Resolución de 5 de abril de 2017, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se publica la Resolución de 6 de marzo de 2017, del Consejo de Administración, por la que se establecen las bases reguladoras de la segunda convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de cambio modal y uso más eficiente de los modos de transporte.
Bases reguladoras de la segunda convocatoria del Programa de ayudas para actuaciones de cambio modal y uso más eficiente de los modos de transporte
Primera. Objeto.
Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de ayudas correspondientes a la segunda convocatoria del programa de ayudas de referencia (en adelante Programa), cuya finalidad es incentivar y promover la realización de actuaciones en el sector del transporte que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono, mediante la ejecución de proyectos de ahorro y eficiencia energética, contribuyendo a alcanzar con ello los objetivos de reducción del consumo de energía final que fija la Directiva 2012/27/UE, conforme a las condiciones establecidas por las presentes bases y, en caso de cofinanciación FEDER, así mismo conforme a las normas que rijan el Programa Operativo FEDER de Crecimiento Sostenible 2014-2020.
Tipología de actuaciones acogidas al Programa.
1. Para poder acogerse al Programa, las actuaciones susceptibles de ayuda habrán de conseguir una reducción de las emisiones de dióxido de carbono y del consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética con respecto a la situación inicial y cumplir con las condiciones establecidas por las presentes bases.
2. Las actuaciones de ahorro y eficiencia energética deberán cumplir con los requisitos esenciales que se establecen en el anexo I y deben encuadrarse en una o varias de las tipologías siguientes:
1) Planes de transporte sostenible al centro de trabajo.
2) Gestión de flotas de vehículos de transporte de mercancías y viajeros por carretera y de flotas de vehículos de servicios.
3) Cursos de conducción eficiente para conductores de vehículos industriales.
3. Las actuaciones deberán cumplir con la normativa vigente que les sea de aplicación, así como contar con las preceptivas licencias y autorizaciones administrativas en el caso de que la actuación lo requiera.
Beneficiarios.
1. Podrán ser beneficiarios de la medida 1 del anexo I (Planes de transporte sostenible al centro de trabajo) los empresarios o entidades, personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, que de forma individual, o conjuntamente con otras, implanten para sus propias dependencias o centros, planes de transporte sostenible al centro de trabajo.
2. Podrán ser beneficiarios de la medida 2 del anexo I (Gestión de flotas de transporte por carretera) los empresarios o entidades, personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, que cuenten con una flota de, al menos, cuatro (4) vehículos.
3. Podrán ser beneficiarios de la medida 3 del anexo I (Cursos de conducción eficiente para conductores de vehículos industriales) las siguientes personas o entidades:
a) Los empresarios o entidades, personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada, que tengan como actividad principal la formación de conductores o competencias en la regulación de la formación de conductores.
b) Las asociaciones o agrupaciones empresariales del sector de la enseñanza de la conducción.
c) Las empresas, asociaciones o agrupaciones empresariales del sector del transporte profesional por carretera. Otras asociaciones o empresas del sector de la automoción que realicen actividades de formación en conducción eficiente.
Plazos de presentación y vigencia del programa.
Los plazos de presentación de solicitudes y vigencia del programa serán los establecidos en la convocatoria que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
Presentación de solicitudes y documentación.
1. Las solicitudes para la participación en el presente programa se efectuarán de manera telemática a través de la aplicación que estará disponible en la dirección de internet del IDAE (www.idae.es).
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ANEXO I
Descripción de las actuaciones elegibles
Medida 1. Planes de transporte sostenible al centro de trabajo
1. Objetivo
La implantación de planes de transporte sostenible al centro de trabajo (PTT) tiene como objetivo actuar sobre la movilidad de los trabajadores y clientes de las empresas, en su acceso al centro de trabajo o área empresarial, para conseguir una mayor participación de los modos más eficientes, en detrimento de la utilización del vehículo privado con baja ocupación.
Medida 2. Gestión de flotas de transporte de mercancías y viajeros por carretera y de flotas de vehículos de servicios
1. Objetivo
Mejorar la gestión de las flotas de vehículos de transporte de mercancías y viajeros por carretera y de flotas de vehículos de servicios, para conseguir reducir el consumo energético específico por pasajero-kilómetro y por tonelada-kilómetro transportada.
Medida 3. Cursos de conducción eficiente para conductores de vehículos industriales
1. Objetivo
Reducir el consumo de combustible de los vehículos industriales de transporte de viajeros (más de 9 pasajeros) y mercancías (más de 3.500 kg de MMA) mediante la formación, en técnicas de conducción eficiente de conductores profesionales.
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