a través de internet en la dirección http://sede.juntaex.es además, a efectos informativos, se hará público, en la misma dirección de internet, la relación de aspirantes admitidos y excluidos, provisional y definitiva, la relación de aprobados y la puntuación de la fase de concurso.
Requisitos de los aspirantes. 1. Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo correspondiente, los aspirantes deberán poseer al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión los siguientes requisitos de participación:
a) Ser español/a. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos.
También podrán participar cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
El acceso al empleo público se extenderá igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, así como a los extranjeros con residencia legal en España.
b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título que se especifica en el Anexo I para la categoría de Técnico de Educación Infantil o cumplir las condiciones para obtenerlo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño del puesto al que se aspira.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
a) Ser español/a. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos.
También podrán participar cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
El acceso al empleo público se extenderá igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, así como a los extranjeros con residencia legal en España.
b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título que se especifica en el Anexo I para la categoría de Técnico de Educación Infantil o cumplir las condiciones para obtenerlo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño del puesto al que se aspira.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
2.
Todos los requisitos establecidos en estas bases deberán cumplirse en
el momento de finalización del plazo de presentación de instancias,
mantenerse durante el proceso selectivo hasta el momento de la toma de
posesión, y acreditarse, en caso de superarse el concurso-oposición, del
modo que se indica en la base novena de esta convocatoria.
Tercera. Solicitudes. 1. Quienes deseen tomar parte en la prueba selectiva formularán su solicitud, especificando el Grupo Profesional y la Categoría a la que concurren, en instancia oficial siguiendo las instrucciones que para su cumplimentación figuran en el Anexo II. La solicitud deberá presentarse en el plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura [DOE Nnúmero 94 Jueves, 17 de mayo de 2012] y se dirigirá a la Dirección General de Función Pública, Recursos Humanos e Inspección.{del 18 de mayo al 6 de junio de 2012,a.i.}.
Tercera. Solicitudes. 1. Quienes deseen tomar parte en la prueba selectiva formularán su solicitud, especificando el Grupo Profesional y la Categoría a la que concurren, en instancia oficial siguiendo las instrucciones que para su cumplimentación figuran en el Anexo II. La solicitud deberá presentarse en el plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura [DOE Nnúmero 94 Jueves, 17 de mayo de 2012] y se dirigirá a la Dirección General de Función Pública, Recursos Humanos e Inspección.{del 18 de mayo al 6 de junio de 2012,a.i.}.
A N E X O - I
CATEGORÍA/ESPECIALIDAD TITULACIÓN REQUERIDA
Técnico de Educación Infantil - Título de Técnico Superior (Formación Profesional de Grado Superior) en “Educación Infantil” (Familia profesional: Servicios Socioculturales y a la comunidad), o formación universitaria (licenciatura en Psicopedagogía, Psicología o Pedagogía, diplomatura en Educación Social o Maestro)
CATEGORÍA/ESPECIALIDAD TITULACIÓN REQUERIDA
Técnico de Educación Infantil - Título de Técnico Superior (Formación Profesional de Grado Superior) en “Educación Infantil” (Familia profesional: Servicios Socioculturales y a la comunidad), o formación universitaria (licenciatura en Psicopedagogía, Psicología o Pedagogía, diplomatura en Educación Social o Maestro)
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