martes, 20 de septiembre de 2011

Programa de ayudas para la sustitución de ópticas de semáforos a la nueva tecnología LED, con fines de ahorro energético, dirigido a ayuntamientos.

Resolución de 14 de septiembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica la Resolución del Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía, de 28 de junio de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras del segundo Programa de ayudas para la sustitución de ópticas de semáforos a la nueva tecnología LED, con fines de ahorro energético, dirigido a ayuntamientos.
Bases del segundo Programa de ayudas para la sustitución de ópticas de semáforos
Objeto y naturaleza. El presente Programa tiene por objeto la sustitución de lámparas de tipo incandescente o halógena de semáforos, por otras de tecnología LED más eficientes.
Las ayudas a facilitar por IDAE consistirán en la aportación por éste de las ópticas correspondientes a los ayuntamientos que lo soliciten y se comprometan a cumplir una serie de requisitos para su correcto montaje y utilización.
Con ello se pretende conseguir un ahorro, por cada 1.000 semáforos sustituidos, de 960 MWh anuales de electricidad, equivalentes a 217 tep y una reducción de emisiones a la atmósfera de 622 tCO2/año.
La naturaleza de las ayudas establecidas por las presentes bases revisten la modalidad de entrega de bienes que serán adquiridos con la finalidad de ser entregados a terceros, sujeto todo ello al cumplimiento de los requisitos establecidos por las presentes bases.
Destinatarios del Programa. Son destinatarios del presente Programa todas las entidades locales del Estado Español, bien se trate de ayuntamientos, mancomunidades u otros entes de la administración local que tengan entre sus competencias la gestión de los bienes comunes y dispongan, en su territorio de actuación, de semáforos instalados con lámparas de tipo incandescente o halógena.
Será requisito imprescindible para poder participar en el Programa la resolución o acuerdo del Pleno, Junta de Gobierno u Órgano responsable del Gobierno de la entidad local, en la cual se apruebe la participación en el programa así como el compromiso de asumir los términos y condiciones que en relación con la instalación y uso de los equipos que se entreguen, se establecen en las presentes bases. Copia debidamente compulsada de esta resolución o acuerdo deberá entregarse junto con la solicitud de participación en el programa.
Para aquellos ayuntamientos que, habiendo participado en el anterior Programa de ayudas para la sustitución de ópticas de semáforos a la nueva tecnología LED, no hubieran cubierto todas sus necesidades de sustitución de estas ópticas, será requisito imprescindible para poder participar en el presente Programa haber justificado suficientemente ante IDAE la instalación y montaje de las ópticas facilitadas en su día, conforme a lo establecido en el apartado décimo de la Resolución del Consejo de Administración de IDAE de 23 de julio de 2007 (BOE número 233, de 28 de septiembre).
Planificación y plazos de las actuaciones del Programa. A los efectos de que las entidades locales solicitantes puedan establecer la planificación de sus actuaciones, se establece el siguiente calendario del Programa:
– Inicio del Programa: Se tomará como origen de los plazos que aquí se establecen la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente convocatoria, que será la fecha de inicio del programa.
– Conclusión del plazo para presentación de solicitudes: El plazo para la presentación de solicitudes de participación concluirá transcurridos 3 meses desde la fecha inicio del programa (mes 3).
– Evaluación de solicitudes y asignación de ópticas: En un plazo de un mes desde la conclusión del plazo de presentación de solicitudes, el Departamento de Agricultura y Servicios de IDAE evaluará las solicitudes presentadas y analizará e instará de los interesados la subsanación de las posibles incidencias, otorgándoles a tal efecto un plazo máximo e improrrogable de 10 días e indicando que si no se subsanasen las incidencias correspondientes se les tendrá por desistidos de su solicitud.
– En un plazo de un mes desde la conclusión del plazo de subsanación de incidencias, IDAE procederá a realizar las propuestas de reparto provisional.
...
Web de IDAE (www.idae.es).
Solicitudes. Las solicitudes para la participación en el presente Programa de ayudas para la sustitución de ópticas de semáforos se efectuarán conforme al modelo que figura en el Anexo I de esta Resolución. Dicho modelo estará disponible en la dirección de Internet del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (www.idae.es).
Las solicitudes estarán sujetas al límite de 10.000 unidades de ópticas por cada entidad solicitante.
El plazo para la presentación de solicitudes concluirá, de acuerdo con la planificación prevista, a los tres meses contados desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado de las presentes bases de la convocatoria.{del 21 de Septiemre al 20 de Diciembre de 2011,a.i.} En la citada dirección de Internet se dispondrán los medios electrónicos de ayuda a la cumplimentación de las solicitudes. Una vez cumplimentado el formulario, éste se podrá imprimir y remitir a las oficinas de IDAE.
La entrega física de las solicitudes firmadas deberá efectuarse en las oficinas de IDAE situadas en calle Madera, número 8 (trasera por calle San Roque, 7), 28004 Madrid, dirigidas al Departamento de Servicios y Agricultura, indicando en el sobre «Solicitud de participación en el segundo Programa de ayudas para la sustitución de ópticas de Semáforos», haciendo constar claramente los datos de la entidad remitente.

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