viernes, 5 de junio de 2009

(12) plazas para Piloto de Helicóptero y Avión, para el Cuerpo General del Ejército de Tierra y Cuerpo General del Ejército del Aire.

MINISTERIO DE DEFENSA . Resolución 452/38119/2009, de 28 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se convocan los procesos selectivos para la adquisición de la condición de Militar de Complemento adscritos al Cuerpo General del Ejército de Tierra y Cuerpo General del Ejército del Aire.
Convocar los procesos selectivos para el acceso a las enseñanzas de formación para la adquisición de la condición de Militar de Complemento adscritos al Cuerpo General del Ejército de Tierra y Cuerpo General del Ejército del Aire, indicándose el número de plazas y Anexo correspondiente para cada uno de ellos:
Ejército ___ Adscripción ____ Cuerpo _____________ Plazas _ Anexo
Tierra __ Cuerpo General _ (Para pilotos de helicópteros) _ 12 __ Anexo I
Aire ___ Cuerpo General _ (Operaciones Aéreas) _______ 12 __ Anexo II
Total plazas _____ 24
Bases comunes . Oferta de las plazas.–En cada anexo de esta Resolución, se determina el número de plazas y las características de las mismas, de acuerdo con el Real Decreto 249/2009, de 27 de febrero (BOE número 53, de 3 de marzo), por el que se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas y de la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil, para el año 2009.
Requisitos de los aspirantes.– 1. Nacionalidad: Española.
2. Edad: Tener cumplidos dieciocho (18) años de edad el 31 de diciembre de 2009 y no haber cumplido ni cumplir, dentro del año 2009, treinta (30) años de edad.
3. Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener, en el plazo de presentación de instancias, la titulación oficial exigida para acceder a cada centro docente militar de formación, de acuerdo con lo que se establece en los anexos correspondientes.En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación oficial por el Ministerio de Educación.
A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de obtener el título exigido cuando, antes de la finalización del plazo de presentación de instancias, se acredite fehacientemente haber cumplido los trámites legales para su expedición.
4. Poseer la aptitud psicofísica que se determina en la base común novena.
ANEXO I - PROCESO SELECTIVO PARA EL INGRESO EN EL CENTRO DOCENTE MILITAR DE FORMACIÓN PARA ACCEDER A LA CONDICIÓN DE MILITAR DE COMPLEMENTO ADSCRITO AL CUERPO GENERAL DEL EJÉRCITO DE TIERRA
Normativa reguladora

Bases específicas . 1.Plazas : Se convoca el proceso selectivo por el sistema de concurso-oposición para el ingreso por Acceso Directo, en el centro docente militar de formación, para el acceso a la condición de Militar de Complemento, adscrito al Cuerpo General del Ejército de Tierra, para cubrir un total de doce (12) plazas para Piloto de Helicóptero.
2. Requisitos de los aspirantes .- Además de las condiciones generales establecidas en la base común cuarta de esta Resolución, los aspirantes deberán estar en posesión, o en condiciones de obtener en el plazo de presentación de instancias, del documento acreditativo de tener aprobado el primero o segundo ciclo de estudios universitarios o estar en posesión del título de transporte de línea aérea de avión o de helicóptero.
ANEXO II - PROCESO SELECTIVO PARA EL INGRESO EN EL CENTRO DOCENTE MILITAR DE FORMACIÓN PARA ACCEDER A LA CONDICIÓN DE MILITAR DE COMPLEMENTO ADSCRITO AL CUERPO GENERAL (OPERACIONES AÉREAS) DEL EJÉRCITO DEL AIRE
Normativa reguladora

Bases específicas . - 1.Plazas : Se convoca el proceso selectivo por el sistema de concurso-oposición para el ingreso por Acceso Directo, en el centro docente militare de formación, para el acceso a la condición de Militar de Complemento, adscrito al Cuerpo General (Operaciones Aéreas) del Ejército del Aire, para cubrir un total de doce (12) plazas, distribuidas de la forma siguiente:
Cuerpo de Adscripción : CUERPO GENERAL
- Campo de Actividad ----------------------------------------- PLAZAS ----- CÓDIGO PLAZAS
Operaciones Aéreas (Avión) (con titulación aeronáutica previa) - 8 --------- 430
Operaciones Aéreas (Helicóptero) (con titulación aeronáutica previa) - 4 -- 431
Operaciones Aéreas (Avión) (sin titulación aeronáutica previa) --------- (*) -- 432
TOTAL __________________________________________________ 12
(*) Las plazas que queden desiertas de los códigos 430 y 431, hasta un máximo de cuatro (4) plazas, podrán ser cubiertas entre los aspirantes sin titulación aeronáutica previa (Avión) del código 432.
Las plazas de Operaciones Aéreas (Avión y Helicóptero), con titulación aeronáutica previa, y las plazas de Operaciones Aéreas (Avión), sin titulación aeronáutica previa, que se corresponden con las denominadas en la Instrucción 24/2003, de 18 de marzo, como cupos B, D y A respectivamente, son las asignadas con los códigos 430, 431 y 432 respectivamente en la presente resolución
2. Requisitos de los aspirantes.- Además de las condiciones generales establecidas en la base común cuarta de esta Resolución, los aspirantes deberán estar en posesión, o en condiciones de obtener, en el plazo de presentación de instancias, de la titulación oficial que a continuación se indica:
a) Plazas de código 430, con titulación aeronáutica previa (Avión): Título de Piloto Comercial de avión y habilitación de vuelo instrumental, expedido por la Dirección General de Aviación Civil, siempre que no se haya perdido la licencia de piloto como consecuencia de expediente administrativo o judicial, y además estar en posesión, o en condiciones de obtener, en el plazo de presentación de instancias, de la titulación universitaria de primer o segundo ciclo o, en su caso, el título de transporte de línea aérea de avión.
b) Plazas de código 431, con titulación aeronáutica previa (Helicóptero): Título de Piloto Comercial de helicóptero y habilitación de vuelo instrumental, expedido por la Dirección General de Aviación Civil, siempre que no se haya perdido la licencia de piloto como consecuencia de expediente administrativo o judicial, y demás, estar en posesión, o en condiciones de obtener, en el plazo de presentación de instancias, de la titulación universitaria de primer o segundo ciclo o, en su caso, el título de transporte de helicóptero.
c) Plazas de código 432, sin titulación aeronáutica previa: Estar en posesión, en el plazo de presentación de instancias, del documento acreditativo de tener aprobado el primero o segundo ciclo de estudios universitarios.
5.1 No estar privado de los derechos civiles.
5.2 Carecer de antecedentes penales.
Instancias.- 1. Para solicitar la admisión a las pruebas selectivas, los aspirantes deberán remitir instancia al Director de Enseñanza del Ejército correspondiente, según el modelo e instrucciones que figura en el Apéndice I.Los aspirantes no podrán anular o modificar las preferencias de ingreso manifestadas en la instancia y en la declaración de preferencias de ingreso del Apéndice II, una vez finalizado el plazo establecido en el apartado 3 de esta base.
3. El plazo de presentación de instancias será de veinte (20) días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.[del 6 al 25 de junio, a.i.]
página web: www.map.es/servicios/procesos_selectivos/convocatorias/formulario_de_solicitud_790.html.

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