Ajuntament d' Aspe. (Vinalopó Mitjà-Alacant). bases para la constitución de listas públicas para la dotación temporal de plazas en el Ayuntamiento de Aspe:
BASES PARA LA CONSTITUCION DE LISTAS PÚBLICAS PARA LA DOTACIÓN TEMPORAL DE PLAZAS EN EL AYUNTAMIENTO DE ASPE.
PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Constitución de listas para la dotación temporal de puestos vacantes o satisfacción de necesidades puntuales tanto de personal funcionario como laboral (según el carácter del puesto o de las funciones a desempeñar), que se puedan producir a lo largo del periodo de duración de la lista.
Las listas que se creen a partir de las presentes bases, en todo caso serán supletorias a las que resulten de las pruebas selectivas correspondientes, o a la provisión de puestos mediante el sistema de mejora de empleo, cuando se estime razonablemente que la duración de la situación de vacante o de sustitución sea igual o superior a seis meses.
SEGUNDA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Los establecidos en las bases generales vigentes en cada momento y en especial estar en posesión, o en condiciones de obtenerlo antes de la fecha en que acabe el plazo de presentación de instancias, de las titulaciones oficiales correspondientes a cada puesto que se oferte.
TERCERA. PUBLICIDAD DE LAS BASES Y CONVOCATORIA. Las bases y la convocatoria se publicarán íntegramente en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal www.aspe.es. La convocatoria se publicará en el BOP. Los sucesivos anuncios se publicaran en el tablón de anuncios y página web municipal.
CUARTA. PRESENTACION DE SOLICITUDES. Las instancias solicitando tomar parte en la selección de la plaza a la que se opta se presentará/n en el Registro General del Ayuntamiento durante el plazo de diez días hábiles a partir de la publicación de la convocatoria en el BOP. [butlletí oficial de la província - alacant, 22 maig 2012 - n.º 96] {del 23 de mayo al 2 de junio de 2012, a.i.} Las instancias podrán presentarse igualmente en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los solicitantes manifestarán en sus instancias:
- Que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la base segunda, referidas a la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. Acompañarán los documentos que acrediten el cumplimiento de los mismos.
- La relación concreta de méritos a valorar, acompañada de copia de los documentos que los acrediten. En caso de duda acerca de la autenticidad de los mismos, la Comisión de valoración podrá exigir la presentación de los originales, y en caso de no ser presentados, no valorar el mérito amparado por el documento de cuya autenticidad se dude.
En el caso de que se oferten varias listas simultáneamente, y se opte a mas de una, se formulará una solicitud para cada lista, indicando expresamente en cada una de ellas la relación de méritos cuya valoración se solicita. En el caso de tratarse de méritos comunes a varias listas, deberá expresarse claramente en el documento que ampare el mérito alegado, o en un anexo al mismo.
- Un teléfono en el cual puedan ser localizados en horario de mañana.
DISPOSICION ADICIONAL PRIMERA. Con la publicación de las presentes bases se convoca las listas correspondientes a los siguientes puestos de trabajo:BASES PARA LA CONSTITUCION DE LISTAS PÚBLICAS PARA LA DOTACIÓN TEMPORAL DE PLAZAS EN EL AYUNTAMIENTO DE ASPE.
PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Constitución de listas para la dotación temporal de puestos vacantes o satisfacción de necesidades puntuales tanto de personal funcionario como laboral (según el carácter del puesto o de las funciones a desempeñar), que se puedan producir a lo largo del periodo de duración de la lista.
Las listas que se creen a partir de las presentes bases, en todo caso serán supletorias a las que resulten de las pruebas selectivas correspondientes, o a la provisión de puestos mediante el sistema de mejora de empleo, cuando se estime razonablemente que la duración de la situación de vacante o de sustitución sea igual o superior a seis meses.
SEGUNDA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Los establecidos en las bases generales vigentes en cada momento y en especial estar en posesión, o en condiciones de obtenerlo antes de la fecha en que acabe el plazo de presentación de instancias, de las titulaciones oficiales correspondientes a cada puesto que se oferte.
TERCERA. PUBLICIDAD DE LAS BASES Y CONVOCATORIA. Las bases y la convocatoria se publicarán íntegramente en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal www.aspe.es. La convocatoria se publicará en el BOP. Los sucesivos anuncios se publicaran en el tablón de anuncios y página web municipal.
CUARTA. PRESENTACION DE SOLICITUDES. Las instancias solicitando tomar parte en la selección de la plaza a la que se opta se presentará/n en el Registro General del Ayuntamiento durante el plazo de diez días hábiles a partir de la publicación de la convocatoria en el BOP. [butlletí oficial de la província - alacant, 22 maig 2012 - n.º 96] {del 23 de mayo al 2 de junio de 2012, a.i.} Las instancias podrán presentarse igualmente en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los solicitantes manifestarán en sus instancias:
- Que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la base segunda, referidas a la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. Acompañarán los documentos que acrediten el cumplimiento de los mismos.
- La relación concreta de méritos a valorar, acompañada de copia de los documentos que los acrediten. En caso de duda acerca de la autenticidad de los mismos, la Comisión de valoración podrá exigir la presentación de los originales, y en caso de no ser presentados, no valorar el mérito amparado por el documento de cuya autenticidad se dude.
En el caso de que se oferten varias listas simultáneamente, y se opte a mas de una, se formulará una solicitud para cada lista, indicando expresamente en cada una de ellas la relación de méritos cuya valoración se solicita. En el caso de tratarse de méritos comunes a varias listas, deberá expresarse claramente en el documento que ampare el mérito alegado, o en un anexo al mismo.
- Un teléfono en el cual puedan ser localizados en horario de mañana.
- Trabajador Social: Titulación exigible: Diplomado en Trabajo Social.
- Auxiliar Administrativo: Titulación exigible: Graduado Escolar, graduado en ESO, FP1 o Formación Profesional de Grado Medio o equivalente.
- Oficial Conductor: Titulación exigible: Graduado Escolar, graduado en ESO, FP1 o Formación Profesional de Grado Medio o equivalente.
- Peón de servicios varios: Certificado de Escolaridad.
- Peón de limpieza de edificios: Certificado de Escolaridad.
Plazo y lugar de presentación de solicitudes: diez días hábiles desde la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, en el registro general de la Corporación o de conformidad con lo establecido en el art. 38 de la Ley 30/1992. {del 23 de mayo al 2 de junio de 2012, a.i.}
Requisitos: Los establecidos en las bases generales de la OPE de 2009.
Derechos de participación: Los establecidos en la ordenanza reguladora de las tasas por derechos de examen.»
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