domingo, 4 de mayo de 2014

ayudas correspondientes a las acciones de dinamización «Proyectos Europa Excelencia», del Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.

ÍNDICE
Capítulo I. Disposiciones generales.
Artículo 1. Objeto. 1. La presente resolución tiene por objeto la aprobación de la convocatoria de ayudas para el año 2014 de las acciones de dinamización «Proyectos Europa Excelencia» del Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento, incluido en el Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia en el marco del Plan Estatal de I+D+I.
2. Las acciones de dinamización «Proyectos Europa Excelencia» tienen como objetivo potenciar la participación española en el subprograma «Consolidator Grants» enmarcado en el Programa IDEAS del VII Programa Marco de Investigación Europeo gestionado por la Agencia Europea del Consejo Europeo de Investigación (ERCEA, en su sigla en inglés). Se trata de proyectos de investigación científico-técnicos relacionados con los objetivos de las propuestas remitidas y evaluadas positivamente y consideradas elegibles por el Consejo Europeo de Investigación, pero que por razones presupuestarias no han podido ser finalmente financiadas por dicho organismo.
Artículo 2. Finalidad. La finalidad de estas acciones de dinamización es impulsar la internacionalización de las actividades de I+D y contribuir al avance del conocimiento para afrontar los desafíos que la investigación española tiene en el contexto del Espacio Europeo de Investigación, fomentando la participación de investigadores con trayectorias científicas prometedoras.
Artículo 3. Régimen de concesión y normativa aplicable.
Artículo 4. Comunicaciones entre la Administración y los interesados.
Capítulo II. Requisitos generales de los beneficiarios.
Artículo 5. Beneficiarios.
Artículo 6. Pluralidad de beneficiarios.
Artículo 7. Obligaciones y responsabilidades de los beneficiarios.
Capítulo III. Régimen económico de las ayudas.
Artículo 8. Modalidad, cuantía y financiación presupuestaria de las ayudas.
Artículo 9. Subvenciones concurrentes.
Capítulo IV. Actuaciones objeto de las ayudas.
Artículo 10. Características de los proyectos.
Artículo 11. Condiciones específicas para la ejecución de determinados proyectos.
Artículo 12. Requisitos del investigador principal.
Artículo 13. Conceptos susceptibles de ayuda.
Capítulo V. Procedimiento de concesión.
Artículo 14. Forma y plazo de presentación de las solicitudes. 1. Habrá un único plazo de presentación de solicitudes, desde el 6 de mayo de 2014 hasta el 29 de mayo de 2014 a las 15:00 horas (hora peninsular).
2. Las solicitudes se presentarán electrónicamente en los términos previstos en el artículo 4 a través de las aplicaciones de solicitud y de firma electrónica, disponibles en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.
3. La entidad solicitante deberá estar inscrita en el Sistema de Entidades (SISEN), en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, donde deberá aportar el documento acreditativo del poder o representación que ostente el representante legal de dicha entidad, salvo que ya estuviese incorporado al expediente.
4. ...
Artículo 15. Evaluación y selección de las solicitudes.
Artículo 16. Criterios de evaluación.
Artículo 17. Órganos de instrucción y resolución del procedimiento de concesión.
Artículo 18. Instrucción y resolución de procedimiento de concesión. Régimen de 
recursos.
Artículo 19. Modificación de la resolución de concesión.
Capítulo VI. Procedimiento de gestión, justificación y control de las ayudas.
Artículo 20. Pago de las ayudas.
Artículo 21. Régimen de justificación, seguimiento y control de las ayudas.
Artículo 22. Justificación y seguimiento científico-técnico.
Artículo 23. Justificación, seguimiento y control económico.
Disposición adicional única. Recursos contra la convocatoria.
Disposición final única. Efectos.
Anexo.
ANEXO
1. Áreas temáticas de gestión del Departamento Técnico de Tecnologías de la Producción y las Comunicaciones (DTPC)
AYA/Astronomía y Astrofísica.
DPI/Diseño y Producción Industrial.
ESP/Investigación Espacial.
FIS/Física.
FPA/Física de Partículas.
MAT/Materiales.
MTM/Matemáticas.
TEC/Tecnologías Electrónicas y de Comunicaciones.
TIN/Tecnologías Informáticas y para la Sociedad de la Información.
2. Áreas temáticas de gestión del Departamento Técnico de Humanidades y Ciencias Sociales (DTHCS)
CSO/Ciencias Sociales.
DEP/Ciencias del Deporte.
DER/Derecho.
ECO/Economía.
EDU/Ciencias de la Educación.
FEM/Estudios Feministas, de la Mujer y de Género.
FFI/Filología y Filosofía.
HAR/Historia y Arte.
PSI/Psicología.
3. Áreas temáticas de gestión del Departamento Técnico de Medioambiente y Recursos Naturales (DTMA)
BIA/Construcción.
CGL/Biodiversidad, Ciencias de la Tierra y Cambio Global.
CTM/Ciencias y Tecnologías Medioambientales.
CTQ/Ciencias y Tecnologías Químicas.
ENE/Energía.
TRA/Medios de Transportes.
4. Áreas temáticas de gestión del Departamento Técnico de Ciencias de la Vida (DTCV)
AGL/Recursos y Tecnologías Agroalimentarias.
BFU/Biología Fundamental.
BIO/Biotecnología.
SAF/Biomedicina.

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