miércoles, 19 de abril de 2017

bolsa de trabajo de Agente de la Policía Local, (C1). Ayuntamiento de Benisanó (Camp de Turia-València)

EDICTO
BASES ESPECÍFICAS PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA CUBRIR INTERINAMENTE, PUESTOS DE TRABAJO EN EL CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL DE BENISSANÓ, ESCALA BÁSICA, CATEGORÍA DE AGENTE. 
Bases de la convocatoria para constituir una bolsa de trabajo en el Cuerpo de Policía Local, Escala Básica, Categoría de Agente, de conformidad con lo dispuesto en Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 7/1985 de 2 abril, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 16 de abril, Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas aprobada por Ley 39/2015, de 1 octubre, la Ley 6/1999, de 19 de abril, de Policías Locales y Coordinación de las Policías Locales de la Comunitat Valenciana. Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana y resto de legislación aplicable. 
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El objeto de la presente convocatoria es la constitución de una bolsa de trabajo para hacer frente a las necesidades coyunturales que pudieran surgir en el Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Benissanó respecto de la categoría de Agente (Escala Básica). 
Mediante la integración de los aspirantes en la Bolsa de Trabajo, y en atención al orden de puntuación alcanzado en el proceso selectivo, se procederá por el Ayuntamiento de Benissanó a realizar los nombramientos interinos en función de las necesidades del servicio. 
La aprobación de las presentes bases implica la derogación de cualesquiera otras bolsas de trabajo existentes con anterioridad. Asimismo éstas bases permanecerán vigentes hasta su derogación expresa. El orden de prelación de aspirantes quedará determinado mediante el sistema de oposición. 
2. CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitidos en el proceso de selección, los/las aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias: 
a) Tener la nacionalidad española
b) Estar en posesión del título de Bachiller Superior o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.  
c) Aportar certificado médico en el que quede acreditado el estado de salud. En el certificado se hará constar expresamente que el aspirante no padece ninguno de los motivos de exclusión fijados en la normativa vigente (Orden de 23.11.2005, publicada en el DOCV de núm. 5148 de 02.12.2005), y tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres. Asimismo se hará constar expresamente en el certificado médico que el aspirante reúne la capacidad y estado de salud adecuados para poder participar en las pruebas físicas exigidas en estas bases; así como que no se encuentren impedido o incapacitado para el acceso a la función pública. La falta de presentación de dicho certificado médico excluirá a los aspirantes de participar en el proceso de selección que se convoca  
d) Tener cumplidos dieciocho años, A los solos efectos de la edad máxima, se compensará el límite con los servicios prestados anteriormente a la administración Local como policía local o auxiliar de Policía Local  
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.  
f) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de vehículos de las clases B y A ó A2. 
 g) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos o tenerlos cancelados 
3. PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS Y DOCUMENTACIÓN. Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán a la Sra. Alcaldesa Presidenta de este Ayuntamiento, pudiendo utilizarse la instancia modelo que facilitará la oficina de información municipal. 
Las instancias se presentarán en el Registro General o en la forma que determina el artículo en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria, en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.  [BOP-V num 74 de 19 de abril de 2017] {del 20 de abril al 18 de mayo de 2017, a.i.}
Junto a la instancia de participación, los aspirantes deberán aportar toda la documentación acreditativa del cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos que se exigen para participar en el proceso de selección. 
En concreto, la siguiente: 
• Documento Nacional de Identidad (copia compulsada). 
• Titulación académica (original o copia debidamente compulsada). 
• Certificado médico en el que quede acreditado el estado de salud. En el certificado se hará constar expresamente que el aspirante no padece ninguno de los motivos de exclusión fijados en la Orden de 23 de noviembre de 2005, publicada en el DOCV núm. 5148 de 02.12.2005. Asimismo se hará constar expresamente en el certificado médico que el aspirante reúne la capacidad y estado de salud adecuados para poder participar en las pruebas físicas exigidas en estas bases; así como que no se encuentren impedido o incapacitado para el acceso a la función pública. La falta de presentación de dicho certificado médico excluirá a los aspirantes de participar en el proceso de selección que se convoca. 
• Documentación acreditativa de estar en posesión de los permisos de circulación que se exigen. 
• En el supuesto de solicitar la exención de realización de las pruebas psicotécnicas deberá aportarse certificación expedida por funcionario competente, en la que conste la superación de las pruebas psicotécnicas en un plazo de tiempo no superior a 18 meses, a contar hasta el día en que finalice el plazo de presentación de instancias, debiendo constar expresamente que las pruebas psicotécnicas superadas se ajustas a las exigencias recogidas en el Anexo III de la Orden de 23 de noviembre de 2005, de la Consellería de Justicia, Interior y Administraciones públicas, y se corresponden con las aprobadas por el IVASP, 
• En el supuesto de desear la realización de los ejercicios teóricos en valenciano, el aspirante deberá hacerlo constar expresamente en su instancia, de no hacerlo se entiende que acepta la realización de estos ejercicios en castellano. 
 • Certificado negativo de antecedente penales o de su cancelación. 
• Igualmente, se deberán aportar el justificante de haber ingresado en la Caja Municipal, mediante resguardo de abono, los derechos de examen, fijados pr la ordenanza fiscal vigente en 157,47 euros. Los citados derechos de examen sólo serán devueltos a quienes no sean admitidos al procedimiento selectivo, por falta de alguno de los requisitos exigidos para tomar parte en el mismo. 
Los datos bancarios necesarios para efectuar el ingreso son: CAJAMAR ES10 3058 7044 4627 3200 0014

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia