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lunes, 16 de febrero de 2015

16 becas «Culturex» de formación práctica para jóvenes españoles en el exterior, en instituciones culturales y en oficinas culturales y comerciales de las embajadas de España en tres modalidades.

1. Convocatoria. Mediante la presente resolución se convocan para el año 2015, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad, no discriminación y publicidad un total de 16 becas Culturex de formación práctica para jóvenes españoles en el exterior, en instituciones culturales y en oficinas culturales y comerciales de las embajadas de España en tres modalidades.
3. Finalidad, modalidades y duración.1. La finalidad de estas becas es contribuir a la formación y especialización de jóvenes profesionales españoles en gestión y programación cultural en diversos ámbitos mediante estancias formativas en el exterior.
2. Modalidades y destinos:
– Modalidad A. Becas con destino en Instituciones culturales de excelencia: 9 becas.
a) BOZAR, Palais des Beaux-Arts (Bruselas).
b) Centre Pompidou (París).
c) Frankfurter Buchmesse (Frankfurt).
d) Fundação de Serralves (Oporto).
e) HAY Festival of Literature & The Arts (Londres).
f) Jeu De Paume (París).
g) National Gallery of Art (Washington).
h) Real Academia de España en Roma.
i) Tate Modern (Londres).
– Modalidad B. Becas con destino en embajadas y consulados de España: 4 becas.
a) Embajada de España en Londres.
b) Embajada de España en Seúl.
c) Representación Permanente de España ante la U.E. (Bruselas).
d) Representación Permanente de España ante la UNESCO (Paris).
– Modalidad C. Becas con destino en Oficinas Económicas y Comerciales: 3 becas.
a) Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Los Ángeles (EEUU).
b) Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Miami (EEUU).
c) Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Sao Paulo (Brasil).
3. El periodo de disfrute de las becas será desde el 1 de junio hasta el 30 de diciembre de 2015. Si la duración fuese inferior a la establecida implicará una reducción económica proporcional.
4. Los beneficiarios que llevaran a cabo un programa de actividades prácticas contarán con la orientación, formación y seguimiento de un tutor perteneciente a la institución de acogida correspondiente.
5. La concesión y disfrute de estas becas no supone establecimiento de relación contractual o estatutaria alguna, ni supondrá vinculación laboral o funcionarial entre el becario y el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, ni entre el becario y la Institución de acogida. Asimismo no podrá simultanearse con cualquier otro contrato, ayuda o beca concedidas o en tramitación para la misma finalidad, con cargo al mismo presupuesto del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y sus organismos o de cualesquiera otras administraciones o entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras.
4. Requisitos de los solicitantes.1. Tener la nacionalidad española.
2. Estar en posesión de la titulación académica oficial de Licenciatura o Grado universitario. Los títulos extranjeros o los expedidos en centros españoles privados deberán estar homologados por el Ministerio de Educación español en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
3. Estar en posesión de una titulación de posgrado preferentemente en áreas afines a la gestión cultural.
4. Idiomas:
a) Destinos de habla oficial inglesa: Estar en posesión del Nivel equivalente o superior al B2 del Marco Común Europeo de Referencia (en adelante MECR), del idioma inglés
b) Destinos de habla oficial no inglesa: Estar en posesión del Nivel equivalente o superior al B2 del MECR del idioma del país de destino, y del Nivel equivalente o superior al B1 del idioma inglés.
Los certificados acreditativos de los idiomas deberán indicar expresamente el nivel que corresponda (B1, B2, C1...)
5. No haber superado los 35 años de edad, en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
6. No haber sido beneficiario de una beca de los programas Culturex y/o Becas FormARTE, en anteriores convocatorias, ni haber disfrutado en los tres años anteriores al de esta convocatoria de una beca pública para una finalidad similar, en concreto las concedidas por ICEX, MAEC-AECI, etc.
7. Quedan excluidos los funcionarios en activo en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
8. No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas en quienes concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en lo sucesivo LGS)
9. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no ser deudor por resolución de procedencia de reintegro de subvenciones.
5. Requisitos de la solicitud. 1. La solicitud deberá ajustarse al modelo que se publica como Anexo de la presente resolución. Este modelo también podrá obtenerse en la página Web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte: http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo/cultura/becas-ayudas-y-subvenciones/becas.html  (en lo sucesivo Web del MECD) Las solicitudes deberán ser cumplimentadas en español, en todos sus apartados, y de forma verídica. Los datos no aportados no serán tenidos en cuenta a efectos de valoración.
2. La documentación justificativa de los méritos alegados en la solicitud, y que se relaciona en el Artículo 8, deberá presentarse únicamente en el caso de ser requerida por el órgano instructor del procedimiento durante el proceso de selección a petición de la Comisión de Valoración.
3. Cada solicitante solo podrá presentar una solicitud y solo podrá seleccionar –como máximo– dos destinos, indicando el orden de preferencia de los mismos en el lugar y forma que se indica en el formulario de solicitud. En el caso de seleccionar más, sólo se tendrán en cuenta las dos primeras opciones señaladas según el orden establecido en el formulario.
4. El Órgano instructor podrá requerir la información complementaria que estime necesaria.
5. La concurrencia a esta convocatoria implica la aceptación de lo dispuesto en la misma, y en la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y sus organismos públicos (en lo sucesivo Orden de bases reguladoras).
6. Presentación de solicitudes. Las solicitudes deberán presentarse:
1. Preferentemente por vía electrónica, a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo/cultura/atencion-al-ciudadano/sede-electronica.html , de acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Para acceder a esta aplicación es absolutamente imprescindible el DNI electrónico o cualesquiera de los certificados de firma electrónica admitidos por la Administración General del Estado en plena validez. El certificado electrónico con el que se presente la solicitud deberá corresponder al solicitante.
Este registro –Sede Electrónica– estará disponible a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y hasta las 18:00 horas (hora local) del último día de presentación. En esta misma página se recoge la información necesaria para completar la solicitud.
2. O en soporte papel en cualesquiera de los demás registros y oficinas (entre ellas las oficinas de correos) previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante LRJPAC). Las solicitudes enviadas por correo electrónico no serán aceptadas.
Si se realiza el envío por correo postal, éste deberá ser certificado y se presentará en la oficina de correos en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada antes de su certificación.
Los solicitantes que presenten su solicitud en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero deberán adelantar a la Subdirección General de Promoción de Industrias Culturales y Mecenazgo, la solicitud completa con el sello acreditativo de la fecha de presentación, por correo electrónico a: servicio.becas@mecd.es.
Todas las solicitudes deberán ir dirigidas a la Subdirección General de Promoción de Industrias Culturales y Mecenazgo, Secretaría de Estado de Cultura, Plaza del Rey 1, 1.ª planta, 28071 Madrid.
Podrán presentarse personalmente en el registro Auxiliar n.º 1 del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (plaza del Rey 1, 28071 Madrid), en horario de lunes a jueves, entre las 9:00 y las 17:30 h, y viernes de 9:00 a 14:00. Viernes por la tarde y sábado por la mañana deberán dirigirse al Registro General del Ministerio (C/ Los Madrazo, 15) http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/registros.html .
7. Plazo de presentación de solicitudes, subsanación y cumplimiento de trámites. 1. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 17 de febrero al 5 de marzo de 2015, a.i.}
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y una vez hayan sido objeto de examen a efectos de comprobación de los requisitos de fondo y forma exigidos en la resolución de convocatoria, se hará pública en la web del MECD (Ministerio de Educación, Cultura y Deporte) la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos al proceso evaluativo.
12. Dotación. Las condiciones económicas de la presente convocatoria son las siguientes:
1. Dotación mensual: El importe mensual a percibir por todos los conceptos dependerá del destino de la beca elegida:
– Destinos en Europa: El importe bruto mensual será de mil seiscientos diez (1.610) euros.
– Destinos de América y Asia: El importe bruto mensual será de dos mil veinte (2.020) euros.

lunes, 17 de marzo de 2014

16 becas "Culturex" de formación práctica en gestión cultural para jóvenes españoles en el exterior, en instituciones culturales, oficinas comerciales y en embajadas y consulados de España, correspondientes al año 2014.

1. Convocatoria. Convocar para el año 2014, un total de 16 becas «Culturex» de formación práctica en gestión cultural para jóvenes españoles en el exterior, en instituciones culturales, oficinas comerciales y en embajadas y consulados de España, en tres modalidades:
– Modalidad A: Becas Culturex con destino en instituciones culturales de excelencia en el exterior: 9 becas. 
– Modalidad B: Becas Culturex con destino en embajadas y consulados de España en el exterior: 4 becas 
– Modalidad C: Becas Culturex con destino en Oficinas Económicas y Comerciales de España en el exterior: 3 becas.
2. Objeto, destinos y duración. 1. El objeto específico de estas becas es contribuir a la formación y especialización de jóvenes profesionales españoles en gestión y programación cultural en diversos ámbitos mediante estancias formativas en el exterior, en los siguientes destinos: 
– Modalidad A. Instituciones culturales: 9 becas. 
1. BOZAR, Palais des Beaux-Arts (Bruselas). 
2. Centre Pompidou (París). 
3. Frankfurter Buchmesse (Frankfurt). 
4. Fundação de Serralves (Oporto). 
5. Hay Festival of Literature & The Arts (Londres). 
6. Jeu De Paume (París). 
7. National Gallery of Art (Washington). 
8. Real Academia de España en Roma. 
9. Tate Modern (Londres). 
– Modalidad B. Representaciones diplomáticas - Oficinas culturales: 4 becas. 
1. Embajada de España en Londres. 
2. Embajada de España en Seúl. 
3. Representación Permanente de España ante la U.E. (Bruselas). 
4. Representación Permanente de España ante la UNESCO (París). 
– Modalidad C. Representaciones diplomáticas-Oficinas Económicas y Comerciales: 3 becas.
1. Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Los Ángeles (EEUU). 
2. Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Miami (EEUU). 
3. Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Sao Paulo (Brasil). 
2. La actividad formativa deberá desarrollarse durante el año 2014, tendrá una duración máxima de siete meses, comenzando el 15 de mayo, o desde la fecha de concesión si esta fuera posterior. Si por este motivo la duración fuese inferior a la establecida implicará una reducción económica proporcional. 
3. Los beneficiarios que llevaran a cabo un programa de actividades prácticas contarán con la orientación, formación y seguimiento de un tutor perteneciente a la Institución de acogida correspondiente. 
4. El disfrute de estas becas no supone establecimiento de relación contractual o estatutaria alguna, ni supondrá vinculación laboral o funcionarial entre el becario y el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ni entre el becario y la Institución de acogida. Asimismo no podrá simultanearse con cualquier otro contrato, ayuda o beca concedidas o en tramitación para la misma finalidad, con cargo al mismo presupuesto del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y sus organismos o de cualesquiera otras administraciones o entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras.
4. Beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios de las becas de referencia los solicitantes que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Estar en posesión de la titulación académica oficial de Licenciatura o Grado. 
Los títulos equivalentes obtenidos fuera de España deberán estar homologados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
c) Estar en posesión de una titulación de posgrado en gestión cultural y/o ámbitos afines.
d) Poseer el Nivel equivalente o superior al B2 del Marco Común Europeo de Referencia, en adelante MCER para lenguas, en el idioma oficial del destino solicitado. 
En los destinos de habla no inglesa poseer además el Nivel equivalente o superior al B1 del MCER para lenguas, del idioma inglés.
2. No haber superado los 35 años de edad, en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
3. No haber sido beneficiario/a de una beca de los programas Culturex y/o Becas FormARTE de formación y especialización en materias de la competencia de las instituciones dependientes del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en anteriores convocatorias.
4. Quedan excluidos los funcionarios en activo en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
5. No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas en quienes concurra alguna de las prohibiciones en los términos previstos es el articulo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en lo sucesivo LGS).
5. Requisitos de la solicitud. 1. La solicitud deberá ajustarse al modelo que se publica como Anexo de la presente resolución. Este modelo también podrán obtenerse en la página Web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte http://www.mecd.gob.es, apartado Cultura, Servicios, Becas.   ...
6. Presentación de solicitudes. Las solicitudes deberán presentarse:
1. Preferentemente por vía electrónica, a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte https://sede.mcu.gob.es/ SedeElectronica en el apartado «Trámites y Procedimientos», de acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y en la Orden CUL/3410/2009, de 14 de diciembre, por la que se regula el Registro Electrónico del Ministerio de Cultura.  ...
3. Todas las solicitudes deberán ir dirigidas a la Subdirección General de Promoción de las Industrias Culturales y Mecenazgo, Secretaría de Estado de Cultura, plaza del Rey, 1, 1.ª planta, 28071 Madrid. Si se presenta personalmente en el Registro Auxiliar n.º 1 del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, plaza del Rey, 1, planta 0, el horario es de 9 a 17:30 horas de lunes a jueves, de 9 a 14 horas el viernes, sábados cerrado.
7. Plazo de presentación de solicitudes, subsanación y cumplimiento de trámites. 1. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 18 de marzo al 3 de abril de 2014, a.i.}
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se hará pública en la página web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (MECD) http://www.mecd.gob.es, apartado Cultura, Servicios, Becas, la lista de los candidatos que, por reunir todos los requisitos de participación, hayan sido declarados provisionalmente admitidos al proceso selectivo, así como de aquellos otros que hayan sido declarados provisionalmente excluidos, con indicación de las causas que han motivado su exclusión.

jueves, 4 de julio de 2013

1 beca de formación práctica en materia de seguros agrarios para titulados universitarios, para el ejercicio 2013.

ejercicio 2013.
1. Objeto. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras, así como la convocatoria para el ejercicio 2013, en régimen de concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación para la concesión de una beca de formación práctica y perfeccionamiento técnico-profesional en el ámbito de los seguros agrarios, para titulados universitarios.
2. Finalidad de la beca. 1. La finalidad de la beca es promover la formación y el perfeccionamiento técnico-profesional en materia de seguros agrarios. La beca se desarrollará dentro de un programa que podrá incluir:
a)
Análisis de las bases técnicas y de los cálculos actuariales de los componentes de las primas de los diferentes riesgos que los seguros agrarios cubren en la actualidad o los aprobados en los Planes del Seguro Agrario o necesarios para cumplimentar nuevos riesgos de los seguros agrarios.
b) Apoyo técnico en el seguimiento y elaboración de los Planes de Seguros Agrarios Combinados.
c) Elaboración de estudios de ámbito general o específico relacionados con el seguro agrario.
2. El Programa de formación práctica y perfeccionamiento técnico-profesional implica la adquisición de conocimientos sobre las actividades de seguros agrarios en las áreas especificadas en el apartado 1.
3. Al becario se le designará un tutor de formación que será responsable de la orientación de la formación correspondiente.
4. Al final del programa de formación y perfeccionamiento técnico-profesional, la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, proporcionará al interesado, previo informe del tutor de formación mencionado en el apartado anterior, un certificado acreditativo de la formación práctica adquirida, a los efectos de su «curriculum vitae».
5. La concesión y el disfrute de la beca, dado su carácter formativo y de especialización, no supondrá relación laboral o funcionarial entre el becario y la Entidad Estatal de Seguros Agrarios e implicará por parte de aquél la aceptación de lo dispuesto en estas bases. La cantidad que se abone al becario en ningún caso tendrá la consideración de salario o remuneración, sino de ayuda económica para formación.
6. Asimismo, la participación en el programa no supondrá en ningún caso mérito para el acceso a la función pública ni para la adquisición de una relación laboral con ninguna Administración pública.
7. El tiempo de participación en los programas de formación no tendrá la consideración de servicios previos ni de servicios efectivos en las administraciones públicas, aunque las actividades incluidas en tales programas se desarrollen en administraciones, entidades u organismos públicos, o sean financiados por ellos.
3. Requisitos de los candidatos. Podrá ser beneficiario de la beca prevista en la presente orden aquella persona física con plena capacidad de obrar que reúna las siguientes condiciones:
a) Ser español o ciudadano de algún Estado miembro de la Unión Europea o de terceros países residente en España, que haya finalizado los estudios a los que se refiere el apartado c) con posterioridad al mes de mayo del año 2009.
b) Dominio del idioma español. Sólo requerirán de prueba documental en los casos en que se trate de candidatos no españoles y que lleven residiendo en España por un periodo inferior a dos años.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de graduado, diplomado, licenciado, ingeniero técnico o superior, doctor, o titulaciones equivalentes en las materias relacionadas con la beca que se convoca en el momento de la concesión de la beca. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos y producir plenos efectos jurídicos en la fecha de presentación de la solicitud.
d) Conocimientos específicos relacionados con seguros y seguros agrarios.
4. Solicitudes y plazo de presentación. 1. Las solicitudes se dirigirán al Presidente de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios y se presentarán en el Registro General de la Entidad c/ Miguel Ángel, 23-5.ª planta, 28010 Madrid, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Asimismo, se admitirá la presentación por vía electrónica de las solicitudes conforme a lo previsto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
3. Las solicitudes se cumplimentarán según el modelo de instancia que figura en el anexo a la presente orden y se presentarán en el plazo máximo de veinte días naturales contados desde el día siguiente al de publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado»{del 5 al 24 de julio de 2013, a.i.}, acompañadas de la siguiente documentación:
a) ...

martes, 18 de junio de 2013

3 becas para la formación práctica de documentalistas. Junta Electoral Central.

Acuerdo de 6 de junio de 2013, de la Junta Electoral Central, por el que se convocan becas para la formación práctica de documentalistas.
Se convoca el presente concurso con el fin de adjudicar tres becas individuales para la instrucción y colaboración en la realización de estudios y trabajos de carácter documental, relacionados con la actividad de la citada Junta, de acuerdo con las bases que figuran a continuación.
Primera. Objeto. La Junta Electoral Central convoca tres becas individuales para la formación y colaboración en la realización de trabajos y estudios de carácter documental relacionados con la actividad electoral y con la documentación obrante en la Junta Electoral Central. Los estudios y trabajos realizados quedarán en propiedad de la Junta Electoral Central.
De dichas becas se reservará una de ellas para su concesión entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 siempre que reúnan los requisitos establecidos en la base cuarta y acrediten, dentro del plazo a que se refiere el apartado 2 de la base quinta, el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. En el caso de que dicha beca no quedara cubierta, acrecerá al turno libre.
Los aspirantes que deseen acogerse al turno de reserva previsto en el párrafo anterior deberán consignarlo así en la correspondiente instancia.
Segunda. Duración y cuantía. 1. Cada una de las tres becas tendrá una duración de doce meses y su dotación será de 1.100 euros brutos mensuales en los ejercicios 2013, 2014 y 2015. Los importes de las becas se abonarán al término de cada mes. Asimismo, los beneficiarios de la beca contarán con la cobertura otorgada por la Seguridad Social, según la normativa vigente, y dentro de los requisitos y condiciones propios de este tipo de becas. Las becas serán indivisibles e incompatibles con cualquier otra concedida para el mismo período y con cualquier actividad laboral.
2. La beca podrá prorrogarse por un período máximo de diez meses, cuando la conclusión de los trabajos y estudios que se estén realizando así lo aconseje.
La prórroga será acordada por el Presidente de la Junta Electoral Central, a propuesta del Secretario de la Junta Electoral Central.
3. La concesión y disfrute de la beca no supone vinculación laboral o funcionarial entre el becario y la Junta Electoral Central.
Cuarta. Condiciones de los solicitantes. 1. Pueden solicitar la concesión de beca los españoles que reúnan las siguientes condiciones:
a)
Estar en posesión del título de Grado en Información y Documentación o de Licenciado en Documentación expedido por Universidades españolas u homologado por el Ministerio de Educación.
b) Haber finalizado los estudios para la obtención del título universitario exigido con posterioridad al 1 de enero de 2008.
c) No haber disfrutado durante más de seis meses de otra beca de la Junta Electoral Central de las mismas características.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en la base primera, los solicitantes no podrán padecer enfermedad o defecto físico que impidan la realización efectiva de las prácticas, ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado o de cualquier ente territorial.
Quinta. Solicitudes.
1.
Los solicitantes deben presentar una instancia (disponible en la página web de la Junta Electoral Central http://www.juntaelectoralcentral.es), que ha de ajustarse al modelo que se adjunta como anexo I de la presente convocatoria, en el Registro de la Secretaría Técnica de la Junta Electoral Central (Carrera de San Jerónimo, 36, entreplanta, Palacio del Congreso de los Diputados, 28071 Madrid), en horario de 10,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes, o bien remitirla en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. El plazo para la presentación de instancias será de quince días naturales siguientes a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 19 de Junio al 3 de Julio de 2013, a.i.}

lunes, 29 de octubre de 2012

12 becas individuales para la formación práctica de licenciados en actividades archivísticas, bibliográficas, documentales y editoriales de la Cámara. Congreso de los Diputados.

Acuerdo de 9 de octubre de 2012, de la Mesa del Congreso de los Diputados, de convocatoria de becas para la formación práctica de archiveros, bibliotecarios y documentalistas.
En el ámbito de sus actividades, destinadas a difundir el mejor conocimiento de las instituciones parlamentarias, el Congreso de los Diputados, por Acuerdo de la Mesa de la Cámara de 9 de octubre de 2012, convoca el presente concurso con el fin de adjudicar doce becas individuales para la realización de estudios y trabajos de carácter archivístico, bibliotecario y documental, relacionados con el Parlamento de acuerdo con las bases que figuran a continuación:
Primera. Objeto y condiciones. 1. El Congreso de los Diputados convoca doce becas individuales para la formación práctica de licenciados en actividades archivísticas, bibliográficas, documentales y editoriales de la Cámara. El desarrollo de las becas estará dirigido por la Dirección de Documentación, Biblioteca y Archivo, por la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones y por el Departamento de Edición Oficial y Tratamiento documental. Los estudios y trabajos realizados quedarán en propiedad del Congreso de los Diputados.
2. De dichas becas se reservará una de ellas para su concesión entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, siempre que reúnan los requisitos establecidos en la base cuarta y acrediten, dentro del plazo a que se refiere el apartado 1.b) de la base séptima, el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. En el supuesto de que dicha beca no quedara cubierta, acrecerá al turno libre.
Los aspirantes que deseen acogerse al turno de reserva previsto en el párrafo anterior deberán consignarlo así en la correspondiente instancia.
3. Las becas serán indivisibles e improrrogables; además serán incompatibles con cualquier otra beca concedida para el mismo período y con cualquier actividad laboral.
4. La concesión y disfrute de la beca no supone vinculación laboral o funcionarial entre el becario y el Congreso de los Diputados. No es aplicable a estas becas el Estatuto del personal investigador en formación.
Segunda. Duración y cuantía. 1. Cada una de las doce becas tendrá una duración de doce meses. El inicio de las mismas se comunicará a los beneficiarios simultáneamente a la notificación de la concesión. Las becas terminarán el 31 de diciembre de 2013.
2. La cuantía total de la beca será de doce mil novecientos euros (12.900 €) brutos por año, que se percibirán finalizado cada mes a razón de una cuantía bruta de mil setenta y cinco euros (1.075 €) y que estarán sujetos a las retenciones que proceda.
3. Asimismo, los beneficiaros de la beca contarán con la cobertura otorgada por la Seguridad Social, según la normativa vigente en cada momento, y dentro de los requisitos y condiciones propios de este tipo de becas.
Cuarta. Condiciones de los solicitantes. 1. Pueden solicitar la concesión de la beca los licenciados universitarios españoles que reúnan las siguientes condiciones:
a)
Estar en posesión de un título universitario de segundo ciclo o Licenciado expedido por Universidades españolas u homologado por el Ministerio de Educación, en cualquiera de las ramas de Ciencias Sociales y Jurídicas o Humanidades, según el Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales (Anexo al Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre).
b)
Haber obtenido dicho título en el año académico 2007-2008 o años posteriores.
c) Acreditar una preparación teórica en materias archivísticas, bibliotecarias, documentales, y editoriales durante al menos 200 horas lectivas.
d) No haber disfrutado durante más de seis meses de otra beca del Congreso de los Diputados de las mismas características.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en la base primera, los solicitantes no podrán padecer enfermedad o defecto físico que impidan la realización efectiva de las prácticas, ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado o de cualquier entidad territorial.
Quinta. Solicitudes. 1. Las solicitudes se ajustarán, necesariamente, al modelo de instancia que se adjunta como anejo I de la presente convocatoria y se presentarán en el Registro General del Congreso de los Diputados, calle de Floridablanca, s/n, 2.ª planta de Palacio, 28071 Madrid, en horario de 9.30 a 14.00 horas, de lunes a viernes, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En caso de enviarse por correo, el envío deberá ser certificado, con el sello de correos en la primera hoja del modelo de instancia (anejo I), con el fin de garantizar que la fecha de remisión es anterior a la de cierre de la convocatoria.
2. El plazo para la presentación de instancias será de veinte días naturales siguientes a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». {del 30 de octubre al 18 de noviembre de 2012,a.i.}

jueves, 13 de septiembre de 2012

21 becas «Culturex» de formación práctica en gestión cultural para jóvenes españoles en el exterior, en instituciones culturales, oficinas comerciales y en embajadas y consulados de España, correspondientes al curso 2012/2013.

1.- Convocatoria. Convocar para el curso 2012/2013, en régimen de concurrencia competitiva, con arreglo a las bases que se especifican en el anexo I a la presente resolución, las becas «Culturex» de formación práctica en gestión cultural para jóvenes españoles en el exterior, en instituciones culturales, oficinas comerciales y en embajadas y consulados de España, correspondientes al curso 2012/2013, en tres modalidades:
Modalidad A: Becas Culturex de formación práctica en gestión cultural para jóvenes españoles en instituciones culturales en el exterior.
Modalidad B: Becas Culturex de formación práctica en gestión cultural para jóvenes españoles en embajadas y consulados de España en el exterior.
Modalidad C: Becas Culturex de formación práctica en gestión cultural para jóvenes españoles en Oficinas Comerciales de España en el exterior
.

ANEXO I
Bases de la convocatoria de Becas «CULTUREX» de formación práctica en gestión cultural para jóvenes españoles en el exterior, en instituciones culturales, oficinas comerciales y en embajadas y consulados de España, correspondientes al curso 2012/2013
1. Objeto y Condiciones. 1.1 El objeto específico de estas becas es contribuir a la formación y especialización de jóvenes profesionales españoles en gestión y programación cultural en diversos ámbitos mediante estancias formativas en instituciones de relevancia internacional en el exterior así como en oficinas comerciales y en embajadas y consulados de España.
1.2 Se convocan un total de veintiún (21) becas, según la siguiente distribución:
– Modalidad A. Instituciones culturales: diez (10) becas.
1. BOZAR, Palais des Beaux-Arts (Bruselas).
2. Centre Pompidou (París).
3. Festival de Jazz (Montreux).
4. Frankfurter Buchmesse (Frankfurt).
5. Fundação de Serralves (Oporto).
6. Hay Festival of Literature & The Arts (Londres).
7. Jeu De Paume (Paris).
8. National Gallery of Art (Washington).
9. Tate Modern (Londres).
10. The London Book Fair (Londres).
– Modalidad B. Representaciones diplomáticas-Oficinas Culturales: seis (6) becas.
1. Embajada de España en Berlín.
2. Embajada de España en Londres.
3. Embajada de España en Copenhague.
4. Embajada de España en Seúl.
5. Representación Permanente de España ante la U.E. (Bruselas).
6. Representación Permanente de España ante la UNESCO (Paris).
– Modalidad C. Representaciones diplomáticas-Oficinas Comerciales: cinco (5) becas.
1. Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Los Ángeles.
2. Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Méjico.
3. Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Miami.
4. Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Tokio.
5. Oficina Económica y Comercial de la Embajada de España en Sao Paulo.
1.3 El periodo de disfrute de la beca comenzará el 2 de noviembre de 2012, o desde la fecha de concesión si esta fuera posterior, y finalizará el 31 de julio de 2013.
1.4 Los beneficiarios, que llevaran a cabo un programa de actividades prácticas contarán con el asesoramiento, orientación, formación y seguimiento de un tutor o responsable perteneciente a la institución correspondiente. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte entregará un diploma a los becarios que hayan cumplido el periodo de formación desde su incorporación hasta la fecha de finalización del mismo.
1.5 El disfrute de estas becas no supone establecimiento de relación contractual o estatutaria alguna, ni supondrá vinculación laboral o funcionarial entre el becario y el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ni entre el becario y la institución de acogida.
2. Requisitos de los solicitantes. Los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
2.1
Tener la nacionalidad española.
2.2 Estar en posesión del titulo de licenciado o bien de títulos extranjeros equivalentes homologados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
2.3 No haber superado los 35 años de edad, en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
2.4 Poseer el Nivel equivalente o superior al B2 del Marco Común Europeo de Referencia para lenguas, en el idioma inglés y/o en el idioma oficial del destino solicitado.
2.5 No haber sido beneficiario de una beca Culturex en anteriores convocatorias, o en dos convocatorias de los programas FormARTE y/o Culturex. A efectos de este cómputo no se tendrá en cuenta el disfrute de una Beca Formarte en la convocatoria correspondiente al año 2011.
2.6 Cada solicitante podrá optar a un máximo de dos destinos indicando el orden de preferencia de los mismos en el lugar que se indica en el formulario de solicitud. En caso de seleccionar más de dos, solo se tendrá en cuenta las dos primeras opciones señaladas según el orden establecido en el formulario de solicitud.
2.7 Rellenar en buena y debida forma, el correspondiente formulario de solicitud de beca. No serán admitidos a trámite aquellas solicitudes que no se cumplimenten con la información requerida en cada apartado.
2.8 No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellos que incurran en alguna de las prohibiciones en los términos previstos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
2.9 Indicar una dirección de correo electrónico permanente, personal e intransferible a efectos de notificaciones.
2.10 No podrán obtener la condición de beneficiarios los funcionarios en activo en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
2.11 La concurrencia a esta convocatoria implica la aceptación de lo dispuesto en la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, en la LGS, en el RLGS y en la presente Orden para todos aquellos extremos que no hayan sido expresamente previstos. Con carácter supletorio regirá la LRJ-PAC así como cualquier otra disposición normativa que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.
3. Presentación de las solicitudes. 3.1 Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 13 al 29 de septiembre de 2012,a.i.}
3.2 Las solicitudes deberán ser cumplimentadas en español en todos sus apartados, de forma verídica y completa, ajustándose al modelo que se publica como Anexo II, quedando ulterior y automáticamente eliminados aquellos solicitantes que aleguen datos que se demuestren no contrastables o falsos. El formulario también se podrá descargar en la página Web de la Secretaría de Estado de Cultura: http://www.mcu.es. Últimas convocatorias. Becas.
3.3 La documentación justificativa de los méritos alegados en la solicitud, y que se relaciona en el apartado 4.4.1, deberá presentarse únicamente en el caso de ser requerida durante el proceso de selección, por el órgano instructor del procedimiento, a petición de la Comisión de Valoración.
3.4 Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a través de la sede Electrónica de la Secretaría de Estado de Cultura: https://sede.mcu.gob.es en el menú «Trámites y Procedimientos», de acuerdo con lo establecido en el art. 27 de la Ley 11/2001 de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Para acceder a esta aplicación es necesario el Documento Nacional de Identidad electrónico o cualquiera de los certificados electrónicos reconocidos, admitidos por la Administración General del Estado. El certificado electrónico con el que se presente la solicitud deberá corresponder al solicitante.
En la página Web antes citada se recoge la información necesaria para completar la solicitud. Este Registro estará disponible a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
3.5 En caso de no poder presentar las solicitudes por vía electrónica, cabe presentarlas en soporte papel, dirigida al Registro General de la Secretaria de Estado de Cultura. Plaza del Rey, 1, planta 0, 28071 Madrid, o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En caso de enviarse por correo, el envío deberá ser certificado, con el sello de correos en la primera hoja del formulario para garantizar que la fecha de remisión es anterior a la de cierre de la convocatoria.
Los solicitantes que presenten su solicitud de beca en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero podrán adelantar a la Subdirección General de Promoción de Industrias Culturales y Mecenazgo, la solicitud con el sello acreditativo de la fecha de presentación, preferentemente por email: servicio.becas@mcu.es o por fax: 91 701 73 26.

martes, 10 de enero de 2012

3 becas para la formación práctica de Documentalistas. Junta Electoral Central



Resolución de 4 de enero de 2012, de la Junta Electoral Central, de convocatoria de (3) becas para la formación práctica de Documentalistas.
Objeto. La Junta Electoral Central convoca tres becas individuales para la instrucción y colaboración en la realización de trabajos y estudios de carácter documental relacionados con la actividad electoral y con la documentación obrante en la Junta Electoral Central. Los estudios y trabajos realizados quedarán en propiedad de la Junta Electoral Central.
De dichas becas se reservará una de ellas para su concesión entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 siempre que reúnan los requisitos establecidos en la base cuarta y acrediten, dentro del plazo a que se refiere el apartado 6 de la base sexta, el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. En el caso de que dicha beca no quedara cubierta, acrecerá al turno libre.
Los aspirantes que deseen acogerse al turno de reserva previsto en el párrafo anterior deberán consignarlo así en la correspondiente instancia.
Duración y cuantía. 1. Cada una de las tres becas tendrá una duración de doce meses y su dotación será de 1.100 euros brutos mensuales, tanto en el ejercicio 2012 como en 2013. Los importes de las becas se abonarán al término de cada mes. Se contratará por cuenta de la Junta Electoral Central un seguro de accidentes y de enfermedad para cada uno de los becarios por el tiempo de duración de la beca, en el supuesto de que no tuvieran cubiertas estas contingencias, y dentro de los requisitos y condiciones propios de este tipo de contratos. Las becas serán indivisibles e incompatibles con cualquier otra concedida para el mismo período y con cualquier actividad laboral.
2. La beca podrá prorrogarse por un período máximo de seis meses, cuando la conclusión de los trabajos y estudios que se estén realizando así lo aconseje.
La prórroga será acordada por el Presidente de la Junta Electoral Central, a propuesta del Secretario de la Junta Electoral Central.
3. La concesión y disfrute de la beca no supone vinculación laboral o funcionarial entre el becario y la Junta Electoral Central.
Condiciones de los solicitantes.
1. Pueden solicitar la concesión de beca los licenciados universitarios españoles que reúnan las siguientes condiciones:
a) Estar en posesión de un título universitario de segundo ciclo o Licenciado expedido por Universidades españolas u homologado por el Ministerio de Educación, en cualquiera de las ramas de Ciencias Sociales y Jurídicas o Humanidades, según el Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales (anexo al Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre).
b) Haber obtenido dicho título en los cinco años anteriores a la fecha de la publicación oficial de esta convocatoria.
c) Acreditar preparación teórica en materia de Documentación durante al menos 600 horas lectivas o equivalente a 25 créditos ECTS (European Credit Transfer System).
d) No haber disfrutado durante más de seis meses de otra beca de la Junta Electoral Central de las mismas características.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en la base primera, los solicitantes no podrán padecer enfermedad o defecto físico que impidan la realización efectiva de las prácticas, ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado o de cualquier ente territorial.
Solicitudes. 1. Los solicitantes deben presentar una instancia (disponible en la página web de la Junta Electoral Central http://www.juntaelectoralcentral.es), que ha de ajustarse al modelo que se adjunta como anejo I de la presente convocatoria, en el Registro de la Secretaría Técnica de la Junta Electoral Central (Carrera de San Jerónimo, 36, entreplanta, Palacio del Congreso de los Diputados, 28071 Madrid), en horario de 10,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes, o bien remitirla en la forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. El plazo para la presentación de instancias será de quince días naturales siguientes a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 11 al 25 de enero de 2012,a.i.}
3. La instancia deberá incluir relación de méritos, a cuyo efecto será imprescindible adoptar el esquema del modelo que figura en el anejo II de la presente convocatoria.