Objeto y finalidad.–Esta Resolución tiene por objeto el convocar la concesión de los Premios Reina Sofía 2009, de Rehabilitación y de Integración en régimen de concurrencia competitiva, a tenor de lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la Orden TAS/2012/2007, de 28 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de estos premios.
La finalidad de estos premios es recompensar una labor continuada, llevada a cabo en un periodo de tiempo no inferior a diez años, de investigación científico-técnica en el campo de la rehabilitación de la discapacidad, en sus distintas facetas, y en orden a la integración de las personas en la sociedad.
Beneficiarios.–Las personas físicas y jurídicas que concurran a las correspondientes convocatorias deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Podrán optar a los premios las personas físicas y jurídicas de España y demás países de habla hispana, más Brasil y Portugal.
b) Ser nacional de alguno de los Estados incluidos en el ámbito definido en el apartado a).
c) Ser autores o gestores, personales o institucionales, de los trabajos constitutivos de las candidaturas solicitantes.
d) No estar los solicitantes incursos en ninguna de las circunstancias reguladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La finalidad de estos premios es recompensar una labor continuada, llevada a cabo en un periodo de tiempo no inferior a diez años, de investigación científico-técnica en el campo de la rehabilitación de la discapacidad, en sus distintas facetas, y en orden a la integración de las personas en la sociedad.
Beneficiarios.–Las personas físicas y jurídicas que concurran a las correspondientes convocatorias deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Podrán optar a los premios las personas físicas y jurídicas de España y demás países de habla hispana, más Brasil y Portugal.
b) Ser nacional de alguno de los Estados incluidos en el ámbito definido en el apartado a).
c) Ser autores o gestores, personales o institucionales, de los trabajos constitutivos de las candidaturas solicitantes.
d) No estar los solicitantes incursos en ninguna de las circunstancias reguladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El plazo para la presentación de solicitudes será de sesenta días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.[del 9 de juny al 7 d'agost, a.i.]
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia