domingo, 6 de julio de 2014

subvenciones para el fomento de la traducción a lenguas extranjeras. (de obras integrantes del patrimonio cultural español.)

1. Objeto y finalidad. 1. Se convocan, para el año 2014, subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de la traducción y edición a lenguas extranjeras de obras literarias o científicas publicadas originariamente en español o en cualquiera de las lenguas cooficiales de las comunidades autónomas.
2. La finalidad de estas subvenciones es promover la edición y publicación en lenguas extranjeras de obras integrantes del patrimonio cultural español.
4. Beneficiarios, requisitos y exclusiones. 1. Podrán solicitar estas subvenciones entidades, privadas o públicas, del sector editorial y entidades con labor editorial, ya sean personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, siempre que estén legalmente constituidas y acrediten haber realizado una labor ininterrumpida de 2 años, como mínimo, en la fecha de publicación de esta convocatoria.
No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones o incompatibilidades de las previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003.
2. Quedan excluidas expresamente de las subvenciones reguladas en esta Resolución las solicitudes:
a) ...
5. Forma de presentación de la solicitud. 1. Para solicitar la subvención deberá presentarse, a máquina, en castellano, los modelos oficiales que figuran en los anexos de la presente Resolución:
– Anexo I: Datos de la entidad (uno por entidad).
– Anexo II: Datos del proyecto de traducción (uno por cada título).
– Anexo III: Declaración de no estar incurso en una causa de incompatibilidad o prohibición (uno por entidad).
– Anexo IV: Declaración acerca de actos y actividades en territorio español sujetas a obligaciones tributarias y de seguridad social (uno por entidad).
– Anexo V: Declaración de otras ayudas obtenidas (uno por entidad).
En la página web del Ministerio se publicará una guía informativa.
6. Plazo y lugar de presentación de solicitudes. 1. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 6 de julio al 5 de agosto de 2014, a.i.}
2. Las solicitudes deberán dirigirse a la Directora General de Política e Industrias Culturales y del Libro, pudiendo ser presentadas en el Registro del Ministerio Educación, Cultura y Deporte, sito en la Plaza del Rey, 1, 28004 de Madrid, así como ante las representaciones diplomáticas o consulares en el extranjero. También se podrán presentar en los registros y oficinas a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
A efectos de comprobación de su presentación en plazo, las solicitudes remitidas a través de servicios de mensajería privados o de servicios de correo extranjeros se considerarán presentadas en la fecha que hayan tenido entrada en el registro de algún organismo oficial.
Los interesados que lo deseen, siempre que posean un certificado de firma electrónica válida, podrán presentar las solicitudes a través de la sede electrónica del Ministerio (https://sede.mcu.gob.es/SedeElectronica/), en el apartado «trámites y procedimientos».
3. Una misma entidad no podrá solicitar ayuda para más de cinco proyectos. En el supuesto de que el mismo titular supere este límite se evaluarán las primeras cinco solicitudes que haya presentado, según fecha, hora y número de registro, considerándose excluidas las restantes.

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