martes, 10 de marzo de 2015

subvenciones para el desarrollo de nuevos mercados y campañas de promoción de los productos de la pesca y de la acuicultura.

Primero. Objeto, condiciones, finalidad y características de las subvenciones1. El objeto de esta orden ministerial es la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de la concesión de las subvenciones para actividades relativas al desarrollo de nuevos mercados y campañas de promoción de los productos de la pesca y de la acuicultura, cuando éstas sean promovidas por beneficiarios que cumplan los requisitos exigidos en el apartado tercero de esta orden.
Segundo. Créditos presupuestarios. La cuantía total máxima a conceder es de 250.000 euros, ...
Tercero. Beneficiarios, requisitos y su acreditación. 1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente orden, las entidades sin ánimo de lucro, representativas del sector extractivo y comercial pesquero y de la acuicultura, solas o asociadas al efecto, de ámbito nacional o radicadas en más de una comunidad autónoma que presenten actividades incluidas entre las expresadas en el anexo del Real Decreto 994/2013, de 13 de diciembre, y siempre que las mismas hayan tenido lugar durante el plazo que establece la presente orden ministerial.
2. Las entidades presentarán una declaración responsable de no hallarse incursas en las prohibiciones señaladas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. No podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades en las que concurran las circunstancias relacionadas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Quinto. Presentación de solicitudes, plazos e instrucción.
Las solicitudes de subvenciones se dirigirán a la Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y su plazo de presentación será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria.{del 11 al 28 de marzo de 2015, a.i. }
La presentación de la solicitud se realizará por vía telemática, así como la documentación complementaria prevista en el Real Decreto 994/2013, de 13 de diciembre, modificado por el Real Decreto 65/2015, de 6 de febrero, y se realizará
conforme al modelo disponible en la página web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, que contendrá el contenido mínimo establecido en el mencionado real decreto. La presentación telemática se hará a través de la sede electrónica de la página web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ( www.magrama.gob.es ), conforme a lo dispuesto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
El órgano instructor del procedimiento será la Subdirección General de Promoción Alimentaria, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 994/2013, de 13 de diciembre.
El plazo de ejecución de las acciones estará de acuerdo con el calendario de realización presentado conforme al artículo 7 del Real Decreto 994/2013, de 13 de diciembre.
El periodo de tiempo de ejecución de las actividades será el comprendido entre los días 2 de enero y 10 de octubre de 2015.
Los restantes plazos a que se refiere el artículo 13 del Real Decreto 994/2013, de 13 de diciembre, serán los siguientes:
El pago de los conceptos del beneficiario a su proveedor, correspondientes a las acciones, tendrá que realizarse a más tardar el 10 de octubre de 2015.
El beneficiario está obligado a presentar ante la Subdirección General de Promoción Alimentaria, no más tarde del 11 de octubre de 2015, los justificantes originales de los gastos realizados y una memoria justificativa, cuyos contenidos mínimos se recogen en el punto 2 del artículo 13 del mencionado real decreto de bases reguladoras. En caso de no entregarlo en el registro del Ministerio de Agricultura Alimentación y Medio Ambiente, el solicitante deberá enviar el mismo día de la presentación, el comprobante de entrada de la documentación en el registro oficial correspondiente por fax al número 91 347 50 86 de la Subdirección General de Promoción Alimentaria

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