... aprobar las Bases Específicas y convocar la
Bolsa de Trabajo de Educador
Social,
para la contratación de trabajadores cuando se de a
lguno de los supuestos
contemplados en las Bases específicas de dicha Bolsa de Trabajo.
Del mismo modo se resuelve
la publicación integra de las Bases que se
transcriben seguidamente:
BASES ESPECIFICAS DE LA CONVOCATORIA DE BOLSA DE TRABAJO PARA
CUBRIR PUESTO DE TRABAJO DE EDUCADOR SOCIAL.
PRIMERA.- Objeto de la convocatoria.
El Ayuntamiento de Ibi anuncia la creación y formación de una Bolsa de
Trabajo de Educador Social con destino en el Área de Servicios Sociales.
SEGUNDA.- Características de los puestos.
Número
Puestos -
Grupo A2
C.
Destino
20
Categoría Educador Social
Naturaleza
Funcionario
TERCERA.- Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitidos en este proceso, los aspirantes
deberán reunir los
siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o la de uno de los restantes Estados
miembros de la Unión Europea.
Igualmente podrán participar los aspirantes de cualquier nacionalidad, cónyuge
de español/a o de nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea, siempre que
no estén separados de derecho; así como sus descendientes y los de su cónyuge
siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o
mayores de dicha edad dependientes.
Asimismo podrán participar las personas incluidas
en el ámbito de aplicación
de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por
España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Igualmente podrán participar los extranjeros con residencia legal en España.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas.
c) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión al menos de la titulación académica de Diplomado
universitario en Educación Social, o título de Grado correspondiente.
e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las
correspondientes funciones.
f) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al
cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que
desempeñaban en el caso del personal laboral, en el
que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
CUARTA.- Publicidad de la convocatoria, solicitudes y admisión de
aspirantes.
Los interesados en formar parte de la Bolsa de Trabajo podrán solicitarlo
mediante instancia dirigida a la Alcaldía-Presidencia, Departamento de Recursos
Humanos, en la que manifestaran que reúnen todos los requisitos y condiciones
exigidos en la base tercera.
La instancia podrá ser presentada en el Registro General de la Casa
Consistorial, o mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. En el caso de presentar
la solicitud por cualquiera de las
formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, deberá remitirse copia de la
documentación presentada por correo electrónico a la dirección personal@ibi.es, con
el fin de poder realizar el seguimiento de las solicitudes presentadas en otras
administraciones, y evitar posibles exclusiones.
A la instancia solo se acompañará una fotocopia del D.N.I. y de la titulación
exigida en la convocatoria.
Igualmente se relacinar
an todos aquellos méritos que por el
aspirante se considere oportuno para su valoración
en la fase de concurso, sin que
pueda aportarse copia alguna junto con la instancia
.
Cuando por el tribunal se requiera que el aporte de la documentación
acreditativa de estar en posesión de la titulación
exigida para tomar parte en la
convocatoría, o la documentación que acredite los méritos relacionados en la solicitud,
y por el aspirante no se aporte en el plazo concedido al efecto, se procederá a la
exclusión definitiva del aspirante.
El anuncio de la convocatoria se publicara en el Boletín Oficial de la Provincia
de Alicante, tablón de anuncios del Ayuntamiento de
Ibi y en la página web del
Ayuntamiento de Ibi (
www.ibi.es
). Las bases integras se podrán consultar en el tablón
de anuncios y la pagina web del Ayuntamiento de Ibi
.
Los sucesivos anuncios derivados de esta convocatoria se publicarán
unicamente en el tablón de anuncios y la pagina web
del Ayuntamiento de Ibi.
El plazo de presentación de instancias, junto con
la documentación oportuna,
será de diez días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto de
las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.[Nº 66 de 04/04/2017] {del 5 al 21 de abril de 2017, a.i.}
Finalizada la presentación de instancias se publicará la lista provisional de
admitidos y excluidos en el tablón de anuncios y la
página web municipal,
concediéndose un plazo de tres días hábiles desde la publicación en el tablón de
anuncios, para que se presenten las reclamaciones que se estimen oportunas. Si no
se presentan reclamaciones, la lista provisional quedará elevada a definitiva.
El modelo de instancia estará disponible en las oficinas de este Ayuntamiento y
en la pagina web:
www.ibi.es
, igualmente los interesados podrán solicitar su re
misión
al e-mail:
personal@ibi.es
.
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