Ajuntament de Biar. BASES PLAZA POLICÍA LOCAL OPE 2016
Por Decreto de la Alcaldía nº 445/2016 de 28 de octubre de 2016, se resuelve hacer pública la CONVOCATORIA Y BASES QUE HAN DE REGIR PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE LA PLAZA VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL DE ESTA CORPORACIÓN, CORRESPONDIENTES A LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO DE 2.016 Y QUE A CONTINUACIÓN, SE INDICAN:
Funcionarios de carrera:
Denominación de la Plaza: Agente de Policía Local.
Escala: Administración Especial. Servicios Especiales.
Grupo de clasificación: C (Ley 6/1999, de 19 de abril de la Generalitat Valenciana)
Dedicación: Tiempo completo.
Número de plazas: Una.
Sistema de acceso y selección: Oposición Libre.
Retribuciones: Las consignadas en el Capítulo I. Gastos del Personal.
1.- Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la provisión por el procedimiento de oposición, mediante el sistema de turno libre de una plaza en propiedad de Agente de la Policía Local, vacantes en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento e incluida en la Oferta de Empleo Público correspondientes al 2016 a la plaza convocada, podrán agregarse las vacantes que se produzcan durante la celebración de las pruebas selectivas, dentro de los límites establecidos legalmente.
Funcionarios de carrera:
Denominación de la Plaza: Agente de Policía Local.
Escala: Administración Especial. Servicios Especiales.
Grupo de clasificación: C (Ley 6/1999, de 19 de abril de la Generalitat Valenciana)
Dedicación: Tiempo completo.
Número de plazas: Una.
Sistema de acceso y selección: Oposición Libre.
Retribuciones: Las consignadas en el Capítulo I. Gastos del Personal.
1.- Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la provisión por el procedimiento de oposición, mediante el sistema de turno libre de una plaza en propiedad de Agente de la Policía Local, vacantes en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento e incluida en la Oferta de Empleo Público correspondientes al 2016 a la plaza convocada, podrán agregarse las vacantes que se produzcan durante la celebración de las pruebas selectivas, dentro de los límites establecidos legalmente.
Las plazas están clasificada en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, denominación Policía Local, encuadrada en la Escala Básica, categoría de Agente, correspondiente al grupo C1, de los establecidos en el artículo 76 de la Ley 7/2007.
Dichas plazas están dotada con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo C1 y las complementarias que correspondan, de conformidad con la legislación vigente y la relación de puestos de trabajo aprobada por el Ayuntamiento.
Dichas plazas están dotada con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo C1 y las complementarias que correspondan, de conformidad con la legislación vigente y la relación de puestos de trabajo aprobada por el Ayuntamiento.
3.- Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos referidos al día en que finalice el plazo de admisión de solicitudes y mantenerlos durante el proceso selectivo:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Estar en posesión del título de Bachiller Superior o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias. Se entenderá equivalente el certificado de haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
c) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con los cuadros de exclusiones médicas que se establezcan, y tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres.
d) Tener cumplidos 18 años, sin exceder de la edad de 36 años. A los solos efectos de la edad máxima, se compensará el límite con los servicios prestados anteriormente a la administración local como policía local o auxiliar de policía local.
Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos referidos al día en que finalice el plazo de admisión de solicitudes y mantenerlos durante el proceso selectivo:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Estar en posesión del título de Bachiller Superior o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias. Se entenderá equivalente el certificado de haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
c) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con los cuadros de exclusiones médicas que se establezcan, y tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres.
d) Tener cumplidos 18 años, sin exceder de la edad de 36 años. A los solos efectos de la edad máxima, se compensará el límite con los servicios prestados anteriormente a la administración local como policía local o auxiliar de policía local.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
f) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de las clases B y A que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que no sobrepasen los 25 Kw o una relación potencia/peso no superior a 0,16 Kw/Kg.
f) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de las clases B y A que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que no sobrepasen los 25 Kw o una relación potencia/peso no superior a 0,16 Kw/Kg.
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