Orden PRE/3028/2011, de 4 de noviembre, por la que se establecen los protocolos de actuación y de formación de las tripulaciones de los buques de pasaje y la formación del personal de las empresas navieras que presten servicio en las terminales portuarias para la atención de las personas con discapacidad.
1. Objeto. Esta orden tiene por objeto aprobar los protocolos de formación y actuación del personal de las empresas navieras que establecen los puntos 16 y 18 del anexo II del Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad y regular la formación del personal de las compañías navieras que presten sus servicios en las oficinas de las terminales portuarias en relación con la asistencia y apoyo a las personas con discapacidad.
2. Ámbito de aplicación. Lo dispuesto en esta orden será de aplicación a las empresas navieras españolas titulares de buques que operen en líneas regulares de pasaje.3. Protocolos de actuación y formación. Las empresas navieras titulares de buques que operen en líneas regulares de pasaje deberán establecer, para cada buque de pasaje o pasaje y carga rodada que se vea afectado por las obligaciones establecidas por el artículo 3.2 del Real Decreto 1544/2007, un protocolo de actuación en orden a garantizar la accesibilidad, la asistencia digna y el auxilio al pasaje con discapacidad durante las operaciones de embarque y desembarque, durante la travesía y en situaciones de emergencia, conforme a lo dispuesto en el anexo I de esta orden.
Asimismo, deberán comprobar que los tripulantes que en el citado protocolo tengan asignadas tareas de atención a las personas con discapacidad, hayan realizado el curso de formación del anexo II de esta orden y hayan obtenido el correspondiente certificado de formación.
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