miércoles, 5 de abril de 2017

Bolsa de trabajo de Agente de Igualdad (A2). Ayuntamiento de Aspe. (Vinalopo Mitjà-Alacant)

“BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CREACIÓN Y CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA TEMPORAL SUBVENCIONADO POR LA GENERALITAT VALENCIANA DE RED DE AGENTES DE IGUALDAD, CORRESPONDIENTE AL AGENTE DE IGUALDAD DE ASPE.
 PRIMERA.- OBJETO DE LA OFERTA DE EMPLEO.
El objeto de la presente convocatoria es la selección y provisión temporal del programa correspondiente a la red de Agentes de Igualdad y constitución de una bolsa de empleo en base a la subvención de la Consellería de Igualdad y Políticas Inclusivas a fin de realizar las funciones de asesoramiento especializado a mujeres y promoción del principio de igualdad en las políticas públicas.
SEGUNDA.- CARACTERISTICAS Y FUNCIONES DEL PUESTO.
Las características del puesto de trabajo asociado al programa son las siguientes:
Denominación del puesto de trabajo: Agente de Igualdad.
Grupo: A2.
Nivel de complemento: 24.
Complemento específico: 7.100,98€ dividido en 12 mensualidades, a lo que se adicionará el complemento correspondiente a las pagas extras.
Plazo del nombramiento: Hasta el 31 de diciembre de 2017, de conformidad con lo previsto en el art. 16. 2. c) de la ley 10/2010 de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, el nombramiento podrá ser objeto de prórrogas anuales, siempre que el programa esté vigente hasta un plazo máximo de cuatro años, incluido el inicial.
Sistema selectivo: Concurso - Oposición.
Titulaciones válidas: Diplomatura o Grado universitario, o superior.
Formación adicional necesaria para optar al puesto: Una formación mínima de 250 horas en perspectiva de género y políticas de igualdad de oportunidades realizadas en un mismo curso y certificada por un organismo público.
Las funciones a desarrollar por el o la agente de igualdad serán, como mínimo las siguientes:
...
CUARTA.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES.
Para ser admitidas al proceso de selección para formar parte de la Bolsa, quienes aspiren a la plaza deberán reunir los siguientes requisitos:
- Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del RDLeg 5/2015 por el que se aprueba el TREBEP o la de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea en términos que establece la Ley 17/1993, de 23 de diciembre. En aquellos casos de personas extranjeras cuya nacionalidad no esté comprendida entre los Estados miembros de la Unión Europea, les será de aplicación lo establecido en la Ley 4/2000.
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
- Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
- Estar en posesión de título universitario de Diplomatura, Licenciatura o Grado, o haber finalizado los estudios y abonado los derechos correspondientes para su obtención.
- Tener formación especializada en postgrado en género y políticas de igualdad, con un mínimo de 250 horas.
- No haber sido separado/a del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionariado, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a.
- En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los términos al acceso al empleo público.
Se garantiza la igualdad de condiciones a personas con discapacidad conforme a lo establecido en los artículos 55.2 y 55.3 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat Valenciana, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.
Las personas con discapacidad podrán participar en los procedimientos selectivos en igualdad de condiciones que el resto de aspirantes, siempre y cuando puedan acreditar el grado de discapacidad, así como la compatibilidad con el desempeño de las funciones y tareas genéricas consustanciales a las mismas.
El Ayuntamiento, cuando sea necesario, adoptará medidas adecuadas en el procedimiento selectivo que garanticen la participación de los/las aspirantes con discapacidades en condiciones de igualdad mediante las adaptaciones y ajustes razonables de tiempo y medios. A estos efectos los aspirantes lo harán constar en la solicitud de participación en la bolsa, con la propuesta de la adaptación solicitada, en este caso antes de la celebración de la prueba será resuelta la solicitud por el órgano de selección, debiendo motivar expresamente la denegación o modificación en su caso de la adaptación solicitada.
QUINTA.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.
Las bases específicas de la presente convocatoria se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y en la página web municipal, www.aspe.es (sección de selección de personal).
Las personas interesadas tendrán a su disposición el modelo normalizado de solicitud en el Registro General y en la página web municipal www.aspe.es.
Las instancias se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento (Plaza Mayor, 1 – 03680 Aspe) o a través de cualquier medio previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de instancias será de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el B.O.P. de la Provincia de Alicante [Nº 66 de 04/04/2017] {del 5 al 21 de abril de 2017, a.i.}, debiendo figurar en la misma un teléfono móvil de contacto, y acompañando los siguientes documentos:
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, o documento equivalente acreditativo de la identidad de la persona aspirante a los efectos de acreditar los requisitos de edad y nacionalidad.
- Fotocopia de la titulación académica exigible para la convocatoria, o justificante de haber pagado los derechos de expedición, sin perjuicio de su posterior presentación que les habilita para el desempeño de la plaza solicitada.
- Fotocopia de la formación especializada en postgrado en género y políticas de igualdad con un mínimo de 250 horas.
No se abonarán derechos de examen al no encontrarse dentro del hecho imponible de la Ordenanza Fiscal.

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