viernes, 18 de mayo de 2012

Bolsa de Trabajo. Administrativo Admon.Gral, y Auxiliar Administrativo Admon.Gral. Ajuntament d'Orpesa/Oropesa de Mar (Plana Alta-Castelló)

Ajuntament d'Orpesa/Oropesa de Mar (Plana Alta-Castelló).
Bolsa de trabajo para la provisión de forma interina de plazas de Administrativo de Administración General, encuadradas en el subgrupo C1, correspondientes a la Escala de Administración General, dotadas de las retribuciones correspondientes a dicho subgrupo, y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente, para cubrir las necesidades que puedan surgir en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Oropesa del Mar, transcribiéndose el texto íntegro de las mismas;
“BASES para la creación de UNA BOLSA DE TRABAJO para la provisión de forma interina de plazas de ADMINISTRATIVO de ADMINISTRACIÓN GENERAL del Ayuntamiento de Oropesa del Mar (CASTELLON)
PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la creación de una bolsa de trabajo para la provisión de forma interina de plazas de Administrativo de Administración General, encuadradas en el subgrupo C1, correspondientes a la Escala de Administración General, dotadas de las retribuciones correspondientes a dicho subgrupo, y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente, para cubrir las necesidades que puedan surgir en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Oropesa del Mar. La selección se realizará mediante el sistema de concurso-oposición.
SEGUNDA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para poder participar en las pruebas selectivas de esta convocatoria es necesario que los aspirantes reúnan los siguientes requisitos referidos al día en que finalice el plazo de presentación de instancias:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.
b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) Estar en posesión del título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado, o equivalente. En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida por la Administración competente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión y presentarse la credencial que acredite su homologación.
Corresponde a la autoridad académica competente declarar la equivalencia de títulos. Todos y cada uno de los anteriores requisitos
deberán reunirse por los interesados con referencia a la fecha de expiración del plazo para la presentación de las instancias, y
mantenerse durante todo el proceso selectivo.
e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones correspondientes.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
TERCERA: PRESENTACION DE INSTANCIAS. Participantes: Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al señor Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento utilizándose la instancia modelo que se acompaña a estas bases como Anexo II.
En las instancias para tomar parte en esta convocatoria, los aspirantes deberán manifestar que reúne todos y cada uno de los requisitos que se exigen en estas Bases y que se comprometen a prestar el preceptivo juramento o promesa establecido en R.D. 707/70 de 5 de abril.
A las instancias se acompañará:
a) Fotocopia compulsada del DNI
b) Resguardo justificativo de haber pagado los derechos de examen.
c) Fotocopia compulsada de la titulación exigida en la convocatoria.
d) Justificantes de méritos alegados, mediante documentos originales o fotocopias compulsadas
Lugar: Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de 9:00 a 14:00 horas o por alguno de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999.
Plazo: El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.[BOP-Castellónº  59 - 17 de mayo de 2012] {del 18 de mayo al 6 de junio de 2012, a.i.}
Tasas: El importe de los derechos de examen se fija en 20 euros. El pago de estos derechos deberá hacerse efectivo mediante la formalización de la oportuna autoliquidación a través del modelo oficial que para tal efecto facilitará el departamento de gestión tributaria del Ayuntamiento y su ingreso en alguna de las entidades colaboradoras en la recaudación municipal.
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Bolsa de trabajo para la provisión de forma interina de plazas de Auxiliar Administrativo de Administración General, encuadradas en el subgrupo C2, correspondientes a la Escala de Administración General, dotadas de las retribuciones correspondientes a dicho subgrupo, y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente, para cubrir las necesidades que puedan surgir en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Oropesa del Mar, transcribiéndose el texto íntegro de las mismas;
“BASES PARA la CREACION DE UNA BOLSA DE TRABAJO para LA PROVISION DE FORMA INTERINA de plazas de AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL del AYUNTAMIENTO DE Oropesa del Mar (CASTELLON)
PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la provisión de forma interina de plazas de Auxiliar Administrativo de Administración General, encuadradas en el subgrupo C2, correspondientes a la Escala de Administración General, dotadas de las retribuciones correspondientes a dicho subgrupo, y demás emolumentos que correspondan con arreglo a la legislación vigente, para cubrir las necesidades que puedan surgir en la plantilla de personal del Ayuntamiento de Oropesa del Mar. La selección se realizara mediante el sistema de concurso-oposición.
SEGUNDA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para poder participar en las pruebas selectivas de esta convocatoria es necesario que los aspirantes reúnan los siguientes requisitos referidos al día en que finalice el plazo de presentación de instancias:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.
b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado, o equivalente. En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida por la Administración competente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión y presentarse la credencial que acredite su homologación.
Corresponde a la autoridad académica competente declarar la equivalencia de títulos. Todos y cada uno de los anteriores requisitos deberán reunirse por los interesados con referencia a la fecha de expiración del plazo para la presentación de las instancias, y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones correspondientes.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
TERCERA: PRESENTACION DE INSTANCIAS. Participantes: Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al señor Alcalde Presidente de este Ayuntamiento utilizándose la instancia modelo que se acompaña a estas bases como Anexo II.
En las instancias para tomar parte en esta convocatoria, los aspirantes deberán manifestar que reúne todos y cada uno de los requisitos que se exigen en estas Bases y que se comprometen a prestar el preceptivo juramento o promesa establecido en R.D. 707/70 de 5 de abril.
A las instancias se acompañará:
a) Fotocopia compulsada del DNI
b) Resguardo justificativo de haber pagado los derechos de examen.
c) Fotocopia compulsada de la titulación exigida en la convocatoria.
d) Justificantes de méritos alegados, mediante documentos originales o fotocopias compulsadas
Lugar: Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de 9:00 a 14:00 horas o por alguno de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999.
Plazo: El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. [BOP-Castellónº  59 - 17 de mayo de 2012] {del 18 de mayo al 6 de junio de 2012, a.i.}
Tasas: El importe de los derechos de examen se fija en 15 euros. El pago de estos derechos deberá hacerse efectivo mediante la formalización de la oportuna autoliquidación a través del modelo oficial que para tal efecto facilitará el departamento de gestión tributaria del Ayuntamiento y su ingreso en alguna de las entidades colaboradoras en la recaudación municipal.

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