Bases Específicas y convocar la Bolsa de Trabajo, para el nombramiento interino de un Ingeniero Técnico de Obras Públicas cuando se de alguno de los supuestos contemplados en el artículo 16 de la Ley 10/2010, de 9 de julio de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.
Del mismo modo se resuelve la publicación integra de las Bases que se transcriben seguidamente:
BASES ESPECIFICAS DE LA CONVOCATORIA DE BOLSA DE TRABAJO DE INGENIERO TÉCNICO DE OBRAS PÚBLICAS. PRIMERA.- Objeto de la convocatoria.
El Ayuntamiento de Ibi anuncia la creación y formación de una Bolsa de Trabajo para el nombramiento interino de un Ingeniero Técnico de Obras Públicas cuando se de alguno de los supuestos contemplados en el artículo 16 de la Ley 10/2010, de 9 de julio de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.
SEGUNDA.- Características de los puestos.
Nº de puestos . . Grupo . . C.Destino . . Categoría . . Naturaleza
1 . . A2 . . 22 . . Ingeniero Técnico de Obras Públicas . . Funcionario
TERCERA.- Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitidos en este proceso, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
Del mismo modo se resuelve la publicación integra de las Bases que se transcriben seguidamente:
BASES ESPECIFICAS DE LA CONVOCATORIA DE BOLSA DE TRABAJO DE INGENIERO TÉCNICO DE OBRAS PÚBLICAS. PRIMERA.- Objeto de la convocatoria.
El Ayuntamiento de Ibi anuncia la creación y formación de una Bolsa de Trabajo para el nombramiento interino de un Ingeniero Técnico de Obras Públicas cuando se de alguno de los supuestos contemplados en el artículo 16 de la Ley 10/2010, de 9 de julio de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.
SEGUNDA.- Características de los puestos.
Nº de puestos . . Grupo . . C.Destino . . Categoría . . Naturaleza
1 . . A2 . . 22 . . Ingeniero Técnico de Obras Públicas . . Funcionario
TERCERA.- Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitidos en este proceso, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o la de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea.
Igualmente podrán participar los aspirantes de cualquier nacionalidad, cónyuge de español/a o de nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho; así como sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
Asimismo podrán participar las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Igualmente podrán participar los extranjeros con residencia legal en España.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
Igualmente podrán participar los aspirantes de cualquier nacionalidad, cónyuge de español/a o de nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho; así como sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
Asimismo podrán participar las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Igualmente podrán participar los extranjeros con residencia legal en España.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión al menos de la titulación académica de Ingeniero Técnico de Obras Públicas o equivalente.
e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
f) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
d) Estar en posesión al menos de la titulación académica de Ingeniero Técnico de Obras Públicas o equivalente.
e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
f) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
CUARTA.- Publicidad de la convocatoria, solicitudes y admisión de aspirantes.
Los interesados en formar parte de la Bolsa de Trabajo podrán solicitarlo mediante instancia dirigida a la Alcaldía-Presidencia, Departamento de Recursos Humanos, en la que manifestaran que reúnen todos los requisitos y condiciones exigidos en la base tercera.
La instancia podrá ser presentada en el Registro General de la Casa Consistorial, o mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cuando se utilice otro medio de presentación de las instancias distinto al Registro General del Ayuntamiento, deberá remitirse por fax copia integra de la documentación presentada, a la atención del Departamento de RRHH (Nº Fax : 965552935). Aquellas solicitudes presentadas por esta modalidad de las que el Departamento de Personal no disponga copia por fax a la fecha de realización de la primera prueba, no serán incorporadas a la Bolsa de Trabajo.
A la instancia se acompañará únicamente una fotocopia del D.N.I. y de la titulación exigida en la convocatoria, y se relacionarán todos aquellos méritos que por el aspirante se considere oportuno para su valoración en la fase de concurso, sin que pueda aportarse copia alguna junto con la instancia.
Sólo será tomada en consideración la relación de la documentación presentada dentro del plazo de presentación de solicitudes para participar en este proceso selectivo, siendo excluidos definitivamente quienes no la presenten en dicho plazo.
En el supuesto de que por el aspirante no se aporte copia de la documentación para su valoración, cuando le sea requerida por el tribunal, será motivo de exclusión definitiva.
El anuncio de la convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, tablón de anuncios del Ayuntamiento de Ibi y en la página web del Ayuntamiento de Ibi (www.ibi.es). Las bases íntegras se podrán consultar en el tablón de anuncios y la pagina web del Ayuntamiento de Ibi.
Los sucesivos anuncios derivados de esta convocatoria se publicarán únicamente en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Ibi.
Los interesados en formar parte de la Bolsa de Trabajo podrán solicitarlo mediante instancia dirigida a la Alcaldía-Presidencia, Departamento de Recursos Humanos, en la que manifestaran que reúnen todos los requisitos y condiciones exigidos en la base tercera.
La instancia podrá ser presentada en el Registro General de la Casa Consistorial, o mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cuando se utilice otro medio de presentación de las instancias distinto al Registro General del Ayuntamiento, deberá remitirse por fax copia integra de la documentación presentada, a la atención del Departamento de RRHH (Nº Fax : 965552935). Aquellas solicitudes presentadas por esta modalidad de las que el Departamento de Personal no disponga copia por fax a la fecha de realización de la primera prueba, no serán incorporadas a la Bolsa de Trabajo.
A la instancia se acompañará únicamente una fotocopia del D.N.I. y de la titulación exigida en la convocatoria, y se relacionarán todos aquellos méritos que por el aspirante se considere oportuno para su valoración en la fase de concurso, sin que pueda aportarse copia alguna junto con la instancia.
Sólo será tomada en consideración la relación de la documentación presentada dentro del plazo de presentación de solicitudes para participar en este proceso selectivo, siendo excluidos definitivamente quienes no la presenten en dicho plazo.
En el supuesto de que por el aspirante no se aporte copia de la documentación para su valoración, cuando le sea requerida por el tribunal, será motivo de exclusión definitiva.
El anuncio de la convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, tablón de anuncios del Ayuntamiento de Ibi y en la página web del Ayuntamiento de Ibi (www.ibi.es). Las bases íntegras se podrán consultar en el tablón de anuncios y la pagina web del Ayuntamiento de Ibi.
Los sucesivos anuncios derivados de esta convocatoria se publicarán únicamente en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Ibi.
El plazo de presentación de instancias, junto con la documentación oportuna, será de diez días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante. {del 12 al 25 de noviembre de 2016, a.i.}
Finalizada la presentación de instancias se publicará la lista provisional de admitidos y excluidos en el tablón de anuncios y la página web municipal, concediéndose un plazo de tres días hábiles desde la publicación en el tablón de anuncios, para que se presenten las reclamaciones que se estimen oportunas. Si no se presentan reclamaciones, la lista provisional quedará elevada a definitiva.
Finalizada la presentación de instancias se publicará la lista provisional de admitidos y excluidos en el tablón de anuncios y la página web municipal, concediéndose un plazo de tres días hábiles desde la publicación en el tablón de anuncios, para que se presenten las reclamaciones que se estimen oportunas. Si no se presentan reclamaciones, la lista provisional quedará elevada a definitiva.
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