miércoles, 21 de diciembre de 2011

1 plaza de Ingeniero Técnico de Obras Públicas, (A2). Bases. Ajuntament de Crevillent (Baix Vinalopo-Alacant)

AYUNTAMIENTO CREVILLENT. -BASES ESPECÍFICAS CONVOCATORIA CONCURSO-OPOSICIÓN PLAZA INGENIERO TÉCNICO OBRAS PÚBLICAS página 28
Bases Específicas que han de regir el proceso selectivo para la provisión, mediante el sistema de concurso-oposición libre, de una plaza de Ingeniero Técnico de Obras Públicas y su correspondiente puesto de trabajo que se encuentran vacantes en sus respectivos documentos administrativos de Plantilla y RIPT vigentes del personal de este Ayuntamiento, en los términos que seguidamente se indican:
BASES ESPECÍFICAS PARA LA SELECCIÓN Y PROVISIÓN POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE DE UNA PLAZA VACANTE DE INGENIERO TÉCNICO DE OBRAS PÚBLICAS DE LA VIGENTE PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL AYUNTAMIENTO DE CREVILLENT.
BASE PRIMERA: PLAZA OBJETO DE CONVOCATORIA.- Con respeto máximo de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad y de conformidad con lo dispuesto en los arts. 55 y ss. del EBEP, 51 y ss. de la Ley 10/2010 de Ordenación de la Función Pública Valenciana; 91 y 100 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; art. 170 del T.R.R.L. (R.D.L. 781/1986, de 18 de abril), relativo a funcionarios de ADMINISTRACIÓN ESPECIAL y, tras la publicación de los anuncios de oferta de empleo público en el BOP nº 236, de 13-12-2010, se convoca CONCURSO-OPOSICION, por turno de ACCESO LIBRE, para cubrir 1 plaza de Ingeniero Técnico de Obras Públicas, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase Media.
Está dotada con los emolumentos correspondientes al Grupo A, subgrupo A2 y demás retribuciones complementarias que la Corporación tiene asignadas al correspondiente puesto de trabajo nº 45 de la RPT: nivel de CD 23. sin perjuicio de posterior cambio de adscripción a otro puesto, en su caso.
BASE SEGUNDA: REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.- A.- Requisitos Generales:
a) Tener la nacionalidad española o la de los Estados Miembros de la Unión Europea o que la tengan los cónyuges. Se extenderá la posibilidad de acceso a las personas incluías en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales. Todo ello en los términos establecidos en el Art. 57 de la Ley 7/2007 y Art. 53 de la Ley 10/10 de la Función Pública Valenciana.
En el caso de acceso a la plaza de un ciudadano de los mencionados en el párrafo anterior que no posea la nacionalidad española y previo a la propuesta para su nombramiento como funcionario o para su contratación se realizará un ejercicio de conocimiento de castellano y, sin la superación del mismo, no podrá proponerse.
b) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempañaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
B.- Requisitos Adicionales específicos: Para ser admitidos a la realización de pruebas selectivas, los aspirantes deberán estar en posesión del Título de Ingeniero Técnico de Obras Públicas o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.
El medio de acreditación, el momento en que deberán cumplirse, el resto de circunstancias de los requisitos se regirán por las Bases Generales.

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