jueves, 12 de marzo de 2015

Plan de Ayudas a Ayuntamientos de la Provincia menores de 5.000 habitantes para la realización de Cursos de Natación - niveles de Iniciación y Perfeccionamiento -, anualidad 2015

La Excma. Diputación Provincial de Alicante, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 5 de febrero de 2015, aprobó la Convocatoria del Plan de Ayudas a Ayuntamientos de la Provincia (de Alicante) menores de 5.000 habitantes para la realización de Cursos de Natación, anualidad 2015, de conformidad con las siguientes B A S E S
PRIMERA.- (Objeto). Es objeto de la presente Convocatoria la concesión, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva ordinaria, de ayudas económicas a los Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio, de la Provincia de Alicante, menores de 5.000 habitantes, para la realización de Cursos de Natación - niveles de Iniciación y Perfeccionamiento -, durante la anualidad 2015, (desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre de 2015), cuya dotación económica prevista asciende a la cantidad de 65.000 euros.
SEGUNDA.- (Actividades Subvencionadas: requisitos y condiciones) Podrán ser objeto de subvención los cursos de natación dirigidos a niños de los municipios de la provincia menores de 5.000 habitantes, con edades comprendidas entre 4 y 14 años cuyo fin sea la enseñanza de la natación en sus diferentes fases de aprendizaje: principios básicos, iniciación a los diferentes estilos y perfeccionamiento técnico.
Los cursos se deberán estructurar en diferentes niveles según las capacidades y conocimientos técnicos de los alumnos, mantener unos ratios equilibrados alumnos/profesor en cada nivel establecido que permitan la mayor calidad de enseñanza, disponer de una duración acorde con los objetivos perseguidos, contar con la seguridad propia de este tipo de cursos y de un espacio perfectamente delimitado dentro de la instalación municipal donde se desarrollen garantizando de esta forma su perfecto desarrollo.
TERCERA.- (Solicitudes). Las Entidades locales a que refiere la Base Primera, que estén interesadas, deberán presentar sus solicitudes, ajustadas al modelo normalizado, que se publicará como ANEXO I, suscritas por el Sr./a. Alcalde/sa-Presidente/a del Ayuntamiento o Presidente/a de la Entidad municipal correspondiente, y dirigidas a la Ilma. Sra. Presidenta de la Excma. Diputación Provincial, en el plazo de TREINTA DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia {del 13 de marzo al 11 de abril de 2015, a.i.}, en el Registro General de esta Excma. Diputación, o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el Artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
El Área de Deportes pondrá a disposición de los interesados el modelo de instancia ANEXO I (solicitud) y el ANEXO II (documentación adjunta), en la sede electrónica de la página web de la Diputación Provincial de Alicante (www.diputacionalicante.es )

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