jueves, 4 de agosto de 2011

subvención para la colaboración en la ejecución y seguimiento de las medidas alternativas a la pena privativa de libertad y determinados programas de

Resolución de 6 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se convoca subvención para la colaboración en la ejecución y seguimiento de las medidas alternativas a la pena privativa de libertad y determinados programas de atención social.
Los programas que integran la subvención son los siguientes:
1. Programas para la colaboración en la ejecución y seguimiento de medidas de seguridad, reglas de conducta, suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad.
1.1 Subprogramas de colaboración en la ejecución de la medida de seguridad de internamiento en Centro de deshabituación al consumo de drogas.
1.2
Subprogramas de colaboración en la ejecución de la medida de seguridad de internamiento en Centro Educativo Especial.
1.3
Subprogramas de colaboración en la ejecución de la medida alternativa o regla de conducta de sumisión a tratamiento externo en centros médicos o establecimiento de carácter socio-sanitario.
1.4 Subprogramas de colaboración en la ejecución de la medida alternativa o regla de conducta de sometimiento a programas de tipo formativo, cultural, educativo, profesional, de educación vial, sexual, violencia doméstica y otros similares.
2. Programas para la colaboración en la integración social de los niños.
2.1 Programas para la colaboración en la integración social de los niños que permanecen en las Unidades de Madres de diversos Centros Penitenciarios, al menos con las siguientes líneas de actuación:
a) Salidas programadas de niños, destinadas a favorecer su integración en el entorno social.
b) Vacaciones programadas de los niños y sus madres.

c) Salidas de fin de semana de los niños.

d) Celebración de festividades para favorecer la relación grupal en un clima lúdico y festivo.

2.2 Programas para la colaboración en la integración social de los niños en las Unidades Dependientes de determinados Centros Penitenciarios en las siguientes líneas de actuación:
a) Programa de intervención con las madres para mejorar la relación con sus hijos.
b) Actividades de los niños destinadas a favorecer su integración en el entorno social.

c) Vacaciones programadas de los niños y sus madres.

d) Celebración de festividades para favorecer la relación grupal en un clima lúdico y festivo.

3. Programas de acogida con asistencia integral de liberados condicionales.
3.1 Con asistencia integral de liberados condicionales que contemplen, al menos, las siguientes líneas de actuación:
a) Educación para la salud. Mediadores de salud.
b) Atención psicológica.

c) Asesoramiento jurídico.

d) Asistencia a talleres ocupacionales.
e) De ocio y tiempo libre.

3.2 Programas de acogida a liberados condicionales que presenten algunas de estas necesidades:
a) Enfermos de SIDA y otras enfermedades.
b) Enfermedad crónica.

c) Atención a enfermos con necesidad de cuidados paliativos.
d) Atención a discapacitados psíquicos y físicos.

e) Atención con patología dual.

f) Apoyo a la rehabilitación psiquiátrica.

El objeto y finalidad de las subvenciones es la colaboración en la ejecución y seguimiento de las medidas alternativas a la pena privativa de libertad y determinados programas de atención social.
Las solicitudes para optar a las subvenciones objeto de la presente convocatoria deberán presentarse en el registro de la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias, calle Alcalá, 38-40, Madrid 28014 o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro de los quince días hábiles siguientes a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».{del 5 al 20 de agosto de 2011, a.i.} A la solicitud para tomar parte en la convocatoria se acompañará la documentación que se indica en el artículo 7 de la citada Orden INT/2232/2009.

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