viernes, 12 de marzo de 2010

subvenciones a proyectos de cooperación interterritorial y transnacional, en el marco de la red rural nacional.

Subvenciones
Resolución de 26 de febrero de 2010, de la Secretaría de Estado de Medio Rural y Agua, por la que se convoca para el ejercicio 2010, la concesión de subvenciones a proyectos de cooperación interterritorial y transnacional, en el marco de la red rural nacional.
PDF (BOE-A-2010-4110 - 6 págs. - 252 KB)
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Objeto.—El objeto de la presente resolución es convocar para el ejercicio 2010, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, subvenciones plurianuales para la realización de proyectos de cooperación interterritorial y transnacional, a desarrollar en territorios rurales organizados bajo pautas Leader, previstas en la Orden ARM/1287/2009, de 8 de mayo, publicada en el Boletín Oficial del Estado numero 124, de 22 de mayo de 2009.
Segundo. Beneficiarios y requisitos.—Podrán acceder a estas subvenciones los grupos de acción local seleccionados en el marco del eje 4 LEADER de los programas regionales de desarrollo rural, de acuerdo con el artículo segundo de las bases reguladoras de estas subvenciones, que participen en un proyecto de cooperación interterritorial o transnacional, a través de un grupo de acción local coordinador, cuyas funciones se regulan en el artículo cuarto de las bases reguladoras y que cumplan los requisitos indicados en el artículo tercero de dichas bases. Los proyectos deberán atenerse a lo establecido en los artículos sexto y séptimo de las bases reguladoras.
Tercero. Solicitud de la subvención y plazo de presentación.—1. Las solicitudes de subvenciones a proyectos de cooperación interterritorial y transnacional, se dirigirán al Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, de acuerdo con el modelo de instancia establecido en el anexo, y se presentarán en el registro del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Las solicitudes se podrán presentar en el plazo de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución. [del 12 de MARZO al 10 de ABRIL de 2010, a.i.]

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