Conselleria d'Educació. RESOLUCIÓ de 8 de febrer de 2010, del director general d'Ordenació i Centres Docents, per la qual es realitza la convocatòria amb caràcter experimental per a l'organització de l'acció formativa específica Introducció a la Llengua i Cultura Xinesa per a l'alumnat d'Educació Secundària Obligatòria en els centres docents de la Comunitat Valenciana. [2010/1533] (pdf 187KB)
RESOLUCIÓN de 8 de febrero de 2010, del director general de Ordenación y Centros Docentes, por la que se realiza la convocatoria con carácter experimental para la organización de la acción formativa específica Introducción a la Lengua y Cultura China para el alumnado de Educación Secundaria Obligatoria en los centros docentes de la Comunitat Valenciana. [2010/1533]
Uno.- Los centros docentes públicos y privados concertados de la Comunitat Valenciana debidamente autorizados para impartir enseñanzas de educación secundaria obligatoria, podrán organizar la acción formativa de Introducción a la Lengua y Cultura China en sus centros, previa autorización de la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes, durante el presente curso académico 2009-2010. Las solicitudes para organizar esta actividad las efectuarán los directores de los centros públicos o titulares de los centros privados, oído el Consejo Escolar del centro, con anterioridad al 7 de marzo.
Dos.- La acción formativa de Introducción a la Lengua y Cultura China se impartirá en los centros autorizados, con carácter experimental, a lo largo de los meses de abril, mayo o junio del presente curso 2009-2010. La duración de la actividad será de una semana en cada centro docente seleccionado. La acción formativa se realizará fuera del horario lectivo del alumnado sin que, en ningún caso, se impongan aportaciones de las familias, y podrán asistir a la misma aquellos alumnos y alumnas matriculados en tercer o cuarto curso de educación secundaria obligatoria en los centros autorizados.
Tres .- La Dirección General de Ordenación y Centros Docentes notificará en el plazo de un mes desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes las autorizaciones correspondientes, estableciéndose un máximo de diez centros que podrán ser seleccionados para organizar esta actividad. En caso de no producirse dicha notificación en el plazo indicado, la solicitud se podrá considerar desestimada. Como criterios de selección de centros participantes se considerará el orden de presentación de las solicitudes, así como la indicación de disponibilidad de los centros para realizar la acción formativa durante los meses de abril, mayo o junio.
Cuatro.- La Conselleria de Educación establecerá las medidas oportunas para la provisión de profesores voluntarios de chino en los centros autorizados para organizar la acción formativa de «Introducción a la Lengua y Cultura China» en el marco del convenio suscrito con la entidad Han-ban.
RESOLUCIÓN de 8 de febrero de 2010, del director general de Ordenación y Centros Docentes, por la que se realiza la convocatoria con carácter experimental para la organización de la acción formativa específica Introducción a la Lengua y Cultura China para el alumnado de Educación Secundaria Obligatoria en los centros docentes de la Comunitat Valenciana. [2010/1533]
Uno.- Los centros docentes públicos y privados concertados de la Comunitat Valenciana debidamente autorizados para impartir enseñanzas de educación secundaria obligatoria, podrán organizar la acción formativa de Introducción a la Lengua y Cultura China en sus centros, previa autorización de la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes, durante el presente curso académico 2009-2010. Las solicitudes para organizar esta actividad las efectuarán los directores de los centros públicos o titulares de los centros privados, oído el Consejo Escolar del centro, con anterioridad al 7 de marzo.
Dos.- La acción formativa de Introducción a la Lengua y Cultura China se impartirá en los centros autorizados, con carácter experimental, a lo largo de los meses de abril, mayo o junio del presente curso 2009-2010. La duración de la actividad será de una semana en cada centro docente seleccionado. La acción formativa se realizará fuera del horario lectivo del alumnado sin que, en ningún caso, se impongan aportaciones de las familias, y podrán asistir a la misma aquellos alumnos y alumnas matriculados en tercer o cuarto curso de educación secundaria obligatoria en los centros autorizados.
Tres .- La Dirección General de Ordenación y Centros Docentes notificará en el plazo de un mes desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes las autorizaciones correspondientes, estableciéndose un máximo de diez centros que podrán ser seleccionados para organizar esta actividad. En caso de no producirse dicha notificación en el plazo indicado, la solicitud se podrá considerar desestimada. Como criterios de selección de centros participantes se considerará el orden de presentación de las solicitudes, así como la indicación de disponibilidad de los centros para realizar la acción formativa durante los meses de abril, mayo o junio.
Cuatro.- La Conselleria de Educación establecerá las medidas oportunas para la provisión de profesores voluntarios de chino en los centros autorizados para organizar la acción formativa de «Introducción a la Lengua y Cultura China» en el marco del convenio suscrito con la entidad Han-ban.
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