jueves, 4 de febrero de 2010

ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedos.

Agència Valenciana de Foment i Garantia Agrària
RESOLUCIÓ de 15 de gener de 2010, de la directora de l'Agència Valenciana de Foment i Garantia Agrària, sobre convocatòria d'ajudes a la reestructuració i la reconversió de vinyes. [2010/1126] (pdf 255KB)
RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2010, de la directora de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, sobre convocatoria de ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedos. [2010/1126]
Objeto, condiciones y finalidad de la concesión de la subvención.- 1. Aplicar en el marco previsto en el apartado primero de la presente resolución la medida de apoyo a los viticultores cuyos viñedos se destinen a la producción de uva para vinificación para una o varias de las actividades contempladas en el articulo 103 octodecies del Reglamento (CE) nº 491/2009 del Consejo.
2. No podrán acogerse a este régimen de ayudas las actuaciones contempladas en el articulo 21.2 del Real Decreto 244/2009 de 27 de febrero.
3. El apoyo para la reestructuración y reconversión de viñedos sólo podrá concederse en aplicación del punto 3 del articulo 103º octodecies del Reglamento (CE) nº 491/2009 y del articulo 22.2 del RD 244/2009, para una o varias de las actividades siguientes.
a) Reconversión varietal.
b) Reimplantación de viñedos.
c) Mejora de las técnicas de gestión de viñedos.

El plazo máximo de ejecución de la medida es de 5 años y en ningún caso posterior a 31 de julio de 2013, en aplicación del articulo 23 del RD 244/2009.
Los tipos de ayudas a las actividades mencionadas y los requisitos son los especificados en el articulo 30 del RD 244/2009, de 27 de febrero.
4. En aplicación de la previsión del articulo 30.2 del RD 244/2009, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, no se considerarán como acciones subvencionables las siguientes operaciones del anexo VI del Real Decreto aludido:
Empalizada, emparrado o similares, sistemas de conducción Canarias, despedregado, nivelación del terreno, abancalamiento, abancalamiento con muros de piedra en pendientes mayores del 30%, reposición tierra y picón, muros de piedra cortavientos, elevador.
5. En la Comunitat Valenciana, teniendo en cuenta la posibilidad del articulo 30.6 del RD 244/2009, se admite que la compensación adopte la forma de coexistencia de vides nuevas y viejas durante dos campañas.
La compensación por pérdida de ingresos en la Comunitat Valenciana es de 609 euros/ha por año. Esta compensación se aplicará durante 2 años, excepto cuando las acciones que se lleven a cabo sobre la parcela de viñedo sean la reconversión varietal o sustituir el sistema de conducción (cambio de vaso a espaldera). En estos casos se concederá la compensación por pérdida de ingresos para esa superficie por un año.
Planes de reestructuración.- El régimen de reconversión y reestructuración de viñedos se llevará a efecto a través de los planes de reestructuración y reconversión que contendrán las correspondientes medidas a realizar. Las variedades permitidas en los Planes de Reestructuración y Reconversión de viñedos son las Variedades clasificadas como Recomendadas en la Comunidad Valenciana que aparecen en el Real Decreto 1244/2008, de 18 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola, o en la legislación vigente.
En la Comunitat Valenciana y en aplicación del articulo 24.3 del RD 244/2009, los planes serán colectivos y el número mínimo de viticultores será de 20. En la provincia de Castellón podrán presentar dichos planes un mínimo de 5 viticultores.
Presentación de los planes de reestructuración y reconversión de viñedos.- 1. Las solicitudes de reconversión y reestructuración que se refieran a superficies situadas en la Comunitat Valenciana se dirigirán a la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria.
2. En aplicación del articulo 25 del RD 244/2009 de 27 de febrero,
serán presentados los planes de reestructuración y reconversión durante
los 30 días hábiles
siguientes a la eficacia de esta resolución.[del 5 de FEBRERO al 9 de MARZO de 2010, a.i.]

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