viernes, 26 de febrero de 2010

ayudas económicas para las empresas, comercios e industrias, radicadas en la C.V., para la realización de actividades de promoción del uso del valenci

ORDEN 5/2010, de 15 de febrero, de la Conselleria de Educación, por la que se convocan ayudas económicas para las empresas, comercios e industrias, radicadas en la Comunitat Valenciana, para la realización de actividades de promoción del uso del valenciano en 2010. [2010/2076]
Primero.- Se convocan ayudas económicas para las empresas, comercios e industrias radicadas en la Comunitat Valenciana, destinadas a la realización de programas y actividades de promoción del uso social del valenciano dentro de los ámbitos respectivos, durante 2010.
Segundo.- Se aprueban las bases de la convocatoria, el modelo de solicitud y de los documentos que se adjuntan como anexos I, II y III.
ANEXO I - Bases de la convocatoria
Primera. Objeto.- Serán objeto de subvención las actividades de promoción del uso del valenciano, realizadas durante el año 2010 según se indica en estas bases de la convocatoria.
Segunda. Beneficiarios y requisitos.- 1. Podrán optar a las ayudas las entidades de carácter privado, tanto físicas como jurídicas, empresas, comercios e industrias radicadas en la Comunitat Valenciana que estén legalmente constituidas.
No podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones aquellas entidades en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a), b), ...
3. Quedan excluidas, como beneficiarias de las subvenciones, las entidades que operen en los sectores de la pesca, acuicultura y producción primaria de los productos agrícolas que figuran en el anexo I del Tratado CE, según exige el punto 1.1.a) y b) del Reglamento 1998/2006.
Tercera. Actividades objeto de la subvención.- Serán objeto de subvención las siguientes actividades de promoción del uso del valenciano realizadas durante el año 2010:
a) La rotulación, exclusivamente en valenciano, del interior y exterior de las dependencias (por ejemplo, indicadores, toldos, luminosos, etc.) y los vehículos de la empresa.
b) La denominación de los productos y/o de su etiquetado (por ejemplo, bolsas, papel de embalar, cajas, etiquetas...). Si se trata del etiquetado o de la información al consumidor, el texto deberá estar, como mínimo, en valenciano.
c) El uso, exclusivamente en valenciano, en la documentación administrativa, técnica, informática, y en la edición de guías y catálogos de la empresa, así como en páginas web. Si las páginas web son bilingües o plurilingües, deberán tener la página de inicio en valenciano o dar la opción de seleccionar la versión en valenciano antes de acceder a los contenidos de la página.
Se excluyen los materiales promocionales como, llaveros, bolígrafos, camisetas, gorras, calendarios, pancartas.
Sólo se concederá subvención por una de estas actividades y un expediente por empresa.
Quinta. Solicitud.- Las instancias, que se ajustarán al modelo que figura como anexo II, se dirigirán al Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de la Comunitat Valenciana, y se presentarán, acompañadas de la documentación requerida en la presente convocatoria, en el Registro General del Consejo de Cámaras o de cualquiera de las cámaras que lo conforman, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común.
En caso de presentarla en una oficina de correos, se deberá hacer en un sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada antes de ser certificada y, en todo caso, se deberá ajustar a los requisitos establecidos en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento que regula la presentación de los servicios postales, de acuerdo con la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales.
El modelo de la solicitud estará disponible en la Conselleria de Educación, en las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de la Comunitat Valenciana y en internet www.edu.gva.es/subval .
El plazo de presentación de instancias será de 30 días hábiles a contar a partir del día siguiente de la publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 27 de FEBRER al 7 de ABRIL de 2010, a.i.]. Si, a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria, en el plazo de cinco meses [27 de Julio de 2010], no hay una resolución y notificación expresa sobre la solicitud, se entenderá que ha sido desestimada.

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