martes, 10 de junio de 2014

subvenciones de la Acción Estratégica en Salud 2013-2016, del Programa Estatal de Investigación Orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.

ÍNDICE
Capítulo I. Disposiciones generales.
Artículo 1. Objeto. Conforme a la Orden de bases, la presente resolución tiene por objeto la aprobación de la convocatoria de concesión de subvenciones para 2014 de la AES, y la regulación del procedimiento, que se realizará en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo a los principios establecidos en el artículo 8.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, Ley 38/2003, de 17 de noviembre).
Artículo 2. Finalidad. Las actuaciones reguladas en esta resolución tienen como finalidad contribuir a fomentar la salud y el bienestar de la ciudadanía, así como a desarrollar los aspectos preventivos, diagnósticos, curativos, rehabilitadores y paliativos de la enfermedad, reforzando e incrementando para ello la competitividad internacional de la I+D+I del SNS y de las empresas relacionadas con el sector, con la vocación de situar a España en un escenario de vanguardia en el que la salud actúe como eje fundamental de desarrollo económico y social.
Artículo 3. Prioridades temáticas y líneas de investigación prioritarias.
Artículo 4. Principios que han de respetar los proyectos de investigación.
Artículo 5. Derechos y deberes del personal investigador.
Artículo 6. Beneficiarios.
Artículo 7. Forma y plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación. 1. Los interesados cumplimentarán y presentarán la documentación señalada en las disposiciones específicas que regulan cada tipo de actuación de esta resolución, pudiendo acceder a todos los documentos normalizados necesarios a través de la sede electrónica del ISCIII https://sede.isciii.gob.es , en Trámites más usados. Acción Estratégica en Salud. Ayudas y Subvenciones. ...
3. El plazo de presentación de las solicitudes y de la restante documentación necesaria en cada caso será el siguiente (en todos los casos tanto el día de inicio como el de finalización están incluidos en el plazo de presentación de solicitudes y el plazo finalizará a las 15:00 horas, hora peninsular, del día de finalización indicado):
a) Actuaciones objeto de ayuda de los Subprogramas Estatales de Formación, Incorporación y Movilidad:
1.º Contratos predoctorales de formación en investigación: 10 de junio de 2014 al 1 de julio de 2014.
2.º Ayudas de formación en gestión de la investigación en salud (FGIN): 11 de junio de 2014 al 1 de julio de 2014.
3.º Contratos Río Hortega: 24 de junio de 2014 al 10 de julio de 2014.
4.º Contratos de gestión en investigación en salud en los Institutos de Investigación Sanitaria acreditados: 11 de junio de 2014 al 1 de julio de 2014.
5.º Contratos Miguel Servet tipo I: 12 de junio de 2014 al 2 de julio de 2014.
6.º Contratos Miguel Servet tipo II: 17 de junio de 2014 al 8 de julio de 2014.
7.º Contratos Sara Borrell: 17 de junio de 2014 al 8 de julio de 2014.
8.º Contratos Juan Rodés: 12 de junio de 2014 al 2 de julio de 2014.
9.º Contratos para la intensificación de la actividad investigadora en el SNS: 25 de junio de 2014 al 14 de julio de 2014.
10.º Bolsas de ampliación de estudios (BAE): 11 de junio de 2014 al 3 de julio de 2014.
b) Actuaciones objeto de ayuda del Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento:
1.º Proyectos integrados de excelencia: 12 de junio de 2014 al 9 de julio de 2014.
2.º Proyectos de investigación en salud (Modalidad Proyectos de investigación en salud): 11 de junio de 2014 al 3 de julio de 2014.
3.º Proyectos de investigación en salud (Modalidad Proyectos de desarrollo tecnológico en salud): 17 de junio de 2014 al 10 de julio de 2014.
4.º Proyectos de investigación clínica independiente: 24 de junio de 2014 al 15 de julio de 2014.
5.º Acciones complementarias: 10 de junio de 2014 al 30 de septiembre de 2014.
...
Artículo 8. Instrucción del procedimiento. ... 3. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes establecido para cada tipo de actuación, el órgano competente dictará resolución mediante la que se aprobará la relación provisional de solicitudes admitidas y no admitidas, señalando, en este último caso, las causas que han determinado dicha condición. La resolución se hará pública enhttps://sede.isciii.gob.es , en Trámites más usados. Acción Estratégica en Salud. Ayudas y Subvenciones. En el caso de las Ayudas de formación en gestión de la investigación en salud (FGIN), la resolución también se publicará en el tablón de anuncios de la Oficina de Información del ISCIII, situada en la Avenida de Monforte de Lemos 5, 28029 Madrid.
Artículo 9. Evaluación y selección de las solicitudes.
Artículo 10. Trámite de audiencia y propuesta de resolución.
Artículo 11. Resolución, notificación y recursos.
Artículo 12. Modificaciones de la resolución de concesión.
Artículo 13. Control.
Artículo 14. Financiación.
Capítulo II. Actuaciones de la Acción Estratégica en Salud del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad.
Artículo 15. Actuaciones objeto de subvención. 1. Las propuestas que se presenten a la AES 2014 en este Programa deberán encuadrarse en alguna de las actuaciones que se indican a continuación y se describen en las correspondientes subsecciones.
2. En el Subprograma Estatal de Formación:
a) Contratos predoctorales de formación en investigación.
b) Ayudas de formación en gestión de la investigación en salud (FGIN).
c) Contratos Río Hortega.
3. En el Subprograma Estatal de Incorporación:
a) Contratos de gestión en investigación en salud en los Institutos de Investigación Sanitaria acreditados.
b) Contratos Miguel Servet tipos I y II.
c) Contratos Sara Borrell.
d) Contratos Juan Rodés.
e) Contratos para la intensificación de la actividad investigadora en el SNS.
4. En el Subprograma Estatal de Movilidad:
a) Bolsas de ampliación de estudios (BAE).
Sección 1.ª Disposiciones comunes de las actuaciones de los Subprogramas Estatales de Formación, Incorporación y Movilidad.
Artículo 16. Solicitudes y documentación. Forma y plazo de presentación.
Artículo 17. Categorías de los grupos de investigación.
Artículo 18. Evaluación y selección de las solicitudes. Comisiones de selección.
Artículo 19. Incorporaciones, renuncias y bajas.
Artículo 20. Pago y justificación de las actuaciones subvencionadas.
Artículo 21. Situaciones de interrupción de los contratos.
Artículo 22. Régimen de incompatibilidades.
Artículo 23. Cambios de centro de contratación.
Artículo 24. Seguimiento.
Sección 2.ª Disposiciones específicas del Subprograma Estatal de Formación.
Subsección 1.ª Contratos predoctorales de formación en investigación.
Artículo 25. Objeto y finalidad. 1. El objeto de esta convocatoria es la financiación de contratos destinados a la formación inicial de investigadores en ciencias y tecnologías de la salud, mediante la realización de una tesis doctoral, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación, encuadrándose en alguna de las siguientes modalidades:
A. Contratos PFIS: contratos predoctorales de formación en investigación en salud
B. Contratos i-PFIS: doctorados IIS-empresa en ciencias y tecnologías de la salud
2. Con esta actuación se pretende:
a) Promover el inicio de la carrera profesional mediante la incorporación de jóvenes investigadores al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
b) Promover la colaboración público-privada mediante el desarrollo de parte de los programas formativos en centros de trabajo de entidades empresariales que complementen las actividades del programa de doctorado en el campo de las ciencias y tecnologías de la salud.
c) Incentivar la incorporación de doctores a las entidades empresariales que colaboran con los IIS acreditados.
Artículo 26. Beneficiarios y características de los grupos de investigación.
Artículo 27. Condiciones de los contratos.
Artículo 28. Requisitos de los candidatos.
Artículo 29. Documentación requerida.
Artículo 30. Evaluación y selección de las solicitudes.
Subsección 2.ª Ayudas de formación en gestión de la investigación en salud (FGIN).
Artículo 31. Objeto y finalidad. 1. El objeto de estas ayudas es la concesión de becas para el desarrollo de un plan de actividades de formación en gestión de la investigación en ciencias y tecnologías de la salud a realizar en el ISCIII.
2. Con ellas se pretende promover la formación de especialistas en este campo, mediante el aprendizaje de aspectos relativos a la gestión, seguimiento y evaluación ex-ante y ex-post de las actuaciones de la AES, así como de las actividades de internacionalización e innovación en el ámbito de las ciencias y tecnologías de la salud.
Artículo 32. Requisitos de los candidatos.
Artículo 33. Condiciones de las ayudas.
Artículo 34. Documentación requerida.
Artículo 35. Evaluación y selección de las solicitudes.
Subsección 3.ª Contratos Río Hortega.
Artículo 36. Objeto y finalidad. 1. El objeto de esta convocatoria es la contratación de profesionales que hayan superado la Formación Sanitaria Especializada (en adelante FSE), para el desarrollo de un plan de formación en investigación en ciencias y tecnologías de la salud.
2. Con esta actuación se pretende:
a) Promover la capacitación en investigación de los profesionales sanitarios que hayan terminado el periodo de FSE regulado para Médicos, Farmacéuticos, Químicos, Biólogos, Bioquímicos, Psicólogos Clínicos, Radiofísicos Hospitalarios y personal de Enfermería, para incrementar la masa crítica de facultativos especialistas-investigadores, considerados claves en la investigación traslacional, contribuyendo así al acercamiento entre la investigación biomédica y la práctica clínica.
b) Promover la incorporación de jóvenes investigadores al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
c) Favorecer la investigación orientada al paciente y a la población, fundamentalmente en las especialidades clínicas con una menor masa crítica de investigadores en el ámbito del SNS, a través de actividades de transferencia.
Artículo 37. Características de los grupos de investigación.
Artículo 38. Condiciones de los contratos.
Artículo 39. Requisitos de los candidatos.
Artículo 40. Documentación requerida.
Artículo 41. Evaluación y selección de las solicitudes.
Sección 3.ª Disposiciones específicas del Subprograma Estatal de Incorporación.
Subsección 1.ª Contratos de gestión en investigación en salud en los Institutos de Investigación Sanitaria acreditados.
Artículo 42. Objeto y finalidad. El objeto de esta actuación es la contratación durante tres años de personal para la realización de actividades de apoyo a la gestión de la I+D+I en los IIS acreditados dirigidas a:
a) Mejorar la capacidad de gestión de las unidades de gestión de los IIS.
b) Apoyar las iniciativas de gestión y valorización de la innovación en estas instituciones.
Artículo 43. Condiciones de los contratos.
Artículo 44. Requisitos de los candidatos.
Artículo 45. Documentación requerida.
Artículo 46. Evaluación y selección de las solicitudes.
Subsección 2.ª Contratos Miguel Servet.
Artículo 47. Objeto y finalidad. 1. El objeto de esta convocatoria es la contratación de Doctores de acreditada trayectoria investigadora, en centros del ámbito del SNS, complementadas, en su caso, con financiación de un proyecto de investigación.
2. Con estos contratos se pretende:
a) Aumentar el número de investigadores en ciencias y tecnologías de la salud a tiempo completo en las instituciones del SNS, para incrementar el potencial de conocimiento transferible hacia la práctica clínica.
b) Promover la carrera profesional de los investigadores en biomedicina y ciencias de la salud en los centros del ámbito del SNS.
Artículo 48. Tipos.
Artículo 49. Condiciones de los contratos.
Artículo 50. Requisitos de los candidatos.
Artículo 51. Características de los proyectos de investigación.
Artículo 52. Documentación requerida.
Artículo 53. Evaluación y selección de las solicitudes.
Subsección 3.ª Contratos Sara Borrell.
Artículo 54. Objeto y finalidad. 1. El objeto es la contratación en centros del ámbito del SNS, de Doctores recién titulados en el campo de las ciencias y tecnologías de la salud, para perfeccionar su formación, incluyendo una estancia en centros extranjeros de prestigio internacional.
2. Con estos contratos se pretende:
a) Incentivar la participación del personal investigador que desempeña actividades asistenciales en el SNS y promover la incorporación de jóvenes investigadores al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
b) Promover la carrera profesional de los investigadores en ciencias y tecnologías de la salud en los centros del ámbito del SNS.
c) Reforzar la capacidad de los grupos de investigación a los que se incorporen los contratados.
Artículo 55. Características de los grupos de investigación.
Artículo 56. Condiciones de los contratos.
Artículo 57. Requisitos de los candidatos.
Artículo 58. Documentación requerida.
Artículo 59. Evaluación y selección de las solicitudes.
Subsección 4.ª Contratos Juan Rodés.
Artículo 60. Objeto y finalidad. 1. El objeto de esta convocatoria es la contratación de personal facultativo con experiencia en investigación en ciencias y tecnologías de la salud, en los centros asistenciales del SNS que forman parte de los IIS acreditados.
2. Con estos contratos se pretende:
a) Aumentar la masa crítica de facultativos que simultanean actividades clínico-asistenciales y de investigación para reforzar la capacidad de traslación del conocimiento a los pacientes y de generar hipótesis de investigación desde la práctica asistencial.
b) Favorecer la investigación orientada al paciente y a la población a través de actividades de transferencia.
c) Contribuir a la consolidación del componente investigador en la carrera profesional del personal del SNS.
Artículo 61. Condiciones de los contratos.
Artículo 62. Requisitos de los candidatos.
Artículo 63. Documentación requerida.
Artículo 64. Evaluación y selección de las solicitudes.
Subsección 5.ª Contratos para la intensificación de la actividad investigadora en el Sistema Nacional de Salud.
Artículo 65. Objeto y finalidad. 1. El objeto de esta convocatoria es la contratación en centros del SNS de facultativos especialistas, diplomados universitarios o graduados en Enfermería, para realizar parte de la actividad clínico-asistencial de profesionales que al mismo tiempo desarrollan actividades de investigación.
2. Con esta actuación se pretende:
a) Potenciar la masa crítica de profesionales asistenciales que simultanean actividades de investigación para trasladar el conocimiento a los pacientes y para generar hipótesis de investigación desde la práctica asistencial.
b) Incentivar la participación del personal asistencial del SNS en actividades de investigación.
c) Favorecer la investigación orientada al paciente y a la población.
Artículo 66. Condiciones de los contratos.
Artículo 67. Requisitos y categorías de los candidatos.
Artículo 68. Documentación requerida.
Artículo 69. Evaluación y selección de las solicitudes.
Sección 4.ª Disposiciones específicas del Subprograma Estatal de Movilidad.
Subsección 1.ª Bolsas de ampliación de estudios (BAE).
Artículo 70. Objeto y finalidad. El objeto de esta actuación es la financiación de estancias de los profesionales sanitarios e investigadores del SNS, para el aprendizaje o perfeccionamiento de técnicas, tecnologías o procedimientos en investigación, desarrollo e innovación tecnológica del campo de la biomedicina, en instituciones nacionales o extranjeras de prestigio.
Artículo 71. Condiciones de la financiación.
Artículo 72. Requisitos de los candidatos.
Artículo 73. Documentación requerida.
Artículo 74. Evaluación y selección de las solicitudes.
Capítulo III. Actuaciones de la Acción Estratégica en Salud del Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia.
Artículo 75. Actuaciones objeto de subvención. Las propuestas se encuadrarán en alguna de las actuaciones del Subprograma Estatal de Generación del Conocimiento que se indican a continuación y se describen en las correspondientes subsecciones:
a) Proyectos integrados de excelencia.
b) Proyectos de investigación en salud.
c) Proyectos de investigación clínica independiente.
d) Acciones complementarias.
Sección 1.ª Disposiciones comunes de las actuaciones del Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento.
Artículo 76. Solicitudes y documentación. Forma y plazo de presentación.
Artículo 77. Evaluación y selección de las solicitudes. Comisiones de selección.
Artículo 78. Conceptos subvencionables.
Artículo 79. Pago, seguimiento y justificación.
Sección 2.ª Disposiciones específicas del Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento.
Subsección 1.ª Proyectos integrados de excelencia.
Artículo 80. Objeto y finalidad. 1. El objeto de esta convocatoria es la financiación de proyectos de investigación con enfoques y métodos novedosos de calidad contrastada, que representen un avance significativo en el campo de la investigación en ciencias y tecnologías de la salud en alguna de las siguientes modalidades:
A. Proyectos integrados de excelencia en los IIS acreditados.
B. Proyectos integrados de excelencia en los CIBER.
2. Con esta actuación se pretende:
a) Agregar las capacidades y fomentar las sinergias en los IIS acreditados y en los CIBER, mediante la integración de la actividad de grupos de investigación de diferentes áreas de conocimiento, para favorecer la obtención de conocimientos de difícil consecución mediante proyectos convencionales.
b) Potenciar la investigación traslacional sobre medicina predictiva y personalizada.
c) Promover la participación de investigadores jóvenes.
d) Facilitar el desarrollo de proyectos de investigación de alta calidad dentro de los IIS como estructuras basales de la infraestructura europea EATRIS.
Artículo 81. Características de los proyectos.
Artículo 82. Requisitos de los participantes en los grupos de investigación.
Artículo 83. Régimen de incompatibilidades.
Artículo 84. Documentación requerida.
Artículo 85. Evaluación y selección de las solicitudes.
Subsección 2.ª Proyectos de investigación en salud.
Artículo 86. Objeto, finalidad y modalidades.1. El objeto de esta convocatoria es la financiación de proyectos en alguna de las siguientes modalidades:
A. Proyectos de investigación en salud.
B. Proyectos de desarrollo tecnológico en salud.
...
Artículo 87. Prioridades temáticas y líneas de investigación prioritarias.
Artículo 88. Tipos y características de los proyectos.
Artículo 89. Requisitos de los participantes en los equipos de investigación.
Artículo 90. Régimen de incompatibilidades.
Artículo 91. Documentación requerida.
Artículo 92. Evaluación y selección de las solicitudes.
Subsección 3.ª Proyectos de investigación clínica independiente.
Artículo 93. Objeto y finalidad. 1. El objeto de esta convocatoria es fomentar la investigación clínica con medicamentos de uso humano mediante la financiación de proyectos no promovidos por la industria farmacéutica, cuyos contenidos estén referidos a las siguientes áreas temáticas prioritarias, que también están dentro de las prioridades estratégicas de la infraestructura europea ECRIN:
a) Medicamentos huérfanos según lo dispuesto en el Reglamento (CE) 141/2000 y medicamentos de alto interés sanitario «sin interés comercial».
b) Investigación clínica y otros estudios dirigidos a reducir las resistencias a los antibióticos.
c) Investigación clínica de medicamentos para poblaciones especiales, en particular en población pediátrica.
d) Investigación clínica, estudios fármaco-epidemiológicos y de seguridad clínica de medicamentos autorizados en condiciones reales de uso.
e) Investigación clínica y estudios comparativos de medicamentos en el ámbito de las estrategias de control, con impacto en la salud pública para el SNS.
f) Medicamentos de terapia celular y otras terapias avanzadas como terapia génica o ingeniería de tejidos y medicina regenerativa.
g) Ensayos clínicos, incluyendo estudios fármaco-genéticos, encaminados a determinar poblaciones con distinto grado de respuesta, en eficacia y/o seguridad, a fármacos con relevancia clínica y terapéutica en la práctica asistencial.
Artículo 94. Tipos y características de los proyectos.
Artículo 95. Beneficiarios.
Artículo 96. Requisitos de los participantes en los equipos de investigación.
Artículo 97. Régimen de incompatibilidades.
Artículo 98. Documentación requerida.
Artículo 99. Evaluación y selección de las solicitudes.
Subsección 4.ª Acciones complementarias.
Artículo 100. Objeto, tipo y finalidad. 1. Esta actuación tiene por objeto la financiación de proyectos de investigación colaborativa en salud de dimensión internacional en el marco de consorcios transnacionales en el Espacio Europeo de Investigación en los que el ISCIII se ha comprometido a apoyar proyectos colaborativos relevantes, con participación de equipos de investigación españoles junto con equipos de otros países.
2. Con esta actuación se pretende financiar la contribución de equipos de investigación españoles en proyectos colaborativos que hayan concurrido a convocatorias internacionales conjuntas y que demuestren un valor añadido de la colaboración internacional en el campo de las ciencias y tecnologías de la salud.
Artículo 101. Características de los proyectos de investigación.
Artículo 102. Beneficiarios.
Artículo 103. Requisitos de los participantes en los equipos de investigación.
Artículo 104. Documentación requerida.
Artículo 105. Evaluación y selección de las solicitudes.
Disposición adicional única. Régimen de recursos contra la convocatoria.
Disposición final única. Entrada en vigor.
Anexo. Convocatorias internacionales de concurrencia en el marco de las Acciones complementarias.
1. ERA-Net on Rare diseases (E-RARE): «Development of innovative therapeutic approaches for rare diseases».
2. EUROpean network for transnational collaborative RTD projects in the field of NANOMEDicine (EuroNanoMed): «European Innovative RTD Projects in Nanomedicine».
3. ERA-NET on Translational Cancer Research (TRANSCAN): «Translational research on tertiary prevention in cancer patients».
4. Joint Programming Initiative on Antimicrobial Resistance (JPIAMR): «Innovative approaches to new antibacterial drug discovery-attenuating pathogens, enhancing host immune clearance, exploiting antimicrobial resistance».
5. Joint Programme – Neurodegenerative Disease Research (JPND). Topic 1: «Cross-Disease Analysis of Pathways related to Neurodegenerative Diseases».
6. Joint Programme – Neurodegenerative Disease Research (JPND). Topic 2: «Pilot Studies on Preventive Strategies related to Neurodegenerative Diseases».
7. Active Assisted Living Joint Programm (AAL): «Care for the future».
8. European & Developing Countries Clinical Trials Partnership (EDCTP): PSIA and other calls 2014.

9. Joint Programming Initiative «More Years, Better Lives» (JPI MYBL): pilot call 2014.

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