Diputació d'Alacant. EXTRACTO DECRETO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS Y E.A.T.I.M. PARA LA ELABORACIÓN Y EVALUACIÓN DE PLANES DE IGUALDAD DE GÉNERO.
BDNS(Identif.):342085
Extracto del Decreto de la Sra. Diputada de Familia y Ciudadanía núm. 10186 de fecha 6 de abril de 2017, por el que se convocan subvenciones a Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al municipio (E.A.T.I.M.) de la provincia de Alicante para la elaboración y evaluación de Planes de Igualdad de género, anualidad 2017.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index:
Primero. Beneficiarios:
Podrán concurrir a la presente convocatoria aquellos Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al municipio (E.A.T.I.M.) que pertenezcan a la provincia de Alicante.
Segundo. Objeto:
Serán subvencionables los proyectos que tengan como finalidad:
4.1.- La elaboración de un plan de igualdad de género, ya sea por vez primera o se trate de un segundo o posterior plan.
A efectos de esta convocatoria, se entiende por elaboración todos aquellos trabajos destinados a:
· la confección de un diagnóstico previo incluyendo aquí todo lo relativo a la recogida de información, cumplimentación de encuestas para evaluar la situación de partida en materia de igualdad, análisis de situación y contexto social, formación previa para la elaboración del plan, etc.;
· la propia redacción del plan;
· el diseño, impresión y edición del plan.
4.2.- La evaluación externa del plan de igualdad, ya se trate de una evaluación intermedia como de una evaluación a la finalización de la vigencia del mismo, en el que se detalle el grado de cumplimiento y los resultados según las líneas estratégicas o acciones contempladas.
Cuarto. Cuantía: Las subvenciones previstas en la presente Convocatoria se concederán con cargo a los créditos consignados en la aplicación 23.2318.4620100, del Presupuesto Provincial para el ejercicio 2017 por una cuantía máxima de CUARENTA Y NUEVE MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE EUROS CON CINCUENTA CÉNTIMOS (49.187,50 €, pudiendo alcanzar hasta el 100% de la cantidad solicitada como subvención, sin que en ningún caso pueda, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, superar el coste de la actividad a desarrollar por la Entidad local beneficiaria, con el límite de 3.000 euros por entidad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de las solicitudes y demás documentación será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.),[Nº 72 de 12/04/2017] {del 13 de abril al 9 de mayo de 2017, a.i.} por conducto de la Base Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la Convocatoria y la información requerida para su publicación. En caso de que el último día del plazo fuese inhábil, éste se entenderá prorrogado al siguiente día hábil.
Extracto del Decreto de la Sra. Diputada de Familia y Ciudadanía núm. 10186 de fecha 6 de abril de 2017, por el que se convocan subvenciones a Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al municipio (E.A.T.I.M.) de la provincia de Alicante para la elaboración y evaluación de Planes de Igualdad de género, anualidad 2017.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index:
Primero. Beneficiarios:
Podrán concurrir a la presente convocatoria aquellos Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al municipio (E.A.T.I.M.) que pertenezcan a la provincia de Alicante.
Segundo. Objeto:
Serán subvencionables los proyectos que tengan como finalidad:
4.1.- La elaboración de un plan de igualdad de género, ya sea por vez primera o se trate de un segundo o posterior plan.
A efectos de esta convocatoria, se entiende por elaboración todos aquellos trabajos destinados a:
· la confección de un diagnóstico previo incluyendo aquí todo lo relativo a la recogida de información, cumplimentación de encuestas para evaluar la situación de partida en materia de igualdad, análisis de situación y contexto social, formación previa para la elaboración del plan, etc.;
· la propia redacción del plan;
· el diseño, impresión y edición del plan.
4.2.- La evaluación externa del plan de igualdad, ya se trate de una evaluación intermedia como de una evaluación a la finalización de la vigencia del mismo, en el que se detalle el grado de cumplimiento y los resultados según las líneas estratégicas o acciones contempladas.
Cuarto. Cuantía: Las subvenciones previstas en la presente Convocatoria se concederán con cargo a los créditos consignados en la aplicación 23.2318.4620100, del Presupuesto Provincial para el ejercicio 2017 por una cuantía máxima de CUARENTA Y NUEVE MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE EUROS CON CINCUENTA CÉNTIMOS (49.187,50 €, pudiendo alcanzar hasta el 100% de la cantidad solicitada como subvención, sin que en ningún caso pueda, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, superar el coste de la actividad a desarrollar por la Entidad local beneficiaria, con el límite de 3.000 euros por entidad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de las solicitudes y demás documentación será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.),[Nº 72 de 12/04/2017] {del 13 de abril al 9 de mayo de 2017, a.i.} por conducto de la Base Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la Convocatoria y la información requerida para su publicación. En caso de que el último día del plazo fuese inhábil, éste se entenderá prorrogado al siguiente día hábil.
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