Objeto y finalidad.- 1. La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de subvenciones, para el año 2009, en régimen de concurrencia competitiva, para programas de interés general destinados a la protección y ayudas sociales a las víctimas de trata con fines de explotación sexual.
A los efectos del párrafo anterior, se considerarán programas de interés general aquellos en los que concurra alguna de las circunstancias siguientes:
a) Programas cuya ejecución material se localice en distintas Comunidades Autónomas.
b) Programas experimentales, piloto o innovadores cuya ejecución puede aportar a las Administraciones Públicas o a los agentes sociales información relevante para el desarrollo de programas de intervención social de aplicación en el territorio de distintas Comunidades Autónomas.
c) Programas cuyos efectos directos o indirectos se extienden al territorio de distintas Comunidades Autónomas.
d) Programas que garanticen el acceso en condiciones de igualdad a las ayudas para residentes en distintas Comunidades Autónomas.
2. Para la concesión de las subvenciones reguladas en la presente Orden, se considerarán programas prioritarios para la atención a las víctimas de trata con fines de explotación sexual los siguientes:
a) Programas de atención psicosocial.
b) Programas de atención médica.
c) Programas de asesoramiento jurídico.
d) Programas destinados a mejorar los servicios de atención y protección de las víctimas de trata.
e) Programas destinados a proporcionar protección integral a las víctimas que estén en situación de estancia irregular.
Solicitudes, plazo de presentación:
1. Las solicitudes para la obtención de las subvenciones a las que se refiere esta convocatoria se formalizaran en el modelo que se publica como anexo I de esta Orden.
Las solicitudes, dirigidas a la Secretaria General de Políticas de Igualdad, deberán ser presentadas en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado».[del 1 al 20 de julio, a.i.]
1. Las solicitudes para la obtención de las subvenciones a las que se refiere esta convocatoria se formalizaran en el modelo que se publica como anexo I de esta Orden.
Las solicitudes, dirigidas a la Secretaria General de Políticas de Igualdad, deberán ser presentadas en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado».[del 1 al 20 de julio, a.i.]
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia