miércoles, 3 de febrero de 2010

subvenciones destinadas a financiar los costes por constitución de avales que garanticen los anticipos en las ayudas concedidas por la GVA en FP emple

Conselleria d'Economia, Hisenda i Ocupació. ORDRE de 30 de desembre de 2009, de la Conselleria d'Economia, Hisenda i Ocupació, per la qual es regulen i es convoquen per a l'exercici del 2010, subvencions destinades a finançar els costos per constitució d'avals que garantisquen les bestretes en les ajudes concedides per la Generalitat en matèria de Formació Professional per a l'ocupació. [2010/1058] (pdf 324KB)
ORDEN de 30 de diciembre de 2009, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se regulan y convocan para el ejercicio del 2010, subvenciones destinadas a financiar los costes por constitución de avales que garanticen los anticipos en las ayudas concedidas por la Generalitat en materia de Formación Profesional para el empleo. [2010/1058]
Objeto.- 1. Las subvenciones que se regulan y convocan mediante la presente orden tienen por objeto la financiación parcial de los costes financieros, desde su constitución hasta el momento en el que se proceda al levantamiento de los avales bancarios prestados como garantía de los anticipos de pago de las subvenciones concedidas para la realización de acciones formativas en el ejercicio 2010 o en ejercicios anteriores, con cargo al subprograma presupuestario 322.52, Formación para el Empleo, cuya denominación en ejercicios anteriores era Formación Profesional Ocupacional y Continua.
2. El levantamiento de los avales deberá producirse durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2010 y el 30 de noviembre de 2010.
Beneficiarios.- 1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en la presente orden, las entidades sin ánimo de lucro, que estén obligadas a constituir avales bancarios como garantía de los anticipos del importe de las ayudas concedidas por la Generalitat en materia de Formación Profesional Ocupacional y Continua, y financiadas con cargo al subprograma presupuestario 322.52, Formación para el Empleo, de los Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2010, que en el caso de ejercicios anteriores se denominaba Formación Profesional Ocupacional y Continua.
2. Para obtener la condición de beneficiario, las entidades solicitantes deberán cumplir con la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad o, en su caso, estar exentas de dicha obligación.
Presentación de solicitudes, y plazo.- 1. El plazo de presentación de las solicitudes de subvención reguladas en la presente orden finalizará el 30 de noviembre de 2010.
2.
Las solicitudes para la obtención de las ayudas reguladas por la presente orden, deberán dirigirse al SERVEF y se presentarán en modelo normalizado en la Dirección General del SERVEF, o bien en las Direcciones Territoriales de Empleo, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia