Conselleria d’Educació . ORDE de 12 de juny de 2009, de la Conselleria d’Educació, per la qual es convoca concurs públic per a la concessió d’assignacions per gastos extraordinaris de funcionament i subvencions a centres docents no universitaris, públics i privats concertats, respectivament, ubicats a la Comunitat Valenciana, per a la realització i desenrotllament de projectes d’acció professional. [2009/7389]
ORDEN de 12 de junio de 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se convoca concurso público para la concesión de asignaciones por gastos extraordinarios de funcionamiento y subvenciones a centros docentes no universitarios, públicos y privados concertados, respectivamente, ubicados en la Comunitat Valenciana, para la realización y desarrollo de proyectos de acción profesional. [2009/7389]
Convocatoria.- 1. Convocar concurso público para la concesión de asignaciones por gastos extraordinarios de funcionamiento y subvenciones a centros docentes no universitarios, públicos y privados concertados, respectivamente, para la realización y desarrollo de proyectos de acción profesional.
2. Aprobar las bases por las que se regirá la convocatoria, que se incluyen en el anexo I a la presente orden, así como el modelo de solicitud que consta en el anexo II.
Objeto y características de los proyectos.- Los Proyectos de Acción Profesional (PAP) que se presenten a esta convocatoria deberán estar ya realizados y tener por objeto exclusivamente alguna o varias de las siguientes actuaciones:
a) La implantación, desarrollo y seguimiento de bolsas de trabajo y preparación de entrevistas laborales.
b) La realización de estudios sobre el abandono de las enseñanzas de formación profesional en el centro objeto del estudio y acciones de recuperación del alumnado afectado para que continúe sus estudios tanto en la modalidad presencial de oferta completa o parcial de ciclos formativos, como en la modalidad semipresencial o a distancia; así como estudios relativos a la continuación de estudios del alumnado que finaliza su ciclo formativo y acciones que fomenten dicha continuación de estudios.
c) La realización de estudios de inserción profesional de exalumnos y la realización de actuaciones de orientación profesional y laboral, en relación con el propio alumnado, los egresados del sistema, los que lo abandonaron, los trabajadores y desempleados.
Los centros docentes integrarán en su proyecto curricular de centro la diversidad de actuaciones del Proyecto de Acción Profesional, las cuales deberán implicar a los diferentes órganos de coordinación didáctica.
Participantes.- Los proyectos deberán estar realizados y ser presentados por centros con ciclos formativos de Formación Profesional Específica o de Artes Plásticas y Diseño en todo caso, sin perjuicio de lo cual podrá abarcar también al alumnado de programas de cualificación profesional inicial.
La consideración de centro privado concertado se entenderá cuando las acciones del proyecto se realicen para alumnado matriculado en las enseñanzas arriba mencionadas, estando éstas concertadas con la Conselleria de Educación o sostenidas con fondos públicos en el caso de las enseñanzas correspondientes a programas de cualificación profesional inicial.
Cada centro docente sólo podrá presentar un Proyecto de Acción Profesional (PAP), aunque podrá referirse a más de una de las actuaciones propuestas en la base primera.
1. El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 30 de septiembre de 2009.
ORDEN de 12 de junio de 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se convoca concurso público para la concesión de asignaciones por gastos extraordinarios de funcionamiento y subvenciones a centros docentes no universitarios, públicos y privados concertados, respectivamente, ubicados en la Comunitat Valenciana, para la realización y desarrollo de proyectos de acción profesional. [2009/7389]
Convocatoria.- 1. Convocar concurso público para la concesión de asignaciones por gastos extraordinarios de funcionamiento y subvenciones a centros docentes no universitarios, públicos y privados concertados, respectivamente, para la realización y desarrollo de proyectos de acción profesional.
2. Aprobar las bases por las que se regirá la convocatoria, que se incluyen en el anexo I a la presente orden, así como el modelo de solicitud que consta en el anexo II.
Objeto y características de los proyectos.- Los Proyectos de Acción Profesional (PAP) que se presenten a esta convocatoria deberán estar ya realizados y tener por objeto exclusivamente alguna o varias de las siguientes actuaciones:
a) La implantación, desarrollo y seguimiento de bolsas de trabajo y preparación de entrevistas laborales.
b) La realización de estudios sobre el abandono de las enseñanzas de formación profesional en el centro objeto del estudio y acciones de recuperación del alumnado afectado para que continúe sus estudios tanto en la modalidad presencial de oferta completa o parcial de ciclos formativos, como en la modalidad semipresencial o a distancia; así como estudios relativos a la continuación de estudios del alumnado que finaliza su ciclo formativo y acciones que fomenten dicha continuación de estudios.
c) La realización de estudios de inserción profesional de exalumnos y la realización de actuaciones de orientación profesional y laboral, en relación con el propio alumnado, los egresados del sistema, los que lo abandonaron, los trabajadores y desempleados.
Los centros docentes integrarán en su proyecto curricular de centro la diversidad de actuaciones del Proyecto de Acción Profesional, las cuales deberán implicar a los diferentes órganos de coordinación didáctica.
Participantes.- Los proyectos deberán estar realizados y ser presentados por centros con ciclos formativos de Formación Profesional Específica o de Artes Plásticas y Diseño en todo caso, sin perjuicio de lo cual podrá abarcar también al alumnado de programas de cualificación profesional inicial.
La consideración de centro privado concertado se entenderá cuando las acciones del proyecto se realicen para alumnado matriculado en las enseñanzas arriba mencionadas, estando éstas concertadas con la Conselleria de Educación o sostenidas con fondos públicos en el caso de las enseñanzas correspondientes a programas de cualificación profesional inicial.
Cada centro docente sólo podrá presentar un Proyecto de Acción Profesional (PAP), aunque podrá referirse a más de una de las actuaciones propuestas en la base primera.
1. El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 30 de septiembre de 2009.
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