EDICTO
CONVOCATORIA Y BASES PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL LABORAL DE DINAMIZADOR DE DEPORTES Y JUVENTUD
PRIMERA. – OBJETO DE LA CONVOCATORIA. 1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la constitución de la Lista de Espera de Dinamizador de Deportes y Juventud de la Bolsa de Trabajo Temporal del Ayuntamiento de Utiel mediante el procedimiento de concurso-oposición.
1.2.- Las funciones y tareas a desempeñar por quienes resulten contratados consistirán, en la organización técnica de las áreas municipales de deporte y juventud.
1.3.- De conformidad con el artículo 4 del Reglamento Regulador de la Constitución y Funcionamiento de la Bolsa de Trabajo Temporal del Ayuntamiento de Utiel, la presente Lista de Espera se utilizará para los supuestos de necesidad de cobertura temporal del puesto de trabajo de Dinamizador de Deporte y Juventud existente en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento, así como para la contratación de personal no permanente necesario para la realización de actividades que no puedan ser atendidas por personal de la plantilla.
1.4.- En virtud de lo establecido en el artículo 3 del mismo Reglamento, esta Lista no se utilizará: 1.4.1.- Para contrataciones temporales derivadas de subvenciones otorgadas por otras Administraciones Públicas o encuadradas en programas organizados por las mismas, salvo que las bases de las subvenciones o las normas reguladoras de los programas lo permitan.
1.4.2.- En los Planes de Empleo que el Ayuntamiento pueda organizar con el fin de combatir el desempleo en el municipio, en los que se tome, para la selección de personal, criterios de naturaleza socioeconómica.
SEGUNDA. – REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. 2.1.- Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.2.- Poseer la nacionalidad española, la de un Estado miembro de la Unión Europea, estar incluido en el ámbito de aplicación de Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores o ser extranjero con residencia legal en España, todo ello de acuerdo con el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público, respecto
2.1.3.- Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
2.1.4.- No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás participantes, sin que se establezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas sino en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones a desarrollar. A tales efectos, los aspirantes con discapacidad deberán presentar certificación de dictamen del órgano competente de cualquier Comunidad Autónoma o de la Administración del Estado, que acredite la discapacidad, así como el certificado de compatibilidad expedido por el organismo competente que acredite su capacidad para desempeñar las tareas y funciones de los puestos objeto de convocatoria. Para facilitar la emisión del certificado se podrá solicitar previamente por el/la interesado/a a la Concejalía competente en materia de Prevención de Riesgos Laborales, los riesgos del puesto de trabajo de la lista de la bolsa de empleo a la que se presenta.
2.1.5.- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
2.1.6.- Poseer el título de bachillerato o formación profesional de grado dos o superior o equivalente.
2.1.6.- Poseer el título de bachillerato o formación profesional de grado dos o superior o equivalente.
2.1.7.- Los requisitos deberán reunirse en el día de la finalización del plazo de presentación de instancias y mantenerse los mismos durante todo el proceso selectivo.
TERCERA. - SOLICITUDES. 3.1.- Las solicitudes para formar parte de la Lista de la Bolsa de Empleo, conforme al modelo que se adjunta como ANEXO I, se dirigirán al Sr. Alcalde y deberán presentarse en el Registro General de Entrada de Documentos del Ayuntamiento o en alguno de los registros a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en el plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia.
3.2.- La solicitud será facilitada en el mostrador de información de la Casa Consistorial y se podrá descargar directamente de la página web del Ayuntamiento.
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