martes, 15 de julio de 2014

20 Becas destinadas a los alumnos extranjeros del Máster Universitario en Liderazgo y Dirección Pública por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en su modalidad presencial, convocado por el INAP, en su edición 2014-2015

Primero. Objeto y finalidad. Esta resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el marco de la Orden HAP/2574/2012, de 29 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas para la participación en el Máster Universitario en Liderazgo y Dirección Pública por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en su modalidad presencial, organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública, un máximo de veinte becas destinadas a los alumnos extranjeros del Máster Universitario en Liderazgo y Dirección Pública por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo en su modalidad presencial, convocado por el INAP, en su edición 2014-2015, que les permita cubrir los gastos de desplazamiento a España, para facilitar su participación y contribuir a la profesionalización de las Administraciones públicas a las que pertenecen.
Segundo. Requisitos de los solicitantes. Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en esta resolución aquellos solicitantes no residentes en España que cumplan los siguientes requisitos:
a) Haber sido admitido en el máster, para el curso académico 2014-2015, de acuerdo con los criterios establecidos en la correspondiente convocatoria.
b) No ser beneficiario de otra beca o subvención por el mismo concepto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo o de la Fundación Carolina.
c) Estar en posesión de un pasaporte válido emitido por las autoridades competentes del país de origen en el momento de incorporarse al máster.
d) No encontrarse incurso en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con excepción de la prevista en su párrafo f).
Tercero. Presentación de solicitudes, plazos y subsanación. Las solicitudes se cumplimentarán en español en el formulario de solicitud que aparece como anexo I y se presentarán mediante el envío del formulario, debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante, acompañado de la documentación requerida, a la dirección de correo electrónico master@inap.es.
El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 16 al 30 de julio de 2014, a.i.} El plazo se regirá por el horario peninsular desde las 00:00 horas del día de apertura hasta las 23:59 del día de finalización. Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido darán lugar a su inadmisión. 
... a sede electrónica del INAP (http://sede.inap.gob.es/).

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