sábado, 13 de febrero de 2010

1 beca de formación y especialización para la realización de trabajos, a desarrollar durante el año 2010 que se encomienden por el Dep. de Protocolo.

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN. Becas
Resolución de 1 de febrero de 2010, del Consejo Económico y Social, por la que se convoca beca de formación y especialización para la realización de trabajos, a desarrollar durante el año 2010 que se encomienden por el Departamento de Protocolo.
PDF (BOE-A-2010-2394 - 7 págs. - 258 KB)
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Objeto.–La Beca, individual, será de formación y especialización para la realización de trabajos que se le encomienden por el Departamento de Protocolo, adscrito a la Secretaría General, en relación con la organización de eventos, Seminarios, Cursos, Jornadas y otras actividades en las materias competencia del Consejo Económico y Social.
Los trabajos que se realicen por el becario quedarán en propiedad del Consejo Económico y Social.
Duración y cuantía.–La Beca se disfrutará desde su otorgamiento por el Presidente del Consejo Económico y Social hasta el 31 de julio de 2010. Su cuantía será de 948,91 euros brutos mensuales, que se percibirán finalizado cada mes.
El Consejo Económico y Social podrá, previa resolución motivada, prorrogar la Beca concedida en la presente convocatoria, siempre que las circunstancias del proceso formativo del becario así lo aconsejen. Esta prórroga podrá realizarse, y estará condicionada en todo momento a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio y como limite hasta el 31 de diciembre de 2012.
Requisitos que deben reunir los aspirantes.- 1. Poseer la nacionalidad española o ser nacionales de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o nacionales de los países de la Comunidad Iberoamericana de Naciones.
2. Titulación: podrán optar a esta beca los Titulados de Protocolo, Relaciones Públicas o similar o estar cursando como mínimo el tercer curso en alguna Escuela Universitaria relacionadas en las citadas materias.
3.
Los Títulos obtenidos en el extranjero o en Centros españoles no públicos deberán estar debidamente homologados.
4. No haber disfrutado durante más de seis meses de becas similares en el Consejo Económico y Social.
5. Estar al día en el cumplimiento de todas sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
6. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desarrollo de las actividades.
Solicitudes y plazo.–Los solicitantes de la Beca deberán presentar una instancia que se adjunta como Modelo I, dirigida al Presidente del Consejo Económico y Social, en el plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado de esta Resolución,[del 14 al 23 de FEBRERO de 2010, a.i.] en el Registro General del Consejo (calle de las Huertas, 73, 28014 Madrid), de ocho a quince horas, de lunes a viernes, ambos inclusive.

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