jueves, 12 de marzo de 2015

Programa anual de ayudas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para el año 2015

Primero. Objeto. El objeto de la presente orden es la aprobación del Programa Anual de Ayudas convocadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y sus organismos públicos dependientes en el año 2015, así como el establecimiento de una serie de medidas para la mejora de la gestión y tramitación de las ayudas.
Segundo. Aprobación del Programa Anual de Ayudas para el año 2015. 1. Se aprueba el Programa Anual de Ayudas para el año 2015 del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y de sus organismos públicos dependientes que figura en los Anexos I, II y III de esta orden,
indicando las fechas previstas de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las convocatorias de ayudas, así como las fechas estimadas de resolución y de pago. Se entiende por fecha estimada de pago la fecha en la que el departamento reconoce la obligación por la ayuda concedida y ordena el pago al Tesoro. Se especifica igualmente la denominación y tipo de ayuda, la cuantía prevista, en su caso, y el centro gestor.
2. El Anexo I recoge las ayudas que se convocan bajo la forma de becas. El Anexo II recoge otras ayudas convocadas bajo el principio de concurrencia competitiva. El Anexo III recoge aquellas otras ayudas que no responden a los criterios de los anexos anteriores.
3. Las convocatorias de las ayudas contempladas en los anexos quedan sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones. Asimismo, el listado de ayudas no tiene carácter vinculante o exhaustivo, sino orientativo, pues cabe la posibilidad de convocar nuevas ayudas, suprimirlas o modificarlas por necesidades sobrevenidas a lo largo de la anualidad, de conformidad con la legislación presupuestaria.
Cuarto. Medidas para la mejora de la tramitación electrónica de los procedimientos de ayudas.1. De acuerdo con el artículo 27.6 de la ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y con el artículo 32 del Real Decreto 1671/2009 de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la anterior, se tramitarán obligatoriamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte las distintas fases del procedimiento de concesión de ayudas cuando así lo establezcan sus bases reguladoras y en los términos previstos en las mismas.
La información sobre identificación, normativa regulatoria, sistemas de firmas aceptados, etc. de las sedes electrónicas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se encuentran en la dirección
https://sede.educacion.gob.es/identifica-sede.html para la Sede Electrónica Educación y en la dirección https://sede.mcu.gob.es/SedeElectronica/index.jsp  para la Sede Electrónica Cultura.
2. En el caso de que los procedimientos se gestionen por parte de un organismo público o entidad dependiente del Ministerio que cuente con sede electrónica propia, su tramitación se realizará, según sus bases reguladoras, a través de la sede electrónica del organismo.
Octavo. Ayudas procedentes de la Unión Europea. El organismo autónomo Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) lleva a cabo la gestión, difusión, promoción y estudios de impacto del programa de la Comisión Europea Erasmus+ en el ámbito de la educación y la formación (2014-2020), además de otras iniciativas europeas. La información sobre las ayudas que ofrece el programa Erasmus+ puede encontrarse en las direcciones: www.sepie.es y  www.erasmusplus.gob.es  ».

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