Ajuntament de Xàbia. BASES FORMACIÓN BOLSA DE TRABAJO CONTRATACIÓN TEMPORAL PROFESORES DE FLAUTA TRAVESERA
“BASES PARA LA FORMACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DIRIGIDA A LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE PROFESORES DE FLAUTA TRAVESERA CON DESTINO AL CONSERVATORIO MUNICIPAL DE MÚSICA. 1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El objeto de la presente convocatoria es la constitución de una bolsa de trabajo de Profesores de Flauta Travesera, para cubrir temporalmente plazas no cubiertas por cualquier causa.
Con los aspirantes que sean llamados por la bolsa de trabajo, se procederá a realizar la pertinente contratación temporal.
La jornada laboral asignada a esta plaza es de 30 horas semanales.
Las funciones a realizar serán: Impartir clases de Flauta Travesera y asignaturas complementarias en el Conservatorio municipal de Música.
Los aspirantes deberán adaptarse al horario ya establecido para esta asignatura, 4 días a la semana, según programación del Conservatorio. El servicio comprende además, preparación de clases, reuniones de claustro, tutoría y participación en conciertos y actividades que se programen.
El sistema de selección de los aspirantes será el de concurso de méritos.
La jornada laboral asignada a esta plaza es de 30 horas semanales.
Las funciones a realizar serán: Impartir clases de Flauta Travesera y asignaturas complementarias en el Conservatorio municipal de Música.
Los aspirantes deberán adaptarse al horario ya establecido para esta asignatura, 4 días a la semana, según programación del Conservatorio. El servicio comprende además, preparación de clases, reuniones de claustro, tutoría y participación en conciertos y actividades que se programen.
El sistema de selección de los aspirantes será el de concurso de méritos.
2.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitido en el proceso selectivo será necesario reunir los siguientes requisitos:
a. Ser español o nacional de uno de los restantes estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en la Ley estatal que regula esta materia. b. Tener cumplidos 16 años y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa. c. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones. d. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración pública, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. e. Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos: - Título de profesor o profesor superior, especialidad flauta travesera, expedido de acuerdo al Real Decreto 2618/1966.
- Título superior de música, especialidad de flauta travesera, expedido de acuerdo al Real Decreto 617/1995, o Real Decreto 631/2010.
3.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Las solicitudes para tomar parte en las pruebas selectivas se presentarán, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de un extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. {del 5 al 25* de abril de 2016, a.i.}
Todos los anuncios de trámites posteriores se publicarán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y página Web del Ayuntamiento.
Junto a las instancias, los aspirantes presentarán fotocopia compulsada del DNI, de la titulación exigida, así como relación de méritos alegados y fotocopia de la documentación acreditativa de los mismos, en original o copia compulsada.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, por la Alcaldía-Presidencia se dictará resolución, declarando aprobada con carácter provisional la lista de admitidos y excluidos e indicando en su caso la causa de exclusión. En dicha resolución que deberá publicarse en el tablón de anuncios del Ayuntamiento se concederá un plazo de diez días hábiles para la presentación de subsanaciones. Una vez examinadas las que se hubieran presentado, se publicará la relación definitiva de admitidos en dicho tablón de anuncios. También se determinará y publicará el lugar y fecha de constitución del Tribunal.
De no presentarse ninguna reclamación se considerará definitiva la inicialmente publicada.
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