miércoles, 14 de septiembre de 2011

7 becas de formación para titulados superiores universitarios en: Biblioteconomia y Docum., Infomática y Telecomunicaciones,Dº, CC.PP. o Adm.Pública

Objeto. La presente Resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, dos becas destinadas a titulados superiores universitarios en Biblioteconomía y Documentación, para formarse y llevar a cabo tareas de apoyo a las que se realicen en el organismo.
Requisitos de los beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios de las becas todas aquellas personas de nacionalidad española o nacionales de algún estado miembro de la Unión Europea que hayan obtenido el título de Doctor, Licenciado, Grado o Máster Universitario (de acuerdo al Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales) en Biblioteconomía y Documentación en el curso académico 2005-2006 o posterior, en Universidades españolas o extranjeras, en este caso siempre y cuando hayan obtenido la homologación de sus títulos por resolución definitiva.
_________________________________
Resolución de 1 de septiembre de 2011, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se publica la convocatoria de becas de formación para titulados superiores universitarios en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Objeto. La presente Resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, dos becas destinadas a titulados superiores universitarios en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, para formarse y llevar a cabo tareas de apoyo a las que se realicen en el organismo.
Requisitos de los beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios de las becas todas aquellas personas de nacionalidad española o nacionales de algún estado miembro de la Unión Europea que hayan obtenido el título de Ingeniero, Doctor, Licenciado, Grado o Máster Universitario (de acuerdo al Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales) en Informática o Telecomunicaciones en el curso académico 2005-2006 o posterior, en Universidades españolas o extranjeras, en este caso siempre y cuando hayan obtenido la homologación de sus títulos por resolución definitiva.
______________________________
Resolución de 1 de septiembre de 2011, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se publica la convocatoria de becas de formación para titulados superiores universitarios en Derecho, Ciencias Políticas o Administración Pública.
Objeto. La presente Resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, tres becas destinadas a titulados superiores universitarios en Derecho, Ciencias Políticas o Administración Pública, para formarse y llevar a cabo tareas de apoyo a las que se realicen en el organismo.
Requisitos de los beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios de las becas todas aquellas personas de nacionalidad española o nacionales de algún estado miembro de la Unión Europea que hayan obtenido el título de Doctor, Licenciado, Grado o Máster Universitario (de acuerdo al Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales) en Derecho, Ciencias Políticas o Administración Pública en el curso académico 2005-2006 o posterior, en Universidades españolas o extranjeras, en este caso siempre y cuando hayan obtenido la homologación de sus títulos por resolución definitiva.
_____________________________
DISPOSICIONES COMUNES:
Dotación de las becas. 2. La cuantía individual de las becas será de 1.300,00 euros mensuales.
Duración de las becas. El periodo máximo de disfrute de las becas será de un año, prorrogable por otro año más. La concesión de prórroga estará supeditada a las disponibilidades presupuestarias.
Formalización de solicitudes. 1. Las solicitudes se formalizarán en el modelo que figura como anexo I, se dirigirán al Director del INAP y podrán presentarse:
a) De forma electrónica a través de la Sede Electrónica del INAP, disponible en la dirección http://sede.inap.gob.es/, para lo que será necesario disponer del DNI electrónico o cualquier otro certificado electrónico reconocido admitido por las Administraciones públicas.
b) De forma presencial en el Registro General del INAP, calle Atocha 106, 28012, Madrid;
c) Por cualquiera de las vías previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 15 de Septiembre al 1 de Octubre de 2011, a.i.}
El INAP facilitará información sobre la convocatoria en el Departamento de Publicaciones, Estudios y Documentación, en los teléfonos 91.273.92.11/91.62, por correo electrónico en becas@inap.es y a través de la página web www.inap.es.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia