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sábado, 2 de junio de 2012

159 plazas que se asignarán por el sistema de concurso oposición para el ingreso en los centros docentes militares de formación, para incorporarse como militar de carrera, o adscribirse como militar de complemento, a los diferentes cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas.

Primero. Convocar los procesos de selección, de acuerdo con las bases comunes y específicas que se aprueban por esta Resolución y con la legislación y la normativa que le resulta de aplicación.
Segundo. Conforme a lo indicado en el artículo 18.2. de la Ley 39/2007, ofertar ciento cincuenta y nueve (159) plazas que se asignarán por el sistema de concurso oposición para el ingreso en los centros docentes militares de formación, indicando la forma de ingreso y el número de plazas en el anexo correspondiente para cada uno de ellos, para incorporarse como militar de carrera, o adscribirse como militar de complemento, a los diferentes cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas.
Bases comunes
1. Oferta de las plazas. En cada anexo específico de esta Resolución se determina el número de plazas y sus características, de acuerdo con el Real Decreto 739/2012.
2. Sistema de selección. 1. El ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante la forma de ingreso directo o promoción, se efectuará por el sistema de concurso-oposición, garantizando, en todo caso, los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
2. La fase de concurso consistirá en la comprobación y valoración de los méritos aportados por los aspirantes y en el establecimiento de su orden de prelación.
3. La fase de oposición consistirá en la celebración de una o más pruebas para determinar la capacidad y la aptitud de los aspirantes admitidos. Constará de las pruebas establecidas en las normas reguladoras de cada proceso de selección, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que las mismas fijan.
4. Los procesos de selección comenzarán con la publicación de la presente convocatoria y concluirán en la fecha de presentación de los aspirantes propuestos para ingresar como alumnos, en el centro docente militar de formación.
3. Programa. En cada anexo se indica el «Boletín Oficial del Estado» en el que ha sido publicada la Orden que regula las normas y, en su caso, el programa de la fase de oposición por la que se rige cada uno de los procesos de selección.
4. Requisitos de los aspirantes.
1. Generales: Para ser admitidos a la realización de cada proceso de selección, los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, o en la fecha que expresamente se determine en cada anexo, los requisitos contenidos en las bases específicas y los que a continuación se relacionan. Asimismo, dichos requisitos deben mantenerse hasta el momento de la incorporación al centro docente militar de formación.
1.1 Nacionalidad: Española, excepto para el acceso como militar de complemento, a la Escala de Oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina.
1.2 No estar privado de los derechos civiles.
1.3 Carecer de antecedentes penales. En la solicitud de participación en el proceso de selección el aspirante deberá cumplimentar el apartado correspondiente, indicando si autoriza al Ministerio de Defensa a solicitar de oficio del Registro Central de Penados la certificación, comprobación o verificación de que carece de antecedentes penales. En caso contrario, si opta por no conceder esta autorización, deberá aportar antes del inicio de la primera prueba el certificado de que carece de antecedentes penales expedido por el Registro Central de Penados. La no recepción de este documento en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante del proceso de selección.
1.4 No hallarse procesado o imputado en procedimiento judicial por delito doloso.
1.5 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatuarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de las funciones públicas.
1.6 Tener cumplidos o cumplir en el año de la presente convocatoria los dieciocho (18) años y no cumplir ni haber cumplido en el año 2012, la edad que se determina, para cada caso, en el anexo correspondiente.
1.7 Estar en condiciones de obtener, en la forma y plazos que se establecen en cada anexo, el nivel de estudios o la titulación requerida para el acceso a la Escala y Cuerpo correspondiente. A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de poseer el título exigido cuando, antes de dicho plazo, se haya superado el correspondiente plan de estudios que permita acceder a dicha titulación y se acredite de manera fehaciente haber cumplido los trámites legales para su expedición.
Cuando se exija titulación universitaria previa, los aspirantes que la hayan obtenido en universidades extranjeras, deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación al título universitario español que para acceder a cada cuerpo se requiera, que será obtenida conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero («BOE» número 55, de 4 de marzo), modificado por el Real Decreto 309/2005, de 18 de marzo («BOE» número 67, de 19 de marzo), por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior.
1.8 No haber causado baja de un centro docente militar de formación por los motivos establecidos en el artículo 71.2.c) y d) de la Ley 39/2007.
1.9 No haberse resuelto su compromiso de vinculación profesional con las Fuerzas Armadas como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales.
1.10 No podrán participar en los procesos de selección para cursar enseñanzas del mismo nivel y características, aquellos que hayan causado baja en un centro docente militar de formación por el motivo establecido en el artículo 71.2.b) de la Ley 39/2007.
...
5. Solicitud de admisión al proceso de selección. 1. Para poder participar en el proceso de selección, los aspirantes tramitarán la solicitud (apéndice 1), dirigida al Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, preferentemente de forma presencial en las Áreas de Reclutamiento y Oficinas Delegadas dependientes de las Subdelegaciones de Defensa de su provincia de residencia, en las direcciones que figuran en el apéndice 9, o por correo ordinario a la Secretaria de Convocatorias de la Subdirección General de Reclutamiento, Paseo de la Castellana 109, 28071 de Madrid; en este caso, la fecha de entrada será la que conste en el matasellos correspondiente.
Por las citadas Áreas de Reclutamiento y Oficinas Delegadas se dispondrá lo necesario para que la introducción en el sistema de los datos de las solicitudes y la remisión de la documentación a la Subdirección General de Reclutamiento se realice de forma inmediata, para que por la citada Subdirección se proceda a su validación.
2. Los aspirantes que dispongan de un certificado electrónico válido en vigor o del DNI electrónico y no sean militares profesionales o miembros de la Guardia Civil, también podrán tramitar la documentación a través de la Sede Electrónica Central del Ministerio de Defensa https://sede.defensa.gob.es/acceda (Procedimientos, DIGEREM-Procesos Selectivos). En la citada Sede Electrónica, de acuerdo con lo que determina la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos («BOE» número 150, de 23 de junio), una vez relleno el formulario de solicitud y haber anexado la documentación requerida, el aspirante procederá a firmar electrónicamente la solicitud enviándola al Registro Electrónico del Ministerio de Defensa, que le proporcionará el correspondiente acuse de recibo. En el caso de haber cursado la documentación con certificado electrónico, se le realizará notificación electrónica del registro de su solicitud.
Asimismo, sin necesidad de firma electrónica, los aspirantes podrán adelantar los datos de su solicitud, a través de la citada Sede Electrónica, sin que este trámite vincule al Órgano convocante hasta que obre en su poder la documentación requerida lo que, junto con el apéndice 1 obtenido y firmado por el aspirante, será remitida de acuerdo con lo que determina el apartado 1 de esta base.
El aspirante que no sea militar profesional o miembro de la Guardia Civil deberá cumplimentar obligatoriamente, en el apéndice 1, el número de afiliación a la Seguridad Social (NAF).
3. No obstante lo anterior, la presentación de solicitudes podrá hacerse en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 3 al 18* de junio de 2012,a.i.}*el 17 es inhábil y domingo.
4.1.1 Los ejemplares del modelo 790 podrán descargarse desde la página: www.060.es/060/appmanager/portal/desktop/page/inscripcionPruebasSelectivasInternet. 
ANEXO I 
PROCESO DE SELECCIÓN PARA EL INGRESO EN EL CENTRO DOCENTE MILITAR DE FORMACIÓN MEDIANTE LA FORMA DE INGRESO DIRECTO Y PROMOCIÓN PARA CAMBIO DE CUERPO PARA LA INCORPORACIÓN, COMO MILITAR DE CARRERA, A LAS ESCALAS DE OFICIALES DE LOS CUERPOS DE INTENDENCIA
Normativa reguladora Orden DEF/2431/2011, de 6 de septiembre («BOE» número 222, de 15 de septiembre), por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para la incorporación o adscripción a la escala de oficiales de los Cuerpos de Intendencia del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire.
Bases específicas
1. Plazas.- Se convoca el proceso de selección por el sistema de concurso-oposición para asignar, por la forma de ingreso directo y promoción para cambio de cuerpo, un total de dieciocho (18) plazas
2. Requisitos de los aspirantes.- Los aspirantes deberán reunir, además de las condiciones generales establecidas en la base común cuarta de esta Resolución, las siguientes:
2.1 No haber cumplido, ni cumplir dentro del año 2012, las siguientes edades:
a) Ingreso directo, treinta y un (31) años.
b) Promoción, treinta y cinco (35) años.
2.2 Estar en posesión, en el plazo de presentación de solicitudes, de alguno de los siguientes títulos: Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, Derecho, Economía o Ciencias Actuariales y Financieras o alguno de los que determina el artículo 1. a) 2.º de la Orden DEF/1097/2012.
... 
ANEXO II
PROCESO DE SELECCIÓN PARA EL INGRESO EN LOS CENTROS DOCENTES MILITARES DE FORMACIÓN MEDIANTE LAS FORMAS DE INGRESO DIRECTO, PROMOCIÓN Y PROMOCIÓN INTERNA, PARA LA INCORPORACIÓN, COMO MILITAR DE CARRERA, A LAS ESCALAS DE OFICIALES Y ESCALAS TÉCNICAS, DE
LOS CUERPOS DE INGENIEROS
Normativa reguladora
.- Orden 280/2001, de 27 de diciembre («BOE» número 14, de 16 de enero de 2002), por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección de acceso a las enseñanzas de formación para la incorporación a la Escala Superior de Oficiales y a la Escala Técnica de Oficiales de los Cuerpos de Ingenieros de los Ejércitos.
Bases específicas
1. Plazas.-  Se convoca el proceso de selección por el sistema de concurso-oposición para asignar un total de cincuenta y una (51) plazas por las formas de ingreso directo, promoción y promoción interna ...
2. Requisitos de los aspirantes.- Los aspirantes deberán reunir, además de las condiciones generales establecidas en la base común cuarta de esta Resolución, las siguientes:  ... 
ANEXO III
PROCESO DE SELECCIÓN PARA EL INGRESO EN EL CENTRO DOCENTE MILITAR DE FORMACIÓN MEDIANTE LAS FORMAS DE INGRESO DIRECTO, PROMOCIÓN Y PROMOCIÓN INTERNA, PARA LA INCORPORACIÓN COMO MILITAR DE CARRERA A LA ESCALA DE OFICIALES DEL CUERPO JURÍDICO MILITAR
Normativa reguladora.- Orden DEF/2454/2011, de 6 de septiembre («BOE» número 223, de 16 de septiembre), por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para la incorporación o adscripción a las escalas de oficiales de los Cuerpos Jurídico Militar, Militar de Intervención y Militar de Sanidad, y a las escalas de oficiales y de suboficiales del Cuerpo de Músicas Militares, con la corrección de errores del código de verificación electrónica (CVE) «BOE»-A-2011-17737, («BOE» número 272, de 11 de noviembre).
Bases específicas
1. Plazas
.- Se convoca el proceso de selección por el sistema de concurso-oposición para asignar, por la forma de ingreso directo, promoción y promoción interna, un total de cinco (5) plazas,  ...
 2.2 Estar en posesión, en el plazo de presentación de solicitudes, del título de Licenciado en Derecho o alguno de los que determina el artículo 1. b) 1º de la Orden DEF/1097/2012.
ANEXO IV
PROCESO DE SELECCIÓN PARA EL INGRESO EN EL CENTRO DOCENTE MILITAR DE FORMACIÓN MEDIANTE LAS FORMAS DE INGRESO DIRECTO, PROMOCIÓN Y PROMOCIÓN INTERNA, PARA LA INCORPORACIÓN COMO MILITAR DE CARRERA A LA ESCALA DE OFICIALES DEL CUERPO MILITAR DE INTERVENCIÓN
Normativa reguladora
.- Orden DEF/2454/2011, de 6 de septiembre («BOE» número 223, de 16 de septiembre), por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para la incorporación o adscripción a las escalas de oficiales de los Cuerpos Jurídico Militar, Militar de Intervención y Militar de Sanidad, y a las escalas de oficiales y de suboficiales del Cuerpo de Músicas Militares, con la corrección de errores del código de verificación electrónica (CVE) «BOE»-A-2011-17737, («BOE» número 272, de 11 de noviembre).
Bases específicas
1. Plazas
.- Se convoca el proceso de selección por el sistema de concurso-oposición para asignar, por la forma de ingreso directo, promoción y promoción interna, un total de cuatro (4) plazas, ...
2.2 Estar en posesión, en el plazo de presentación de solicitudes, de alguno de los títulos siguientes: Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, Derecho, Economía o Ciencias Actuariales y Financieras o alguno de los que determina el artículo 1. b) 2.º de la Orden DEF/1097/2012.
ANEXO V 
PROCESO DE SELECCIÓN PARA EL INGRESO EN EL CENTRO DOCENTE MILITAR DE FORMACIÓN MEDIANTE LAS FORMAS DE INGRESO DIRECTO, PROMOCIÓN Y PROMOCIÓN INTERNA, PARA LA INCORPORACIÓN COMO MILITAR DE CARRERA DEL CUERPO MILITAR DE SANIDAD, A LAS ESCALAS DE OFICIALES DE LAS ESPECIALIDADES FUNDAMENTALES MEDICINA, FARMACIA, VETERINARIA, ODONTOLOGÍA Y PSICOLOGÍA, Y A LA ESCALA DE OFICIALES ENFERMEROS, ASÍ COMO PARA LA INCORPORACIÓN COMO MILITAR DE COMPLEMENTO ADSCRITO A LA ESCALA DE OFICIALES DEL CUERPO MILITAR DE SANIDAD, ESPECIALIDAD FUNDAMENTAL MEDICINA, PARA NACIONALES Y EXTRANJEROSNormativa reguladora.- Orden DEF/2454/2011, de 6 de septiembre («BOE» número 223, de 16 de septiembre), por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para la incorporación o adscripción a las escalas de oficiales de los Cuerpos Jurídico Militar, Militar de Intervención y Militar de Sanidad, y a las escalas de oficiales y de suboficiales del Cuerpo de Músicas Militares.
Orden Ministerial 28/2009, de 14 de mayo (BOD. Número 98, de 22 de mayo), por la que se establecen las especialidades complementarias de las especialidades fundamentales del Cuerpo Militar de Sanidad, modificada por Orden Ministerial 12/2011, de 14 de marzo (BOD número 56, de 22 de marzo).
Bases específicas
1. Plazas
.- Se convocan los procesos de selección por el sistema de concurso-oposición para asignar un total de cincuenta y siete (57) plazas, ...
2.2 Para todas las especialidades fundamentales, excepto Medicina, estar en posesión, en el plazo de presentación de solicitudes, de uno de los títulos que a continuación se relacionan:
Especialidad . . . Título
Medicina . . . Licenciado o Graduado en Medicina.
Farmacia . . . Licenciado o Graduado en Farmacia.
Odontología . . . Licenciado o Graduado en Odontología.
Veterinaria . . . Licenciado o Graduado en Veterinaria.
Psicología . . . Licenciado o Graduado en Psicología.
Enfermería . . . Diplomado o Graduado en Enfermería.

Para la especialidad fundamental Medicina, los aspirantes deberán estar en posesión, antes del comienzo de la primera prueba, de la titulación requerida en el cuadro anterior. 
ANEXO VI 
PROCESO DE SELECCIÓN PARA EL INGRESO EN EL CENTRO DOCENTE MILITAR DE FORMACIÓN MEDIANTE LAS FORMAS DE INGRESO DIRECTO Y PROMOCIÓN, PARA LA INCORPORACIÓN, COMO MILITAR DE CARRERA, A LA ESCALA DE OFICIALES Y A LA ESCALA DE SUBOFICIALES DEL CUERPO DE MÚSICAS MILITARES
Normativa reguladora
Orden DEF/2454/2011, de 6 de septiembre («BOE» número 223, de 16 de septiembre), por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para la incorporación o adscripción a las escalas de oficiales de los Cuerpos Jurídico Militar, Militar de Intervención y Militar de Sanidad, y a las escalas de oficiales y de suboficiales del Cuerpo de Músicas Militares.
Bases específicas
1. Plazas
.- Se convocan los procesos de selección por el sistema de concurso-oposición mediante las formas de ingreso directo y promoción, para cubrir un total de veinticuatro (24) plazas, ...
2.2 Titulación:
2.2.1 Escala de Oficiales: Estar en posesión, en el plazo de presentación de solicitudes, de alguno de alguno de lo siguientes:
a) Especialidad fundamental Dirección: Título Superior de Música en alguna de las siguientes especialidades: Dirección de Orquesta, Dirección de Coro o Composición, o Título de Graduado en Música en Dirección o Composición.
b) Especialidad fundamental Instrumentista: Título Superior de Música en cualquiera de las siguientes especialidades: Clarinete, Contrabajo, Fagot, Flauta Travesera, Oboe, Percusión, Saxofón, Trompa, Trompeta, Trombón, Tuba, Violonchelo o Título de Graduado en Música en Interpretación con alguno de los instrumentos anteriormente mencionados.
2.2.2 Escala de Suboficiales: Estar en posesión en el plazo de presentación de solicitudes del Título de Bachiller en cualquiera de sus modalidades o haber superado el curso o la prueba de acceso a los ciclos formativos de la formación profesional de grado superior a la que hace referencia el artículo 41.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de la Educación y, en ambos casos, el Título Profesional de Música.

miércoles, 27 de abril de 2011

42 plazas Escalas de Suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina; de ingreso directo e incorporación como militar de carrera.

Ministerio de Defensa. Resolución 452/38076/2011, de 19 de abril, de la Subsecretaría, por la que se convoca el proceso de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, por la forma de ingreso directo, para la incorporación como militar de carrera a las Escalas de Suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina.
Primero.–Convocar el proceso de selección, de acuerdo con las bases que se aprueban por esta Resolución y que se publican en el Anexo, por el sistema de concurso-oposición para asignar, por la forma de ingreso directo, sin exigencia previa de un título de Técnico Superior, cuarenta y dos (42) plazas de ingreso como alumnos en los centros docentes militares de formación para el acceso, al finalizar el periodo de formación, como militar de carrera de las Escalas de Suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina.
ANEXO
Bases
Sistema de selección. 1. El ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante ingreso directo, se efectuará por el sistema de concurso-oposición, garantizando, en todo caso, los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. El proceso de selección se llevará a cabo conforme a lo establecido en el Real Decreto 35/2010, de 15 de enero y en el resto del ordenamiento jurídico.
2. La fase de concurso consistirá en la comprobación y valoración de los méritos aportados por los aspirantes admitidos y en el establecimiento de su orden de prelación, conforme a lo dispuesto en el anexo I de la Orden DEF/780/2011, de 31 de marzo.
3. La fase de oposición consistirá en la celebración de una prueba de lengua inglesa y otra de aptitud psicofísica.
4. Los procesos de selección comenzarán con la publicación de la presente convocatoria y concluirán en la fecha de presentación, en el centro docente militar de formación, de los aspirantes propuestos para ingresar como alumnos.
Requisitos de los aspirantes.
1. Generales: Para ser admitidos a la realización del proceso de selección, los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos que a continuación se relacionan. Dichos requisitos deben mantenerse hasta el momento de la incorporación al centro docente militar de formación.
1.1 Nacionalidad: española.
1.2 Tener cumplidos o cumplir en el año de la presente convocatoria los dieciocho (18) años y no cumplir ni haber cumplido en el año 2011, veintidós (22) años.
1.3 No estar privado de los derechos civiles.
1.4 Carecer de antecedentes penales. En la solicitud de participación en el proceso de selección, el aspirante deberá cumplimentar el apartado correspondiente, indicando si autoriza al Ministerio de Defensa a solicitar de oficio del Registro Central de Penados la certificación, comprobación o verificación de que carece de antecedentes penales. En caso contrario, si opta por no conceder esta autorización, deberá aportar antes del inicio de la primera prueba el certificado de que carece de antecedentes penales expedido por el Registro Central de Penados. La no recepción de este documento en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante del proceso de selección.
1.5 No hallarse procesado o imputado en procedimiento judicial por delito doloso.
1.6 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatuarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de las funciones públicas.
1.7 No haber causado baja de un centro docente militar de formación por los motivos establecidos en el artículo 71.2.c) y d) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar.
1.8 No haberse resuelto su compromiso de vinculación profesional con las Fuerzas Armadas como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales.
1.9 No haber causado baja en un centro docente militar de formación por el motivo establecido en el artículo 71.2.b) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, para cursar enseñanzas del mismo nivel y características.
2. Académicos: Estar en posesión de alguno de los siguientes documentos, en los plazos que se indican en la base quinta:
a) Título de bachiller o de una titulación equivalente de las contempladas en la letra b) de la disposición adicional séptima del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre (BOE. número 3, de 3 de enero de 2007).
b) Haber superado la prueba de acceso a los ciclos formativos de la formación profesional de grado superior a la que hace referencia el artículo 41.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE número 106, de 4 de mayo), de la Educación.
Solicitud de admisión al proceso de selección. 1. Para poder participar en el proceso de selección, los aspirantes deberán remitir la solicitud (apéndice 1) al Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, Paseo de la Castellana 109, 28071 de Madrid. El formulario de solicitud, junto con el resto de apéndices e instrucciones de cumplimentación, podrá descargarse de la página web www.soldadosymarineros.com.
2. La presentación de solicitudes podrá hacerse en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. No obstante, los aspirantes que dispongan de un certificado digital válido en vigor o del DNI electrónico y no sean militares profesionales o miembros de la Guardia Civil, también podrán tramitar la documentación por correo electrónico siguiendo el procedimiento establecido en esta Resolución.
El aspirante que no sea militar profesional o miembro de la Guardia Civil deberá cumplimentar obligatoriamente, en el apéndice 1, el número de afiliación a la Seguridad Social (NAF).
3. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 28 de abril al 17 de mayo de 2011, a.i.}

sábado, 10 de octubre de 2009

300 plazas Militares profesionales de tropa y marinería (Ejército de Tierra)

300 plazas Militares profesionales de tropa y marinería (Ejército de Tierra)
Ministerio de Defensa

Paseo de la Castellana, 109
28071 Madrid
Tel. 91 395 50 00
Número de plazas: 300 EJÉRCITO DE TIERRA. Plazas correspondientes al noveno Ciclo de Selección: 300.

Plazas a las que pueden optar los extranjeros en concurrencia con los nacionales: 40 (especificadas entre paréntesis en la columna Número de Plazas).
Convocatoria .- Concurso-oposición
Grupo C2 / D - Graduado escolar, FP I o equivalente
Requisitos específicos:
3.1.1 Condiciones específicas para solicitantes extranjeros:
3.1.1.a) Tener en vigor la tarjeta de residencia temporal o permanente en España, como mínimo, hasta la fecha prevista para su incorporación al centro docente militar de formación correspondiente.
3.1.1.b) Ostentar la mayoría de edad con arreglo a lo dispuesto en su ley nacional.
3.1.1.c) No figurar como rechazables en el espacio territorial de países con los que España haya firmado un convenio en tal sentido.
3.1.1.d) No perder la nacionalidad de origen al entrar al servicio de las Fuerzas Armadas españolas ni tener prohibición de alistamiento militar en las mismas.
3.1.1.e) Carecer de antecedentes penales en España o en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento jurídico español.
3.2 Condiciones particulares para solicitantes nacionales y extranjeros:
3.2.a) Acreditar los niveles de estudios o de la titulación exigida o sus equivalentes, en su caso, para las distintas plazas, y que se corresponden con:
Nivel 1. Certificado de Escolaridad o la educación primaria finalizada.
Nivel 2. Graduado Escolar ó 2.º curso de Enseñanza Secundaria Obligatoria, aprobado en su totalidad.
Nivel 3. Enseñanza Secundaria Obligatoria o haber superado la prueba de acceso a los ciclos formativos de la Formación Profesional Específica de grado medio o equivalentes.
Nivel 4. Formación Profesional de Primer Grado, Técnico de Grado Medio o haber superado la prueba de acceso a los ciclos formativos de la Formación Profesional Específica de grado superior o equivalentes.
En caso de solicitar más de una plaza, se deberá acreditar el nivel de estudios correspondiente a la que exija mayor titulación.
3.2.b) Superar el reconocimiento médico, de acuerdo con el cuadro médico de exclusiones del anexo de la Orden PRE/2622/2007, de 7 de septiembre, por la que se aprueba el cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros docentes militares de formación y que figura en el apéndice 3.
3.2.c) Alcanzar la calificación de «apto» en las pruebas de aptitud física, de acuerdo con el nivel físico requerido para cada especialidad, según se determina en el apéndice 4.
3.2.d) Los alumnos a los que se les asigne una plaza que requiera obtener una determinada habilitación, realizar un curso de aptitud o un plan de instrucción o adiestramiento específico, deberán superarlo para continuar destinados en la Unidad correspondiente. Los alumnos nacionales que no obtengan dicha habilitación o que no superen el curso o plan señalados podrán ser destinados, en vacante de su especialidad, a cualquier otra Unidad del mismo Ejército o de la Armada. Los alumnos extranjeros que no superen dicho curso o plan podrán ser destinados, en vacante de su especialidad, a cualquier otro puesto de la misma Unidad que no requiera dicha aptitud o la superación de dicho plan o a cualquier otra Unidad del mismo Ejército de las relacionadas en el anexo III de la Orden ministerial 66/2007, de 4 de mayo, por la que se modifica el cupo máximo de extranjeros que pueden acceder a la condición de militar de Tropa y Marinería.
3.2.e) Los alumnos de la especialidad Mando y Control del Ejército del Aire y aquellos otros que deban ocupar un puesto como rescatador o tripulante aéreo, deberán superar un reconocimiento médico, durante la fase de formación general militar, en el Centro de Instrucción de Medicina Aeroespacial (CIMA), de acuerdo con la Orden ministerial 74/1992, de 14 de octubre (BOE número 204, de 19 de octubre). Los que no superen dicho reconocimiento causarán baja en su plaza asignada en el citado periodo de formación.No obstante lo anterior, el alumno podrá solicitar continuar en el periodo de formación general militar en otra especialidad, en el caso de existir alguna plaza disponible de las ofertadas en dicho ciclo.
3.2.f) Los alumnos que hayan obtenido una plaza en la especialidad de Mando y Control del Ejército del Aire, que no obtengan la habilitación de seguridad requerida para su puesto de trabajo, causarán baja en la Unidad. No obstante, podrán solicitar la realización de un nuevo periodo de formación específica en las especialidades que se les oferten y que no requieran dichas habilitaciones.
3.2.g) Los alumnos de la especialidad Mantenimiento de Aeronaves del Ejército de Tierra, deberán superar un reconocimiento médico, durante la fase de formación general militar, en el Centro de Instrucción de Medicina Aeroespacial (CIMA), de acuerdo con la Orden ministerial 74/1992, de 14 de octubre (BOE número 204, de 19 de octubre). Los que no superen dicho reconocimiento causarán baja como alumno.No obstante lo anterior, el alumno podrá solicitar continuar como tal en el periodo de formación general militar en otra especialidad, en el caso de existir alguna plaza disponible de las ofertadas en dicho ciclo.
3.2.h) Los solicitantes de la especialidad de Música deberán acreditar tener superado el tercer curso de solfeo y haber realizado dos años de estudios en uno de los instrumentos para los que se convoquen plazas. Estos estudios deben de haber sido realizados en un centro oficial u homologado.
3.2.i) Los solicitantes deberán tener una talla en bipedestación igual o superior a 155 centímetros e igual o inferior a 203 centímetros. Los solicitantes de la Guardia Real, en cualquiera de sus especialidades, deberán tener en bipedestación una talla igual o superior a 165 centímetros los hombres y a 160 centímetros las mujeres.
3.3 Se podrán solicitar hasta un máximo de diez (10) plazas distintas de entre todas las ofertadas para cada ciclo de selección, con independencia del Ejército al que pertenezcan.
Los solicitantes extranjeros podrán optar, en igualdad de condiciones que los nacionales, a las plazas que específicamente se oferten para ellos.
Requisitos generales
Seguimiento
Fase: Convocatoria
[Bases]
Nueva Etapa:
[Nueva convocatoria]
Fecha límite de solicitud de citas: 26 de octubre
Estado:Abierto
Información complementaria.-PLAZAS DEL CICLO DE SELECCIÓN 9º DE LA CONVOCATORIA DEL AÑO 2009
Teléfono de información:902 432 100.
Cita previa para participar en el proceso selectivo- La participación en el proceso selectivo de algún ciclo de selección de esta convocatoria se iniciará con la solicitud de cita previa para la realización de las pruebas selectivas, dirigida al Gestor del Área de Reclutamiento de la provincia de residencia.Inicialmente, la solicitud de participación no implica compromiso alguno para el solicitante, ya que hasta finalizar las pruebas individualizadas no se realizará la solicitud definitiva de plazas.
Presentación. Lugar- La solicitud de cita previa se podrá realizar personalmente, por correo certificado o telefacsímil, en las Áreas de Reclutamiento, Oficinas Delegadas u Oficinas o puntos de información dependientes de las Subdelegaciones de Defensa, por vía telefónica en el número 902432100 (apéndice 5) o a través de la página web del Ministerio de Defensa « www.soldados.com» o « www.marineros.com» . También podrá solicitarse en las Unidades de los Ejércitos, o de la Armada y de la Guardia Civil, desde donde se cursará al Área de Reclutamiento de la provincia.De igual forma, se podrá cursar a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, desde donde se remitirá al Área de Reclutamiento de la Subdelegación de Defensa en Madrid.

miércoles, 19 de agosto de 2009

1834 plazas de Militares profesionales de tropa y marinería (Ejército de Tierra)

PLAZAS 7º CICLO DE SELECCIÓN - CONVOCATORIA AÑO 2009. Militares profesionales de tropa y marinería (Ejército de Tierra) .Presidencia y ministerios. Ministerio de Defensa. Paseo de la Castellana, 109. 28071 Madrid. Tel. 91 395 50 00
Plazas . Número de plazas: 1834 EJÉRCITO DE TIERRA
Plazas correspondientes al séptimo ciclo de selección: 1.834.
Plazas a las que pueden optar los extranjeros en concurrencia con los nacionales: 116 (especificadas entre paréntesis en la columna Número de Plazas).
111 son para la Comunidad Valenciana ( 99 Valencia y 12 Alicante )
Convocatoria . Concurso-oposición
Grupo : D - Graduado escolar, FP I o equivalente
Requisitos . Requisitos específicos .
3.1.1 Condiciones específicas para solicitantes extranjeros:
3.1.1.a) Tener en vigor la tarjeta de residencia temporal o permanente en España, como mínimo, hasta la fecha prevista para su incorporación al centro docente militar de formación correspondiente.
3.1.1.b) Ostentar la mayoría de edad con arreglo a lo dispuesto en su ley nacional.
3.1.1.c) No figurar como rechazables en el espacio territorial de países con los que España haya firmado un convenio en tal sentido.
3.1.1.d) No perder la nacionalidad de origen al entrar al servicio de las Fuerzas Armadas españolas ni tener prohibición de alistamiento militar en las mismas.
3.1.1.e) Carecer de antecedentes penales en España o en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento jurídico español.
3.2 Condiciones particulares para solicitantes nacionales y extranjeros.
3.2.a) Acreditar los niveles de estudios o de la titulación exigida o sus equivalentes, en su caso, para las distintas plazas, y que se corresponden con:
Nivel 1. Certificado de Escolaridad o la educación primaria finalizada.
Nivel 2. Graduado Escolar ó 2.º curso de Enseñanza Secundaria Obligatoria, aprobado en su totalidad.
Nivel 3. Enseñanza Secundaria Obligatoria o haber superado la prueba de acceso a los ciclos formativos de la Formación Profesional Específica de grado medio o equivalentes.
Nivel 4. Formación Profesional de Primer Grado, Técnico de Grado Medio o haber superado la prueba de acceso a los ciclos formativos de la Formación Profesional Específica de grado superior o equivalentes.
En caso de solicitar más de una plaza, se deberá acreditar el nivel de estudios correspondiente a la que exija mayor titulación.
3.2.b) Superar el reconocimiento médico, de acuerdo con el cuadro médico de exclusiones del anexo de la Orden PRE/2622/2007, de 7 de septiembre, por la que se aprueba el cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros docentes militares de formación y que figura en el apéndice 3.
3.2.c) Alcanzar la calificación de «apto» en las pruebas de aptitud física, de acuerdo con el nivel físico requerido para cada especialidad, según se determina en el apéndice 3.
3.2.d) Los alumnos a los que se les asigne una plaza que requiera obtener una determinada habilitación, realizar un curso de aptitud o un plan de instrucción o adiestramiento específico, deberán superarlo para continuar destinados en la Unidad correspondiente. Los alumnos nacionales que no obtengan dicha habilitación o que no superen el curso o plan señalados podrán ser destinados, en vacante de su especialidad, a cualquier otra Unidad del mismo Ejército o de la Armada. Los alumnos extranjeros que no superen dicho curso o plan podrán ser destinados, en vacante de su especialidad, a cualquier otro puesto de la misma Unidad que no requiera dicha aptitud o la superación de dicho plan o a cualquier otra Unidad del mismo Ejército de las relacionadas en el anexo III de la Orden ministerial 66/2007, de 4 de mayo, por la que se modifica el cupo máximo de extranjeros que pueden acceder a la condición de militar de Tropa y Marinería.
3.2.e) Los alumnos de la especialidad Mando y Control del Ejército del Aire y aquellos otros que deban ocupar un puesto como rescatador o tripulante aéreo, deberán superar un reconocimiento médico, durante la fase de formación general militar, en el Centro de Instrucción de Medicina Aeroespacial (CIMA), de acuerdo con la Orden ministerial 74/1992, de 14 de octubre (BOE número 204, de 19 de octubre). Los que no superen dicho reconocimiento causarán baja en su plaza asignada en el citado periodo de formación.No obstante lo anterior, el alumno podrá solicitar continuar en el periodo de formación general militar en otra especialidad, en el caso de existir alguna plaza disponible de las ofertadas en dicho ciclo.
3.2.f) Los alumnos que hayan obtenido una plaza en la especialidad de Mando y Control del Ejército del Aire, que no obtengan la habilitación de seguridad requerida para su puesto de trabajo, causarán baja en la Unidad. No obstante, podrán solicitar la realización de un nuevo periodo de formación específica en las especialidades que se les oferten y que no requieran dichas habilitaciones.
3.2.g) Los alumnos de la especialidad Mantenimiento de Aeronaves del Ejército de Tierra, deberán superar un reconocimiento médico, durante la fase de formación general militar, en el Centro de Instrucción de Medicina Aeroespacial (CIMA), de acuerdo con la Orden ministerial 74/1992, de 14 de octubre (BOE número 204, de 19 de octubre). Los que no superen dicho reconocimiento causarán baja como alumno.
No obstante lo anterior, el alumno podrá solicitar continuar como tal en el periodo de formación general militar en otra especialidad, en el caso de existir alguna plaza disponible de las ofertadas en dicho ciclo.
3.2.h) Los solicitantes de la especialidad de Música deberán acreditar tener superado el tercer curso de solfeo y haber realizado dos años de estudios en uno de los instrumentos para los que se convoquen plazas. Estos estudios deben de haber sido realizados en un centro oficial u homologado.
3.2.i) Los solicitantes deberán tener una talla en bipedestación igual o superior a 155 centímetros e igual o inferior a 203 centímetros. Los solicitantes de la Guardia Real, en cualquiera de sus especialidades, deberán tener en bipedestación una talla igual o superior a 165 centímetros los hombres y a 160 centímetros las mujeres.
3.3 Se podrán solicitar hasta un máximo de diez (10) plazas distintas de entre todas las ofertadas para cada ciclo de selección, con independencia del Ejército al que pertenezcan.
Los solicitantes extranjeros podrán optar, en igualdad de condiciones que los nacionales, a las plazas que específicamente se oferten para ellos.
Cita previa para participar en el proceso selectivo- La participación en el proceso selectivo de algún ciclo de selección de esta convocatoria se iniciará con la solicitud de cita previa para la realización de las pruebas selectivas, dirigida al Gestor del Área de Reclutamiento de la provincia de residencia.Inicialmente, la solicitud de participación no implica compromiso alguno para el solicitante, ya que hasta finalizar las pruebas individualizadas no se realizará la solicitud definitiva de plazas.
Fecha límite de solicitud de citas: 09 de septiembre 2009.
Presentación. Lugar- La solicitud de cita previa se podrá realizar personalmente, por correo certificado o telefacsímil, en las Áreas de Reclutamiento, Oficinas Delegadas u Oficinas o puntos de información dependientes de las Subdelegaciones de Defensa, por vía telefónica en el número 902432100 (apéndice 5) o a través de la página web del Ministerio de Defensa « http://www.soldados.com/ » o « http://marineros.com/ ».
También podrá solicitarse en las Unidades de los Ejércitos, o de la Armada y de la Guardia Civil, desde donde se cursará al Área de Reclutamiento de la provincia.
De igual forma, se podrá cursar a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, desde donde se remitirá al Área de Reclutamiento de la Subdelegación de Defensa en Madrid.
Información complementaria:
PLAZAS 7º CICLO DE SELECCIÓN - CONVOCATORIA AÑO 2009
Teléfono de información:902 432 100
Relación de Áreas de Reclutamiento:
03-Alicante.
Dirección: C/ Colombia, 3.
Código postal: 03010.
Tfno.: 965.25.25.90 y 965.24.33.68. Fax: 965.24.34.20.
12-Castellón.
Dirección: Avda. del Mar, 19.
Código postal: 12003.
Tfno.: 964.27.02.52. Fax: 964.23.44.04.
46-Valencia. ( Centro de selección.)
Dirección: Paseo de la Alameda, 28.
Centro de selección.
Código postal: 46010.
Tfno.: 961.96.34.00. Fax: 961.96.34.40.

viernes, 5 de junio de 2009

(12) plazas para Piloto de Helicóptero y Avión, para el Cuerpo General del Ejército de Tierra y Cuerpo General del Ejército del Aire.

MINISTERIO DE DEFENSA . Resolución 452/38119/2009, de 28 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos selectivos para la adquisición de la condición de Militar de Complemento adscritos al Cuerpo General del Ejército de Tierra y Cuerpo General del Ejército del Aire.
Convocar los procesos selectivos para el acceso a las enseñanzas de formación para la adquisición de la condición de Militar de Complemento adscritos al Cuerpo General del Ejército de Tierra y Cuerpo General del Ejército del Aire, indicándose el número de plazas y Anexo correspondiente para cada uno de ellos:
Ejército ___ Adscripción ____ Cuerpo _____________ Plazas _ Anexo
Tierra __ Cuerpo General _ (Para pilotos de helicópteros) _ 12 __ Anexo I
Aire ___ Cuerpo General _ (Operaciones Aéreas) _______ 12 __ Anexo II
Total plazas _____ 24
Bases comunes . Oferta de las plazas.–En cada anexo de esta Resolución, se determina el número de plazas y las características de las mismas, de acuerdo con el Real Decreto 249/2009, de 27 de febrero (BOE número 53, de 3 de marzo), por el que se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas y de la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil, para el año 2009.
Requisitos de los aspirantes.– 1. Nacionalidad: Española.
2. Edad: Tener cumplidos dieciocho (18) años de edad el 31 de diciembre de 2009 y no haber cumplido ni cumplir, dentro del año 2009, treinta (30) años de edad.
3. Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener, en el plazo de presentación de instancias, la titulación oficial exigida para acceder a cada centro docente militar de formación, de acuerdo con lo que se establece en los anexos correspondientes.En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación oficial por el Ministerio de Educación.
A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de obtener el título exigido cuando, antes de la finalización del plazo de presentación de instancias, se acredite fehacientemente haber cumplido los trámites legales para su expedición.
4. Poseer la aptitud psicofísica que se determina en la base común novena.
ANEXO I - PROCESO SELECTIVO PARA EL INGRESO EN EL CENTRO DOCENTE MILITAR DE FORMACIÓN PARA ACCEDER A LA CONDICIÓN DE MILITAR DE COMPLEMENTO ADSCRITO AL CUERPO GENERAL DEL EJÉRCITO DE TIERRA
Normativa reguladora

Bases específicas . 1.Plazas : Se convoca el proceso selectivo por el sistema de concurso-oposición para el ingreso por Acceso Directo, en el centro docente militar de formación, para el acceso a la condición de Militar de Complemento, adscrito al Cuerpo General del Ejército de Tierra, para cubrir un total de doce (12) plazas para Piloto de Helicóptero.
2. Requisitos de los aspirantes .- Además de las condiciones generales establecidas en la base común cuarta de esta Resolución, los aspirantes deberán estar en posesión, o en condiciones de obtener en el plazo de presentación de instancias, del documento acreditativo de tener aprobado el primero o segundo ciclo de estudios universitarios o estar en posesión del título de transporte de línea aérea de avión o de helicóptero.
ANEXO II - PROCESO SELECTIVO PARA EL INGRESO EN EL CENTRO DOCENTE MILITAR DE FORMACIÓN PARA ACCEDER A LA CONDICIÓN DE MILITAR DE COMPLEMENTO ADSCRITO AL CUERPO GENERAL (OPERACIONES AÉREAS) DEL EJÉRCITO DEL AIRE
Normativa reguladora

Bases específicas . - 1.Plazas : Se convoca el proceso selectivo por el sistema de concurso-oposición para el ingreso por Acceso Directo, en el centro docente militare de formación, para el acceso a la condición de Militar de Complemento, adscrito al Cuerpo General (Operaciones Aéreas) del Ejército del Aire, para cubrir un total de doce (12) plazas, distribuidas de la forma siguiente:
Cuerpo de Adscripción : CUERPO GENERAL
- Campo de Actividad ----------------------------------------- PLAZAS ----- CÓDIGO PLAZAS
Operaciones Aéreas (Avión) (con titulación aeronáutica previa) - 8 --------- 430
Operaciones Aéreas (Helicóptero) (con titulación aeronáutica previa) - 4 -- 431
Operaciones Aéreas (Avión) (sin titulación aeronáutica previa) --------- (*) -- 432
TOTAL __________________________________________________ 12
(*) Las plazas que queden desiertas de los códigos 430 y 431, hasta un máximo de cuatro (4) plazas, podrán ser cubiertas entre los aspirantes sin titulación aeronáutica previa (Avión) del código 432.
Las plazas de Operaciones Aéreas (Avión y Helicóptero), con titulación aeronáutica previa, y las plazas de Operaciones Aéreas (Avión), sin titulación aeronáutica previa, que se corresponden con las denominadas en la Instrucción 24/2003, de 18 de marzo, como cupos B, D y A respectivamente, son las asignadas con los códigos 430, 431 y 432 respectivamente en la presente resolución
2. Requisitos de los aspirantes.- Además de las condiciones generales establecidas en la base común cuarta de esta Resolución, los aspirantes deberán estar en posesión, o en condiciones de obtener, en el plazo de presentación de instancias, de la titulación oficial que a continuación se indica:
a) Plazas de código 430, con titulación aeronáutica previa (Avión): Título de Piloto Comercial de avión y habilitación de vuelo instrumental, expedido por la Dirección General de Aviación Civil, siempre que no se haya perdido la licencia de piloto como consecuencia de expediente administrativo o judicial, y además estar en posesión, o en condiciones de obtener, en el plazo de presentación de instancias, de la titulación universitaria de primer o segundo ciclo o, en su caso, el título de transporte de línea aérea de avión.
b) Plazas de código 431, con titulación aeronáutica previa (Helicóptero): Título de Piloto Comercial de helicóptero y habilitación de vuelo instrumental, expedido por la Dirección General de Aviación Civil, siempre que no se haya perdido la licencia de piloto como consecuencia de expediente administrativo o judicial, y demás, estar en posesión, o en condiciones de obtener, en el plazo de presentación de instancias, de la titulación universitaria de primer o segundo ciclo o, en su caso, el título de transporte de helicóptero.
c) Plazas de código 432, sin titulación aeronáutica previa: Estar en posesión, en el plazo de presentación de instancias, del documento acreditativo de tener aprobado el primero o segundo ciclo de estudios universitarios.
5.1 No estar privado de los derechos civiles.
5.2 Carecer de antecedentes penales.
Instancias.- 1. Para solicitar la admisión a las pruebas selectivas, los aspirantes deberán remitir instancia al Director de Enseñanza del Ejército correspondiente, según el modelo e instrucciones que figura en el Apéndice I.Los aspirantes no podrán anular o modificar las preferencias de ingreso manifestadas en la instancia y en la declaración de preferencias de ingreso del Apéndice II, una vez finalizado el plazo establecido en el apartado 3 de esta base.
3. El plazo de presentación de instancias será de veinte (20) días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.[del 6 al 25 de junio, a.i.]
página web: www.map.es/servicios/procesos_selectivos/convocatorias/formulario_de_solicitud_790.html.