lunes, 14 de marzo de 2016

1 plaza de Arquitecto Técnico (A2) y bolsa de trabajoAyuntamiento de Los Alcázares (Murcia)

Ayuntamiento de Los Alcázares. Convocatoria y bases para la selección de funcionario interino para cubrir una plaza de Arquitecto Técnico, con creación de bolsa de trabajo, por el sistema de concurso-oposición.
... convocar las pruebas selectivas para la cobertura interina de una plaza vacante de Arquitecto Técnico, por el sistema de concurso-oposición, con creación de bolsa de trabajo, del tenor literal siguiente:
Bases para la selección de un funcionario interino para cubrir una plaza de Arquitecto Técnico por el sistema de concurso-oposición, con creación de bolsa de trabajo
Primera.- Objeto de la convocatoria, clasificación, retribución y bolsa de trabajo. 1.1.- Es objeto de la convocatoria la selección y posterior nombramiento de un funcionario interino, a jornada completa, para la cobertura de una plaza de Arquitecto Técnico, vacante en la plantilla de personal.
El funcionario interino cesará cuando la plaza sea cubierta de manera definitiva por funcionario de carrera, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Conforme a lo dispuesto por el artículo 2 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, la selección de los aspirantes se realizará a través del sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en la base quinta de esta convocatoria. Se opta por el sistema de concurso-oposición, motivando expresamente su elección por la necesidad de que accedan a la plaza y a la lista de reserva personas con un cierto bagaje profesional y formativo de forma que se garantice adecuadamente los principios de mérito y capacidad en el acceso, valorando no sólo sus conocimientos teóricos sino también su experiencia laboral y formación específica en las materias relacionadas con las funciones a desempeñar y sus conocimientos.
1.2.- Clasificación:
- Situación administrativa: Funcionario Interino
- Grupo/subgrupo: A/A2.
- Escala: Administración Especial. Subescala: Técnica Media
- Denominación: Arquitecto Técnico Municipal
1.3.- Retribución: La plaza está dotada con las retribuciones básicas y complementarias legalmente establecidas, según cuantías aprobadas al efecto por el Pleno de la Corporación.
1.4.- Creación de bolsa de trabajo: Del resultado de la convocatoria se creará una bolsa de trabajo para cubrir puestos que pudieran quedar vacantes y que requieran igual titulación y categoría profesional que el puesto objeto de la convocatoria. La Bolsa así constituida guardará el orden de prelación según la puntuación final obtenida por los aspirantes en el proceso selectivo y estará vigente hasta que se realice una nueva convocatoria para la cobertura de plazas de la misma categoría y titulación. La constitución de la bolsa de trabajo que se derive de la actual convocatoria anula cualquier bolsa de trabajo anterior de Arquitecto Técnico en el Ayuntamiento de Los Alcázares. Segunda.- Publicación de la convocatoria. La Convocatoria se publicará íntegra en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Tercera.- Participación en la convocatoria. 3.1.- Requisitos de los aspirantes: Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas de las plazas convocadas, los aspirantes deberán reunir, los requisitos de capacidad siguientes:
a. Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, para los nacionales de otros Estados. En este caso los aspirantes deberán acreditar el dominio hablado y escrito del castellano como lengua oficial del Estado, pudiendo ser sometidos a una prueba que acredite su conocimiento.
b. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. De conformidad con lo establecido en el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, serán admitidas las personas con discapacidad, de acuerdo con lo dispuesto por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas. El Ayuntamiento de Los Alcázares se reserva el derecho a someter a los aspirantes propuestos por el Tribunal y antes de su nombramiento como funcionarios a cuantas pruebas considere oportunas para adecuar el cumplimiento de este requisito.
c. Tener cumplidos 16 años y no exceder en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa en la fecha que finalice el plazo de admisión de instancias.
d. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, deberán acreditar no hallarse inhabilitado o en situación equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. e. Estar en posesión de la Titulación académica de Arquitecto Técnico o grado equivalente, o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
3.2.- Los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el desarrollo del proceso selectivo.
3.3.- La titulación académica a que se refiere la letra e), deberá estar expedida por centros oficiales debidamente reconocidos. En el caso de titulación obtenida en el extranjero, deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación, a tenor de lo regulado en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado.
3.4.- Instancias: Las instancias solicitando tomar parte en el proceso de oposición, ajustadas al modelo previsto en el Anexo II de estas bases, y dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación Municipal, deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Los Alcázares, o en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca publicado el correspondiente anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. {del 15 de marzo al 4* de abril de 2016, a.i.}
En el caso de que no se presente en el registro de entrada de este Ayuntamiento sino en otros registros admisibles, se deberá remitir, dentro del plazo de presentación, fax al número 968 574490, indicando dicha circunstancia e identificando al aspirante, para su admisión.  -  www.losalcazares.es

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