sábado, 8 de abril de 2017

bolsa de trabajo de Auxiliares Administrativos/as de Administración General, con carácter interino, Subgrupo C2 Ayuntamiento de Torres Torres (Camp de Morvedre-València)

ANUNCIO
Se pretende ocupar la plaza, del correspondiente  puesto de trabajo recogida en la Relación de Puestos de trabajo, ocupada por funcionario, quedando vacante por jubilación, por lo que se podrá cubrir por funcionario interino,  ...
BASES ESPECIFICAS QUE RIGEN LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL NOMBRAMIENTO DE  FUNCIONARIO INTERINO  Y CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE TRABAJO TEMPORAL
Primera.- Objeto El objeto de las presentes Bases es establecer las normas por las que se regirá el proceso de selección de personal funcionario interino al servicio de esta Corporación.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes 1.- Para tomar parte en el procedimiento selectivo que se convoca, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, o de cualquier  Estado miembro de la Unión Europea, conforme establece el Art 57 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Publico5/2015 de 30 de octubre
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión del título de educación secundaria obligatoria, o estar en condiciones de obtenerla en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. La titulación se acreditará mediante la expedición de los títulos correspondientes por la autoridad académica competente. Podrá autorizarse expresamente al Ayuntamiento de Torres Torres por la persona interesada para que obtenga la información a través de la plataforma de interoperabilidad con el organismo competente. En el caso de equivalencia de títulos corresponderá a la persona interesada la acreditación de la homologación de la titulación correspondiente.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario.
2.- Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo y hasta el momento, en su caso, de la toma de posesión Tercera.- Acceso en igualdad de condiciones.
En los procedimientos selectivos que se convoquen serán admitidas las personas discapacitadas en igualdad de condiciones que los demás aspirantes, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, y correlativamente en los artículos 55 y 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así como en los artículo 55. 3 de la Ley10/2010, de 9 de julio, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana y Decreto 3/2017, de 13 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana
Quienes concurran al procedimiento selectivo con alguna discapacidad reconocida deberán presentar certificación de la Conselleria competente, u órgano competente de otras Comunidades Autónomas o de la Administración del Estado, que acrediten tal condición, así como su capacidad para desempeñar las tareas correspondientes a las plazas objeto de la convocatoria. El tribunal establecerá, para las personas con discapacidad que así lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para la realización de prueba. A tal efecto los interesados deberán presentar la petición correspondiente en la solicitud de participación en la convocatoria.
Cuarta.- Solicitudes: forma y plazo de presentación 1.- Forma: Quienes deseen tomar parte en las correspondientes convocatorias podrán utilizar la instancia modelo que se encuentra en el Anexo I, también se facilitará por el Ayuntamiento de Torres Torres en las Oficinas municipales y en su página   web www.torrestorres.es
Las instancias se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación, debiéndose presentar dentro del horario correspondiente en el Registro General del Ayuntamiento sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
2.-Documentación que debe adjuntarse a la solicitud:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte.
b) Acreditar  el título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
c) Documento acreditativo de haber ingresado 20 €  en concepto de derechos de examen tal y como establece La Ordenanza fiscal reguladora de derecho de exámenes, el pago de la tasa se hará efectivo en los siguientes números de cuenta:
Cuenta Bankia: ES28 2038 6508 2664 00000 889
Cuenta BBVA: ES13 0182 5941 4902 0046 2465
3.-Plazo de presentación: 1.- El plazo de presentación de instancias será de 10 días hábiles contados a  partir del siguiente a la publicación de las Bases específicas en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia. {del 8 al 26 de abril de 2017, a.i.}

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