lunes, 1 de agosto de 2011

1 plaza de Maestro/a de Educación Infantil, laboral interino, en la Escuela Infantil Municipal «Los Pasos». Ajuntament de Rojales (Baix Segura-Alacan

Ayuntamiento de Rojales. (Baix Segura-Alacant). Bases y convocatoria para la selección, por concurso-oposición, de una plaza de Maestro/a de Educación Infantil, en régimen de personal laboral interino.
BASE PRIMERA.- Objeto de la Convocatoria. Constituye el objeto de las presente bases la regulación del procedimiento para seleccionar en convocatoria pública, por turno libre y mediante el sistema selectivo de concurso-oposición, un/una Maestro/a de Educación Infantil, con destino en la Escuela Infantil Municipal «Los Pasos» de esta localidad, para ocupar una plaza vacante encuadrada en la plantilla de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Rojales, perteneciente al Grupo A, Subgrupo A2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
La relación laboral de interinidad finalizará cuando se cubra la plaza con un personal laboral fijo, o cuando por causas sobrevenidas la plaza sea amortizada, o cuando la Administración considere que ya no existen las razones de urgencia que motivaron la cobertura interina.
BASE SEGUNDA.- Requisitos de los aspirantes. Para tomar parte en el procedimiento selectivo los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, los requisitos establecidos con carácter general en los artículos 56 y 57 Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Así, será necesario:
a) Tener la nacionalidad española. También podrán acceder como personal funcionario en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos:
a.1) Los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o nacionales de aquellos Estados, a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
a.2) El cónyuge, descendientes, y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Todos los aspirantes deberán acompañar a su solicitud la documentación que acredite las condiciones que se alegan.
b) Estar en posesión del título de Maestro: especialidad educación infantil, (o profesor de educación general básica especialista en preescolar), o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá acreditarse su homologación.
c) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones encomendadas.
d) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa para el acceso al empleo público.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
BASE TERCERA.- Instancias. Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán presentar una instancia en la cual declararán cumplir todos y cada uno de los requisitos fijados en las presentes bases, dirigida a la Alcaldía-Presidencia de este ayuntamiento, que deberá presentarse en el Registro General o bien en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los aspirantes manifestarán en la instancia que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la base segunda, referidas a la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y que se comprometen a prestar el preceptivo juramento o promesa. Las expresadas condiciones deberán mantenerse a lo largo de todo el proceso selectivo, durante el que, en cualquier momento, podrán ser requeridos los interesados para efectuar las comprobaciones oportunas.
El plazo será de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de las bases y convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.{del 2 al 11 de Agosto de 2011, a.i.} www.rojales.es

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