sábado, 17 de noviembre de 2012

6 becas para ayudas de formación en proyectos de la Agencia Estatal de Meteorología relacionadas con las actividades del organismo.

Objeto. La presente Resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, y conforme a las condiciones que se recogen en las bases aprobadas en la Orden ARM/310/2011, de 4 de febrero (BOE del 16) hasta un máximo de 6 becas para ayudas de formación en proyectos de la Agencia Estatal de Meteorología relacionadas con las actividades del organismo.
Finalidad de las becas. Estas becas tienen como finalidad la formación en proyectos de la Agencia Estatal de Meteorología de poseedores de título de licenciado, ingeniero, arquitecto o de Grado para los títulos creados a partir del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales Licenciados e Ingenieros Superiores, cuya titulación académica esté relacionada con los proyectos mencionados en el anexo I de esta convocatoria.
Cuantía de las becas. Cada una de las becas estará dotada con 1.150 euros mensuales,  y de la que se deducirán las cargas fiscales correspondientes.
Dicha cuantía será abonada directamente por AEMET al adjudicatario, por mensualidades completas o fracción proporcional al tiempo de disfrute de la beca en los casos en los que su relación no coincida con el mes natural. 
Duración de las becas. La duración de las becas será desde 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2014 como máximo, según se especifique para cada proyecto, pudiendo renovarse por una sola vez por un periodo de hasta 24 meses mediante la prórroga de las ayudas concedidas para la formación en proyectos de la Agencia Estatal de Meteorología, siempre que exista crédito presupuestario suficiente y así se resuelva por el Presidente, a propuesta de la Unidad a la que esté adscrito el proyecto, con informe favorable de la Comisión de Valoración.
Requisitos de los solicitantes. Los aspirantes deberán reunir los requisitos exigidos en el artículo segundo, de la Orden ARM/310/2011, de 4 de febrero (BOE del 16), además de los especificados para cada proyecto en el anexo I que se acompaña a la presente convocatoria:
a)
Poseer plena capacidad de obrar, así como la nacionalidad española o la de un país miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, y ser residente en España en el momento de iniciar el disfrute de la beca, con dominio del idioma español.
b) Estar en posesión del título de licenciado, ingeniero o arquitecto, o de Grado, que deberá haberse obtenido durante los últimos nueve años anteriores a la fecha de la publicación de la presente Resolución. En el caso de estar en trámite dicho reconocimiento o convalidación en el momento de solicitarse la beca quedará, en su caso, condicionada la concesión de la misma a la obtención del reconocimiento o convalidación.
c) Encontrarse al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en los términos previstos en la normativa vigente.
d) No incurrir en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y, en concreto, no percibir ninguna otra compensación económica durante el tiempo de disfrute de la beca por el ejercicio de una actividad profesional por cuenta propia o ajena, por estar acogidos a las prestaciones por desempleo o por tener concedida otra beca. Si durante la vigencia de la beca dejaran de cumplir esta condición, estarán obligados a ponerlo en conocimiento de AEMET en el plazo máximo de tres días hábiles, causando baja automáticamente en la percepción de la beca, con los efectos previstos en el apartado Decimotercero de esta Convocatoria.
e) No estar incapacitado físicamente ni padecer enfermedad que pueda impedir el desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la beca.
Solicitudes y documentación.
1.
Las solicitudes de beca se dirigirán al Presidente de la Agencia Estatal de Meteorología y se formularán en el modelo de instancia que se incluye como anexo II de esta convocatoria, que estará disponible en la Web de la Agencia Estatal de Meteorología www.aemet.es, presentándose directamente en el Registro General de la Agencia Estatal de Meteorología, C/ Leonardo Prieto Castro, n.º 8, Ciudad Universitaria, 28040 Madrid, o en los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».[BOE Núm. 276 Viernes 16 de noviembre de 2012] {del 17 de noviembre al 1 de diciembre de 2012, a.i.}
2. Los aspirantes indicarán en la instancia los proyectos para los que desean ser candidatos, presentando toda la documentación tantas veces como proyectos a los que el solicitante desee optar de los que figuran relacionados en el anexo I, clasificada y ordenada.

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