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sábado, 11 de mayo de 2013

provisión de plazas de las Fuerzas Armadas y de la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil para el año 2013.

1. Aprobación de la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas para el año 2013. 1. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar y en el artículo 23 de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas para el año 2013 en los términos que se establecen en este real decreto.
Las convocatorias de pruebas selectivas derivadas de esta provisión de plazas solamente podrán publicarse en el ejercicio presupuestario al que vienen referidas, y se realizarán de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional décima octava de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, y con lo dispuesto en el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 35/2010, de 15 de enero.
2. En los anexos a este real decreto se fija el número de plazas de ingreso en los centros docentes militares de formación, que se desglosan en plazas de ingreso directo, plazas de promoción de militares de carrera a las escalas de oficiales, plazas de promoción interna y promoción de militares de complemento a las escalas de oficiales, plazas de promoción de militares de tropa y marinería a las escalas de oficiales y suboficiales y plazas de reservistas voluntarios.
2. Ingreso directo en centros docentes militares de formación. Se autoriza la convocatoria de plazas de acceso directo a cuerpos y escalas de militares de carrera y militares de complemento, una vez finalizado el proceso de formación, correspondientes al 10 por ciento de la tasa de reposición de efectivos. La distribución de las plazas para ingreso directo como alumno en los centros docentes militares de formación, que incluye el incremento correspondiente a la previsión de bajas durante ese periodo, es la que se detalla en el anexo I.
3. Acceso a militar de tropa y marinería. La oferta de plazas para el acceso a militar de tropa y marinería será el necesario para alcanzar como máximo los 80.000 efectivos fijados en la disposición adicional décima octava de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre.
Se autoriza que hasta un máximo del 9 por ciento de las plazas puedan ser ofertadas para el acceso de extranjeros como militares de tropa y marinería.
4. Promoción. Se autoriza la convocatoria de plazas para ingreso como alumno en los centros docentes militares de formación, mediante promoción, que se recogen en el anexo II.
5. Plazas de acceso a cuerpo y escala. Se autorizan las plazas de acceso a los cuerpos y escalas de las Fuerzas Armadas, una vez finalizado el proceso de formación, que se recogen en el anexo III.
6. Acceso a una relación de servicios de carácter permanente. 1. Se autoriza la convocatoria de 31 plazas para acceso a una relación de servicios de carácter permanente para militares de complemento (anexo IV).
2. Se autoriza la convocatoria de 100 plazas para acceso a una relación de servicios de carácter permanente para militares de tropa y marinería (anexo IV).
7. Reservistas voluntarios. Se autoriza la oferta de un máximo de 100 plazas para acceder a la condición de reservista voluntario (anexo V).
8. Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil. Se autoriza la convocatoria de las plazas de ingreso directo al centro docente militar de formación para el acceso a la Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil que figuran en el anexo VI. Las plazas de acceso a dicha Escala y Cuerpo, una vez finalizado el proceso de formación, serán las que figuran en el mismo anexo.

ANEXO I - Ingreso directo
1. Militares de Carrera
Escalas de Oficiales
Ejército de Tierra:
Cuerpo General (a) . . 120
Cuerpo de Intendencia . . 1
Cuerpo de Ingenieros Politécnicos . . 2
Armada:
Cuerpo General (a) . . 35
Cuerpo de Infantería de Marina (a) . . 8
Cuerpo de Intendencia . . 2
Cuerpo de Ingenieros . . 1
Ejército del Aire:
Cuerpo General (b) . . 35
Cuerpo de Intendencia . . 1
Cuerpo de ingenieros . . 2
Cuerpos Comunes:
Cuerpo Jurídico Militar . . . . . . . . . 1
Cuerpo Militar de Intervención . . . 1
Cuerpo Militar de Sanidad (c) . . . 26
Cuerpo de Músicas Militares . . . . . 1
Total Escalas de Oficiales . . . . .  236
Escalas Técnicas
Ejército de Tierra:
Cuerpo de Ingenieros Politécnicos . . 1
Armada:
Cuerpo de Ingenieros . . 1
Ejército del Aire:
Cuerpo de Ingenieros . . 1
Total Escalas Técnicas . . 3
Escala de Oficiales Enfermeros
Cuerpos Comunes:
Cuerpo Militar de Sanidad . . 4
Total Escala de Oficiales Enfermeros . . 4
Escalas de Suboficiales
Cuerpos Comunes:
Cuerpo de Músicas Militares (d) . . 4
Total Escalas de Suboficiales . . 4
Total Militares de Carrera . . 247
2. Militares de Complemento
Cuerpos Comunes:
Escala de Oficiales Cuerpo Militar de Sanidad (e) . . 3
Total Militares de Complemento . . 3
Total Ingreso Directo . . 250
ANEXO III - Plazas de acceso a cuerpo y escala
Escalas de Oficiales
Ejército de Tierra:
Cuerpo General . . 197
Cuerpo de Intendencia . . 11
Cuerpo de Ingenieros Politécnicos . . 7
Armada:
Cuerpo General . . 50
Cuerpo de Infantería de Marina . . 14
Cuerpo de Intendencia . . 11
Cuerpo de Ingenieros . . 6
Ejército del Aire:
Cuerpo General . . 63
Cuerpo de Intendencia . . 7
Cuerpo de Ingenieros . . 5
Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas:
Cuerpo Jurídico Militar . . 8
Cuerpo Militar de Intervención . . 7
Cuerpo Militar de Sanidad . . 48

Cuerpo de Músicas Militares . . . 3
Total Escalas de Oficiales . . 437
Escalas Técnicas
Ejército de Tierra:
Cuerpo de Ingenieros Politécnicos . . 12
Armada:
Cuerpo de Ingenieros . . 5
Ejército del Aire:
Cuerpo de Ingenieros . . 10
Total Escalas Técnicas . . 27
Cuerpo Militar de Sanidad
Escala de Oficiales Enfermeros . . 24
Total Escala de Oficiales Enfermeros . . . 24
Escalas de Suboficiales
Ejército de Tierra:
Cuerpo General . . 496
Armada:
Cuerpo General . . 150
Cuerpo de Infantería de Marina . . 24
Ejército del Aire:
Cuerpo General . . 219
Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas:
Cuerpo de músicas Militares . . 20
Total Escalas de Suboficiales . . 909
Total Militares de Carrera . . 1.397
ANEXO IV - Plazas para el acceso a una relación de servicios de carácter permanente
Militares de Complemento: 31.
Militares de Tropa y Marinería: 100.
ANEXO V - Plazas para acceder a la condición de reservista voluntario
Para el conjunto de las Fuerzas Armadas: 100.
ANEXO VI - Guardia Civil
Escala Superior de Oficiales
Ingreso directo Centro Docente de Formación Militar (a): 80.
Acceso a Escala: 65.
-----------------------
NOTAS
(a) Plazas sin exigencia de titulación universitaria previa.
(b) De las 35 plazas asignadas al Cuerpo General del Ejército del Aire, 31 serán sin exigencia de titulación universitaria previa y 4 con exigencia de titulación universitaria previa, según lo previsto en el artículo 57.1 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, y en la disposición transitoria cuarta punto 2 del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero. Las plazas no cubiertas en alguno de los cupos se acumularán al otro.
(c) De estas 26 plazas, 10 se ofertarán para la especialidad fundamental de Medicina mediante la forma de ingreso directo sin exigencia de titulación universitaria, según lo dispuesto en la disposición final quinta de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, que modifica la disposición adicional sexta de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.
(d) Las plazas no cubiertas se acumularán a las plazas de promoción que figuran en el anexo II de este real decreto.
(e) Plazas para la especialidad fundamental Medicina. A estas plazas podrán presentarse nacionales y extranjeros según lo dispuesto en la disposición adicional sexta punto 2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, modificada por la disposición final quinta punto Dos de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas.

miércoles, 27 de abril de 2011

42 plazas Escalas de Suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina; de ingreso directo e incorporación como militar de carrera.

Ministerio de Defensa. Resolución 452/38076/2011, de 19 de abril, de la Subsecretaría, por la que se convoca el proceso de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación, por la forma de ingreso directo, para la incorporación como militar de carrera a las Escalas de Suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina.
Primero.–Convocar el proceso de selección, de acuerdo con las bases que se aprueban por esta Resolución y que se publican en el Anexo, por el sistema de concurso-oposición para asignar, por la forma de ingreso directo, sin exigencia previa de un título de Técnico Superior, cuarenta y dos (42) plazas de ingreso como alumnos en los centros docentes militares de formación para el acceso, al finalizar el periodo de formación, como militar de carrera de las Escalas de Suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina.
ANEXO
Bases
Sistema de selección. 1. El ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante ingreso directo, se efectuará por el sistema de concurso-oposición, garantizando, en todo caso, los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. El proceso de selección se llevará a cabo conforme a lo establecido en el Real Decreto 35/2010, de 15 de enero y en el resto del ordenamiento jurídico.
2. La fase de concurso consistirá en la comprobación y valoración de los méritos aportados por los aspirantes admitidos y en el establecimiento de su orden de prelación, conforme a lo dispuesto en el anexo I de la Orden DEF/780/2011, de 31 de marzo.
3. La fase de oposición consistirá en la celebración de una prueba de lengua inglesa y otra de aptitud psicofísica.
4. Los procesos de selección comenzarán con la publicación de la presente convocatoria y concluirán en la fecha de presentación, en el centro docente militar de formación, de los aspirantes propuestos para ingresar como alumnos.
Requisitos de los aspirantes.
1. Generales: Para ser admitidos a la realización del proceso de selección, los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos que a continuación se relacionan. Dichos requisitos deben mantenerse hasta el momento de la incorporación al centro docente militar de formación.
1.1 Nacionalidad: española.
1.2 Tener cumplidos o cumplir en el año de la presente convocatoria los dieciocho (18) años y no cumplir ni haber cumplido en el año 2011, veintidós (22) años.
1.3 No estar privado de los derechos civiles.
1.4 Carecer de antecedentes penales. En la solicitud de participación en el proceso de selección, el aspirante deberá cumplimentar el apartado correspondiente, indicando si autoriza al Ministerio de Defensa a solicitar de oficio del Registro Central de Penados la certificación, comprobación o verificación de que carece de antecedentes penales. En caso contrario, si opta por no conceder esta autorización, deberá aportar antes del inicio de la primera prueba el certificado de que carece de antecedentes penales expedido por el Registro Central de Penados. La no recepción de este documento en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante del proceso de selección.
1.5 No hallarse procesado o imputado en procedimiento judicial por delito doloso.
1.6 No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatuarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de las funciones públicas.
1.7 No haber causado baja de un centro docente militar de formación por los motivos establecidos en el artículo 71.2.c) y d) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar.
1.8 No haberse resuelto su compromiso de vinculación profesional con las Fuerzas Armadas como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales.
1.9 No haber causado baja en un centro docente militar de formación por el motivo establecido en el artículo 71.2.b) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, para cursar enseñanzas del mismo nivel y características.
2. Académicos: Estar en posesión de alguno de los siguientes documentos, en los plazos que se indican en la base quinta:
a) Título de bachiller o de una titulación equivalente de las contempladas en la letra b) de la disposición adicional séptima del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre (BOE. número 3, de 3 de enero de 2007).
b) Haber superado la prueba de acceso a los ciclos formativos de la formación profesional de grado superior a la que hace referencia el artículo 41.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE número 106, de 4 de mayo), de la Educación.
Solicitud de admisión al proceso de selección. 1. Para poder participar en el proceso de selección, los aspirantes deberán remitir la solicitud (apéndice 1) al Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, Paseo de la Castellana 109, 28071 de Madrid. El formulario de solicitud, junto con el resto de apéndices e instrucciones de cumplimentación, podrá descargarse de la página web www.soldadosymarineros.com.
2. La presentación de solicitudes podrá hacerse en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. No obstante, los aspirantes que dispongan de un certificado digital válido en vigor o del DNI electrónico y no sean militares profesionales o miembros de la Guardia Civil, también podrán tramitar la documentación por correo electrónico siguiendo el procedimiento establecido en esta Resolución.
El aspirante que no sea militar profesional o miembro de la Guardia Civil deberá cumplimentar obligatoriamente, en el apéndice 1, el número de afiliación a la Seguridad Social (NAF).
3. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 28 de abril al 17 de mayo de 2011, a.i.}

martes, 12 de abril de 2011

(272) plazas de ingreso en los centros docentes militares de formación para incorporarse, al finalizar el periodo de formación, como militar de carrer

Resolución 452/38059/2011, de 4 de abril, de la Subsecretaría, por la que se convoca el proceso de selección de ingreso en los centros docentes militares de formación, por la forma de ingreso directo, para la incorporación como militar de carrera a las Escalas de Oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina, así como a la Escala Superior de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil.
Primero.–Convocar el proceso de selección, de acuerdo con las bases que se aprueban por esta Resolución y que se publican en el Anexo, por el sistema de concurso-oposición para asignar, por la forma de ingreso directo, sin titulación universitaria previa, doscientas setenta y dos (272) plazas de ingreso en los centros docentes militares de formación para incorporarse, al finalizar el periodo de formación, como militar de carrera a las Escalas de Oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina, así como a la Escala Superior de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil.
1. Plazas
Ejército / Cuerpo
(1) (2) Total
Tierra General . . . . . . . . 117
Armada General . . . . . . . 32

Infantería de Marina . . . . 8

Aire General . . . . . . . . . . 35

Guardia Civil . . . . . . . . . 80

Total . . . . . . . . . . . . . . . . 272
APÉNDICES.
1. Solicitud admis
ión al proceso de selección.
2.
Modelo 790. Liquidación de Tasas.

3.
Autorización Paterno/Tutorial para la realización de la prueba de aptitud psicofísica a los aspirantes menores edad.

4.
Declaración de procesamiento e imputación.

5.
Declaración de no estar separado del servicio.

6. Compo
sición del Órgano de Selección y del Tribunal Médico Militar de Apelación.
7. Prueba de lengua inglesa.
8. Pruebas físicas.
9. Pruebas médicas.
10. Modelo de Certificado Médico Oficial.
La normativa que regula el proceso de selección, de la presente convocatoria, se encuentra en formato PDF en la página siguiente (legislación): www.soldados.com/microsites/nuevaensenanza/index.htm.
ANEXO
Bases
Primera. Sistema de selección. 1. El ingreso en los centros docentes militares de formación, mediante ingreso directo, se efectuará por el sistema de concurso-oposición, garantizando, en todo caso, los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. El proceso de selección se llevará a cabo conforme a lo establecido en el Real Decreto 35/2010, de 15 de enero y en el resto del ordenamiento jurídico.
2. La fase de concurso consistirá en la comprobación y valoración de los méritos aportados por los aspirantes admitidos y en el establecimiento de su orden de prelación, conforme a lo dispuesto en el anexo I de la Orden DEF/792/2010, de 25 de marzo.
3. La fase de oposición consistirá en la celebración de una prueba de lengua inglesa y otra de aptitud psicofísica.
4. El proceso de selección comenzará con la publicación de la presente convocatoria y concluirá a las 24 horas del día 21 de agosto.
Segunda. Requisitos de los aspirantes. 1. Generales: Para ser admitidos a la realización del proceso de selección, los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos académicos y los que a continuación se relacionan. Dichos requisitos deben mantenerse hasta el momento de la incorporación al centro docente militar de formación.
1.1 Nacionalidad: Española.
1.2 Tener cumplidos o cumplir en el año de la presente convocatoria los dieciocho (18) años y no cumplir ni haber cumplido en el año 2011, veintidós (22) años.
1.3 No estar privado de los derechos civiles.
...
2. Académicos: Estar en posesión de alguno de los siguientes documentos, en los plazos que se indican en la base quinta:
2.1 El documento oficial acreditativo de haber superado la prueba de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado (PAU) o calificación definitiva de la prueba de acceso anterior a la establecida en el Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre.
2.2 En el caso de alumnos procedentes de sistemas educativos de otros países, presentar la credencial de convalidación de la prueba de acceso del país origen con la prueba de acceso a la Universidad española.
2.3 El documento oficial acreditativo de estar en posesión de un título de técnico superior siempre y cuando éste sea de acceso preferente a la rama de conocimiento de Ingeniería y Arquitectura, de acuerdo con el anexo II del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, actualizado por Orden EDU/1434/2009, de 29 de mayo y Orden EDU/3242/2010, de 9 de diciembre.
Tercera. Solicitud de admisión al proceso de selección. 1. Para poder participar en el proceso de selección, los aspirantes deberán remitir la solicitud (apéndice 1) al Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, Paseo de la Castellana 109, 28071 de MADRID. El formulario de solicitud que, junto con el resto de apéndices e instrucciones de cumplimentación, podrá descargarse de la página web www.soldadosymarineros.com.
2. La presentación de solicitudes podrá hacerse en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. No obstante, los aspirantes que dispongan de un certificado digital válido en vigor o del DNI electrónico y no sean militares profesionales o miembros de la Guardia Civil, también podrán tramitar la documentación por correo electrónico siguiendo el procedimiento establecido en esta Resolución.
El aspirante que no sea militar profesional o miembro de la Guardia Civil deberá cumplimentar obligatoriamente, en el apéndice 1, el Número de Afiliación a la Seguridad Social (NAF).
3. contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales, {del 13 de abril al 3* de mayo de 2011, a.i.}.*el 2 es festivo
Modelos: Los ejemplares podrán ser retirados gratuitamente en el Servicio de Información Administrativa del Ministerio de Defensa y en las Subdelegaciones de Defensa, o bien podrá descargarse de la página: www.060.es/060/appmanger/portal/desktop/page/inscripciónPruebasSelectivasInternet.

miércoles, 6 de abril de 2011

Normas procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para acceder a las escalas de suboficiales de los Cuerpos

Ministerio de Defensa. Orden DEF/780/2011, de 31 de marzo, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para acceder a las escalas de suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina.
El Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, determina en su artículo 8.6, que el Ministro de Defensa aprobará las normas por las que han de regirse los procesos de selección para ingresar en los centros docentes militares de formación para acceder a las Fuerzas Armadas como militar de carrera, militar de tropa y marinería y militar de complemento.
Las escalas de suboficiales de las Fuerzas Armadas se integran en los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina y en el Cuerpo de Músicas Militares. Por las características específicas de este último, se estima oportuna la regulación de su ingreso en una normativa específica. Por ello, esta orden ministerial se circunscribe a las normas para el acceso a las escalas de suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina.
El ingreso en los centros docentes militares de formación, podrá realizarse por las formas de ingreso directo, y por promoción para cambio de escala y, en ambas, se considerarán las exigencias de poseer o no una titulación previa de técnico superior.
La forma principal de ingreso será la de promoción para cambio de escala de los militares profesionales de tropa y marinería, a la que se aplicará la reserva de plazas prevista en la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería, por lo que en la provisión anual de plazas para el ingreso en los centros docentes militares de formación se deberá determinar las que se asignan a aquellos que disponen de una titulación previa de técnico superior y las que correspondan a la forma de ingreso por promoción sin exigencia previa de dicha titulación. Dicha circunstancia también deberá ser considerada en la forma de ingreso por acceso directo.
El sistema de selección empleado, con independencia de la forma de ingreso, es el concurso-oposición, pues así se dispone en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, ya que, por un lado, el artículo 129.4, indica que en las convocatorias para el acceso a la enseñanza de formación hay que considerar como mérito el tiempo permanecido como reservista voluntario, circunstancia ésta que sólo puede entenderse mediante el concurso y, por otra parte, las pruebas a superar por los aspirantes servirán para verificar, al menos, que reúnen las aptitudes psicofísicas necesarias para cursar los respectivos planes de estudios, y tal y como dispone el 56.5, serán adecuadas al nivel y características de la enseñanza que se va a cursar, lo que se realizará mediante el sistema de oposición.
La oposición consistirá en la superación de una prueba de aptitud psicofísica y en la comprobación de que el aspirante posee los conocimientos necesarios de lengua inglesa, que se podrá realizar aportando en los procesos selectivos por promoción el correspondiente certificado, o mediante la realización de una prueba en los de ingreso directo. En el ingreso por promoción sin exigencia de titulación y por la heterogeneidad de las vías de acceso, se realizará además una prueba específica de conocimientos.
En los procesos de selección por ingreso directo sin exigencia de titulación de técnico superior la calificación del bachillerato constituirá el componente principal de la fase de concurso para determinar el orden de prelación de los aspirantes.
Cuando el número de aspirantes fuera superior en 1,5 veces al de plazas convocadas para las formas de ingreso directo y por promoción, sin exigencia de titulación, se podrá efectuar una selección previa antes de la realización del reconocimiento médico basada en la calificación final obtenida en el proceso de selección.

martes, 30 de marzo de 2010

ingreso en los centros docentes militares de formación para acceder a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina.

MINISTERIO DE DEFENSA
Fuerzas Armadas. Cuerpos generales y de Infantería de Marina
Orden DEF/792/2010, de 25 de marzo, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para acceder a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina
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Artículo único. Aprobación.-Se aprueban las Normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para acceder a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina, bien como militar de carrera o de complemento, cuyo texto se inserta a continuación.
NORMAS POR LAS QUE HAN DE REGIRSE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN PARA EL INGRESO EN LOS CENTROS DOCENTES MILITARES DE FORMACIÓN PARA ACCEDER A LAS ESCALAS DE OFICIALES DE LOS CUERPOS GENERALES Y DE INFANTERÍA DE MARINA
Formas de ingreso.–
El ingreso en los centros docentes militares de formación para la incorporación o adscripción a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina se podrá efectuar de alguna de las siguientes formas:
a) Directo.
b) Promoción para cambio de escala.
c) Promoción para cambio de cuerpo.

Requisitos.- 1. Los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, aprobado por el Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, los indicados en estas normas, los que se dispongan en las bases comunes y aquellos otros que figuren en la correspondiente convocatoria.
2. Para ser admitido a los procesos de selección para la forma de ingreso por promoción, se exigirá el perfil lingüístico en el idioma inglés que, en función de los requisitos de titulación, se especifica a continuación, obtenido en las condiciones establecidas en la Orden DEF/1815/2003, de 23 de junio, por la que se regulan los procedimientos para determinar el conocimiento en materia de idiomas extranjeros en el ámbito de las Fuerzas Armadas:
a) Sin exigencia de titulación universitaria: un grado de conocimiento de al menos dos en todos los rasgos que lo componen.
b) Con exigencia de titulación universitaria: un grado de conocimiento de al menos tres en dos de los rasgos que conforman el perfil lingüístico y de dos en los dos restantes.

martes, 15 de diciembre de 2009

XLVIII Premios Ejército 2010. Modalidades: Pintura, Fotografía, Miniaturas Militares, Enseñanza Escolar e Investigación en Humanidades y CC.Sociales.

MINISTERIO DE DEFENSA. Resolución 500/38267/2009, de 23 de noviembre, de la Jefatura del Estado Mayor del Ejército, por la que se publica la convocatoria de Premios Ejército 2010.
Bases Premios Ejército 2010 PDF (BOE-A-2009-20124 - 6 págs. - 199 KB)
Con objeto de propiciar la creación artística referida a las múltiples actividades del Ejército de Tierra Español en el marco de las Fuerzas Armadas, así como el conocimiento y divulgación de la vida militar, el General de Ejército Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra dispone:
Primera. Convocatoria.– Se convocan los Premios Ejército 2010 en su XLVIII edición en las siguientes
modalidades: Pintura, Fotografía, Miniaturas Militares, Enseñanza Escolar e Investigación en Humanidades y Ciencias Sociales.
Segunda. Normas generales.- 2.1 Podrán concurrir a los Premios Ejército 2010 autores, nacionales o extranjeros, cuyas obras, trabajos o composiciones estén referidos o relacionados con cualquiera de las múltiples actividades del Ejército de Tierra Español. Los trabajos en las modalidades de Enseñanza Escolar e Investigación en Humanidades y Ciencias Sociales, así como todo cuanto esté relacionado con datos de autor, sumarios, etc., se presentarán en castellano.
2.2 Los autores podrán presentar como máximo una obra por cada modalidad y categoría de las que se especifican, pudiendo ser varios los autores de una obra. No podrán presentarse familiares de los miembros del Jurado, ni personas vinculadas al desarrollo de los Premios.
2.3 Las obras, trabajos o composiciones serán originales, inéditas no presentadas a anteriores ediciones de Premios Ejército.
2.4 Para facilitar, en su caso, el conocimiento de sus actividades, los concursantes que lo deseen, podrán visitar las Unidades, Centros u Organismos del Ejército de Tierra que tengan relación con su trabajo, siempre y cuando sea posible de acuerdo con sus actividades y las normas de seguridad en vigor. Para ello, deberán solicitarlo a las Subinspecciones o Comandancias Militares más cercanas, cuyas direcciones pueden encontrarse en la página web, según lo indicado en el punto 2.6 de estas bases.
2.5 El jurado estará formado por personas de acreditado prestigio en cada una de las modalidades. En calidad de presidente de los jurados actuará un oficial general del ejército. El fallo sólo se podrá dar a conocer una vez firmada el acta de deliberación por el jurado correspondiente, publicándose en la página web (punto 2.6) y posteriormente en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Defensa».
2.6 Para cuanta información necesiten pueden dirigirse a la dirección de correo electrónico rrpp@et.mde.es , teléfono 91.780.20.57, consultar en la página web
http://www.ejercito.mde.es/premiosejercito/bases.htm o dirigirse a las Subinspecciones Generales del Ejército ubicadas en Madrid, Sevilla, Barcelona, Valladolid y Santa Cruz de Tenerife o a las sedes de las Comandancias Militares del Ejército de Tierra en Palma de Mallorca, Ceuta y Melilla, y cuyas direcciones podrán encontrar en la página web anterior.
2.7 Plazos y lugar de entrega: Los trabajos, a excepción de lo estipulado en el punto 6.4 para la modalidad de Enseñanza Escolar, deberán tener entrada, contra recibo, entre el 15 de marzo y el 16 de abril de 2010 (ambos inclusive), en horario de nueve a trece horas, de lunes a viernes, en el Cuartel General del Ejército, Departamento de Comunicación del Ejército de Tierra, calle Prim, núm. 6, 28004 Madrid.

sábado, 10 de octubre de 2009

100 plazas Militares profesionales de tropa y marinería (Ejército de la Armada)

100 plazas de Militares profesionales de tropa y marinería (Ejército de la Armada)
Ministerio de Defensa
Paseo de la Castellana, 109
28071 Madrid
Tel. 91 395 50 00
Número de plazas: 100
Plazas correspondientes al noveno Ciclo de Selección: 100.
Convocatoria .- Concurso-oposición
Grupo C2 / D - Graduado escolar, FP I o equivalente
Requisitos específicos
3.1.1
Condiciones específicas para solicitantes extranjeros:
3.1.1.a) Tener en vigor la tarjeta de residencia temporal o permanente en España, como mínimo, hasta la fecha prevista para su incorporación al centro docente militar de formación correspondiente.
3.1.1.b) Ostentar la mayoría de edad con arreglo a lo dispuesto en su ley nacional.
3.1.1.c) No figurar como rechazables en el espacio territorial de países con los que España haya firmado un convenio en tal sentido.
3.1.1.d) No perder la nacionalidad de origen al entrar al servicio de las Fuerzas Armadas españolas ni tener prohibición de alistamiento militar en las mismas.
3.1.1.e) Carecer de antecedentes penales en España o en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento jurídico español.
3.2 Condiciones particulares para solicitantes nacionales y extranjeros:
3.2.a) Acreditar los niveles de estudios o de la titulación exigida o sus equivalentes, en su caso, para las distintas plazas, y que se corresponden con:
Nivel 1. Certificado de Escolaridad o la educación primaria finalizada.
Nivel 2. Graduado Escolar ó 2.º curso de Enseñanza Secundaria Obligatoria, aprobado en su totalidad.
Nivel 3. Enseñanza Secundaria Obligatoria o haber superado la prueba de acceso a los ciclos formativos de la Formación Profesional Específica de grado medio o equivalentes.
Nivel 4. Formación Profesional de Primer Grado, Técnico de Grado Medio o haber superado la prueba de acceso a los ciclos formativos de la Formación Profesional Específica de grado superior o equivalentes.
En caso de solicitar más de una plaza, se deberá acreditar el nivel de estudios correspondiente a la que exija mayor titulación.
3.2.b) Superar el reconocimiento médico, de acuerdo con el cuadro médico de exclusiones del anexo de la Orden PRE/2622/2007, de 7 de septiembre, por la que se aprueba el cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros docentes militares de formación y que figura en el apéndice 3.
3.2.c) Alcanzar la calificación de «apto» en las pruebas de aptitud física, de acuerdo con el nivel físico requerido para cada especialidad, según se determina en el apéndice 4.
3.2.d) Los alumnos a los que se les asigne una plaza que requiera obtener una determinada habilitación, realizar un curso de aptitud o un plan de instrucción o adiestramiento específico, deberán superarlo para continuar destinados en la Unidad correspondiente. Los alumnos nacionales que no obtengan dicha habilitación o que no superen el curso o plan señalados podrán ser destinados, en vacante de su especialidad, a cualquier otra Unidad del mismo Ejército o de la Armada. Los alumnos extranjeros que no superen dicho curso o plan podrán ser destinados, en vacante de su especialidad, a cualquier otro puesto de la misma Unidad que no requiera dicha aptitud o la superación de dicho plan o a cualquier otra Unidad del mismo Ejército de las relacionadas en el anexo III de la Orden ministerial 66/2007, de 4 de mayo, por la que se modifica el cupo máximo de extranjeros que pueden acceder a la condición de militar de Tropa y Marinería.
3.2.e) Los alumnos de la especialidad Mando y Control del Ejército del Aire y aquellos otros que deban ocupar un puesto como rescatador o tripulante aéreo, deberán superar un reconocimiento médico, durante la fase de formación general militar, en el Centro de Instrucción de Medicina Aeroespacial (CIMA), de acuerdo con la Orden ministerial 74/1992, de 14 de octubre (BOE número 204, de 19 de octubre). Los que no superen dicho reconocimiento causarán baja en su plaza asignada en el citado periodo de formación.
No obstante lo anterior, el alumno podrá solicitar continuar en el periodo de formación general militar en otra especialidad, en el caso de existir alguna plaza disponible de las ofertadas en dicho ciclo.
3.2.f) Los alumnos que hayan obtenido una plaza en la especialidad de Mando y Control del Ejército del Aire, que no obtengan la habilitación de seguridad requerida para su puesto de trabajo, causarán baja en la Unidad. No obstante, podrán solicitar la realización de un nuevo periodo de formación específica en las especialidades que se les oferten y que no requieran dichas habilitaciones.
3.2.g) Los alumnos de la especialidad Mantenimiento de Aeronaves del Ejército de Tierra, deberán superar un reconocimiento médico, durante la fase de formación general militar, en el Centro de Instrucción de Medicina Aeroespacial (CIMA), de acuerdo con la Orden ministerial 74/1992, de 14 de octubre (BOE número 204, de 19 de octubre). Los que no superen dicho reconocimiento causarán baja como alumno.
No obstante lo anterior, el alumno podrá solicitar continuar como tal en el periodo de formación general militar en otra especialidad, en el caso de existir alguna plaza disponible de las ofertadas en dicho ciclo.
3.2.h) Los solicitantes de la especialidad de Música deberán acreditar tener superado el tercer curso de solfeo y haber realizado dos años de estudios en uno de los instrumentos para los que se convoquen plazas. Estos estudios deben de haber sido realizados en un centro oficial u homologado.
3.2.i) Los solicitantes deberán tener una talla en bipedestación igual o superior a 155 centímetros e igual o inferior a 203 centímetros. Los solicitantes de la Guardia Real, en cualquiera de sus especialidades, deberán tener en bipedestación una talla igual o superior a 165 centímetros los hombres y a 160 centímetros las mujeres.
3.3 Se podrán solicitar hasta un máximo de diez (10) plazas distintas de entre todas las ofertadas para cada ciclo de selección, con independencia del Ejército al que pertenezcan.Los solicitantes extranjeros podrán optar, en igualdad de condiciones que los nacionales, a las plazas que específicamente se oferten para ellos.
Requisitos generales
Seguimiento
Fase: Convocatoria
[Bases]
Nueva Etapa:
[Nueva convocatoria]

300 plazas Militares profesionales de tropa y marinería (Ejército de Tierra)

300 plazas Militares profesionales de tropa y marinería (Ejército de Tierra)
Ministerio de Defensa

Paseo de la Castellana, 109
28071 Madrid
Tel. 91 395 50 00
Número de plazas: 300 EJÉRCITO DE TIERRA. Plazas correspondientes al noveno Ciclo de Selección: 300.

Plazas a las que pueden optar los extranjeros en concurrencia con los nacionales: 40 (especificadas entre paréntesis en la columna Número de Plazas).
Convocatoria .- Concurso-oposición
Grupo C2 / D - Graduado escolar, FP I o equivalente
Requisitos específicos:
3.1.1 Condiciones específicas para solicitantes extranjeros:
3.1.1.a) Tener en vigor la tarjeta de residencia temporal o permanente en España, como mínimo, hasta la fecha prevista para su incorporación al centro docente militar de formación correspondiente.
3.1.1.b) Ostentar la mayoría de edad con arreglo a lo dispuesto en su ley nacional.
3.1.1.c) No figurar como rechazables en el espacio territorial de países con los que España haya firmado un convenio en tal sentido.
3.1.1.d) No perder la nacionalidad de origen al entrar al servicio de las Fuerzas Armadas españolas ni tener prohibición de alistamiento militar en las mismas.
3.1.1.e) Carecer de antecedentes penales en España o en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento jurídico español.
3.2 Condiciones particulares para solicitantes nacionales y extranjeros:
3.2.a) Acreditar los niveles de estudios o de la titulación exigida o sus equivalentes, en su caso, para las distintas plazas, y que se corresponden con:
Nivel 1. Certificado de Escolaridad o la educación primaria finalizada.
Nivel 2. Graduado Escolar ó 2.º curso de Enseñanza Secundaria Obligatoria, aprobado en su totalidad.
Nivel 3. Enseñanza Secundaria Obligatoria o haber superado la prueba de acceso a los ciclos formativos de la Formación Profesional Específica de grado medio o equivalentes.
Nivel 4. Formación Profesional de Primer Grado, Técnico de Grado Medio o haber superado la prueba de acceso a los ciclos formativos de la Formación Profesional Específica de grado superior o equivalentes.
En caso de solicitar más de una plaza, se deberá acreditar el nivel de estudios correspondiente a la que exija mayor titulación.
3.2.b) Superar el reconocimiento médico, de acuerdo con el cuadro médico de exclusiones del anexo de la Orden PRE/2622/2007, de 7 de septiembre, por la que se aprueba el cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros docentes militares de formación y que figura en el apéndice 3.
3.2.c) Alcanzar la calificación de «apto» en las pruebas de aptitud física, de acuerdo con el nivel físico requerido para cada especialidad, según se determina en el apéndice 4.
3.2.d) Los alumnos a los que se les asigne una plaza que requiera obtener una determinada habilitación, realizar un curso de aptitud o un plan de instrucción o adiestramiento específico, deberán superarlo para continuar destinados en la Unidad correspondiente. Los alumnos nacionales que no obtengan dicha habilitación o que no superen el curso o plan señalados podrán ser destinados, en vacante de su especialidad, a cualquier otra Unidad del mismo Ejército o de la Armada. Los alumnos extranjeros que no superen dicho curso o plan podrán ser destinados, en vacante de su especialidad, a cualquier otro puesto de la misma Unidad que no requiera dicha aptitud o la superación de dicho plan o a cualquier otra Unidad del mismo Ejército de las relacionadas en el anexo III de la Orden ministerial 66/2007, de 4 de mayo, por la que se modifica el cupo máximo de extranjeros que pueden acceder a la condición de militar de Tropa y Marinería.
3.2.e) Los alumnos de la especialidad Mando y Control del Ejército del Aire y aquellos otros que deban ocupar un puesto como rescatador o tripulante aéreo, deberán superar un reconocimiento médico, durante la fase de formación general militar, en el Centro de Instrucción de Medicina Aeroespacial (CIMA), de acuerdo con la Orden ministerial 74/1992, de 14 de octubre (BOE número 204, de 19 de octubre). Los que no superen dicho reconocimiento causarán baja en su plaza asignada en el citado periodo de formación.No obstante lo anterior, el alumno podrá solicitar continuar en el periodo de formación general militar en otra especialidad, en el caso de existir alguna plaza disponible de las ofertadas en dicho ciclo.
3.2.f) Los alumnos que hayan obtenido una plaza en la especialidad de Mando y Control del Ejército del Aire, que no obtengan la habilitación de seguridad requerida para su puesto de trabajo, causarán baja en la Unidad. No obstante, podrán solicitar la realización de un nuevo periodo de formación específica en las especialidades que se les oferten y que no requieran dichas habilitaciones.
3.2.g) Los alumnos de la especialidad Mantenimiento de Aeronaves del Ejército de Tierra, deberán superar un reconocimiento médico, durante la fase de formación general militar, en el Centro de Instrucción de Medicina Aeroespacial (CIMA), de acuerdo con la Orden ministerial 74/1992, de 14 de octubre (BOE número 204, de 19 de octubre). Los que no superen dicho reconocimiento causarán baja como alumno.No obstante lo anterior, el alumno podrá solicitar continuar como tal en el periodo de formación general militar en otra especialidad, en el caso de existir alguna plaza disponible de las ofertadas en dicho ciclo.
3.2.h) Los solicitantes de la especialidad de Música deberán acreditar tener superado el tercer curso de solfeo y haber realizado dos años de estudios en uno de los instrumentos para los que se convoquen plazas. Estos estudios deben de haber sido realizados en un centro oficial u homologado.
3.2.i) Los solicitantes deberán tener una talla en bipedestación igual o superior a 155 centímetros e igual o inferior a 203 centímetros. Los solicitantes de la Guardia Real, en cualquiera de sus especialidades, deberán tener en bipedestación una talla igual o superior a 165 centímetros los hombres y a 160 centímetros las mujeres.
3.3 Se podrán solicitar hasta un máximo de diez (10) plazas distintas de entre todas las ofertadas para cada ciclo de selección, con independencia del Ejército al que pertenezcan.
Los solicitantes extranjeros podrán optar, en igualdad de condiciones que los nacionales, a las plazas que específicamente se oferten para ellos.
Requisitos generales
Seguimiento
Fase: Convocatoria
[Bases]
Nueva Etapa:
[Nueva convocatoria]
Fecha límite de solicitud de citas: 26 de octubre
Estado:Abierto
Información complementaria.-PLAZAS DEL CICLO DE SELECCIÓN 9º DE LA CONVOCATORIA DEL AÑO 2009
Teléfono de información:902 432 100.
Cita previa para participar en el proceso selectivo- La participación en el proceso selectivo de algún ciclo de selección de esta convocatoria se iniciará con la solicitud de cita previa para la realización de las pruebas selectivas, dirigida al Gestor del Área de Reclutamiento de la provincia de residencia.Inicialmente, la solicitud de participación no implica compromiso alguno para el solicitante, ya que hasta finalizar las pruebas individualizadas no se realizará la solicitud definitiva de plazas.
Presentación. Lugar- La solicitud de cita previa se podrá realizar personalmente, por correo certificado o telefacsímil, en las Áreas de Reclutamiento, Oficinas Delegadas u Oficinas o puntos de información dependientes de las Subdelegaciones de Defensa, por vía telefónica en el número 902432100 (apéndice 5) o a través de la página web del Ministerio de Defensa « www.soldados.com» o « www.marineros.com» . También podrá solicitarse en las Unidades de los Ejércitos, o de la Armada y de la Guardia Civil, desde donde se cursará al Área de Reclutamiento de la provincia.De igual forma, se podrá cursar a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, desde donde se remitirá al Área de Reclutamiento de la Subdelegación de Defensa en Madrid.

miércoles, 19 de agosto de 2009

268 Militares profesionales de tropa y marinería (Ejército de la Armada)

268 Militares profesionales de tropa y marinería (Ejército de la Armada)
Organismo .- Presidencia y ministerios. Ministerio de Defensa.
Paseo de la Castellana, 109. C.P. 28071 Madrid. Tel. 91.395.50.00
Plazas . Número de plazas: 268
Plazas correspondientes al séptimo ciclo de selección: 268.

Convocatoria .- Concurso-oposición
Grupo .- D - Graduado escolar, FP I o equivalente
Acceso a la documentación
Cita previa para participar en el proceso selectivo- La participación en el proceso selectivo de algún ciclo de selección de esta convocatoria se iniciará con la solicitud de cita previa para la realización de las pruebas selectivas, dirigida al Gestor del Área de Reclutamiento de la provincia de residencia.Inicialmente, la solicitud de participación no implica compromiso alguno para el solicitante, ya que hasta finalizar las pruebas individualizadas no se realizará la solicitud definitiva de plazas.
Lugar de Presentación.-La solicitud de cita previa se podrá realizar personalmente, por correo certificado o telefacsímil, en las Áreas de Reclutamiento, Oficinas Delegadas u Oficinas o puntos de información dependientes de las Subdelegaciones de Defensa, por vía telefónica en el número 902.432.100 (apéndice 5) o a través de la página web del Ministerio de Defensa « http://www.soldados.com/» o « http://www.marineros.com/» . También podrá solicitarse en las Unidades de los Ejércitos, o de la Armada y de la Guardia Civil, desde donde se cursará al Área de Reclutamiento de la provincia.De igual forma, se podrá cursar a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, desde donde se remitirá al Área de Reclutamiento de la Subdelegación de Defensa en Madrid.
OTRAS FORMAS VÁLIDAS DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27-11-1992, núm. 28,) Artículo 38 4. Las solicitudes, escritos y comunicaciones que los ciudadanos dirijan a los órganos de las Administraciones públicas podrán presentarse:
a. En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
b. En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
c. En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
d. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
e. En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Fecha límite de solicitud de citas: 09 de septiembre Estado:Abierto
- Información complementaria
PLAZAS 7º CICLO DE SELECCIÓN - CONVOCATORIA AÑO 2009
Teléfono de información:902. 432 .100.
Relación de Áreas de Reclutamiento:
03-Alicante. Dirección: C/ Colombia, 3. Código postal: 03010.
Tfno.: 965.25.25.90 y 965.24.33.68. Fax: 965.24.34.20.
12-Castellón. Dirección: Avda. del Mar, 19. Código postal: 12003. Tfno.: 964.27.02.52. Fax: 964.23.44.04.
46-Valencia. ( Centro de selección.) Dirección: Paseo de la Alameda, 28. Centro de selección. Código postal: 46010. Tfno.: 961.96.34.00. Fax: 961.96.34.40.
Más documentación :
enlace web soldados.com

1834 plazas de Militares profesionales de tropa y marinería (Ejército de Tierra)

PLAZAS 7º CICLO DE SELECCIÓN - CONVOCATORIA AÑO 2009. Militares profesionales de tropa y marinería (Ejército de Tierra) .Presidencia y ministerios. Ministerio de Defensa. Paseo de la Castellana, 109. 28071 Madrid. Tel. 91 395 50 00
Plazas . Número de plazas: 1834 EJÉRCITO DE TIERRA
Plazas correspondientes al séptimo ciclo de selección: 1.834.
Plazas a las que pueden optar los extranjeros en concurrencia con los nacionales: 116 (especificadas entre paréntesis en la columna Número de Plazas).
111 son para la Comunidad Valenciana ( 99 Valencia y 12 Alicante )
Convocatoria . Concurso-oposición
Grupo : D - Graduado escolar, FP I o equivalente
Requisitos . Requisitos específicos .
3.1.1 Condiciones específicas para solicitantes extranjeros:
3.1.1.a) Tener en vigor la tarjeta de residencia temporal o permanente en España, como mínimo, hasta la fecha prevista para su incorporación al centro docente militar de formación correspondiente.
3.1.1.b) Ostentar la mayoría de edad con arreglo a lo dispuesto en su ley nacional.
3.1.1.c) No figurar como rechazables en el espacio territorial de países con los que España haya firmado un convenio en tal sentido.
3.1.1.d) No perder la nacionalidad de origen al entrar al servicio de las Fuerzas Armadas españolas ni tener prohibición de alistamiento militar en las mismas.
3.1.1.e) Carecer de antecedentes penales en España o en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento jurídico español.
3.2 Condiciones particulares para solicitantes nacionales y extranjeros.
3.2.a) Acreditar los niveles de estudios o de la titulación exigida o sus equivalentes, en su caso, para las distintas plazas, y que se corresponden con:
Nivel 1. Certificado de Escolaridad o la educación primaria finalizada.
Nivel 2. Graduado Escolar ó 2.º curso de Enseñanza Secundaria Obligatoria, aprobado en su totalidad.
Nivel 3. Enseñanza Secundaria Obligatoria o haber superado la prueba de acceso a los ciclos formativos de la Formación Profesional Específica de grado medio o equivalentes.
Nivel 4. Formación Profesional de Primer Grado, Técnico de Grado Medio o haber superado la prueba de acceso a los ciclos formativos de la Formación Profesional Específica de grado superior o equivalentes.
En caso de solicitar más de una plaza, se deberá acreditar el nivel de estudios correspondiente a la que exija mayor titulación.
3.2.b) Superar el reconocimiento médico, de acuerdo con el cuadro médico de exclusiones del anexo de la Orden PRE/2622/2007, de 7 de septiembre, por la que se aprueba el cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros docentes militares de formación y que figura en el apéndice 3.
3.2.c) Alcanzar la calificación de «apto» en las pruebas de aptitud física, de acuerdo con el nivel físico requerido para cada especialidad, según se determina en el apéndice 3.
3.2.d) Los alumnos a los que se les asigne una plaza que requiera obtener una determinada habilitación, realizar un curso de aptitud o un plan de instrucción o adiestramiento específico, deberán superarlo para continuar destinados en la Unidad correspondiente. Los alumnos nacionales que no obtengan dicha habilitación o que no superen el curso o plan señalados podrán ser destinados, en vacante de su especialidad, a cualquier otra Unidad del mismo Ejército o de la Armada. Los alumnos extranjeros que no superen dicho curso o plan podrán ser destinados, en vacante de su especialidad, a cualquier otro puesto de la misma Unidad que no requiera dicha aptitud o la superación de dicho plan o a cualquier otra Unidad del mismo Ejército de las relacionadas en el anexo III de la Orden ministerial 66/2007, de 4 de mayo, por la que se modifica el cupo máximo de extranjeros que pueden acceder a la condición de militar de Tropa y Marinería.
3.2.e) Los alumnos de la especialidad Mando y Control del Ejército del Aire y aquellos otros que deban ocupar un puesto como rescatador o tripulante aéreo, deberán superar un reconocimiento médico, durante la fase de formación general militar, en el Centro de Instrucción de Medicina Aeroespacial (CIMA), de acuerdo con la Orden ministerial 74/1992, de 14 de octubre (BOE número 204, de 19 de octubre). Los que no superen dicho reconocimiento causarán baja en su plaza asignada en el citado periodo de formación.No obstante lo anterior, el alumno podrá solicitar continuar en el periodo de formación general militar en otra especialidad, en el caso de existir alguna plaza disponible de las ofertadas en dicho ciclo.
3.2.f) Los alumnos que hayan obtenido una plaza en la especialidad de Mando y Control del Ejército del Aire, que no obtengan la habilitación de seguridad requerida para su puesto de trabajo, causarán baja en la Unidad. No obstante, podrán solicitar la realización de un nuevo periodo de formación específica en las especialidades que se les oferten y que no requieran dichas habilitaciones.
3.2.g) Los alumnos de la especialidad Mantenimiento de Aeronaves del Ejército de Tierra, deberán superar un reconocimiento médico, durante la fase de formación general militar, en el Centro de Instrucción de Medicina Aeroespacial (CIMA), de acuerdo con la Orden ministerial 74/1992, de 14 de octubre (BOE número 204, de 19 de octubre). Los que no superen dicho reconocimiento causarán baja como alumno.
No obstante lo anterior, el alumno podrá solicitar continuar como tal en el periodo de formación general militar en otra especialidad, en el caso de existir alguna plaza disponible de las ofertadas en dicho ciclo.
3.2.h) Los solicitantes de la especialidad de Música deberán acreditar tener superado el tercer curso de solfeo y haber realizado dos años de estudios en uno de los instrumentos para los que se convoquen plazas. Estos estudios deben de haber sido realizados en un centro oficial u homologado.
3.2.i) Los solicitantes deberán tener una talla en bipedestación igual o superior a 155 centímetros e igual o inferior a 203 centímetros. Los solicitantes de la Guardia Real, en cualquiera de sus especialidades, deberán tener en bipedestación una talla igual o superior a 165 centímetros los hombres y a 160 centímetros las mujeres.
3.3 Se podrán solicitar hasta un máximo de diez (10) plazas distintas de entre todas las ofertadas para cada ciclo de selección, con independencia del Ejército al que pertenezcan.
Los solicitantes extranjeros podrán optar, en igualdad de condiciones que los nacionales, a las plazas que específicamente se oferten para ellos.
Cita previa para participar en el proceso selectivo- La participación en el proceso selectivo de algún ciclo de selección de esta convocatoria se iniciará con la solicitud de cita previa para la realización de las pruebas selectivas, dirigida al Gestor del Área de Reclutamiento de la provincia de residencia.Inicialmente, la solicitud de participación no implica compromiso alguno para el solicitante, ya que hasta finalizar las pruebas individualizadas no se realizará la solicitud definitiva de plazas.
Fecha límite de solicitud de citas: 09 de septiembre 2009.
Presentación. Lugar- La solicitud de cita previa se podrá realizar personalmente, por correo certificado o telefacsímil, en las Áreas de Reclutamiento, Oficinas Delegadas u Oficinas o puntos de información dependientes de las Subdelegaciones de Defensa, por vía telefónica en el número 902432100 (apéndice 5) o a través de la página web del Ministerio de Defensa « http://www.soldados.com/ » o « http://marineros.com/ ».
También podrá solicitarse en las Unidades de los Ejércitos, o de la Armada y de la Guardia Civil, desde donde se cursará al Área de Reclutamiento de la provincia.
De igual forma, se podrá cursar a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, desde donde se remitirá al Área de Reclutamiento de la Subdelegación de Defensa en Madrid.
Información complementaria:
PLAZAS 7º CICLO DE SELECCIÓN - CONVOCATORIA AÑO 2009
Teléfono de información:902 432 100
Relación de Áreas de Reclutamiento:
03-Alicante.
Dirección: C/ Colombia, 3.
Código postal: 03010.
Tfno.: 965.25.25.90 y 965.24.33.68. Fax: 965.24.34.20.
12-Castellón.
Dirección: Avda. del Mar, 19.
Código postal: 12003.
Tfno.: 964.27.02.52. Fax: 964.23.44.04.
46-Valencia. ( Centro de selección.)
Dirección: Paseo de la Alameda, 28.
Centro de selección.
Código postal: 46010.
Tfno.: 961.96.34.00. Fax: 961.96.34.40.