El artículo 9.5 del Real Decreto 877/2011, de 24 de
junio, sobre reglas y estándares comunes para las organizaciones de
inspección y reconocimiento de buques y para las actividades
correspondientes de la Administración marítima prescribe que La
Dirección General de la Marina Mercante ordenará, periódicamente, la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la lista de
organizaciones autorizadas.
Hasta la fecha, hay seis de estas organizaciones
que han obtenido resolución favorable a su solicitud de autorización,
emitida por la Secretaría General de Transportes del Ministerio de
Fomento.
Por lo anterior, esta Dirección General ha resuelto:
Primero.
Comunicar que las organizaciones autorizadas por
la Administración española para realizar las tareas especificadas en el
artículo seis del Real Decreto 877/2011 citado son las siguientes:
– Bureau Veritas (BV).
– China Classification Society (CCS).
– Det norske Veritas-Germanischer Lloyd, AS (DnV-GL).
– Korean Register (KR).
– Lloyd´s Register of Shipping (LR).
– Registro Italiano Navale (RINA).
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