lunes, 15 de marzo de 2010

ayudas para el desarrollo y la realización de proyectos culturales y de formación no reglada durante el año 2010. Icaa.

MINISTERIO DE CULTURA 4366
Resolución de 27 de enero de 2010, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convoca la concesión de ayudas para el desarrollo y la realización de proyectos culturales y de formación no reglada durante el año 2010.
Objeto y finalidad.- 1.1. La presente resolución tiene por objeto convocar la concesión de ayudas al desarrollo y la realización de proyectos culturales y de formación no reglada durante el año 2010 en alguna de las siguientes modalidades:
a) Proyectos pertenecientes al campo de la edición que puedan enriquecer el panorama audiovisual español desde una perspectiva cultural, preferentemente en formato electrónico.
b) Proyectos pertenecientes al campo teórico que puedan enriquecer el panorama audiovisual español desde una perspectiva cultural.
c) Proyectos que apoyen programas específicos de formación no reglada:
c).1 Para profesionales, incluyendo personal creativo y técnico.
c).2 De formación del público.
1.2 Los proyectos incluidos en las letras b) y c) del apartado anterior deberán tener como promotores con implicación directa en su concepción, gestión y ejecución, a dos o más entidades u organismos, de las que al menos una será una entidad sin ánimo de lucro.
1.3 En las actividades de carácter docente-formativo, la actividad objeto del proyecto no podrá tener una ejecución en el tiempo por un período superior a seis meses ni inferior a dos días.
Beneficiarios.—1. Podrán resultar beneficiarios de las ayudas las personas físicas o jurídicas que actúen como promotores y organizadores de proyectos cuyo objeto esté en conformidad con el apartado primero de esta convocatoria.
Plazo y forma de presentación de solicitudes.—1. Se establece el siguiente plazo de presentación de solicitudes: Cuarenta y cinco días naturales, contados desde el día siguiente a aquel en que se publique la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».[del 16 de MARZO al 29 de ABRIL de 2010, a.i.]
2. La solicitud y el formulario que forma parte integrante de la misma se presentarán a través del Registro Electrónico del Ministerio de Cultura, conforme a los requisitos que lo rigen ( http://www.mcu.es/registro/ ).

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