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viernes, 4 de marzo de 2011

ayudas para la realización de actuaciones contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte. Consejo Superior de Deportes.

Resolución de 17 de febrero de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan ayudas para la realización de actuaciones contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
1. Convocatoria y objeto de las ayudas. 1.1 El objeto de la presente convocatoria es regular el procedimiento de concesión, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de ayudas destinadas a financiar actividades que promuevan la convivencia y la tolerancia a través del deporte y la sensibilización sobre los riesgos de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
1.2 Serán objeto de ayuda en esta convocatoria aquellos proyectos que se realicen a lo largo del año 2011, y que incluyan todas o algunas de los siguientes tipos de actividades:
a) Campañas que difundan la deportividad, el juego limpio, el respeto y tolerancia mutuas entre deportistas, participantes y espectadores de competiciones deportivas.
b)
Jornadas, debates, coloquios y foros de opinión que promuevan y fomenten buenas prácticas y la sensibilización sobre la deportividad, el juego limpio, el respeto y tolerancia.
c)
La realización de estudios, informes y trabajos de interés, sobre causas, efectos y alcance de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
d) Actividades de contenido educativo, dirigidas a la prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
1.3 Las ayudas concedidas, al amparo de la presente convocatoria, lo serán por una anualidad. La ejecución de los proyectos deberá realizarse antes del día 31 de diciembre de 2011.
2. Normativa aplicable. La convocatoria se regirá por la presente Resolución, por la Orden ECI/2768/2007, de 20 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD («BOE» número 231, de 26/9/2007); la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como su Reglamento de desarrollo,aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y las demás normas vigentes que resulten aplicables.
3. Requisitos de los beneficiarios. 3.1 Podrán solicitar estas ayudas y acceder a la condición de beneficiarios, las personas físicas y jurídicas privadas, legalmente constituidas.
3.2 Cuando la finalidad de los proyectos sea la realización de estudios, informes y trabajos de interés, sobre causas, efectos y alcance de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, así como la realización de actividades de contenido educativo, dirigidas a la prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, también podrán acceder a la condición de beneficiarios las personas jurídicas públicas.
3.3 Igualmente, podrán solicitar estas ayudas las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos o actividades objeto de estas ayudas.
4. Solicitudes y documentación.
4.1 La presentación de solicitudes puede realizarse de modo físico o telemático.
La presentación de modo físico en soporte papel podrá realizarse personalmente o por correo ante el Registro General del Consejo Superior de Deportes, avenida de Martín Fierro, s/n, 28040 Madrid o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, e irán dirigidas al Presidente del Consejo Superior de Deportes. El modelo de solicitud a presentar puede descargarse de la Sede Electrónica del Consejo Superior de Deportes, https://sede.csd.gob.es (catálogo de trámites, procedimiento 993474).
La presentación de modo telemático se llevará a cabo ante el Registro Electrónico del CSD regulado por Resolución de 24 de junio de 2009 de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, en la dirección electrónica: www.csd.gob.es (oficina virtual).
4.2 El plazo de la presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». {del 5 de marzo al 4 de abril de 2011, a.i.}

martes, 9 de marzo de 2010

Reglamento de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA . Violencia en el deporte
Real Decreto 203/2010, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
Objeto.-
El presente Reglamento tiene por objeto el desarrollo de las medidas de prevención y control de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte contenidas en la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, y las que resulten aplicables de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana.
Ámbito.- 1. Las disposiciones contenidas en el presente reglamento serán aplicables con carácter general a las competiciones deportivas oficiales de ámbito estatal que se organicen por entidades deportivas en el marco de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, así como a las organizadas o autorizadas por las federaciones deportivas españolas.
2. La aplicación de determinadas medidas de seguridad, control y prevención previstas en el presente reglamento se realizará con el alcance y efectos específicamente contemplados en los preceptos de la Ley 19/2007, de 11 de julio, que establecen los presupuestos y los requisitos determinantes para poder exigir el cumplimiento de las obligaciones, garantías y exigencias previstas en la citada ley y en este reglamento.

miércoles, 1 de abril de 2009

Ayudas económicas para la realización de proyectos de intervención e integración ... Plan de Prevención de la Violencia y Promoción de la Convivencia_

Conselleria d’Educació. ORDE de 17 de març de 2009, de la Conselleria d’Educació, per la qual es convoquen ajudes econòmiques per a la realització de projectes d’intervenció i integració en coordinació amb les Unitats d’Atenció i Intervenció adscrites al Pla de Prevenció de la Violència i Promoció de la Convivència en els Centres Educatius i/o amb el Servici d’Innovació i Qualitat Educativa. [2009/3559]
Conselleria de Educación. ORDEN de 17 de marzo de 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se convocan ayudas económicas para la realización de proyectos de intervención e integración en coordinación con las Unidades de Atención e Intervención adscritas al Plan de Prevención de la Violencia y Promoción de la Convivencia en los Centros Educativos y/o con el Servicio de Innovación y Calidad Educativa. [2009/3559]
Convocatoria.- Se convocan ayudas económicas para la realización de proyectos educativos de intervención e integración socioeducativa en coordinación con las Unidades de Atención e Intervención adscritas al Plan PREVI y/o con el Servicio de Innovación y Calidad Educativa.
Bases y requisitos.- Se aprueban las bases y los requisitos para la percepción de dichas ayudas económicas, que figuran en el anexo I de la presente orden, así como el modelo de solicitud y de previsión económica para el año 2009 que figura como anexo II y la ficha de mantenimiento de terceros que figura como anexo III.
Objeto de la convocatoria.- Las ayudas económicas tienen como finalidad sufragar parcialmente los gastos de funcionamiento que genere, a las entidades locales y entidades socioeducativas sin ánimo de lucro, la realización de proyectos de intervención e integración socioeducativa en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana, en coordinación con las Unidades de Atención e Intervención adscritas al Plan PREVI en cada una de las direcciones territoriales de Educación y/o con el Servicio de Innovación y Calidad Educativa, que tengan como objetivos los indicados en la base siguiente.
Objetivos.- La realización de estos proyectos de intervención e integración socioeducativa, deberán tener como objetivo, como mínimo, alguno de los siguientes:
a) Normalizar la conducta del alumnado en el entorno socioeducativo.
b) Propiciar la madurez del alumnado desarrollando su competencia personal, emocional y social, como forma de alcanzar el máximo desarrollo personal.
c) Prevenir el absentismo y el abandono escolar prematuro.
d) Fomentar la integración socioeducativa del alumnado con necesidades específicas de adaptación apoyándole en su itinerario educativo y en su etapa de transición a la vida laboral.
e) Fomentar nuevas formas de colaboración con entidades locales y entidades sin ánimo de lucro para responder a las nuevas necesidades educativas de nuestro alumnado.
Destinatarios.- Podrán solicitar estas ayudas las entidades locales y las entidades socieducativas sin ánimo de lucro que desarrollen estos proyectos en el ámbito de la Comunitat Valenciana durante el año 2009.
Lugar de presentación de solicitudes.- La solicitud y la documentación complementaria se dirigirá al Área de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa de la Dirección General de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional de la Conselleria de Educación, sita en la Avenida Campanar, 32 de Valencia.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 2 d'abril al 2 de maig, a.i.]