![](https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjtKR1eKp6H7FtxitMMmvKSCXvc6sExbBDdSg0blaG5pGTPodxKdYbm-DNL2JZeYz_LQ2UFl1SGMhJt8NcP_DB5DoFimSSvkseRCd4UgKsZ9-dAIwNJAvxeiECYH7jNQX4SL3NtDCzyk1w/s200/muface.gif)
1. Características generales de las ayudas. 1.1 En las condiciones y con los límites e incompatibilidad señalados en los epígrafes 1.3, 1.4, 2 y 7 siguientes de esta Resolución, las ayudas consistirán en la cobertura por MUFACE de 0,20 puntos del tipo de interés de los préstamos hipotecarios concedidos a los mutualistas por entidades de crédito para la adquisición por aquéllos, de primera vivienda para domicilio habitual, durante el año 2012 mediante compraventa o construcción, ubicada en territorio nacional. Las ayudas se aplicarán a un solo préstamo por vivienda.
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5.2 Plazo de presentación de la solicitud.– La solicitud se podrá presentar a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, hasta el 31 de enero de 2013, inclusive.
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