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miércoles, 6 de marzo de 2019

Bolsa de trabajo de: • Maestro de educación infantil • Técnico de educación infantil • Auxiliar administrativo • Auxiliar de ayuda a domicilio • Peón de albañilería • Peón de jardinería • Peón de servicios múltiples. (tareas básicas de electricidad, pintura, fontanería, limpieza viaria y mantenimiento,...). • Operario de limpieza. (tareas básicas de limpieza en dependencias e instalaciones municipales). Ajuntament d'Olocau (Camp de Turia-València)

Resultado de imagen de olocau camp de turia- Anuncio del Ayuntamiento de Olocau sobre aprobación definitiva bases de convocatoria y funcionamiento de la bolsa de trabajo.
ANUNCIO
Transcurrido el plazo de 30 días para la exposición pública del acuerdo provisional de aprobación de las BASES DE CONVOCATORIA Y FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA DE TRABAJO DEL AYUNTAMIENTO DE OLOCAU, (BOP n.º 250 de 31-12-2018), y dado que no se han presentado reclamaciones, queda elevado a definitivo el acuerdo provisionalmente adoptado según lo dispuesto en el art. 70 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local 7/1985, de 2 de abril procediéndose a la publicación íntegra del texto de la ordenanza en la web municipal www.olocau.es
///////////////////////////// BASES////////////////////
BASE PRIMERA: OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN  El objeto de las presentes bases es la regulación del procedimiento de convocatoria y funcionamiento de la Bolsa de Trabajo del Ayuntamiento de Olocau para la selección de personal para cubrir, con contrataciones de carácter temporal, las necesidades concretas y puntuales de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Olocau que se encuentren temporalmente no ocupados y para los que proceda la sustitución transitoria del ocupante de la plaza, por bajas por enfermedad, vacaciones, acumulación de tareas, u otras contingencias análogas, tanto las correspondientes a plazas de personal laboral, como los puestos de trabajo de carácter temporal a cubrir por circunstancias o necesidades particulares del servicio municipal.
Los puestos para los que podrá ser utilizada la presente Bolsa de Trabajo son los siguientes:
• Maestro de educación infantil 
• Técnico de educación infantil 
• Auxiliar administrativo 
• Auxiliar de ayuda a domicilio 
• Peón de albañilería 
• Peón de jardinería 
• Peón de servicios múltiples. (tareas básicas de electricidad, pintura,   fontanería, limpieza viaria y mantenimiento,...). 
• Operario de limpieza. (tareas básicas de limpieza en dependencias e instalaciones municipales).
La Bolsa estará formada por los listados de aspirantes, uno para cada uno de los puestos de trabajo relacionados, en los que de cada aspirante se consignarán las iniciales de los nombres y apellidos, Documento Nacional de Identidad, y puntuación obtenida.
Desde el área de empleo y desarrollo local se solicitan programas anuales específicos de empleo subvencionados, tales como EZOIN, EMCORP, Salario Joven, y se gestionan ofertas de empleo con entidades privadas. En estos casos se estará a la normativa vigente para estos programas de empleo o criterios de la entidad/empresa y, por tanto, no se aplicarán los criterios de contratación expuestos en las presentes bases.
En ningún caso la mera pertenencia a la Bolsa implicará derecho alguno a obtener nombramiento o contrato laboral más allá de los directamente derivados de los objetivos de la misma, por lo que la contratación temporal que de ella se derive, no generará tampoco ningún derecho extra a pertenecer a la plantilla fija de personal de la Corporación.
BASE SEGUNDA: CONVOCATORIA DE LA BOLSA DE TRABAJO. La convocatoria de la Bolsa de Trabajo se realizará mediante Decreto de alcaldía publicado en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en su página web www.olocau.es y anunciado mediante bando municipal que será transmitido así mismo a través de la aplicación móvil App “Olocau info”, y mediante comunicación por correo electrónico a las asociaciones inscritas en el municipio, con objeto de facilitar su difusión.
La convocatoria de una nueva Bolsa de Trabajo deberá realizarse, salvo casos debidamente justificados o en los supuestos de modificación contemplados en la base decimocuarta, con al menos 15 días de antelación a la fecha de finalización de la vigencia de la Bolsa anterior.
BASE TERCERA: REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES Quienes deseen formar parte de la Bolsa de Trabajo del Ayuntamiento de Olocau deberán reunir los siguientes requisitos generales, o estar en disposición de reunirlos en la fecha en que termine el plazo para la presentación de instancias:
a) Nacionalidad. Tener la nacionalidad española, o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, en los términos establecidos en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Edad. Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Capacidad. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas objeto del puesto de trabajo.
d) Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones o Instituciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, en los términos del artículo 56.1 d) del citado RDL 5/2015.
 e) Incompatibilidad. No hallarse incurso en causa de incapacidad de las contenidas en la legislación vigente.
f) Situación laboral. Encontrarse en alguna de las situaciones siguientes:
• Situación legal de desempleo, inscrito como demandante de empleo en la oficina correspondiente del Servicio Valenciano de Empleo y Formación (SERVEF) y en posesión del documento actualizado de Alta y Renovación de la Demanda de Empleo (DARDE). 
• Situación legal en activo, con un contrato temporal por cuenta ajena cuya finalización esté prevista dentro de los cuatro meses siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
g) Titulación. Estar en posesión de la titulación correspondiente al puesto solicitado o superior, de acuerdo a lo recogido en el cuadro siguiente: 
PUESTO DE TRABAJO  REQUISITO OBLIGATORIO: TITULACIÓN 
MAESTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL • Maestro de Educación Infantil o título de Grado equivalente • Curso de manipulador de alimentos 
TÉCNICO DE EDUCACIÓN INFANTIL • Ciclo Superior de Educación Infantil • Curso de manipulador de alimentos
AUXILIAR ADMINISTRATIVO • Graduado en ESO, FP1, Ciclo formativo de Grado Medio en Administración y Finanzas, o titulación equivalente
AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO
• Graduado en ESO, título de Auxiliar de Enfermería, Atención Socio-Sanitaria, o titulación equivalente, o categoría profesional acreditada 
PEÓN DE ALBAÑILERÍA • Certificado de escolaridad o Curso específico de albañilería de 20 h. mínimo 
PEÓN DE JARDINERÍA • Certificado de escolaridad o Curso específico de jardinería de 20 h. mínimo 
PEÓN DE SERVICIOS MÚLTIPLES • Certificado de escolaridad 
OPERARIO DE LIMPIEZA • Certificado de escolaridad
h) Personas con discapacidad. Las solicitudes de las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones que los demás solicitantes, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
BASE CUARTA: DOCUMENTACIÓN Y PLAZOS
Instancias
Los aspirantes deberán presentar las instancias de solicitud debidamente firmadas, acompañadas de la documentación necesaria y de las hojas de auto-baremación de méritos, en el Registro General del Ayuntamiento de Olocau, en horario de 09.00 a 14.00 h de lunes a viernes.
Se presentará una única instancia por solicitante en la que se señalarán los distintos puestos a los que se presenta, con un límite de tres puestos por persona y una hoja de auto-baremación para cada puesto solicitado.
Las instancias, según modelo del Anexo I, y las hojas de auto-baremación según modelo del Anexo II, podrán adquirirse en las oficinas del Ayuntamiento de Olocau. 
Documentación:
La documentación a presentar por todos los candidatos junto con la instancia de solicitud es la siguiente:
1.- Documentación general:
• Original y fotocopia del Documento Nacional de Identidad o NIE. 
• Copia de la documentación acreditativa de que posee la titulación académica necesaria de acuerdo a lo señalado en la base tercera. 
• Hojas de auto-baremación según modelo del Anexo II. Se presentará una hoja de auto-baremación para cada uno de los puestos señalados en la instancia. 
• Copia de la documentación acreditativa de los méritos alegados (experiencia laboral, formación académica, formación complementaria y resto de méritos recogidos en la base quinta). 
• Para justificar que se cumplen los requisitos de capacidad, habilitación y compatibilidad señalados en la base segunda, bastará con marcar y firmar el apartado de la instancia denominado “Declaración responsable”.
2.- Documentación particular.
Junto con la instancia se presentará copia de toda la documentación acreditativa de los méritos alegados, según lo recogido al respecto en la base sexta, no pudiéndose aportar documentación alguna una vez finalizado el plazo de presentación de instancias.
En cualquier caso, la documentación original se presentará en el momento de la incorporación al puesto de trabajo, en caso de contratación, siendo motivo de exclusión la no presentación de estos originales.
3.- Las personas con discapacidad deberán presentar, además, certificación de organismo oficial competente que acredite tal condición, así como su capacidad para desempeñar las tareas correspondientes a los puestos de trabajo que solicita.
Plazo.
El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en su página web www.olocau.es.

martes, 17 de octubre de 2017

1 Director/a, 1 Profesor/a, 1 Administrativo/a, 4 Monitor/a (1 Electricidad, 1 Fontanería, 1 Albañilería, 1 Carpintería)proyecto POEJ . Ajuntament de Paterna (Horta Nord-València)

- Edicto del Ayuntamiento de Paterna sobre aprobación de las bases de proceso de selección de varias plazas de personal directivo, docente y administrativo del proyecto POEJ.
EDICTO
Por Decreto de Alcaldía nº 2790, de fecha 25 de septiembre de 2017 ,se aprobaron las bases reguladoras que han de regir el proceso de selección para la cobertura temporal de las plazas de personal directivo, docente y de apoyo del proyecto POEJ y que a continuación se transcriben literalmente:
BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA COBERTURA TEMPORAL DE LAS PLAZAS DE PERSONAL DIRECTIVO, DOCENTE Y DE APOYO DEL PROYECTO POEJ (PROGRAMA OPERATIVO DE EMPLEO JUVENIL)
Resolución de 6 de febrero de 2017, de la Dirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas y Entes Locales, por la que se aprueba la convocatoria 2017 de ayudas del Fondo Social Europeo, previstas en el Programa Operativo de Empleo Juvenil (ayudad AP-POEJ), destinadas a la integración sostenible de personas jóvenes en el mercado de trabajo, en el contexto del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
PRIMERA. OBJETO DE LAS BASES
El objeto de las presentes bases es la regulación de selección, mediante convocatoria libre, para la contratación temporal del personal directivo, docente y de apoyo que ha de desarrollar el proyecto POEJ y que figuran relacionados en el Anexo I.
La realización del proceso selectivo convocado, se ajustará a lo establecido en las Bases Generales que rigen los procesos selectivos del personal con carácter temporal para la ejecución de programas, servicios o proyectos en colaboración con otras administraciones públicas u otras propias de esta Entidad Local que revistan tal carácter temporal.
SEGUNDA. CARACTERÍSTICAS DE LAS PLAZAS
Las bases de esta convocatoria se establecen con el fin de que los aspirantes, que accedan a las plazas convocadas, posean las condiciones precisas para desempeñar con eficacia las diversas funciones específicas que conllevan los puestos de trabajo expuestos.
Dichos puestos no se consideran incluidos en las correspondientes plantilla o relaciones de puestos de trabajo, por lo que no será precisa oferta de empleo público previa.
TERCERA. CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES
Para tomar parte en el proceso de selección, será necesario que los aspirantes reúnan los requisitos siguientes:
1.
Tener la nacionalidad española o, en el caso de extranjeros, aquéllas que determina la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, y los incorporados tras la modificación efectuada por la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social (cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas). Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
En el supuesto de que el aspirante sea extranjero, nacional de alguno de los estados no miembros de la Unión Europea, se tendrá en cuenta la siguiente consideración:
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 177 y concordantes del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, en relación con la Ley 7/1985, de 2 de abril, la Ley Orgánica 7/1985, de 1 de junio, el Real Decreto 1099/1986, de 29 de mayo, el Real Decreto 1119/1986, de 19 de mayo, y el Real Decreto 155/1996, de 2 de febrero, en el supuesto de que un aspirante sea extranjero, nacional de alguno de los estados que no son miembros de la Unión Europea, donde se ha hecho efectiva la libre circulación de trabajadores, el nombramiento que se celebre estará condicionado, en su formalización y continuidad, a la obtención y la renovación del permiso de trabajo y las demás autorizaciones.
2. Tener cumplidos 18 años, y no haber alcanzado la edad de 65.
3. Las personas extranjeras que no pertenezcan a alguno de los Estados firmantes del Tratado de la Unión Europea deberán tener permiso de trabajo con una duración mínima superior a la del proyecto a realizar, la titulación exigida para el puesto al que optan homologada por el Estado español, así como conocimientos suficientes de lengua castellana.
4. Estar en posesión de los requisitos mínimos exigidos por el puesto de trabajo que se solicita, de acuerdo con lo indicado en el ANEXO I, en la fecha en que se inicia el plazo de presentación de solicitudes.
5. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones por sentencia firme.
6. Quienes tengan la condición de minusválidos/as deberán acreditar la aptitud para el ejercicio de las funciones correspondientes a las plazas objeto de esta convocatoria mediante dictamen expedido por un equipo multiprofesional competente, conforme a lo establecido en el artículo 38.3 de la ley 13/82 de 7 de abril.
Los/as aspirantes que resulten seleccionados/as se someterán al régimen de incompatibilidades vigente.
CUARTA. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

En las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo enunciado los/as aspirantes deberán manifestar que reúnen, en la fecha de terminación del plazo para su presentación, todos y cada uno de los requisitos que se exigen en las presentes bases, se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Paterna, durante el plazo de CINCO DIAS HABILES contados a partir del siguiente al que aparezca publicado en el Boletín Oficial de la Provincia.{del 18 al 24 de octubre de 2017, a.i.}
Las bases se publicarán íntegramente en el tablón de edictos del Ayuntamiento y complementariamente y sin carácter oficial en la página web. www.paterna.es
A la instancia se acompañará:
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad
- Curriculum Vitae actualizado
- Títulos académicos poseidos
- Documentación a efectos de justificar los méritos que se alegan mediante fotocopias autentificadas de todos aquellos documentos acreditativos de los méritos que figuren como valorables en la fase de concurso. En los cursos de formación se deberá aportar los diplomas o certificados de los mismos, donde se indique las horas y contenidos formativos.
- La experiencia profesional se acreditará con los documentos probatorios que el/la aspirante considere convenientes y además, ineludiblemente, mediante certificación acreditativa de vida laboral emitida por la Tesorería de la Seguridad Social, aportación de contratos o certificados de empresa. En caso de autónomos: informe de vida laboral y la acreditación del alta en el epígrafe correspondiente del IAE.
- Situación laboral de desempleo (deberá acreditarse con una certificación actualizada del Centro SERVEF de Empleo en la que figure expresamente la condición de desempleado).
No se valorarán aquellos méritos que no estén debidamente acreditados en el momento de presentación de solicitudes o formen parte de los requisitos de acceso al puesto al que se aspira.
En el caso de optar a varios puestos de trabajo se deberá presentar una solicitud por puesto y un "curriculum vitae" con su documentación para cada uno de los puestos. El solicitante deberá además indicar el orden de preferencia respecto de cada puesto, que será tenido en cuenta en el proceso selectivo.
La instancia solicitud para tomar parte en el proceso selectivo también se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ( Ley 39/2015, de 1 de octubre), en cuyo caso la persona interesada deberá comunicarlo al Ayuntamiento de Paterna, a la siguiente dirección de correo electrónico: peconomica@ayto-paterna.es adjuntando la documentación presentada. Si no se recibe dicha comunicación dentro del plazo de presentación de solicitudes, no podrá ser admitido en el proceso selectivo.
ANEXO I
RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO
PUESTO DE TRABAJO CONTRATO (DURACIÓN Y JORNADA) REQUISITOS MÍNIMOS EXIGIDOS

DIRECTOR/A · Duración: 12 meses
· Jornada: 100% · Titulación Universitaria
PROFESOR/A · Duración: 12 Meses
· Jornada: 100% · Diplomado o Grado Magisterio/ o titulación universitaria, con CAP o Máster equivalente y B2 de inglés.
PERSONAL ADMINISTRATIVO · Duración: 12 meses
· Jornada: 100% · FP II Administración · GS Administración y Finanzas
MONITOR/A EN ELECTRICIDAD · Duración: 12 meses
· Jornada: 100% · Graduado en Educación Secundaría o Graduado Escolar o experiencia profesional como oficial de 1ª en la especialidad
MONITOR/A EN  FONTANERÍA · Duración: 12 meses
· Jornada: 100% · Graduado en Educación Secundaría o Graduado Escolar o experiencia profesional como oficial de 1ª en la especialidad
MONITOR/A EN ALBAÑILERÍA · Duración: 12 meses
· Jornada: 100% · Graduado en Educación Secundaría o Graduado Escolar o experiencia profesional como oficial de 1ª en la especialidad
MONITOR/A EN CARPINTERÍA · Duración: 12 meses
· Jornada:100% · Graduado en Educación Secundaría o Graduado Escolar o experiencia profesional como oficial de 1ª en la especialidad